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100 preguntas sobre derecho de autor para el editor universitario
100 preguntas sobre derecho de autor para el editor universitario
100 preguntas sobre derecho de autor para el editor universitario
Libro electrónico252 páginas3 horas

100 preguntas sobre derecho de autor para el editor universitario

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Fredy Adolfo Forero Villa, coordinador del área de Derecho de Autor del Cerlalc, ofrece respuestas a dudas a las que suele enfrentarse el editor universitario en su día a día relativas a los derechos autorales. Forero aborda asuntos como el uso de imágenes, la gestión de obras huérfanas, la política de acceso abierto, la contratación de servicios con agregadores digitales para la distribución de obras y los elementos esenciales de un contrato, entre otros. Debido a la creciente importancia de la edición universitaria en Iberoamérica, este manual constituye una herramienta de innegable utilidad.
IdiomaEspañol
EditorialCERLALC
Fecha de lanzamiento8 oct 2019
ISBN9789586712231
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    100 preguntas sobre derecho de autor para el editor universitario - Fredy Adolfo Forero Villa

    1

    Producción de obras científicas o literarias

    1.¿UNA OBRA ESTARÁ PROTEGIDA ASÍ CAREZCA DE MÉRITO ARTÍSTICO?

    Sí. La protección del derecho de autor se otorga a cualquier creación sin que medien exámenes de valor o análisis subjetivos.

    En 1917, Marcel Duchamp incluyó dentro de una exposición de la Sociedad de Artistas Independientes un orinal girado en 90 grados, presentado como una escultura titulada La fuente. Con su obra, el artista francés redefinió las maneras de entender el arte porque puso de manifiesto el propósito del artista. En otras palabras, una obra de arte no se limita solo a la belleza o la fealdad, sino a otros factores como la factura, la propuesta artística, las cargas políticas o sociológicas. De ahí que lo artístico no se limite a cánones preestablecidos, y que una obra de arte obedezca solo a la mirada del artista, que lo artístico no sigue cánones preestablecidos, y que el arte, ajeno al mundo de las cosas y lo institucional, es lo que el artista haga de él. Con un simple acto, Duchamp se convirtió en uno de los principales representantes del movimiento dadaísta, y marcó un hito en la historia del arte contemporáneo.

    Existe una gran cantidad de autores que fueron apreciados después de su muerte u otros que generan admiración y críticas negativas, según las percepciones de las diferentes generaciones. La aplicación normativa de protección no puede estar supeditada a la subjetiva comprensión o complacencia del público frente a una obra, por este motivo el derecho de autor protege un contenido así sea fuertemente criticado por expertos o no tenga éxito dentro del público objetivo. Bajo la misma lógica, una obra científica que no resista la evaluación entre pares, que haya recibido una mala calificación por parte del profesorado, o simplemente se catalogue como mala, contará con protección del derecho de autor sin que se tome en cuenta su valor estético o relevancia científica.

    2.¿ES IMPORTANTE DETERMINAR SI UNA OBRA ES ORIGINAL?

    SÍ. La originalidad marca el derrotero para determinar si una creación está protegida por el derecho de autor o representa una simple copia de la expresión artística de una obra preexistente. La connotación dada a este concepto señalará los alcances de la protección del régimen jurídico, la base conceptual del derecho de autor y las pautas para identificar el plagio, las obras derivadas o las creaciones originarias.

    El grado de originalidad, por ejemplo, determinará si un fanfiction representa una copia burda, una adaptación o una obra completamente nueva.

    En términos generales se puede decir que, si se determina que una creación literaria o artística no es original, no estará protegida por el derecho de autor.

    3.¿CUÁNDO ES CATALOGADA UNA OBRA COMO ORIGINAL?

    Una obra será catalogada como original cuando no sea una copia de otra. El concepto de originalidad en la creación intelectual es consecuente con el conocimiento que se tiene de los complejos procesos de percepción humana de la realidad, y la capacidad del sistema cognitivo de traducir información sensorial o vivencial. La particular forma de pensar, sentir y transmitir de un sujeto hace de cada expresión artística una pieza única.

    La exigencia de originalidad aplica para todo tipo de obra, incluidas las hiperrealistas, fotográficas y aquellas literarias o científicas en las que el autor busque ser fiel a los hechos y la información. En todas, pese a su cercanía a la realidad tal y como fue percibida, se requerirá un aporte original del autor.

    Las obras testimoniales o autobiográficas tienen un significativo grado de originalidad en la narrativa, e inclusive en la información suministrada, aunque se publiciten como un reflejo fiel de lo ocurrido.

    Aunque el autor realmente desee decir la verdad, la obra solo contendrá lo que él cree que ocurrió. La memoria es mucho más que un repositorio de recuerdos, la memoria es una representación subjetiva autocensurada de lo ocurrido.

    No recordamos lo que ocurrió sino lo que percibimos al momento que ocurriera. Recordamos lo que para nosotros fue relevante, e incluso eso estará editado arbitrariamente por el subconsciente conforme a nuestras concepciones políticas, ideológicas y religiosas.

    Al escuchar las dos versiones de los implicados en una pelea de pareja, esta será descrita con diferentes matices sin que ninguno falte a la verdad. En cada caso se narrará lo ocurrido, según se recuerde, y esto necesariamente estará viciado por la personalidad del sujeto. Cada acto se verá maximizado o minimizado por el grado de exaltación del momento, el desconcierto y la emotividad, dando como resultado que en un relato ella sea una villana y en otro él un intransigente.

    Toda creación intelectual implica un acto de ficción. Toda obra es una composición de diferentes piezas de realidad relatadas por el autor a su manera, y esto es en esencia lo que dota a la obra de originalidad, y lo que hace imposible que dos obras sean exactamente iguales.

    Al determinar si hubo plagio comparando dos artículos noticiosos, así como en el caso de las obras testimoniales o biográficas, se exigirá que ambas sean distintas, aunque describan las mismas ideas y hechos. Dos noticias o artículos científicos podrán decir sustancialmente lo mismo, pero la descripción variará de acuerdo al periodista y al enfoque del contenido.

    Lo que realmente ocurrió es solo la materia prima; lo importante, en lo que en materia de derecho de autor respecta, es lo que el escritor hace con dicha información.

    Si invitamos a diez testigos oculares del atentado del 9/11 a describir lo ocurrido, tendremos diez obras totalmente diferentes, así hayan estado observando desde el mismo punto. En comparación, si solicitamos diez copias de La Mona Lisa es posible obtener diez reproducciones exactas.

    Al reproducir Las meninas de Diego Velázquez para el Museo del Prado, Mercedes Solé no está creando una obra, pese a requerir un alto conocimiento de la técnica y dedicación. La pintura de Solé será una simple reproducción, y por ende una creación carente de originalidad, por lo que la reconocida copista no puede ser catalogada como autora.

    La dimensión creativa de un producto deviene del haber sido creado desde el mundo de las ideas para convertirse en el reflejo de lo que quiere decir o expresar un sujeto. Las palabras no están protegidas, como tampoco los colores o las notas musicales, pero sí lo estará el cómo son orquestadas dichas herramientas por un autor para expresar algo. El mensaje en sí mismo no está protegido, la originalidad le apunta a la singular forma en que este se transmite.

    Una obra sobredimensionada de la figura humana será una obra original siempre y cuando no sea una copia exacta de una escultura de Fernando Botero, y estará protegida así la crítica diga que se trata de un intento burdo por emular la expresión artística del reconocido autor.

    Puede que lo que se cree tome como base una estética ajena, pero nunca será dicho igual. La originalidad permite reciclar estilos, ideas, retomar conceptos, planteamientos y estrategias, pero siempre en la forma particular de cada autor.

    Una obra será original si al confrontarla con las preexistentes no es posible determinar que es una copia de estas, aunque la idea que desarrolle sea la misma y no sea novedosa.

    4.¿UNA OBRA DEBE SER NOVEDOSA?

    No. Una obra será original y por ende estará protegida así recicle ideas, conceptos, teorías, enfoques o estilos.

    Las obras cliché, llenas de lugares comunes y repetitivas frente a ciertas temáticas, están protegidas por el derecho de autor siempre que no sean copias literales de obras preexistentes.

    Una monografía presenta un tratado o descripción detallada de una temática sin aportar al estado del arte. La monografía en esencia es la recopilación de lo dicho por otros, y no por esto dejará de estar protegida por el derecho de autor.

    5.¿ES CATALOGADO COMO PLAGIO LA COPIA DE METODOLOGÍAS, ESTILOS, IDEAS O HIPÓTESIS?

    No. Conforme a la normativa de derecho de autor, las metodologías, enfoques, figuras narrativas y literarias, ideas, hechos históricos, hipótesis, teorías, datos y cifras no están protegidas, y por ende es permitido el uso de estas sin autorización previa.

    Los señores Baigent y Leigh, autores de la obra El enigma sagrado (1982), denunciaron por plagio ante la jurisdicción británica en el 2006 a la casa editorial del bestseller El Código Da Vinci, escrito por Dan Brown y publicado en 2003.

    Al comparar ambas obras se identifican grandes similitudes en la trama. Ambas plantean que el Santo Grial no es el cáliz en el que se recogió la sangre de Jesucristo sino la progenie dejada por Él en una hipotética unión con María Magdalena. Después de la crucifixión, María Magdalena y su descendencia se habrían asentado en el sur de Francia en donde contribuyeron a dar origen a la dinastía Merovingia, linaje que ha sobrevivido hasta los tiempos modernos. Como protección de esta progenie, se creó en la Edad Media el Priorato de Sión con los Caballeros Templarios como su brazo armado. Al parecer, después de la destrucción de los Templarios el Priorato continuó operando de manera clandestina.

    Si bien ambas obras desarrollan la misma hipótesis polémica, la Corte aclaró que la protección del derecho de autor se centra en la forma de expresión del ingenio humano, y no las ideas en sí mismas. Al encontrar que en cada obra las características de los personajes, el nudo y el desenlace eran diferentes, pese a girar en torno a la misma idea, se determinó que se trataba de dos obras originales y fueron descartados los cargos de plagio.

    El derecho de autor representa un monopolio sobre la obra, otorgando derechos de exclusividad al creador del contenido, pero dicho control se limita a la forma particular en la que se expresa una idea, más no la idea en sí misma.

    Vincent Van Gogh usó la técnica del puntillismo en uno de sus retratos sin tener que tramitar un permiso de Georges Seurat, precursor de este estilo, como Gabriel García Márquez tampoco era dueño del realismo mágico. Los Reyes Malditos de Maurice Druon o la intrigante Ana Karénina de León Tolstoi retratan en detalle características de sociedades determinadas en un momento histórico, ambas obras protegidas por el derecho de autor, sin perjuicio que cualquiera pueda usar los hechos históricos allí narrados sin requerir autorización previa.

    La tierra media, elfos, enanos, hobbits, magos y reyes son creaciones populares que, aunque hagan parte de El señor de los anillos seguirán siendo de uso público. Tolkien no será dueño de dichas figuras, como tampoco del concepto abstracto de lucha entre el bien y el mal, pero Mordor, el desarrollo argumental, los diálogos, la interacción de los personajes y la forma particular en que el autor describe su historia es única y merecedora de protección.

    Tratándose de obras científicas, los datos y la certeza sobre estos lo es todo, pero la forma en que se expliquen es determinante para su comprensión. El estado del arte no se enriquece en el momento en el que se hace el descubrimiento, sino cuando la comunidad científica se apropia de él, y es por eso que la forma en que se transmite cobra valor.

    La forma particular en que un profesor o científico explique una teoría estará protegida por el derecho de autor, sin perjuicio que dicha teoría o hipótesis pueda ser replicada en cualquier otro artículo.

    Wikipedia y los diferentes proyectos wiki o de co-creación mediada han cambiado al mundo, o por lo menos la forma en que se accede y construye conocimiento. Proyectos que facilitan la difusión amplia de contenidos de forma respetuosa del derecho de autor. Un usuario podrá subir a Wikipedia un artículo de su autoría en el que explique la teoría de la relatividad sin tener que contactar a los herederos de Albert Einstein, o cualquier físico podrá diseñar un esquema tridimensional de la curvatura del espacio-tiempo sin tener que pedir permiso a nadie.

    De conformidad con todas las legislaciones del mundo en materia de derecho de autor, la información, las ideas, los metadatos, los microdatos, los conceptos, las metodologías y los géneros literarios pueden ser usados libremente. Lo que no es permitido es copiar la forma particular en que sus autores las explican o desarrollan.

    Así se asegura que sea posible la circulación democrática del conocimiento científico sin encontrar barreras en las normas de protección a los autores.

    6.¿ES POSIBLE CREAR OBRAS DERIVADAS SIN AUTORIZACIÓN PREVIA?

    No. Las adaptaciones, parodias, transformaciones, arreglos y en general todas las obras derivadas, toman elementos originales de obras preexistentes, y por consiguiente su creación requiere la autorización previa del titular de derechos de la obra que presta algunos de sus elementos para crear una nueva.

    Al adaptar un libro al cine se usa la línea argumental. El guionista y director toman mucho más que simples ideas o conceptos, por lo que se necesita permiso para usar aquellos elementos protegidos por el derecho de autor de la obra que sirve de base, sin perjuicio que una vez dado el permiso y realizada la adaptación se proteja el guion cinematográfico y la película como una obra independiente.

    Pablo Katchadjian intervino el famoso cuento de Borges El Aleph con una técnica de intertextualidad, agregándole palabras, que desde las cuatro mil originales llegaron a nueve mil seiscientas, y lo tituló El Aleph engordado. El libro termina con una aclaración del autor: el texto de Borges está intacto, pero totalmente cruzado por el mío, caso que ha generado debates en el ámbito académico y que dio lugar a un proceso judicial.

    El Aleph engordado parte de la reproducción total de una obra preexistente, que después de ser intervenida con elementos originales de un segundo autor se convierte en una obra derivada e independiente. No obstante, se requería autorización previa de la viuda de Borges, María Kodama, para su publicación, dado que no se limitó a replicar el estilo o enfoque o a tomar ideas.

    Caso contrario ocurrió con la producción del bestseller Cincuenta sombras de Grey, que nació como un proyecto de fanfiction de la saga Crepúsculo. Si bien el fanfiction toma como referencia la historia romántica de la obra preexistente, la tensión erótica entre los protagonistas, así como los rasgos de sus personalidades, muestran que nos encontramos frente a obras con línea argumental distinta y por consiguiente dos libros totalmente diferentes. La producción de la segunda no necesitó ningún tipo de autorización.

    Una obra derivada es aquella que parte de una creación intelectual preexistente a la que le son adicionados nuevos elementos originales. Si el aporte intelectual del segundo autor es suficiente para sostener que ha dado vida a una obra independiente a la que usó de base, podrá explotar los derechos patrimoniales de manera autónoma. Se puede decir que el libro y la película producida con base en este son dos obras distintas, aunque compartan el argumento, en este caso los dueños de la cinta podrán explotarla por su cuenta, sin que esto trunque la difusión del libro.

    7.¿EL PARAFRASEO ES CATALOGADO COMO PLAGIO?

    Sí. Puede cometerse una infracción al derecho de autor cuando se tomen la estructura y línea argumental de una obra preexistente, aunque no se reproduzca una sola frase textual de esta.

    Las particularidades de la percepción humana y los procesos de construcción cognitiva hacen imposible que la línea argumental de dos obras sea exactamente igual, aunque se asuma el mismo enfoque y se describan los mismos hechos o ideas. Cada individuo es único, y esto se ve reflejado en su producción intelectual. Por esto se considerará plagio cuando un autor tome la línea argumental de otra obra, aunque no reproduzca apartes literalmente.

    Los cambios leves en la redacción o uso de sinónimos serán entendidos como un esfuerzo por encubrir el plagio. El parafraseo no es más que un acto de reproducción simulado.

    En varias ocasiones autores acusados de plagio han argumentado que en los procesos de producción intelectual es posible confundir el recuerdo con la inspiración. En otras palabras, que es posible de manera subconsciente se retraen textos leídos en el pasado como si fueran una invención propia. Desde el psicoanálisis y el estudio de la memoria se han identificado diversos factores que tergiversan el recuerdo, haciendo poco probable que reproduzcamos una obra ajena con exactitud creyendo que la estamos inventando.

    8.¿EL PALIMPSESTO ES CATALOGADO COMO PLAGIO?

    NO. La evocación lírica es una ventana a la forma particular de ver y pensar de

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