Diferencia entre revisiones de «Estupefacientes»
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Los '''estupefacientes
Un estupefaciente tiene la característica de ser una sustancia psicotrópica de carácter, o con potencial, altamente adictivo y con un perfil similar a la morfina o incluso a la [[Cannabis (psicotrópico)|marihuana]] debido a sus efectos (La morfina es el estupefaciente por excelencia mientras que la marihuana es un psicotrópico).▼
▲Los estupefacientes, también conocidos como psicotrópicos son aquellas sustancias que actúan sobre el sistema nervioso central, ya sea excitándolo o deprimiéndolo. En general son opioides (derivados del opio) y también se pueden conocer como narcóticos al ser negociados en el mercado negro con fines de lucro para usos distintos a los propios de un medicamento. La palabra en sí se refiere en su mayoría a productos de uso medicinal como el difenoxilato o la metadona, pero no se limita a estos al tener los mismos efectos que sustancias ilegales como la cocaína o heroína, ya que afectan al sistema nervioso central, una excitándolo y otra deprimiéndolo.
▲Un estupefaciente tiene la característica de ser una sustancia psicotrópica de carácter, o con potencial, altamente adictivo y con un perfil similar a la morfina o incluso a la [[marihuana]] debido a sus efectos (La morfina es el estupefaciente por excelencia mientras que la marihuana es un psicotrópico).
Los estupefacientes o narcóticos, están relacionados por lo general con el tratamiento y control del dolor. Se dice que estas sustancias tienen un índice terapéutico muy pequeño (ventana terapéutica pequeña): es decir que las dosis deben ser muy precisas para cada patología e indicación en particular. Por ejemplo, con una concentración específica se puede producir excitación y con una concentración superior pueden deprimir el sistema nervioso central. Es por ello que su indicación y prescripción deben ser realizadas exclusivamente por profesional médico especialista, y deben ser utilizados bajo estricta vigilancia médica.
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=== Custodia y almacenamiento ===
Debido a los elevados riesgos de estos medicamentos, no
Así mismo, en las oficinas de farmacia se exige la tenencia de unas existencias mínimas de estupefacientes, tal y como se refleja en la ''Circular 17/2001 de 29 de octubre, de la Agencia Española del Medicamento, relativa a existencias mínimas en farmacias de medicamentos conteniendo estupefacientes de Lista I de la Convención Única de 1961''.
=== Prescripción y dispensación ===
A la hora de prescribir un medicamento estupefaciente, el documento requerido dentro del territorio español es la ROE (Receta Oficial de Estupefacientes), tanto en la atención sanitaria privada como en la atención sanitaria del [[Sistema Nacional de Salud (España)|Sistema Nacional de Salud]], con la diferencia en este último caso de que se realizará
Sin embargo, la necesidad de dicha ROE varía en función de en qué lista se encuentre el susodicho estupefaciente. Así, los estupefacientes de la lista I requieren receta oficial de estupefacientes para su prescripción y dispensación, mientras que los estupefacientes incluidos en las listas II
Una ROE tendrá una validez de 10 días y deberá presentarse sin enmiendas ni tachaduras, salvo que estén firmadas por el médico prescriptor.
Línea 32:
* Nombre y dirección del médico prescriptor.
* Nombre, dosificación, número de unidades y sin superar los 4 envases del medicamento.
*
La receta irá acompañada de una hoja de instrucciones para el paciente mientras que la receta irá destinada al farmacéutico.
En la dispensación, el farmacéutico ha de apuntar, al dorso de la ROE, el nombre y [[Documento Nacional de Identidad (España)|DNI]] de la persona que retira el medicamento.
=== Estupefacientes de uso veterinario ===
Existen también medicamentos estupefacientes de uso veterinario que, como sus homólogos en uso humano, tienen una normativa específica. Así, la ROE para uso veterinario va identificada como Receta Oficial de Estupefacientes Veterinaria. Esta receta consta de un original para la farmacia (por tanto
Se puede dispensar un
Esta receta debe incluir los siguientes datos:
Línea 52:
En caso de devolución de cajas caducadas, no acabadas o por otras circunstancias, se requerirá del vale de adquisición, el cual se encontrará rotulado de manera clara y legible la leyenda: “Devolución”. En el caso de que se trate de medicamentos devueltos por los pacientes se hará, igual que cualquier otro medicamento, depositándolo en el correspondiente contenedor SIGRE. Estas devoluciones deberán constar en el libro de contabilidad de Estupefacientes como Salidas.
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* [https://es.wiktionary.org/wiki/Wikcionario:Portada Wikicionario]
* [https://es.wiktionary.org/wiki/estupefaciente#Espa.C3.B1ol Estupefacientes]
{{Control de autoridades}}
[[Categoría:Estupefacientes]]
[[Categoría:Drogas]]
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