Abogado, licenciado en Derecho por la Universidad de Concepción, Magíster en Derecho Penal de la Universidad de Talca/Universitat Pompeú Fabra. Estudiante de doctorado an der Humbolt Universität zu Berlin
El objetivo principal de este artículo es demostrar que la prescripción penal es una institución ... more El objetivo principal de este artículo es demostrar que la prescripción penal es una institución de corta data y más bien de excepción. Por ello, se exponen los sistemas que han reconocido en el tiempo la capacidad de extinguir la responsabilidad penal, desde el derecho griego hasta la actualidad, centrándose en los sistemas de derecho continental y en el Common Law. Se concluirá que la prescripción penal no es una institución asentada en todos los ordenamientos y, mayoritariamente, en aquellos que se reconoció convivió con la imprescriptibilidad para delitos atroces, tendencia que ha resurgido por la incidencia del derecho internacional de los derechos humanos en los ordenamientos internos.
REVISTA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, Dec 30, 2019
Este trabajo propone una interpretación de los efectos de la media prescripción, con énfasis en q... more Este trabajo propone una interpretación de los efectos de la media prescripción, con énfasis en que el criterio rector de la rebaja que mandata el art. 103 del Código Penal debe ser la menor o mayor proximidad entre el momento de la interrupción de la prescripción y el saldo faltante para completarla. Lo anterior, en virtud de una interpretación desde el telos de la llamada “media prescripción”, fuertemente arraigada a la prescripción penal total.
Este trabajo pretende analizar el tratamiento que los delitos permanentes tienen en el ámbito de ... more Este trabajo pretende analizar el tratamiento que los delitos permanentes tienen en el ámbito de la prescripción penal, debido a que esta clase de ilícitos presentan características especiales en relación con el tiempo y, como la prescripción es precisa mente el reconocimiento jurídico de la incidencia de éste en la responsabilidad penal, re percute en la forma de computarla, en la forma en que deben ser abordados los delitos cometidos mientras se ejecuta un ilícito permanente y, finalmente, como un elemento capaz de interrumpir el curso de la prescripción de un delito anterior, en aquellos ordenamientos que reconocen este efecto, como el chileno y el uruguayo. De dicho análisis se demuestra que un modelo basado en consideraciones preventivo especiales halla, también en el trata miento del delito permanente, razones para ser rechazado.
REVISTA DE LA JUSTICIA PENAL • N° 12 • SEPTIEMBRE 2018, 2018
Bien/ y ahora quién/ nos liberará/ de nuestros liberadores. 1 RESUMEN: En este trabajo se realiza... more Bien/ y ahora quién/ nos liberará/ de nuestros liberadores. 1 RESUMEN: En este trabajo se realiza una exposición de los principales argumentos que se han tenido a la vista para rechazar la doble instancia en el sistema procedimental del Código Procesal Penal chileno, en el cual, como sostienen los ideólogos del modelo, se adoptan las virtudes de un sistema adversarial por ser el que de mejor manera tutelaría los derechos fundamentales de los ciudadanos ante la imputación jurisdiccional de un ilícito. Luego, se demostrará que la ausencia de una doble instancia en determinados presupuestos funciona, en la praxis, como un elemento que vulnera gravemente la libertad ambulatoria del imputado durante el curso del proceso. Con ello se pretende reafirmar la hipótesis principal de este trabajo, a saber: que los postulados teóricos no pueden escindirse de la aplicación práctica de los mismos, a riesgo, como es el caso chileno, de contravenir los fundamentos esenciales que informan los dogmas elucubrados en el ideario jurídico de la aún llamada Reforma Procesal Penal. La radicalización de estos postulados y la consecuente falta de flexibilidad de los mismos, provoca, en el caso de la restricción de una doble instancia del auto de apertura de juicio oral, la vulneración de los derechos fundamentales de los imputados. PaLabRaS CLavE: Exclusión de prueba, apelación, sistemas recursivos. * Abogado. Doctorando en Derecho, cohorte 2017, Universidad de Talca. Magíster en
En la Corte Suprema existe un intenso debate sobre la procedencia de la regla del artículo 103 de... more En la Corte Suprema existe un intenso debate sobre la procedencia de la regla del artículo 103 del Código Penal en los delitos de lesa humanidad debido a la prohibición que el derecho penal humanitario internacional establece para la prescripción plena de aquellos ilícitos. La resolución de la controversia ha pasado por determinar si los fundamentos de la prescripción, especialmente el de «necesidad de la pena», son diversos o análogos a los de la llamada «media prescripción».
El objetivo principal de este artículo es demostrar que la prescripción penal es una institución ... more El objetivo principal de este artículo es demostrar que la prescripción penal es una institución de corta data y más bien de excepción. Por ello, se exponen los sistemas que han reconocido en el tiempo la capacidad de extinguir la responsabilidad penal, desde el derecho griego hasta la actualidad, centrándose en los sistemas de derecho continental y en el Common Law. Se concluirá que la prescripción penal no es una institución asentada en todos los ordenamientos y, mayoritariamente, en aquellos que se reconoció convivió con la imprescriptibilidad para delitos atroces, tendencia que ha resurgido por la incidencia del derecho internacional de los derechos humanos en los ordenamientos internos.
REVISTA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, Dec 30, 2019
Este trabajo propone una interpretación de los efectos de la media prescripción, con énfasis en q... more Este trabajo propone una interpretación de los efectos de la media prescripción, con énfasis en que el criterio rector de la rebaja que mandata el art. 103 del Código Penal debe ser la menor o mayor proximidad entre el momento de la interrupción de la prescripción y el saldo faltante para completarla. Lo anterior, en virtud de una interpretación desde el telos de la llamada “media prescripción”, fuertemente arraigada a la prescripción penal total.
Este trabajo pretende analizar el tratamiento que los delitos permanentes tienen en el ámbito de ... more Este trabajo pretende analizar el tratamiento que los delitos permanentes tienen en el ámbito de la prescripción penal, debido a que esta clase de ilícitos presentan características especiales en relación con el tiempo y, como la prescripción es precisa mente el reconocimiento jurídico de la incidencia de éste en la responsabilidad penal, re percute en la forma de computarla, en la forma en que deben ser abordados los delitos cometidos mientras se ejecuta un ilícito permanente y, finalmente, como un elemento capaz de interrumpir el curso de la prescripción de un delito anterior, en aquellos ordenamientos que reconocen este efecto, como el chileno y el uruguayo. De dicho análisis se demuestra que un modelo basado en consideraciones preventivo especiales halla, también en el trata miento del delito permanente, razones para ser rechazado.
REVISTA DE LA JUSTICIA PENAL • N° 12 • SEPTIEMBRE 2018, 2018
Bien/ y ahora quién/ nos liberará/ de nuestros liberadores. 1 RESUMEN: En este trabajo se realiza... more Bien/ y ahora quién/ nos liberará/ de nuestros liberadores. 1 RESUMEN: En este trabajo se realiza una exposición de los principales argumentos que se han tenido a la vista para rechazar la doble instancia en el sistema procedimental del Código Procesal Penal chileno, en el cual, como sostienen los ideólogos del modelo, se adoptan las virtudes de un sistema adversarial por ser el que de mejor manera tutelaría los derechos fundamentales de los ciudadanos ante la imputación jurisdiccional de un ilícito. Luego, se demostrará que la ausencia de una doble instancia en determinados presupuestos funciona, en la praxis, como un elemento que vulnera gravemente la libertad ambulatoria del imputado durante el curso del proceso. Con ello se pretende reafirmar la hipótesis principal de este trabajo, a saber: que los postulados teóricos no pueden escindirse de la aplicación práctica de los mismos, a riesgo, como es el caso chileno, de contravenir los fundamentos esenciales que informan los dogmas elucubrados en el ideario jurídico de la aún llamada Reforma Procesal Penal. La radicalización de estos postulados y la consecuente falta de flexibilidad de los mismos, provoca, en el caso de la restricción de una doble instancia del auto de apertura de juicio oral, la vulneración de los derechos fundamentales de los imputados. PaLabRaS CLavE: Exclusión de prueba, apelación, sistemas recursivos. * Abogado. Doctorando en Derecho, cohorte 2017, Universidad de Talca. Magíster en
En la Corte Suprema existe un intenso debate sobre la procedencia de la regla del artículo 103 de... more En la Corte Suprema existe un intenso debate sobre la procedencia de la regla del artículo 103 del Código Penal en los delitos de lesa humanidad debido a la prohibición que el derecho penal humanitario internacional establece para la prescripción plena de aquellos ilícitos. La resolución de la controversia ha pasado por determinar si los fundamentos de la prescripción, especialmente el de «necesidad de la pena», son diversos o análogos a los de la llamada «media prescripción».
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Se concluirá que la prescripción penal no es una institución asentada en todos los ordenamientos y, mayoritariamente, en aquellos que se reconoció convivió con la imprescriptibilidad para delitos atroces, tendencia que ha resurgido por la incidencia del derecho internacional de los derechos humanos en los ordenamientos internos.
Se concluirá que la prescripción penal no es una institución asentada en todos los ordenamientos y, mayoritariamente, en aquellos que se reconoció convivió con la imprescriptibilidad para delitos atroces, tendencia que ha resurgido por la incidencia del derecho internacional de los derechos humanos en los ordenamientos internos.