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La inclusión
Rosa Mª Sánchez Huertas
ÍNDICE
1. ¿Qué es la inclusión?
2. Inclusión educativa
3. La inclusión en la normativa
4. Conclusión
5. Normativa utilizada
Tarea 1.3 con normativa
1. ¿QUÉ ES LA
INCLUSIÓN?
La inclusión es el
camino para acabar
con la exclusión que
resulta de las
actitudes negativas
de las personas, y de
la falta de
reconocimiento de la
diversidad.
LA INCLUSIÓN ES NECESARIA SI
QUEREMOS:
• Un mundo más equitativo y más respetuoso
frente a las diferencias.
• Beneficiar a todas las personas
independientemente de sus características.
• Proporcionar un acceso equitativo, valorando
el aporte de cada persona a la sociedad.
2. INCLUSIÓN EDUCATIVA
La inclusión educativa es un enfoque que busca
garantizar el derecho a una educación de
calidad para todos.
LA INCLUSIÓN EDUCATIVA:
 Promueve la excelencia de todos los alumnos
diseñando ambientes escolares que estimulan la
participación, promueven las relaciones sociales y el
éxito escolar de todos.
 Promueve una filosofía en la que todos los miembros
del aula son importante.
 Invita a la incorporación de nuevas prácticas
pedagógicas por parte de toda la comunidad
académica.
 Permite a sus alumnos alcanzar el éxito escolar de
acuerdo a las características de cada uno.
En el preámbulo de la LOMCE 8/2013, aparece:
“la mejora en los niveles de educación debe
dirigirse también a las personas con discapacidad, a
quienes se les habrá de garantizar una educación y
una formación inclusivas”
3. LA INCLUSIÓN EN LA
NORMATIVA
“Solo un sistema educativo de calidad,
inclusivo, integrador y exigente, garantiza la
igualdad de oportunidades y hace efectiva la
posibilidad de que cada alumno o alumna
desarrolle el máximo de sus potencialidades”
LOMCE 8/2013
En cuanto al alumnado con NEAE, la ley
educativa en España, nos dice:
“La escolarización del alumnado que presenta
dificultades de aprendizaje se regirá por los
principios de normalización e inclusión y
asegurará su no discriminación y la igualdad
efectiva en el acceso y permanencia en el
sistema educativo”
(LOMCE 8/2013)
La LOMCE 8/2013 modifica un apartado de la LOE
2/2006 y queda de la siguiente forma:
“La equidad, que garantice la igualdad de
oportunidades para el pleno desarrollo de la
personalidad a través de la educación, la inclusión
educativa, la igualdad de derechos y oportunidades
que ayuden a superar cualquier discriminación y la
accesibilidad universal a la educación, y que actúe
como elemento compensador de las desigualdades
personales, culturales, económicas y sociales, con
especial atención a las que se deriven de cualquier
tipo de discapacidad”
Cada vez es más común leer la palabra “inclusión”
en las leyes y documentos del estado, de los
centros, etc., pero todavía nos queda un largo
camino por recorrer, ya que en muchas ocasiones
se confunde la inclusión con la integración.
En la Ley de Educación de Andalucía (LEA 17/2007)
aparece la inclusión como uno de los objetivos de la
educación:
“c) Garantizar la igualdad efectiva de oportunidades,
las condiciones que permitan su aprendizaje y
ejercicio y la inclusión educativa de todos los
colectivos que puedan tener dificultades en el
acceso y permanencia en el sistema educativo”
Con respecto al alumnado con NEAE, en la
LEA 17/2007 aparece como uno de los
principios la inclusión:
“5. La escolarización del alumnado con
necesidades específicas de apoyo educativo se
regirá por los principios de normalización,
inclusión escolar y social, flexibilización,
personalización de la enseñanza y coordinación
interadministrativa”
La LEA 17/2007, también hace referencia a la
inclusión social de la siguiente forma:
“La Administración educativa realizará una
distribución equilibrada de este alumnado entre
los centros docentes sostenidos con fondos
públicos, en condiciones que faciliten su
adecuada atención educativa y su inclusión
social”.
La inclusión educativa posibilita la participación
de todos los estudiantes en los procesos
escolares garantizando una buena experiencia
y evidenciando buenos resultados.
Hay que eliminar o minimizar las barreras que
limitan el aprendizaje y la participación de todo el
alumnado.
Muchos estudiantes experimentan dificultades
porque no se tienen en cuenta sus diferencias en
los procesos de enseñanza y aprendizaje
disminuyéndoles la accesibilidad al currículo y su
posibilidad de aprender.
4. CONCLUSIÓN
 Los niños no necesitan prepararse para la
escuela regular.
 Los cambios benefician a todos, todos ganan.
 Se transforman los sistemas para que sean de
calidad para TODOS.
 NO se disfrazan las limitaciones porque son
reales.
 TODOS somos diferentes, todos somos
personas.
5. NORMATIVA UTILIZADA
 Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para
la mejora de la calidad educativa.
 Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación.
 Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de
Educación de Andalucía.
GRACIAS

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  • 4. 1. ¿QUÉ ES LA INCLUSIÓN? La inclusión es el camino para acabar con la exclusión que resulta de las actitudes negativas de las personas, y de la falta de reconocimiento de la diversidad.
  • 5. LA INCLUSIÓN ES NECESARIA SI QUEREMOS: • Un mundo más equitativo y más respetuoso frente a las diferencias. • Beneficiar a todas las personas independientemente de sus características. • Proporcionar un acceso equitativo, valorando el aporte de cada persona a la sociedad.
  • 6. 2. INCLUSIÓN EDUCATIVA La inclusión educativa es un enfoque que busca garantizar el derecho a una educación de calidad para todos.
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  • 12. Cada vez es más común leer la palabra “inclusión” en las leyes y documentos del estado, de los centros, etc., pero todavía nos queda un largo camino por recorrer, ya que en muchas ocasiones se confunde la inclusión con la integración.
  • 13. En la Ley de Educación de Andalucía (LEA 17/2007) aparece la inclusión como uno de los objetivos de la educación: “c) Garantizar la igualdad efectiva de oportunidades, las condiciones que permitan su aprendizaje y ejercicio y la inclusión educativa de todos los colectivos que puedan tener dificultades en el acceso y permanencia en el sistema educativo”
  • 14. Con respecto al alumnado con NEAE, en la LEA 17/2007 aparece como uno de los principios la inclusión: “5. La escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se regirá por los principios de normalización, inclusión escolar y social, flexibilización, personalización de la enseñanza y coordinación interadministrativa”
  • 15. La LEA 17/2007, también hace referencia a la inclusión social de la siguiente forma: “La Administración educativa realizará una distribución equilibrada de este alumnado entre los centros docentes sostenidos con fondos públicos, en condiciones que faciliten su adecuada atención educativa y su inclusión social”.
  • 16. La inclusión educativa posibilita la participación de todos los estudiantes en los procesos escolares garantizando una buena experiencia y evidenciando buenos resultados.
  • 17. Hay que eliminar o minimizar las barreras que limitan el aprendizaje y la participación de todo el alumnado. Muchos estudiantes experimentan dificultades porque no se tienen en cuenta sus diferencias en los procesos de enseñanza y aprendizaje disminuyéndoles la accesibilidad al currículo y su posibilidad de aprender.
  • 18. 4. CONCLUSIÓN  Los niños no necesitan prepararse para la escuela regular.  Los cambios benefician a todos, todos ganan.  Se transforman los sistemas para que sean de calidad para TODOS.  NO se disfrazan las limitaciones porque son reales.  TODOS somos diferentes, todos somos personas.
  • 19. 5. NORMATIVA UTILIZADA  Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.  Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.  Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.