Location via proxy:   [ UP ]  
[Report a bug]   [Manage cookies]                
109 Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos 5 ALUMBRADAS E ILUSAS DE NUEVA ESPAÑA. UN ESTUDIO A TRAVÉS DE LA DOCUMENTACIÓN DEL SANTO OFICIO (1598-1803) FERNANDO CIARAMITARO* ADRIANA RODRÍGUEZ DELGADO ** * Universidad Autónoma de la Ciudad de México ** Escuela Nacional de Antropología e Historia Resumen: El artículo presenta un recorrido Abstract: The article presents an accurate puntual del misticismo, alumbradismo, quietismo y molinosismo y una muestra cabal de todas las turbaciones espirituales que tuve una concreta sección femenina de la sociedad novohispana entre  y  las ilusas o alumbradas Según los expedientes inquisitoriales del Archivo General de la Nación de México, se desarrollaron unos juicios que, a veces con información sucinta, otras con documentación entera, involucraron unas mujeres que, por sus creencias o acciones, se consideraron sospechosas en asuntos de fe. excursus of mysticism, alumbradismo, quietism and molinosismo and a good example of all spiritual disturbances that had a speci¿c female section of Mexican society, betZeen  and  the ilusas or alumbradas. According to the inquisitorial records of the Archivo General de la Nación of Mexico, we wrote about processes, sometimes with brief information, some with whole documentation, that involving some women who were considered suspicious in religious matters. Palabras clave: Alumbradismo, ilusas, México, Keywords: Alumbradismo, ilusas, Mexico, Inquisición, creencias femeninas. Inquisition, women’s beliefs. Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 // 109 Fernando Ciaramitaro René Millar Carvacho en su estudio sobre la Inquisición en Lima, en relación a los procesos de alumbradismo, recordaba como su “significación cuantitativa” era exigua; no obstante, agregaba –contextualmente– como esos caos no dejaban de definir condiciones cualitativas de gran importancia para la historia de las mentalidades, del pensamiento y de la religiosidad popular.1 El objetivo de este artículo es describir y ofrecer, a través de los casos inquisitoriales de 38 mujeres, una muestra completa de todas las inquietudes y turbaciones espirituales que se tenían en una concreta sección femenina de la sociedad mexicana entre 1598 y 1803. Estas dos fechas, en efecto, encierran el periodo en el cual, según los expedientes inquisitoriales custodiados en el Archivo General de la Nación de México (en adelante AGN), se desarrollaron unos procesos que, a veces con información sumaria, otras con documentación cabal, involucraron unas mujeres que, por sus creencias, errores o acciones, se consideraron sospechosas en asuntos de fe, se reputaron alumbradas, ilusas o iluminadas. ser alcanzado gracias a las sabias y ortodoxas directrices trazadas por santa Teresa de Ávila (1515-1582), Luis de Molina (1536-1600) y san Juan de la Cruz (1542-1591). Empero había espacio también para las “menos sabias” contemplaciones de los iluministas y las ilusas.3 El misticismo es aquella actitud religiosa que pone en primer lugar la relación directa entre el creyente y Dios. Tal correlación no se manifiesta a través de prácticas del culto o actos religiosos exteriores, sino que se realiza solo por medio de la contemplación divina, que se concreta de manera misteriosa e inefable. Para realizar el perfecto anillo de conjunción entre el ser humano y Dios, pero también por no anular la individualidad espiritual del alma, es necesaria la intervención de la gracia. La devotio moderna fue el único movimiento espiritual que gozó de gran apoyo en España, siendo tolerada y algunas veces estimulada, incluso por las altas jerarquías eclesiásticas e inquisitoriales. Esta corriente bajomedieval de profundización y despertar espiritual, Del misticismo a la herejía: que tuvo origen en las provincias brabantealumbradismo, quietismo, sas, no se difundió únicamente en la penínmolinosismo sula ibérica, sino que todos los países de la Europa occidental fueron influenciados, e De las llamas de los primeros autos de fe del Italia, en particular, fue uno de los centros de siglo XVI y de las cenizas de las víctimas máxima difusión (aunque no contó entre sus inquisitoriales lo que pudo emerger fue el ave adeptos con personalidades de elevado nivel fénix del misticismo español, intrínsecamen- intelectual).4 Nació así un original concepto te hispánico, expresado en el uso de la oración mental e interior.2 El particular estado herejía española. Conversos, alumbrados e Inquisición de gracia que el misticismo indicaba podía (1449-1559), Madrid, Marcial Pons, 2010). 1 René MILLAR CARVACHO, La Inquisición en Lima (1697-1820), Madrid, Deimos, 1998, vol. III, p. 411. 2 El debate historiográfico sobre la “españolidad” de la herejía alumbradista, según la clásica interpretación de Menéndez Pelayo, ha sido revolucionado por la nueva lectura de Stefania Pastore, que subraya el origen converso de todas heterodoxias (véase Stefania PASTORE, Una 3 Esas consideraciones generales acerca del misticismo, alumbradismo y quietismo se encuentran en Fernando CIARAMITARO, “El Santo Oficio español y la herejía molinosista”, Contribuciones desde Coatepec, 13, 2007, p. 33-38. Además, se especifica que los vocablos “iluminista” o “iluminado” se emplean como sinónimos en la documentación inquisitorial y la literatura. 4 El fundador de la devotio moderna fue el flamenco Geer de Groote (1340-1384), pero quien expresó más Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos 110 // Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 Alumbradas e ilusas de Nueva España. Un estudio a través de la documentación del Santo... de apostolado laico, masculino o femenino, particularmente atento al problema educativo y dirigido hacia una profunda y radical trasformación de la vida religiosa. Era la “imitación de Cristo” la vía principal para alcanzar la intimidad con Dios. ferviente defensor de la devotio, cuya doctrina constituyó parte integrante de su formación juvenil.7 Con la exitosa política religiosa y militar de las fuerzas protestantes reformadas y con la muerte de Cisneros, la situación en España En Castilla esta forma de misticismo tuvo el cambió radicalmente. La oposición antihualto placet del cardenal Cisneros, que fue uno manista asumió mayor poder de control y de los primeros y asiduos lectores de Tomás decisión, obstaculizando así cada forma de de Kempis. Fueron numerosas las publicacio- ascetismo sospechoso, y las repercusiones se nes de temática devocional que se presenta- sintieron igualmente en los místicos erasmiaban como coloquios edificantes extrapolados nos. Entonces el Santo Oficio y los Austria se de la experiencia ascética-mística personal. persuadieron de que la búsqueda de la perEste importante apoyo material y espiritual fección en la vida presente, aspiración por sí permitió a los místicos poder profesar la fe misma no heretical, era un serio riesgo, en en su típica forma devocional. Además, la particular si ésta era teorizada y practicada devotio representó una fuerte corriente reno- por laicos.8 vadora que ayudó a la Reforma católica, inspirando a ilustres personajes como Erasmo La primera corriente mística a riesgo de hetede Rotterdam, fray Luis de Granada, Tomás rodoxia en orden temporal, contemporánea Moro e Ignacio de Loyola5 –que en su juven- a la herejía luterana –intrínseca a la Castilla tud asimismo sufrió la cárcel por sus ideas moderna– fue la de los iluministas o alummísticas– además de los ya mencionados brados, que no elaboraron una auténtica docsanta Teresa, san Juan de la Cruz (ambos trina de la virtud y proclamaron el ministerio siempre vigilados por la Inquisición) y Luis sacerdotal contrario a la enseñanza de Cristo.9 de Molina.6 También Lutero fue creyente y Muchas de sus tesis, confusas y a menudo contradictorias, pasaron los linderos del mundo latamente la doctrina fue Tomás de Kempis (1380-1471) en su libro De imitatione Christi. En esta obra el descubrimiento de Dios por parte del feligrés es posible solo DOMÍNGUEZ ORTIZ, Autos de la Inquisición de Sevilla. en su alma. Los creyentes en la devotio moderna hicieron (Siglo XVII), Sevilla, Ayuntamiento de Sevilla, 1994, p. de la pobreza y el trabajo la piedra angular de sus vidas; 27). no vivían ni de limosna ni de las rentas. La meditación 7 Martín Lutero (1483-1546) entró en contacto con la y la lectura de la Biblia caracterizaron la experiencia de devotio moderna después de sus estudios en Mansfeld. los laicos hermanos de la vida común (ésta es otra de sus Mientras en Magdeburgo conoció algunos hermanos de denominaciones), cuyas creencias se difundieron veloz- la vida común. mente por toda Europa. 8 Según Antonio RUBIAL GARCÍA (“Las santitas del 5 Las primeras acusaciones contra san Ignacio, en barrio. ‘Beatas’ laicas y religiosidad cotidiana en la ciudad de México en el siglo XVII”, Anuario de Estudios especial contra los Ejercicios espirituales, llegaron por la supuesta tendencia de esos textos al alumbradismo (véa- Americanos, LIX-1, 2002, p. 13), sin embargo, “fue impose Enrique GARCÍA HERNÁN, “El ambiente alumbra- sible detener un impulso que daba a los laicos […] y al do y sus consecuencias en la Compañía de Jesús según ámbito domestico una mayor presencia religiosa y fue Jerónimo Nadal”, Jerónimo Zurita. Revista de historia, 85, difícil limitar el fenómeno de apropiación de la dirección 2010, p. 193). de tales prácticas por parte de miembros de esos sectores”. 6 “Como presuntos alumbrados fueron inquietados, 9 Enrique de la VEGA VIGUERA, La Inquisición. (El aunque no procesados, místicos eminentes (Fray Luis de “alumbradismo” y otras sectas sevillanas), Sevilla, Gráficas Granada, Santa Teresa, San Juan de la Cruz) (Antonio Sevillanas, 2000, p. 69-83. Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 // 111 Fernando Ciaramitaro de la sexualidad: ellos creían que suprimido el acto sexual se intensificaría la devoción, por cuya razón se oponían al instituto matrimonial, que precisamente tenía como elemento constitutivo el acto carnal. Pero al perfecto alumbrado (el perfecto místico) le estaba permitido cualquier tipo de deseo libidinoso: éste fue el mito erótico de la secta. Ésta, despreciando la figura del intermediario terreno, del pastor, anhelaba un contacto directo con la divinidad, rechazando las ceremonias y practicando un culto de la personalidad reiteradamente sospechoso de herejía. Está claro que desde el punto de vista teológico eran heterodoxos, como lo demuestra el uso de la oración mental como único instrumento para lograr la perfección terrena. Además, afirmaban que la mejor manera para entender la libertad consistía en renunciar a determinados ritos y comportamientos católicos, como la oración en los lugares sagrados, las iglesias in primis, el culto a las imágenes, los ayunos y los mecanismos de responsabilidad y conducta que exigían los mandamientos;10 así se hubieran evitado todos los obstáculos al libre ejercicio de la voluntad del alma. En fin, el punto de vista extremamente subjetivo de los alumbrados aún pareció negar la eficacia de la gracia. Las creencias de estos místicos se difundieron por toda España y las Américas, sin embargo, el centro radiante fue Sevilla, donde las prácticas de los adeptos tuvieron siempre características peculiares y se distinguieron por un marcado barroquismo: el absoluto optimismo y el deseo de dar y recibir amor no manchado por el pecado original estaban en la base de una antropológica confiada actitud que fue el fulcro de una vida laica y religiosa marcadamente ciudadana. En Sevilla, hombres y 10 Ibidem, p. 76. mujeres, seglares o eclesiásticos, eran llamados “a la perfección en el Evangelio”.11 Sobre el origen de la comunidad de los alumbrados se sabe muy poco, por ejemplo no se conoce su fundador. Finalizando la centuria decimoctava, tal vez fue refundada por un bávaro, llamado Adam Weishaupt, que dio vida a una especie de logia masónica.12 No hay concordancia entre las respuestas;13 solamente se sabe que el presunto fundador fue educado por jesuitas y qué propio de las reglas del orden de san Ignacio extrapoló algunos artículos que después insertó en la constitución de los grupos de alumbrados, a los que también él pertenecía. Por cuanto el alumbradismo –según Henry Kamen–14 se demostró una degeneración del verdadero misticismo, en particular en sus últimas fases, a veces poseía algunas características propias del misticismo que llegaba a desorientar a las autoridades. A través de la lucha contra cada exceso, la Inquisición española eliminó, durante los primeros dos siglos de la edad moderna, a los alumbrados más extremistas y los sobrevivientes protagonizaron los autos de fe del 28 de febrero y 11 de abril de 1627. Hasta finales de siglo ya no se escuchó hablar de los 11 Michele OLIVARI, “Momenti del cattolicesimo italiano e spagnolo in età moderna”, Società e storia, 81, 1998, p. 620. A propósito del clima de fervor en la “búsqueda de la perfección” en un espacio del sistema imperial hispánico, el reino de Sicilia, véase Giovanna FIUME, Il Santo Moro. I processi di canonizzazione di Benedetto da Palermo (1594-1807), Milán, Franco Angeli, 2002, p. 110-116. 12 VEGA VIGUERA, op. cit., p. 75. 13 Henry KAMEN (La Inquisición española, Barcelona, Grijalbo, 1977, p. 83) localiza el germen del movimiento de los alumbrados en España en algunos frailes franciscanos de origen converso de los que solo existen noticias a partir de 1512. Sin embargo, no hay ninguna mención al bávaro Weishaupt (1748-1830). 14 Ibidem, p. 85. Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos 112 // Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 Alumbradas e ilusas de Nueva España. Un estudio a través de la documentación del Santo... alumbrados y los autos ofrecieron solo un listado de víctimas de judaizantes portugueses y condenados por delitos contra la moral y las buenas costumbres (bígamos, renegados y sodomitas). También los quietistas, como los alumbrados, fueron místicos. Ellos compartían con el misticismo el objetivo de la unión con Dios por medio de la anulación de la voluntad humana, que llamaban “estado de quietud”, un estado de total inercia, obtenido con la suspensión de las actividades intelectuales y con el abandono perinde ac cadaver a Dios. El quietista, laico o clérigo, vive en estrecha relación con el mundo circundante, no concibe la vida del claustro y no tiene exigencia que lo lleve a organizarse con sus iguales; no posee, entonces, una visión de la iglesia como institución –ni menos de su particular “iglesia quietista”–. Obviamente, actitudes quietistas están presentes en el alumbradismo, por ejemplo, el desprecio de las actividades cotidianas de la vida cristiana, como la asistencia a los sacramentos, la oración vocal y los ejercicios ascéticos. Los quietistas deseaban, pues, oponerse a la religión oficial, que consideraban solo un “espectáculo vacío” de métodos, prácticas y esquemas fijos, al que habrían sustituido la contemplación y la “santa indiferencia”. los hombres y las mujeres que se adhirieron a prácticas y creencias quietistas pensaran en alejarse conscientemente de la ortodoxia católica”. El quietismo, que conoció la cumbre de su difusión en la segunda mitad del siglo XVII (en Italia con particular intensidad), no tuvo una resonancia comparable al luteranismo: siempre se quedó en un agregado de doctrinas de relativo bajo perfil y su naturaleza fue casi siempre transparente, poco visible y, al mismo tiempo, penetrante. Se fue propagando desde las comunidades rurales diseminadas en la Meseta central y en la inhóspita Sierra Nevada, en Galicia y en los montes Universales, hasta los supremos grados de la jerarquía religiosa, implicada solo en un segundo momento. Fueron los miembros del bajo clero español (pero también del italiano) los protagonistas de un proceso de adhesión que llenó las filas de vastos cultos provinciales y que, entre 1670-1675 y los primeros años del siglo XVIII, pareció casi oscurecer cada diversa manifestación de la vida cristiana. Definitivamente el quietismo “se podría considerar como un sistema de creencias apto para afrontar condiciones de extrema incertidumbre, condiciones, pues, en las que la elección racional Mucho se ha investigado acerca de las creen- sea condenada a quebrarse”.16 La renuncia a cias religiosas de esta corriente mística, muy la racionalidad fue causa suficiente para conpoco, al contrario, sobre la forma en que siderar a estos místicos entre los peores enefueron asumidas por los fieles. El historia- migos del racionalismo jesuítico. dor italiano Sandro Lombardini15 sostiene que, en el mayor número de casos de los que La liberalidad y el principio de igualdad que el conservamos documentación, escasísimas quietismo trajo consigo, en las prácticas de la son las “testificaciones aptas para sugerir que fe y en el proyecto social que hipotéticamente ideaba, ofrecían salidas a las exigencias espi15 “Credere annullando la volontà. La diffusione del rituales emergentes y a las diversas realidades quietismo nel Piemonte del Seicento”, en Giovanna psicológicas y sociales que se delineaban en FIUME (ed.), Il santo patrono e la città. San Benedetto il Moro: culti, devozioni, strategie di età moderna, Venecia, Marsilio, 2000, p. 120. 16 Ibidem, p. 139. Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 // 113 Fernando Ciaramitaro el pensamiento religioso de aquel tiempo.17 Y cuando el vocablo “quietismo” comenzó a utilizarse en el lenguaje teológico para definir todas las doctrinas y prácticas de la oración mental, logró la fuerza que nunca había tenido: fue el tiempo de la condena del religioso español Miguel de Molinos. que, hasta la condena oficial, se propagó en la iglesia romana.20 Entre finales de la centuria decimosexta y comienzos de la siguiente se instruyeron numerosos juicios y hubo duras condenas. Tellechea Idígoras21 da referencia de algunos fragmentos de crónicas sevillanas coevas y en El molinosismo fue la última deviación mís- particular se detiene en el universo femenil: tica de la religiosidad barroca: su fundador escribe que el “brote quietista” emergió con trazó una vía que enseñaba la luz divina, mas fuerza en los conventos e involucró sobre también un recorrido “de equidad, de juicio y todo a conventículas de mujeres. justicia […], de sabiduría, paz y fortaleza […], de quietud, luz y consejo […], el camino de la El alumbradismo femenino verdadera latitud del corazón y de la real liber- novohispano: 38 casos tad de los hijos de Dios […], el santo e inma- inquisitoriales culado camino” capaz de conducir, directa y seguramente, a la vida eterna.18 Sin embargo, En un inspirador artículo, Antonio Rubial estas novedades espirituales coincidieron con García señaló para la Nueva España a 45 un recrudecimiento de los conflictos religio- mujeres, de los siglos XVI al XVIII, “que sos en Italia y toda la Europa católica, y la cayeron en las cárceles inquisitoriales acureacción de las autoridades inquisitoriales sadas de fingimiento místico o de alumbrano se hizo esperar: fue “el crepúsculo de los dismo”.22 A pesar de estos números, en este místicos”.19 La filosofía molinosista se pre- artículo únicamente queremos pasar reseña sentaba como doctrina no dominada por el de los 38 casos judiciales de la Inquisición en fomes peccati; en consecuencia, no atribuía los que se interceptan a alumbradas e ilusas un rol determinante al instituto de la confe- novohispanas, pero antes consideramos necesión, pues ignoraba peligrosamente uno de sario un breve análisis del alumbradismo en los pilares del cristianismo reformado pos- el virreinato. tridentino. El molinosismo-quietismo daba cabida a una libre expresión de la religiosidad, por lo que cualquiera podía convertirse en intermediario entre Dios y el mundo de los 20 Hay que aclarar que Miguel de Molinos, más allá de la mística, fue el chivo expiatorio de un conflicto entre el fieles; por ello resultó una herejía subversiva poder eclesiástico y el civil que habría podido provocar 17 Sobre esta interpretación historiográfica diferente, opuesta al surgimiento de un fenómeno no masivo, no colectivo, como fue el quietismo, véase Massimo PETROCCHI, Il Quietismo italiano del Seicento, Roma, Edizioni di “Storia e Letteratura”, 1948. 18 José Ignacio TELLECHEA IDÍGORAS, Molinosiana: investigaciones históricas sobre Miguel Molinos, Madrid, Fundación Universitaria Española, 1987, p. 31. 19 Ibidem, p. 58. una lucha intestina en la iglesia en un periodo en el que la Contrarreforma aún recogía los frutos de una reacción despiadada. 21 Op. cit., p. 61. 22 RUBIAL GARCÍA, “Las santitas del barrio…”, op. cit., p. 14. Cifra que en un estudio posterior, Profetisas y solitarios. Espacios y mensajes de una religión dirigida por ermitaños y beatas laicos en las ciudades de Nueva España, México, Universidad Nacional Autónoma de México-Fondo de Cultura Económica, 2006, modificó a 38, cantidad que coincide con la que nosotros identificamos en la documentación inquisitorial. Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos 114 // Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 Alumbradas e ilusas de Nueva España. Un estudio a través de la documentación del Santo... En su intento de acotar geográfica y cronológicamente el alumbradismo, Antonio Márquez diseñó una circunferencia que tenía su centro en Guadalajara –en el palacio de los Infantado– y un área que se extendía exclusivamente hasta algunos puntos específicos del mapa español: Valladolid, Madrid, Toledo y Cuenca. Con la misma certeza afirmaba que la herejía se propagó entre 1525 y 1559. El historiador, así, prescindía de otros fenómenos evidentemente alumbradistas en Valencia, Sevilla y las Américas y que se manifestaron también después del siglo XVI.23 No podemos aceptar tan obsesiva demarcación definitoria.24 Si bien no existe una fuente histórica o historiográfica que detalle como fue el paso de la doctrina alumbradista a territorio novohispano, se infiere que los núcleos de migrantes españoles, en particular los de la región de Extremadura, que se establecieron en la Nueva España, fueron los encargados de transmitir las nuevas ideas del alumbradismo.25 Ideas que se pueden apreciar en los dos círculos que se presentaron en el ocaso del siglo XVI en Puebla de los Ángeles y en la ciudad de México. En ambos grupos los personajes practicaron los principios básicos de la doctrina alumbradista, esto es, la praxis de la oración mental, el menosprecio de las obras exteriores, las demostraciones sobrenaturales como visiones, arrobos, revelaciones, etcétera, las cuales llevaban –a decir de los discípulos– al camino de la santidad. Una 23 Antonio MÁRQUEZ, Los alumbrados. Orígenes y filosofía (1525-1529), Madrid, Taurus, 1980, p. 61. 24 Sobre la “obsesión definitoria de Márquez”, el debate historiográfico conexo y las categorías inquisitoriales de alumbrado y converso y sus vinculaciones, véase PASTORE, op. cit., p. 165-181. 25 Adriana RODRÍGUEZ DELGADO, Santos o embusteros: los alumbrados novohispanos del siglo XVII, Veracruz-México, Gobierno del Estado de Veracruz, 2013, p. 51. “santidad fingida” ya que el verdadero trasfondo del asunto fue que mediante la doctrina alumbradista se encubrió todo tipo de concupiscencias –ósculos, poluciones, coitos–, en otras palabras se trató de un misticismo mal entendido con un toque de sensualidad para justificar acciones contrarias al dogma y a la moral católica. En la centuria siguiente el alumbradismo se caracterizó por conjugar diversos elementos culturales productos de la realidad novohispana, por ejemplo, de su herencia española conservó la idea de un misticismo mal entendido mediante la imagen de que la unión con Dios se lograba por vía de la oración mental. En tanto que de su andar por el devenir histórico de la Nueva España se tuvo la excesiva exaltación de raptos, arrobos, visiones, revelaciones y castigos corporales, así como la incorporación de nuevos componentes tales como el don de curación y la adivinación. Dotes que enaltecieron la supuesta santidad de los alumbrados (hombres y mujeres por igual), mismas que pusieron a disposición de todo aquel que las necesitara, claro está, por una módica recompensa (en especie o dinero). Lo que a final de cuentas llevó al practicante de la doctrina alumbradista a ser considerado, por su entorno social, como un intercesor de los hombres ante una deidad, llámese Dios, la Virgen o los santos; en tanto que para la iglesia católica fue catalogado como un transgresor de la heterodoxia cristiana. Con respecto al siglo XVIII detectamos un cambio significativo: mientras que en la centuria anterior practicamente todos los acusados ante el Santo Oficio de la Inquisición fueron alumbrados, para el centenario diciochesco las imputaciones giraron en torno a aquellos que manifestaron tener llanas ilusiones o revelaciones, de ahí el sobrenombre de ilusos o iludentes. Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 // 115 Fernando Ciaramitaro Al revisar los expedientes inquisitoriales nos percatamos de que los vocablos de alumbrado (o alumbrada) e iluso (o ilusa) fueron utilizados indistintamente por los inquisidores de México; la diferencia entre uno y otro estriba en que el alumbrado novohispano del siglo XVII seguía un corpus doctrinal integrado por cuatro principios básicos: desde finales del siglo XVI y hasta principios del XIX.26 De estas mujeres tenemos a 18 españolas, o sea, la mayoría de los casos (47%), luego a ocho criollas, dos castizas, dos mestizas y una de origen africano (mulata), pero, además, existen otros siete expedientes donde no se consigna el origen étnico de aquellas (véase tabla siguiente. Etnia de las ilusas novohispanas). Cifras que reafirman la 1. proposiciones contrarias al dogma católi- tesis de que, para el periodo colonial, por lo co, es decir, errores dogmáticos tales como: menos para el reino de la Nueva España, el “nadie puede salvarse sin oración mental”; grupo mayoritario que cayó en las redes de “desprecio a las obras exteriores”; “rechazo la Inquisición fue el de los españoles, ya fuede la intermediación de la iglesia”; ran provenientes de la metrópoli o nacidos en América, aunque en este conjunto también se 2. prácticas de perfección cristiana o de as- incluyen a los castizos. cetismo; Etnia de las ilusas novohispanas 3. estados preternaturales o, que es lo mismo, raptos, arrobos, visiones, revelaciones, bi- Españolas 47 % locación, don de curación, etcétera; Criollas 21 % 4. actitudes religiosas contrarias a la disciplina eclesiástica, o sea, todos aquellos compor- Castizas 5% tamientos negativos que se apartaban de la enseñanza de la iglesia, como, por ejemplo, Mestizas 5% el consumir muchas hostias, comulgar sin confesarse o estando excomulgado. Mulatas 3% En tanto que un iluso del siglo XVIII fue aquel que se suscribía a divulgar el haber tenido revelaciones prodigiosas, poseer cierto don de profecía y tener la gracia de realizar milagros. En otras palabras, los ilusos en la Nueva España abandonaron por completo la práctica de la oración mental, herramienta imprescindible de la que hacían gala los alumbrados españoles (e italianos) para alcanzar la tan ansiada comunicación directa con Dios. Sin especificación 19 % Con respecto a su condición (estado civil), las fuentes revelan que las ilusas eran, en gran mayoría, soleteras, con nueve casos (24%); luego hubo cinco casadas, cinco viudas y seis doncellas; tres eran monjas –una dominica del convento de Santa Catalina de Siena en Puebla, una capuchina del claustro de San José en Oaxaca, una clarisa del de Santa En la documentación inquisitorial novohis- Clara en Atlixco, en la región de Puebla–; pana encontramos un corpus documental de 38 casos de alumbradas e ilusas que fueron a 26 El cuadro completo de las alumbradas e ilusas novoparar a las filas de la Inquisición de México, hispanas se puede ver en el apéndice. Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos 116 // Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 Alumbradas e ilusas de Nueva España. Un estudio a través de la documentación del Santo... una era novicia del claustro de San Juan de la Penitencia de la ciudad de México; finalmente, de nueve mujeres, por la documentación existente, no podemos especificar su estado (véase tabla siguiente. Condición de las ilusas novohispanas). Condición de las ilusas novohispanas (estado civil) Solteras 24 % Doncellas 16 % Casadas 13 % Viudas 13 % Monjas 8% Novicia 2% Sin especificar 24 % Sin embargo, una particularidad que presenta la mayoría de estas féminas es el estado de beata: además de casadas, viudas, doncellas o solteras, decían ser de esta singular condición, por lo que se tiene un total de 17 beatas.27 Antonio Rubial esclarece que una beata fue aquella que, por lo regular, vestía hábito religioso, aunque no forzosamente estaba vinculada a una orden tercera.28 Nosotros 27 En orden cronológico, las 17 beatas fueron: Marina de San Miguel, Ana de Guillamas o de Peralta, María de San Joseph, Tomasa González, Francisca de los Angeles, Juana La Cuculteca, Agueda de Salas, Marta de la Encarnación, Beatriz de Jesús la Flores, Nicolasa María de la Presentación, Ana María, Josefa de Aguirre, Margarita de Almaguer, Agustina Josefa de Jesús Villavicencio Palacios, María Anastacia González Lozano, María Rita Vargas y María Lucía Celis (véase el apéndice, columna del estado/oficio). 28 RUBIAL GARCÍA, Profetisas y solitarios… op. cit., p. 30. agregamos que eran mujeres que poseían el mejor status vivendi para obtener la salvación eterna, que se dedicaban a la oración y vivían con recogimiento.29 Características que hicieron que ellas gozaran de la estimación de su entorno social, empero este privilegio no solo se debía a la fama de beata, igualmente influyó de sobremanera el ambiente de la época, donde lo milagroso imbuía la cotidianidad de los moradores de la Nueva España, por lo menos desde finales del siglo XVI hasta la primera mitad del XVIII. En cuanto a las edades de estas 38 alumbradas e ilusas vemos que la gran mayoría va de los 18 a los 54 años, a excepción de una sola mujer mayor de 80 años, por lo que se deduce que eran féminas económicamente productivas, no obstante, en los documentos solo se determina el oficio de unas cuantas; así tenemos a seis costureras (16%), una labradora, una fabricante de redes, una hilandera, una tejedora y una cigarrera (véase tabla siguiente. Oficio de las ilusas novohispanas). Oficio de las ilusas novohispanas Costureras 16 % Labradora 2% Fabricante de redes 2% Hilandera 3% Tejedora 3% 29 Generalmente eran consideradas mujeres ociosas pero, al mismo tiempo, con una aguda y sincera sensibilidad religiosa. Eran también el humus propicio donde florecía el iluminismo (véanse VEGA VIGUERA, op. cit., p. 83-84; Ronnie PO-CHIA HISA, La Controriforma. Il mondo del rinnovamento cattolico (1540-1770), Bolonia, il Mulino, 2001, p. 181-198; FIUME, Il Santo Moro... op. cit., p. 108-116). Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 // 117 Fernando Ciaramitaro Cigarrera 3% San Juan del Río 3% Sin especificación 71 % Aguascalientes 3% De los 38 casos analizados solo 15 (40%), en Lo que significa que el resto de estas fémi- total, fueron los procesos completos, es decir, nas utilizó, tal vez, la “santidad” como único aquellos que tuvieron una sentencia condemedio de subsistencia. natoria, los demás fueron 13 causas sobreseídas30 (34%) y 10 simples denuncias (26%) Con respecto a la localización geográfica de (véase gráfica 5. Procesos completos, causas los asuntos de alumbradas o ilusas investiga- sobreseídas y denuncias). dos por los jueces inquisitoriales, se puede afirmar que la mayoría se desarrolló en la ciu- Procesos complejos, causas sobreseídas y dad de México, con 19 casos, o sea, 50% del denuncias total, luego cinco en Puebla, tres en Querétaro y con un solo caso respectivamente aparecen Procesos completos 40 % los aglomerados urbanos de Atlixco, Celaya, Guanajuato, Ixmiquilpan, Pachuca y San Juan Causas sobreseídas 34 % del Río, que pertenecían al arzobispado de México; Aguascalientes y Guadalajara, en el Denuncias 26 % obispado de Guadalajara; Mérida, en el distrito obispal de Yucatán; Oaxaca, en el obispado homónimo; y, por último, Valladolid, Los dos cuadros siguientes enlistan y separan en el obispado de Michoacán (véase gráfica los juicios completos de las causas sobreseídas 4. Origen urbano de las ilusas novohispanas). y las simples denuncias de las ilusas novohispanas, con los años correspondientes (véanse cuadro 1, Ilusas de las cuales se conoce el Origen urbano de las ilusas novohispanas proceso completo, y cuadro 2, Ilusas con causas sobreseídas (S) y denuncias (D)). Ciudad de México 50 % Puebla 13 % Querétano 8% Atlixco 2% Celaya 2% Guanajuato 2% Ixmiquilpan 2% Pachuca 3% 30 Por causa sobreseída consideramos a aquellos casos que seguían el curso del proceso, sin embargo, por diferentes circunstancias, como la fuga, la enfermedad o hasta el fallecimiento de la rea, quedaron inconclusos. Tal fue el caso, por ejemplo, de María Romero, que murió en cárceles secretas el 16 de septiembre de 1650 (véase RUBIAL GARCÍA, “Las santitas del barrio…”, op. cit., p. 36) o bien de Josefa Romero que, al igual que su hermana María, falleció en su celda el 7 de noviembre de 1657 (AGN, Inquisición, vol. 503, exp. 31, ff. 267-272v). Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos 118 // Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 Alumbradas e ilusas de Nueva España. Un estudio a través de la documentación del Santo... Ilusas de las cuales se conoce el proceso completo Años del proceso Ilusas con causas sobreseídas (S) y denuncias (D) Agustina de Santa Clara 1598-1601 Catalina de Lidueña (S) 1597 Marina de San Miguel 1597-1599 Ana de Guillamas o de Peralta (S) 1598 María Romero (S) 1649-1650 Josefa Romero (S) 1649-1657 María de San Joseph (S) 1687-1689 Tomasa González (S) 1692-1695 Ana de Zayas (S) 1694-1696 Francisca de los Angeles (S) 1694-1697 Juana la Cuculteca (S) 1696-1697 Agueda de Salas (D) 1709 Catalina (D) 1715 Nicolasa Romero 1649-1656 Teresa Romero 1649-1659 Agustina Rangel 1684-1688 Antonia de Ochoa 1686-1696 María Manuela Picazo 1712-1715 Marta de la Encarnación 1723-1728 María Cayetana Loria 1778-1792 María Barbara Echegaray 1785-1788 Agustina Josefa de Jesús Villavicencio Palacios 1788-1794 María Anastacia González Lozano 1790-1802 María Rita Vargas 1796-1803 María Lucía Celis 1796-1803 Ana Rodríguez de Castro y Aramburu31 1799-1803 Años 31 31 Sobre Ana Rodríguez de Castro y Aramburu, véase Ana Rodríguez de Castro y Aramburu, ilusa, afectadora de santos, falsos milagros y revelaciones divinas. Proceso inquisitorial en la Nueva España (siglos XVIII y XIX), prólogo de María Dolores BRAVO A., transcripción de Alejandra HERRERA GALVÁN, México, Instituto Nacional de Bellas Artes-Universidad Autónoma Metropolitana, 1984. Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 // 119 Fernando Ciaramitaro Gertrudis Rosa Ortiz (S) 1723 Beatriz de Jesús la Flores (D) 1723 Nicolasa María de la Presentación (D) 1731 María de Jesús (D) 1745 Josefa Clara de Jesús María (D) 1747 Ana María (D) 1748 visitas hechas al tribunal en el siglo XVII,32 las cuales llegaron a la conclusión de que el personal inquisitorial novohispano careció de capacidad y calidad necesarias para dirigirlo. Independientemente de la duración de los procesos, lo sobresaliente va a ser la sentencia impuesta por los jueces inquistoriales. Así, las penas aplicadas a aquellas alumbradas e ilusas de la Nueva España de los siglos XVI a XVIII fueron las mismas que se solían sentenciar por el Santo Oficio también para otras transgresiones, esto es, la abjuración de levi o de vehementi, la vergüenza pública, los azotes, el destierro y la reclusión. Consideraciones finales Desde nuestra perspectiva las alumbradas e ilusas novohispanas representaron un peligro para la ortodoxia en el virreinato, ya que éstas desestimaron la intermediación de la iglesia María Guadalupe Rivera (S) 1765 católica. ¿De qué forma? Desconociendo el papel de mediadores entre el hombre y Dios que jugaron los eclesiásticos, puesto que aquellas tuvieron el don de la comuniMaría Coleta de San José (S) 1774-1784 cación directa con Cristo, por lo tanto, no necesitaron de ningún delegado. Por el contrario, estas mujeres se presentaban como Margarita de Almaguer (S) 1785 emisarias de Dios, cuyo objetivo primordial fue el mitigar los problemas de las personas Ana María de Santa Inés (vecinos, adeptos, etcétera), ya fuera en cues1788 Lacal (D) tiones relacionadas con la salud, o bien, en asuntos mundanos, como librar a mujeres de las tentaciones carnales. Situación que les María Ignacia (D) 1796 permitió usurpar las funciones de la clerecía, consiguiendo con ello el reconocimiento de Asimismo, los procesos terminados presen- su entorno social, pero también la censura y, taron un tiempo de duración muy variable, en no pocas ocasiones, la represión por parte iban de los tres a los doce años. El porqué les de la Inquisición novohispana. llevó a los inquisidores tanto tiempo resolver tales causas no es sabido con exactitud, sola- 32 La primera visita estuvo a cargo del arzobispo Juan mente se tiene el dato que arrojaron las dos de Mañozca, en 1642, y la segunda la realizó don Pedro Josefa de Aguirre (D) 1751 Medina Rico, en 1654. Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos 120 // Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 Alumbradas e ilusas de Nueva España. Un estudio a través de la documentación del Santo... Estas ilusas y alumbradas intentaron sustituir la figura y las labores de los religiosos a través de pláticas espirituales y aunque se ufanaban en decir que sus prédicas eran verdaderos coloquios de mística, solo se trató de simples charlas religiosas enfocadas a ganarse la admiración y el respeto de su comunidad. En efecto, con sus enseñanzas, esas féminas pretendieron ganarse la deferencia de los varones, principalmente del clero. En ciertas ocasiones fue tal su influencia que algunas de ellas llegaron a ser consejeras en asuntos de diversa índole, como ocurrió, por ejemplo, en 1686, año de elección del cargo de hermano mayor y de los consiliarios de la tercera orden franciscana, en la cual la alumbrada Antonia de Ochoa –alias Antonia de Jesús– y su confesor, fray Clemente de Ledesma, ministro de dicha orden, confabularon para que ganase un presbítero de apellido Villarreal. Así, valiéndose de su fama de santidad, la Antonia dijo que en una de sus visiones había visto “a la junta asustada y alborotada sobre la dicha elección”, que no votasen por el candidato más fuerte, el licenciado Antonio Rodríguez, sino por el presbítero Villarreal, visión que fue utilizada por fray Clemente para coaccionar a que otros miembros de la orden votasen por su favorito (Villarreal), lo que, en un primer momento, llevó al éxito, ya que el día de la elección resultó vencedor el candidato de Ledesma; no obstante el logro inicial, todo parece indicar que la votación fue sucesivamente anulada.33 mental y los castigos corporales. De estos últimos –como la flagelación, los cilicios y los azotes– se puede decir que fueron los elementos de piedad personal por los cuales se llegaba a los raptos, los arrobos, las visiones y demás manifestaciones sobrenaturales. En la Nueva España se halló muy arraigada la creencia de que el dolor físico era una expresión de santidad, opinión que fue perfectamente aprovechada por este tipo de personajes femeninos, pues mediante el autocastigo se consolidó su figura dentro de su entorno social. A este respecto, se tiene el caso de tres alumbradas celebres del siglo XVII por los martirios que padecieron, se trata de la criolla Antonia de Ochoa –ya citada–, de la española María de San Joseph y la mestiza Francisca de los Ángeles, las cuales dijeron presentar estigmas en el cuerpo, tales como llagas en el pecho y en las manos, emulando con ellos el sufrimiento de Jesús cuando fue crucificado.34 Otros medios por los cuales las llamadas alumbras e ilusas novohispanas hicieron patente su “estado de santidad” fueron los estados preternaturales y ciertas prácticas de perfección cristiana tales como la oración En lo que respecta a los estados preternaturales, éstos fueron ciertos hechos fuera de lo ordinario, que no requerían de la intervención de Dios, ya que podían ser una manifestación de enfermedad, o bien, ser inducidos por sustancias psicotrópicas; eran “afectos del amor de Dios” todas aquellas demostraciones extraordinarias como raptos, arrobos, levitaciones, temblores, visiones y hasta agresiones demoníacas. Manifestaciones que fueron exhibidas tanto en lugares sacros (iglesias, conventos, ermitas) como en sitios públicos, calles y plazas novohispanas, con mucha afluencia de transeúntes: el objetivo era que una gran cantidad de gente las viera. Aunque 33 En el mismo año de 1686 empezaron las investigaciones acerca de la beata e ilusa Antonia de Ochoa (véanse AGN, Inquisición, vol. 539, exp. 25, f. 369v; AGN, Inquisición, vol. 671, exp. 2, f. 10). 34 Para los casos de Antonia de Ochoa, María de San Joseph y Francisca de los Ángeles, véanse, respectivamente, AGN, Inquisición, vol. 539, exp. 25, ff. 362-410; AGN, Inquisición, vol. 450, exp. 13, ff. 548-556v; AGN, Inquisición, vol. 693, exp. 5, ff. 400-434. Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 // 121 Fernando Ciaramitaro también hubo ocasiones en que esos estados de enajenamiento se ejecutaron en reuniones particulares, tal como lo hicieron las hermanas Romero –Josefa, Nicolasa, Teresa y, en menor grado, María–, quienes se dedicaron a dar “funciones” privadas de sus raptos, arrobos y visiones en las casas de personas pudientes de la ciudad de México, a las que asistían como invitadas de honor. Otros elementos esenciales de los denominados “afectos del amor de Dios” del alumbradismo mexicano fueron las agresiones demoníacas. En los procesos contra iluminados, así de hombres como de mujeres, no hubo ningún acusado que se haya salvado de los embates del Demonio, aunque, siguiendo con el discurso de la época, las féminas eran las más propensas a confundir las ilusiones diabólicas con los fenómenos divinos.35 Así, el Diablo se aparecía como un ser que llenaba la cabeza de su víctima con pensamientos heréticos y tentaciones carnales. En la Nueva España, específicamente en el periodo barroco, los martirios que imponían la figura maléfica se conviertieron en una expresión de virtud cristiana, es decir, que los suplicios perniciosos fueron el medio más eficaz para fortalecer la santidad de aquellas mujeres consideradas alumbradas e ilusas, ya que “entre más vivas y persistentes fueran las representaciones del demonio, más dignas de admiración y de respeto eran las víctimas”.36 Como recuerda María Dolores Bravo, a pro35 Véase Clare GUILHEM, “La Inquisición y la devaluación del verbo femenino”, en Bartolomé BENNASSAR, Inquisición española: poder político y control social, Barcelona, Crítica, 1981, p. 193. 36 Fernando CERVANTES, “El demonismo en la espiritualidad barroca novohispana”, en Clara GARCÍA AYLUARDO y Manuel RAMOS MEDINA (coord.), Manifestaciones religiosas en el mundo colonial americano. Vol. 1 Espiritualidad barroca colonial. Santos y demonios en América, México, Instituto Nacional de Antropología pósito de la primera declaración procesual de la ilusa Ana Rodríguez de Castro, el “espíritu de la época” se revela asimismo a través del poderoso antagonismo ideal “que se significa en dos grandes presencias invisibles pero trascendentales: Dios y el demonio”.37 A fin de cuentas, todas las características que se han mencionado no solo fueron la vía para afianzar la “santidad” de las alumbradas e ilusas de México, sino que también se convirtieron en la forma más fácil y rápida de obtener dádivas, como banquetes, dinero, moradas, entre tantas otras cosas posibles; lo que les permitió ascender a un estatus socioeconómico más alto del que gozaban antes de ser “tocadas con la luz divina de Dios”. De todo lo anterior se desprende que las 38 alumbradas e ilusas novohispanas de los siglos XVI al XVIII cumplieron con una función social concreta, nada menos que la intercesión de los hombres ante Dios. Función que, de alguna manera y por una parte de la población del virreinato, fue permitida y aceptada como algo natural, pero la realidad del asunto es que se trató de un comportamiento desviante, una peligrosa amenaza para la iglesia católica que negaba su legitimidad. De ahí la intervención –no siempre puntual– de las autoridades inquisitoriales mexicanas. e Historia-Universidad Iberoamericana-Condumex, 1997, p. 130-131. 37 Ana Rodríguez de Castro y Aramburu… op. cit., p. 17-18. Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos 122 // Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 Anexo 1 Tabla Fernando Ciaramitaro Nombre Calidad étnica Edad Estado/oficio Delito Agustina de Santa Clara española 38 monja alumbrada Catalina de Lidueña no se dice no se dice viuda alumbrada Marina de San Miguel española 53 beata, labradora alumbrada Ana de Guillamas o de Peralta española no se dice beata alumbrada Nicolasa Romero criolla 23-24 soltera, costurera iluminada María Romero criolla 30 casada, costurera iluminada Josefa Romero criolla 20 soltera, costurera iluminada Teresa Romero criolla 18 soltera, costurera iluminada Agustina Rangel castiza 25-26 casada, costurera alumbrada Antonia de Ochoa criolla 34 soltera, costurera alumbrada Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos 124 // Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 Alumbradas e ilusas de Nueva España. Un estudio a través de la documentación del Santo... Lugar Fechas del proceso Denuncia, causa sobreseída o sentencia Puebla 1598-1601 Auto público de fe, abjuración de levi, privación perpetua de velo, de voto pasivo y activo, ocupación en oficios humildes y ser la última monja en el coro y refectorio Puebla 1597 Causa sobreseída Ciudad de México 1597-1599 Auto público de fe de 1601, abjuración de vehementi, azotes, privación perpetua del hábito de beata, 10 años de reclusión en un hospital, 100 pesos de multa Ciudad de México 1598 Causa sobreseída Ciudad de México 1649-1656 Auto particular, abjuración de levi, vergüenza pública, 4 años de reclusión en el hospital de Nuestra Señora de la Concepción, 10 años de destierro Ciudad de México 1649-1650 Causa sobreseída Ciudad de México 1649-1657 Causa sobreseída Ciudad de México 1649-1659 Auto público de fe de 1659, abjuración de vehementi, 200 azotes, 10 años de servicio en el hospital de la Concepción Valladolid, Michoacán 1684-1688 Auto público de fe, abjuración de levi, vergüenza pública, 200 azotes, 2 años de servicio en el hospital de la Concepción y Jesús Nazareno Ciudad de México 1686-1696 Auto público de fe, abjuración de levi, vergüenza pública, 2 años de reclusión en el recogimiento y casa de la Misericordia Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 // 125 Fernando Ciaramitaro María de San Joseph española 24 soltera, beata ilusa, alumbrada Tomasa González criolla 50 viuda, beata alumbrada Ana de Zayas criolla 45 casada, fabricante de redes alumbrada Francisca de los Angeles mestiza no se dice soltera, beata alumbrada Juana La Cuculteca española 80 beata alumbrada Agueda de Salas española no se dice beata alumbrada María Manuela Picazo española 30 casada alumbrada Catalina española no se dice doncella ilusa Marta de la Encarnación castiza 25 a 30 soltera, beata ilusa Gertrudis Rosa Ortíz mestiza 40 doncella ilusa Beatriz de Jesús la Flores española no se dice doncella, beata ilusa Nicolasa María de la Presentación española 40 soltera, beata alumbrada María de Jesús española 37 doncella alumbrada Josefa Clara de Jesús María no se dice no se dice novicia ilusa Ana María criolla no se dice beata ilusa Josefa de Aguirre española no se dice doncella, beata ilusa Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos 126 // Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 Alumbradas e ilusas de Nueva España. Un estudio a través de la documentación del Santo... Ciudad de México 1687-1689 Causa sobreseída Aguascalientes 1692-1695 Causa sobreseída Puebla 1694-1696 Causa sobreseída Querétaro 1694-1697 Causa sobreseída Guadalajara 1696-1697 Causa sobreseída Mérida, Yucatán 1709 Denuncias Ciudad de México 1712 Auto de fe, abjuración de levi, vergüenza pública, 6 años de reclusión en el recogimiento de la Magdalena (Méx.) Ciudad de México 1715 Denuncias Puebla 1723 Auto de fe, abjuración de levi, vergüenza pública, 100 azotes (misma pena se repite en Puebla), 10 años de destierro de México y villa de Madrid, 10 años de reclusión en el recogimiento de la Magdalena de Puebla Ciudad de México 1723 Causa sobreseída San Juan del Río 1723 Denuncias Ciudad de México 1731 Denuncias Celaya 1745 Denuncias Ciudad de México 1747 Denuncias Ciudad de México 1748 Denuncias Querétaro 1751 Denuncias Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 // 127 Fernando Ciaramitaro María Guadalupe Rivera española 54 viuda, hilandera alumbrada María Coleta de San José no se dice 50 monja alumbrada María Cayetana Loria mulata 44 a 50 viuda ilusa María Bárbara Echegaray española 40 soltera ilusa Margarita de Almaguer española no se dice doncella, beata ilusa Ana María de Santa Inés Lacal no se dice no se dice monja ilusa Agustina Josefa de Jesús Villavicencio Palacios española 34 tejedora, beata ilusa María Anastacia González Lozano española 50 viuda, beata ilusa María Ignacia no se dice no se dice no se dice ilusa María Rita Vargas no se dice no se dice beata ilusa María Lucía Celis no se dice no se dice beata ilusa Ana Rodríguez de Castro y Aramburu española 38 casada, cigarrera ilusa Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos 128 // Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 Alumbradas e ilusas de Nueva España. Un estudio a través de la documentación del Santo... Querétaro 1765 Causa sobreseída Oaxaca 1774-1784 Causa sobreseída Ixmiquilpan 1778 Reclusión y exilio Puebla 1785 Autillo en la sala del tribunal, abjuración de levi, 10 años de destierro de la ciudad de México y villa de Madrid, penas espirituales, entregada a un pariente para su manutención y cuidado Guanajuato 1785 Causa sobreseída Atlixco, Puebla 1788 Denuncias Pachuca 1788 Auto privado, abjuración de levi, 10 años de destierro de la ciudad de México, villa de Madrid y Pachuca, 2 años de reclusión en el hospital de San Andrés Ciudad de México 1790 Abjuración y servicio Ciudad de México 1796 Denuncias Ciudad de México 1796-1803 Auto de fe, abjuración de levi, vergüenza pública, 4 años de servicio en el hospital de San Andrés, 10 años de destierro Ciudad de México 1796-1803 Auto de fe, abjuración de vehementi, vergüenza pública, 4 años de servicio en el hospital Real de Naturales, 10 años de destierro Ciudad de México 1799-1803 Auto público de fe, abjuración de levi, vergüenza pública, 10 años de destierro, 6 años de reclusión en el hospital de San Andrés Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos Volumen 20, pp. 109–130 ; ISSN: 1131-5571 // 129