División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
FACULTAD DE DERECHO
INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO
PRIMER SEMESTRE
Datos curriculares:
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Nombre de la asignatura: Introducción al Estudio del Derecho
Ciclo: Licenciatura
Plan de estudios: 1471
Carácter: Obligatoria
Créditos: 8
Asignatura precedente: Ninguna
Asignatura subsecuente: Teoría del Derecho
Características de los destinatarios:
Para estudiantes que inician la Licenciatura en Derecho a quienes se les dará
nociones concretas y precisas de las bases fundamentales que rigen a esta
carrera; de esta manera se les proporcionarán los conocimientos básicos para que
se puedan desarrollar adecuadamente en su vida profesional.
Criterios de acreditación:
Examen final 100%
Duración (horas):
64 horas
Elaborador de la guía:
Dra. Gloria Moreno Navarro
Mtro. Héctor Ramos Ochoa
Mtro. Heriberto Ramírez Neri
Objetivo general:
Conocerá el Derecho en su relación con las ciencias sociales-humanísticas en
general y la ciencia jurídica en particular, al elaborar una definición del mismo,
diferenciarlo de otros órdenes normativos, así como distinguir sus diferentes
acepciones para finalmente identificar sus procesos de creación y su relación con
la sociedad y el Estado.
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Índice temático
Unidad 1. Ser Humano, Sociedad y Cultura.
1.1 Ser humano.
1.2 Sociedad.
1.3 Cultura y Derecho.
Unidad 2. Concepto de Ciencia y Ciencia Jurídica.
2.1 Conceptos de ciencia, teoría y filosofía.
2.2 Clasificación y características de la ciencia.
2.2.1 Ciencias formales.
2.2.2 Ciencias factuales.
2.2.2.1 Ciencias culturales, del espíritu o sociales.
2.2.2.2 Ciencias normativas.
2.3 Particularidades de la ciencia jurídica.
2.3.1 Dogmática o sistemática jurídica.
2.3.2 Filosofía jurídica.
2.3.3 Sociología jurídica.
2.4 El Derecho como objeto de estudio de la ciencia jurídico.
Unidad 3. Definición del Derecho.
3.1 Análisis de los elementos que pueden contener una definición del Derecho.
3.1.1 Hecho.
3.1.2 Norma.
3.1.3 Valor.
3.1.4 Otras concepciones.
Unidad 4. Órdenes Normativos.
4.1 Conceptos de ley, regla y norma.
4.2 Diferencias y semejanzas entre las diferentes clases de normas.
4.2.1 Jurídicas.
4.2.2 Morales.
4.2.3 Religiosas.
4.2.4 Convencionalismos sociales.
4.3 Ámbitos de validez de las normas jurídicas.
4.3.1 Espacial.
4.3.2 Temporal.
4.3.3 Material.
4.3.3 Personal.
Unidad 5. Clasificación del Derecho.
5.1 Derecho natural, derecho vigente y derecho eficaz.
5.2 Derecho objetivo y derecho subjetivo.
5.3 Derecho sustantivo y derecho adjetivo.
5.4 Derecho público, derecho privado y derecho social.
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5.5 Derecho legislado y derecho consuetudinario.
5.6 Derecho federal, derecho estatal y derecho municipal.
5.7 Derecho nacional, derecho internacional y derecho comunitario.
5.8 Otras acepciones y ramas del derecho.
Unidad 6. Fuentes del Derecho.
6.1 Concepto de fuente y clasificación.
6.2 Distinción entre fuentes formales, reales e históricas.
6.3 Fuentes formales.
6.3.1 Proceso legislativo.
6.3.2 Proceso jurisprudencial.
6.3.3 Proceso reglamentario.
6.3.4 Proceso consuetudinario.
6.4 Fuentes reales.
6.5 Fuentes históricas.
6.6 Otras fuentes.
Unidad 7. El Estado y Derecho.
7.1 Concepto de Estado.
7.2 Elementos del Estado.
7.2.1 Pueblo.
7.2.2 Territorio.
7.2.3 Gobierno.
7.3 Poder soberano, poder público y gobierno.
7.4 Relación entre Estado y Derecho.
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Introducción a la asignatura
Actualmente el estudiante de la Licenciatura en Derecho debe responder a los
grandes retos que la modernidad exige, por ello, nuestra Universidad Nacional, a
través de la Facultad de Derecho, preocupada por satisfacer las exigencias del
mercado laboral, se ha dado a la tarea de actualizar su Programa de Estudios
dando con ello respuesta al México de vanguardia que demanda profesionistas de
alto desempeño y, sobre todo, comprometidos con nuestra sociedad.
Hoy por hoy, nuestra máxima casa de estudios sigue siendo quien aporta el mayor
número de profesionistas a nivel nacional, de ahí el compromiso que tiene con la
sociedad mexicana.
En dicho plan, la materia de Introducción al Estudio del Derecho se imparte en el
primer semestre y se encuentra ubicada en el área de las asignaturas filosóficas,
área que en la actualidad ha recobrado gran fuerza.
La materia de Introducción al Estudio del Derecho es de especial relevancia en la
formación del estudiante de derecho, porque sienta las bases filosóficas que le
permitirán comprender la relación interdisciplinaria que tiene con las demás ramas
del derecho.
Cabe destacar que el objetivo de cada unidad se puede resumir en los términos
siguientes:
La oportunidad que tiene el ser humano de vivir en una sociedad y desarrollarse
tomando siempre en consideración la cultura, los principios bajo los cuales se rige
cada sociedad. Mismas que se plasman en las normas jurídicas. Asimismo, es de
vital importancia diferenciar lo que es la ciencia en general con la ciencia jurídica y
la relación que tiene esta misma con la filosofía, sociología y dogmática jurídica,
no menos importante es destacar que la teoría siempre va a estar presente en la
ciencia del derecho, pero debemos de analizar cada una de las aportaciones que
hacen los estudiosos del derecho en cuanto a sus definiciones de derecho y otros
órdenes normativos. De igual manera, se debe entender claramente los ámbitos
de validez que tiene la norma jurídica.
Por otra parte, todo estudiante debe conocer las diferencias entre derecho escrito,
legislado y consuetudinario, así como comprender lo que son las acepciones del
derecho para no confundirlas con las ramas del derecho. Es importante señalar,
que en esta materia se dan las formas de creación del derecho, situación que
redundará en el futuro del estudiante, para profundizar en aspectos como la
técnica parlamentaria y técnica jurisprudencial.
Toda sociedad debe de tomar en consideración el concepto de Estado y sus
elementos y establecer la clara diferencia entre poder soberano, público y
gobierno, y que aquellas sociedades que no tengan relación con el derecho
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sufrirán de una anarquía; de ahí la importancia de la relación entre Estado y
Derecho.
La presente guía es resultado de la ardua labor de distinguidos catedráticos de
nuestra querida Facultad de Derecho, que contribuyeron con su larga experiencia
académica a la realización del trabajo que ponemos a su disposición. Asimismo,
se aclara que las notas o transcripciones que existen en el presente trabajo son
recopiladas de las obras de conspicuos profesores, cuyo mérito se establece en
las citas a pie de página y bibliografía, tanto es así, que en las actividades de
evaluación que debe desarrollar el alumno, se le sugiere leer varios capítulos de
los autores de los libros utilizados en la elaboración de esta guía, respetando con
ello el derecho de autor que les asiste.
La materia objeto de la presente guía de estudio es impartida en sus diversas
modalidades, (escolarizado, abierta y a distancia). Los autores se preocuparon por
recopilar y adecuar un material de fácil acceso para los alumnos que cursan la
Licenciatura en Derecho; de este modo, la Dra. Gloria Moreno Navarro junto con el
Mtro. Héctor Ramos Ochoa desarrollaron las primeras 6 unidades del temario, las
actividades de evaluación y los exámenes globales. La unidad número 7, fue
desarrollada por el Mtro. Heriberto Ramírez Neri. La concreción de los temas y
exámenes, estuvo a cargo de la Dra. Gloria Moreno Navarro, ya que se elaboraron
en estricto cumplimiento de los lineamientos emitidos y formatos entregados por
los pedagogos del área correspondiente, logrando con ello presentar este trabajo
que se pone en sus manos, esperando que les sea de utilidad.
Los autores
Ciudad Universitaria, marzo de 2013.
Actualizado en octubre de 2015
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Forma de trabajo (metodología)
Esta Guía de Estudio es el documento base para el desarrollo de los contenidos
de la asignatura y las actividades de aprendizaje; en ella están indicados, por
unidad, las actividades, así como los materiales necesarios para realizarlas.
Es responsabilidad del estudiante:
•
Revisar de manera general la guía para contextualizar la asignatura y
organizar mejor el tiempo destinado al estudio de los textos planteados y
solución de las actividades.
•
Leer exhaustiva y cuidadosamente los documentos que se indican y revisar
las páginas electrónicas. Asimismo, realizar, después de cada lectura,
resúmenes, cuadros sinópticos, mapas conceptuales y esquemas para facilitar
la construcción y aprehensión del conocimiento y detectar los aspectos que
deberá consultar y aclarar con su Asesor en las sesiones sabatinas.
•
Realizar las actividades de aprendizaje, que básicamente se orientan a la
identificación de los contenidos dentro de los textos señalados.
•
Responder de forma honesta y personal las autoevaluaciones al final de
cada Unidad, para observar la comprensión de cada tema, el grado de avance
y los apartados que debe reforzar rumbo al examen final.
Cabe aclarar que esta guía, como su nombre lo indica, es un recurso de apoyo
para el estudio de esta asignatura, por tanto, es muy importante que realicen las
lecturas, actividades y autoevaluaciones PREVIO a las sesiones presenciales (en
caso de asistir a ellas), ya que el objetivo de estas sesiones es únicamente aclarar
las dudas y enriquecer el estudio de los temas mediante la retroalimentación con
su profesor(a) y compañeros(as).
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Temario
Unidad 1. Ser humano, sociedad y cultura
Introducción
Ser humano.
El ser humano es un ente social por naturaleza, que en
la búsqueda de sobrevivencia ha evolucionado por
diversas etapas hasta llegar a modificar el entorno que lo
rodea. La modificación de ese entorno, lo ha llevado a
establecer reglas de convivencia y de trato social que
permiten armonizar la interacción entre los miembros que
integran esa comunidad.
Con la creación de las artes y las ciencias surge el
derecho y, con él, se tuvo la necesidad de constituir una
serie de instituciones de carácter jurídico que dieran
estructura sólida a una civilización que hasta hoy día su
legado lo seguimos utilizando en nuestro quehacer
diario.
Introducción al Estudio del Derecho es quizá una de las
materias más estudiadas, por los doctrinarios en razón a
la importancia que reviste dentro de las disciplinas
jurídicas, la especial relevancia deriva por la serie de
instrumentos que le aporta al estudiante en su formación,
como futuro operario del derecho.
La primera unidad, denominada Ser humano, sociedad y
cultura, ofrece al estudiante una serie de conceptos
abstractos y complejos, que le serán de elemental
utilidad para poder avanzar en la comprensión y
entendimiento del temario que integra la materia. Es
decir, la necesidad que las normas jurídicas tienen en la
vida cotidiana del hombre, su creación, aplicación e
interpretación como producto socialmente finalizado.
Presentaremos brevemente algunas definiciones para
hacer comprensible la unidad.
El ser humano tiene diversas acepciones: para la
Biología es un simple animal; para la Psicología es un
ser racional y consciente cuya conducta puede ser
interpretada; para el Derecho, veremos que girará en
torno de la vida del hombre; para la antropología
constituirá su objeto de estudio; y para la filosofía, será
un universo a tratar.
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Aristóteles expresa que el hombre es un animal
meramente racional. Atento a lo anterior, el ser humano
debe satisfacer necesidades de índole espiritual e
intelectual.
Sociedad.
Por lo que se refiere a sociedad Recaséns Siches
expresa que es la propia vida humana, por lo tanto, se
desprende la imperiosa necesidad que tiene el hombre
de vivir en conjunto; no solo porque así su existencia es
menos complicada, sino porque juntos se ayudan e
incluso, gracias a esa unión, existe progreso.
Cabe destacar que el termino sociedad tiene diversos
sentidos, pero generalmente se aplica a todo conjunto de
seres vivientes con cierto grado de organización interna
para conseguir la alimentación y para defenderse de
otros factores que ponen en peligro su sobrevivencia
como especie.
El ser humano, según Lapierre, tiene 4 grados de
sociabilidad que va desde un agrupamiento temporal
hasta las sociedades superiores, cuyas relaciones entre
sus miembros son complejas, de cooperación continua y
en las que existe una clara división del trabajo,
observando jerarquía y liderazgo.
Cultura y Derecho.
La cultura tiene una función de vida, puesto que gracias
a ella toda sociedad es capaz de perpetuarse. La cultura
es transmitida de generación en generación, porque los
descendientes tomarán aquello que les sea de utilidad,
desecharán lo añejo e incorporarán las mejoras que sean
más adecuadas; y, una vez terminado dicho proceso,
éstos trasmitirán su cultura a los individuos
contemporáneos.
Recaséns Siches resume claramente cultura al decir: “Lo
que los miembros de una determinada sociedad concreta
aprenden de sus predecesores y contemporáneos en
esa sociedad, y lo que le añaden y modifican”.
Pero en toda sociedad que tiene una cultura vemos la
presencia del Derecho, ya que es necesario para regular
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Objetivo
Bibliografía básica
Atienza, Manuel.
(2008). Introducción
al Derecho. México.
Fontamara, (pp.1531)
Delgadillo
Gutiérrez,
Luís Humberto.
(2014) Introducción
al derecho positivo
mexicano. Limusa,
México. (pp. 41-44)
Flores García,
Fernando. (2014)
Introducción al
estudio del derecho,
Porrúa, México.
(p.p 1-36)
las relaciones entre los humanos, puesto que todo
accionar del hombre está encaminado a un interés
particular y habrá casos en que los intereses se
contraponen unos con los otros y surgen los problemas;
aquí es donde entra el Derecho, para menguar los
conflictos y tratar de que todos consigan sus fines.
Al concluir el estudio de esta unidad el estudiante
comprenderá la importancia que tiene la cultura y la
sociedad en el ámbito del Derecho, así como las
relaciones humanas; además del alcance y las
características fundamentales que como seres humanos
poseemos.
Actividad de aprendizaje 1.
De las lecturas que se le proporcionan como material de
apoyo conteste lo que se le pide a continuación:
De las páginas 32 a la 34 del libro “introducción al
estudio del derecho” de Mario I. Álvarez Ledesma:
1. Señale las características del
conformidad con el siguiente cuadro:
Fenómeno
social
Fenómeno
cultural
Fenómeno
histórico
derecho
de
Fenómeno
político
2. Una vez realizada la lectura exprese cuál sería la
ubicación, función y valor del derecho en su vida
diaria.
3. Señale el objeto del derecho.
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Flores Salgado,
Lucerito Ludmila.
(2007) Introducción al
estudio del derecho,
Porrúa, México.
(p.p 1-26)
García, Trinidad.
(2008) Apuntes de
Introducción al
estudio del derecho,
Porrúa, México.
(p.p 9-11)
Pereznieto Castro,
Leonel. (2007)
Introducción
al estudio del
derecho, Oxford.
(p.p 1- 38)
Actividad de aprendizaje 2
De las páginas 8 a la 18 del libro “Teoría general del
Estado” de Justino Eduardo Andrade Sánchez:
1.- Explique los grados de sociabilidad animal.
Grados
S/G
Primer grado
Segundo grado
Tercer grado
Cuarto grado
Explicación
2.- De acuerdo con Hinde señale, ¿cuál es la diferencia
que permite distinguir las colectividades sociales de las
colectividades humanas?
3.- Establezca los pasos que integran la teoría tradicional
de la decisión humana.
Rojas Roldán,
Abelardo. (2004) El
estudio del derecho,
Porrúa, México.
(p.p 1-15)
Villoro Toranzo,
Miguel. (2005)
Introducción al
estudio del
derecho, Porrúa,
México. (p.p 3-14)
Actividad de aprendizaje 3
De las páginas 6 a la 18 del libro “Teoría del derecho” de
Manuel Ovilla Mandujano, proporcione lo que se le pide:
1.- Características del derecho
a) Técnica de control social:
b) Coactivo:
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Actividad de aprendizaje 4
Acorde a lo establecido en la guía sobre sociedad,
explique los 4 grados de sociabilidad animal que
establece el sociólogo francés Jean William Lapierre.
Grados
de Explicación de cada uno
sociabilidad
Agrupamientos
temporales
Grupos
de
movimientos
coordinados
Sociedades
o
grupos inferiores
Sociedades
superiores
Actividad de aprendizaje 5
En la guía el autor ruso Pitrim Sorokin, clasifique en los 3
elementos que contiene la cultura, favor de explicarlos
a) Elementos ideológicos
b) Elementos relativos a la conducta
c) Elementos materiales de la conducta
Autoevaluación
Escoja la respuesta correcta
1.-Agrupación natural o pactada de personas, que constituyen unidad distinta
de cada uno de sus individuos, con el fin de cumplir, mediante la mutua
cooperación, todos o alguno de los fines de la vida.
a) Sociedad
b) Cultura
c) Derecho
d) Ser Humano e) Necesidad
2.-Es la obra del hombre cristalizada para generaciones futuras, por impulso
del mismo ser humano y condicionada por todos los factores que se
interinfluyen en la vida social: económicos, religiosos, ideológicos, políticos,
técnicos, entreoíros.
a) Sociedad
b) Cultura
c) Derecho
d) Ser Humano e) Necesidad
3.-Conjunto de normas bilaterales, externas, generalmente heterónomas y
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coercibles, que tienen por objeto regular la conducta humana en su
interferencia intersubjetiva.
a) Sociedad
b) Cultura
c) Derecho
d) Ser Humano e) Necesidad
4.-En el sentido filosófico y no sólo biológico, es libre con capacidad de
elección. La libertad psicológica, lo distingue de los restantes animales y
orienta su acción y su reflexión.
a) Sociedad
b) Cultura
c) Derecho
d) Ser Humano e) Necesidad
5.- Supone la dependencia del ser viviente en cuanto a su existir o el de sus
intereses.
a) Sociedad
b) Cultura
c) Derecho
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d) Ser Humano
e) Necesidad
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Unidad 2. Concepto de Ciencia y Ciencia Jurídica
Introducción
Después de comprender el alcance de las relaciones
sociales en torno al Derecho, el alumno se adentrará a
estudiar la ciencia como una herramienta que le ayudará a
comprender el surgimiento del Derecho y la relación que
éste va a tener con otras ciencias.
En este apartado se estudiarán cuatro conceptos que nos
ayudarán a ubicar al derecho dentro de un contexto más
amplio y darán un marco de referencia. Veremos cuáles
son las características de la ciencia y en qué medida el
derecho comparte dichas características. En seguida,
estudiaremos la relación del derecho con la teoría, con las
doctrinas elaboradas por los juristas. Un tema más será el
de la filosofía, haciendo referencia a ciertos elementos del
conocimiento filosófico para explicar la manera de cómo el
derecho está relacionado o está vinculado a la reflexión
filosófica y cuál es el resultado de ese ejercicio.
Finalmente, abordaremos el estudio de la metodología;
este tema nos muestra como los grandes pensadores
incurrieron para elaborar sus teorías y como éstas nos
ayudar a enlazar nuestro pensamiento con la realidad.
Presentaremos brevemente algunas definiciones para
hacer comprensible la unidad.
Ciencia.
Ciencia, según Leonel Pereznieto Castro, es:
La ciencia es la reflexión del ser humano para
comprender lo que sucede a su alrededor. Es una
etapa primitiva, el individuo observó muchos
fenómenos naturales e intentó comprenderlos, esta
observación fue una observación sistemática que
luego verificó en la realidad. A medida que el ser
humano evolucionaba, perfeccionó su reflexión
sobre el mundo circundante y así la hizo cada vez
más racional: fenómenos a los que los antes les
daba una explicación mágica o divina fueron de su
comprensión, los entendía, y los usaba en su
beneficio.
Para lograrlo debió comprobar que determinadas
causas provocaban determinados efectos; por
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ejemplo, por qué el Sol tiene más intensidad en
ciertas épocas del año que otras. Kepler, después
de largas observaciones llegó a la conclusión de
que todo planeta, incluida la Tierra, gira alrededor
del Sol en una órbita elíptica, en la cual el Sol ocupa
uno de sus focos. Esta observación ha sido
verificable todas las veces que se ha realizado el
fenómeno descrito: así el resultado de una reflexión
se convirtió en una ley.
Mario Bunge opta por una definición más amplia de
ciencia, a la que en un primer momento llama “cuerpo de
ideas”, y define como: “el conocimiento racional,
sistemático, exacto, verificable y falible”, tal y como es
entendida en la actualidad. Pero agrega la importancia de
distinguir entre la ciencia formal y la ciencia fáctica,
porque “no toda la investigación científica produce
conocimiento objetivo”, lo que no significa que deje de
considerarse como tal.
Teoría.
Debido a la conceptualización del derecho como una
ciencia es una cuestión que puede estar sujeta a
polémica, conviene ahora ubicarla dentro del tema de la
teoría. Entendiendo por la teoría a Karl R. Popper: “Las
teorías son redes que lanzamos para apresar aquello que
llamamos el mundo: para racionalizarlo, explicarlo y
dominarlo y tratamos de que aquella malla sea cada vez
más fina.”
Leonel Pereznieto enfatiza que se trata de las diversas
ideas, interpretaciones y propuestas de los autores para
identificar y comprender desde su punto de vista ”ese
mundo”, siempre que al expresarlas cumplan con ciertos
requisitos mínimos tales como sintácticos, semánticos,
epistemológicos, metodológicos y filosóficos.
Una Teoría es el conocimiento especulativo. Como “el fin
de toda ciencia es adquirir la verdad sobre determinados
aspectos de la realidad”; entonces, el conocimiento
científico es esencialmente “teórico”, en cuanto que se
encamina a una consideración contemplativa de la
realidad.
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Filosofía.
La filosofía nace con la reflexión del hombre sobre sí
mismo; mientras no toma conciencia de sí mismo, no
filosofa. Simplemente obra, actúa, conoce, sufre y ama,
teme y espera, pero no hace filosofía. Esta actitud
comienza en el momento en el que el hombre sabe obrar,
sabe actuar, sabe conocer, sabe sufrir, amar y esperar.
Son los griegos los que dan el nombre a tal disciplina y los
que la difunden por el mundo.
La filosofía “es aquel conocimiento de la razón humana
que, penetrando hasta las últimas causas, investiga la
realidad total, especialmente el ser y el deber del hombre”.
La filosofía se presenta como una interpretación de aquel
hacer humano llevada hasta sus más profundas raíces.
Diferencia entre Ciencia y Filosofía.
“La finalidad de las dos es, el descubrimiento de lo
verdadero.”1
Sus diferencias:
CIENCIA
Fin
FILOSOFÍA
La verdad
Parcial
Esencia
Total
Conocimiento teórico por las causas
Próximas
Últimas
La Ciencia Jurídica.
Su objeto es diferente al resto de las Ciencias Sociales.
El objeto de la ciencia puede ser analítico-conclusivo, la
función del derecho es regular conductas (Kelsen) pero su
objeto es describir las percepciones jurídicas, los
mandatos que se encuentran dentro de la norma jurídica.
La ciencia del derecho debe utilizar una serie de
1
Villoro Toranzo, Op. Cit., Pág. 85.
15
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instrumentos, por ejemplo: construir conceptos. La ciencia
del derecho a diferencia de otras ciencias se encarga de
elaborar o introducir al debate diversos dogmas a partir de
los cuales el jurista lleva a cabo sus propios desarrollos,
por ejemplo: el de la plenitud del derecho.
Una particularidad de las ciencias jurídicas es regular
conductas, pero su objeto es describir las prescripciones
jurídicas y los mandatos que se encuentran dentro de la
norma jurídica.
Dogmática o Sistemática Jurídica.
Leonel Pereznieto expresa:
La dogmática es un método de estudio e
investigación jurídica, y su objeto de investigación,
es la norma. La característica de éste método
jurídico, es la interpretación de la ley. La sede de la
dogmática es la norma y el valor.
La dogmática jurídica es el derecho positivo mismo
que requiere que sus postulados sean previamente
aceptados. La razón de la existencia de la
dogmática es un sistema que facilita el análisis del
funcionamiento de todo el orden jurídico. De esta
manera, diferentes autores han propuesto sistemas
distintos de interpretación. Siempre que se acepten
sus postulados se podrán derivar consecuencias y
así ayudar en la labor que tienen los juristas de
interpretar la norma jurídica.
Filosofía Jurídica.
Leonel Pereznieto afirma que:
La filosofía jurídica tiende a estudiar las verdades
jurídicas más absolutas y fundamentales: el
concepto universal del derecho, las categorías
jurídicas, la idea de la justicia, la esencia del Estado
y la jurisprudencia. Asimismo, considera al derecho
desde un punto de vista integral. No le interesan sus
aspectos particulares, sino su visión unitaria, ya que
trata de captar la esencia de los conceptos jurídicos.
Sociología Jurídica.
El autor en comento asevera que la Sociología Jurídica
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utiliza similares métodos a la Sociología General; estos
son:
1. La Observación. Método utilizado para obtener
información escrita, como: textos de leyes, archivos
notariales, tablas, estadísticas, etc.
2. La Interpretación. Significa extraer de un texto toda la
información que sea posible, sin cambiar el sentido de
las palabras ni del texto.
3. Comparación. Lograr a través del método de
comparación de las diferentes instituciones jurídicas,
una tipología de los sistemas jurídicos.
Objetivo
4. El método Histórico-Comparativo. Utilizado largamente
para estudiar la Historia. Logrando a través de este
método, obtener un conocimiento racional de los
fenómenos Jurídicos.
Al concluir el estudio de esta unidad el estudiante podrá:
Bibliografía básica
Conocer la estructura filosófica concerniente a las teorías
tradicionales del concepto de ciencia e identificará las
diversas aplicaciones que tiene con el derecho y por qué
se denomina ciencia jurídica.
Actividad de aprendizaje 1
Atienza, Manuel.
(2008) Introducción
al
derecho,
Fontamara,
México.(p.p 32-58)
Cárdenas
Gracia,
Jaime
(2009).
Introducción
al
Estudio
del
Derecho.
México,
UNAM, Instituto de
Investigaciones
Jurídicas coedición
Nostra
Ediciones.
Pp. 37-44
A partir de la lectura del material indicado para esta
unidad, elabore lo siguiente:
De la obra Introducción al Estudio del Derecho de Jaime
Cárdenas Gracia dé lectura a las páginas 37 a 44 y realice
lo siguiente:
a) Proporcione los conceptos de; ciencia, teoría y
filosofía.
b) Establezca las diferencias entre ciencia y filosofía.
Actividad de aprendizaje 2
De la obra de Introducción al Estudio del Derecho de
Villoro Toranzo, páginas 33 y 34, especifique según Mario
Bunge como puede ser clasificada la ciencia.
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Actividad de aprendizaje 3
Flores García,
Fernando. (2007)
Introducción al
estudio del derecho,
Porrúa, México.
(p.p 37-51)
Flores Salgado,
Lucerito Ludmila.
(2007) Introducción
al
estudio del derecho,
Porrúa, México.
(p.p 27-32)
García Máynez,
Eduardo. (2008)
Introducción
al estudio del
derecho, Porrúa,
México.
(pp.115119)
García, Trinidad.
(2008) Apuntes de
Introducción al
estudio del derecho,
Porrúa, México.
(p.p 13-18)
Del Libro Introducción al estudio del derecho de Miguel
Villoro Toranzo mencione las características de la ciencia.
Actividad de aprendizaje 4
Complete el siguiente cuadro:
CIENCIA
Ciencias formales
Ciencias
factuales
o
fácticas
Ciencias culturales
Ciencias culturales
Ciencias del espíritu o
sociales
Ciencias normativas
DEFINICIÓN
Actividad de aprendizaje 5
De la obra Introducción al Estudio del Derecho de
Pereznieto Castro Leonel dé lectura a las páginas 107 a
115 y realice lo siguiente:
-
Proporcione los conceptos de: dogmática jurídica,
filosofía jurídica y sociología jurídica.
Pacheco Martínez,
Filiberto. (2007)
Introducción al
estudio del derecho,
Porrúa, México.
(p.p 1-16)
Pereznieto Castro,
Leonel. (2012)
Introducción
al estudio del
Derecho, Oxford.
(pp. 40-115)
Rojas Roldán,
Abelardo. (2004) El
estudio del derecho,
Porrúa, México.
(p.p 19-13)
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Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Villoro Toranzo,
Miguel. (2005)
Introducción al
estudio del
derecho, Porrúa,
México. (p.p 33-44)
Autoevaluación
Relacione las siguientes columnas:
A)
Tiene como objeto de estudio las relaciones
existentes entre el Derecho y la sociedad.
B)
Conjunto de normas bilaterales, externas,
heterónomas y coercibles, que tienen por objeto
regular la conducta externa del hombre.
C)
Es social, abstracta, general, obligatoria,
establecida por un órgano competente, y
sancionada por la fuerza en caso de
incumplimiento.
D)
Es aquello que los miembros de una
determinada
sociedad
aprenden
de
sus
predecesores y contemporáneos, y lo que le añaden
y le modifican.
E)
Es el conocimiento especulativo, formado a
través de postulados, hipótesis, posiciones y hasta
opiniones, para relacionar el orden de los
fenómenos de la realidad.
F)
Es un conjunto sistemático y metódico de
conocimientos fundados de las cosas por sus
causas próximas, que tiende a la verdad y a la
universalidad.
G)
Parte del Derecho que se encarga del estudio
de los dogmas y principios que explican a las
normas jurídicas, así como de la creación de sus
propios conceptos.
H)
Tiende a estudiar las verdades jurídicas más
absolutas y fundamentales: el origen y el concepto
del Derecho, las categorías jurídicas, etc.
I)
Enunciado prescriptivo cuyo cumplimiento es
potestativo y espontáneo puede; permitir, prohibir o
facultar.
J)
Hechos naturales o del hombre cuya
realización se traduce en consecuencias de
Derecho sin que medie la voluntad para ello.
19
1. ( ) Filosofía
jurídica
2. ( ) Hechos
jurídicos
3. ( ) Sociología
4. ( ) Parte
normativa del
Derecho
5. ( ) Ley
6. ( ) Norma
7. ( ) Ciencia
jurídica
8. ( ) Sociología
jurídica
9. ( ) Derecho
10. ( ) Cultura
11. ( ) Actos
jurídicos
12. ( ) Derecho
federal
13. ( ) Teoría
14. ( ) Ciencia
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Unidad 3. Definición del Derecho
Introducción
En esta unidad se le introducirá al alumno a que conozca
todos los elementos que puede integrar una definición
completa de lo que es el Derecho; además, se aplicarán
diversas metodologías para definir al mismo,
principalmente desarrollando todos sus elementos,
explicándolos cada uno y correlacionándolos.
Es de gran importancia que el estudiante de Derecho
aprenda las bases de éste, el origen principal de su
significado y sus diferencias con hecho, norma, valor y
otros. Sin embargo, presentaremos brevemente algunas
definiciones para hacer comprensible la unidad.
Algunos estudiosos sostienen que el Derecho es
indefinible; sin embargo, en el lenguaje común usamos
esta palabra para indicar aquello que es recto, que es
confiable.
En un sentido etimológico la palabra “Derecho” proviene
de las palabras latinas digirere y regere, la primera indica
una dirección de la conducta y la segunda significa regir o
gobernar.
No hay acuerdo entre los estudiosos para definir la
ciencia del Derecho, pero todos coinciden en que es
normativa y obligatoria. Esta es una definición que
coinciden en general diversos autores: “El Derecho es el
conjunto de leyes de observancia obligatoria, fijada por el
gobierno y que para su cumplimiento puede emplear su
fuerza”.
Varios filósofos y juristas han dado diferentes conceptos
del Derecho:
Thomas Hobbes (Leviatán, capítulo 26, 1651).
Derecho es para cada sujeto aquellas reglas en las
que el Commonwealth le ha ordenado de forma
oral, escrita o a través de otro signo de la voluntad
para que este haga uso de la distinción entre lo
correcto e incorrecto, es decir, de lo que es
contrario y lo que es conforme a la regla.
20
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Dr. Fernando Hinestrosa (Manual de Obligaciones).
El derecho es un conjunto de normas o preceptos
de conducta cuya existencia y efectividad son
indispensables para la solidez y la armonía de las
relaciones sociales El derecho no es un fin en sí
mismo sino un medio emanado de la sociedad para
mantener un equilibrio entre los hombres y proveer
a la realización de un ideal de justicia.
Immanuel Kant (Metafísica de las costumbres).
“El derecho es el conjunto de condiciones bajo las
cuales el arbitrio de uno puede conciliarse con el
arbitrio del otro según una ley universal de la
libertad.”
Karl Marx y Friedrich
Comunista, 1848).
Engels
(El
Manifiesto
“El derecho es la voluntad de la clase dominante erigida
en ley”.
La palabra Derecho se usa en dos sentidos, en uno
significa una facultad reconocida al individuo por la ley
para llevar a cabo determinados actos, y en otra es un
conjunto de leyes, o normas jurídicas, aplicadas a la
conducta social de los individuos.
21
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
El Derecho y otros ordenes normativos:
Características de las Leyes Naturales y de las Sociales:
Diferencias entre:
22
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Objetivo
Al concluir el estudio de esta unidad el estudiante podrá:
Bibliografía básica
Analizar de forma particular todos y cada uno de los
elementos que integran el concepto de derecho. Así como
la especial relevancia que revisten en lo particular.
Actividad de aprendizaje 1
Delgadillo
Gutiérrez,
Luís Humberto.
(2006) Introducción
al derecho positivo
mexicano, Limusa,
México. (p.p 55-65)
De lectura a las páginas 119 a 175 de la obra Introducción
al Estudio del Derecho de Leonel Pereznieto Castro y
Proporcione lo siguiente:
A partir de la lectura del material indicado para esta
unidad, elabore lo siguiente:
a) Una definición de derecho
Flores García,
Fernando. (2007)
Introducción al
estudio del derecho,
Porrúa, México.
(p.p 51-68)
Flores Salgado,
Lucerito Ludmila.
(2007) Introducción
al
estudio
del
derecho,
Porrúa, México.
(p.p 33-42)
b) Señale las principales características del derecho.
c) Mencione cómo se clasifica el hecho, el acto y la
norma.
d) Elabore un ensayo de media cuartilla dónde
establezca cual es la importancia del derecho en la
sociedad.
García Máynez,
Eduardo. (2008)
Introducción
al estudio del
derecho, Porrúa,
México. (pp.3-22)
García, Trinidad.
(2008) Apuntes de
Introducción al
estudio del derecho,
Porrúa, México.
(p.p 31-34)
Pacheco Martínez,
Filiberto. (2007)
Introducción al
estudio del derecho,
Porrúa, México.
23
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
(p.p 21-50)
Pereznieto Castro,
Leonel. (2007)
Introducción
al estudio del
Derecho, Oxford.
(pp.119-165)
Rojas Roldán,
Abelardo. (2004) El
estudio del derecho,
Porrúa, México.
(p.p 77-105)
Villoro Toranzo,
Miguel. (2005)
Introducción al
estudio del
derecho, Porrúa,
México. (p.p 109127)
Autoevaluación
Resuelve el siguiente ejercicio, colocando las palabras de abajo en los
espacios en blanco.
El __________ se integra por el conjunto de____________ que confieren
facultades, que imponen ______________y que otorgan ______________con
el fin de regular los intercambios y, en general ________________para la
_____________de conflictos o su resolución, con base en los criterios de
certeza, seguridad, igualdad, libertad y justicia.
* Derechos, la convivencia social, Derecho, deberes, prevención, normas
jurídicas.
24
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Unidad 4. Órdenes Normativos
Introducción
Conceptos de ley, regla y norma.
El alumno podrá diferenciar correctamente cada uno de
los términos de ley, regla, norma jurídica y distinguir,
además, las distintas clases de normas, como las
morales, las religiosas y los convencionalismos sociales.
Todas las anteriores regulan la conducta de los
individuos y se aplican en diversos ámbitos de validez.
El maestro Pereznieto cita la definición que da Rafael De
Pina, señalando que la Ley es: “norma jurídica obligatoria
y general dictada por el legítimo poder para regular la
conducta de los hombres o para establecer los órganos
necesarios para el cumplimiento de sus fines.”2
El Dr. Eduardo García Máynez establece que la validez
de las leyes e hipótesis científicas deberán siempre llevar
a cabo una corroboración empírica, en cambio, la validez
de las normas de conducta no está condicionada por su
efectividad, y en cuanto a la regla de acción, siempre
estatuye un deber que vale en sí y por sí, incluso en
relación con el proceder que la infringe.3
Para nuestro distinguido profesor Tamayo y Salmorán el
término regla produce confusiones con las normas
jurídicas, puesto que se le conoce también al término de
regla como “directrices o reglas técnicas”, ello,
basándose en lo expresado por Von Wright. Asimismo,
nos dice que no debemos confundir regla técnica con
norma jurídica, ya que las reglas técnicas constituyen
proposiciones condicionales para lograr un fin
determinado y pone un ejemplo: “si quieres hacer la
cabaña habitable tienes que calentarla”.4 Culmina este
autor en que la regla técnica no es un enunciado
normativo y, por ende, no es prescriptiva.
Para García Máynez: “Norma suele usarse en dos
sentidos: uno amplio y otro estricto: aplicase a toda regla
2
Pereznieto Castro, Leonel, Introducción al estudio del derecho, 7ª ed. Editorial Oxford,
UniversityPress, México, 2012, Pág. 172.
3
Cfr., García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del derecho, 22ed., Editorial Porrúa, México,
1974, Pág. 7.
4
Tamayo y Salmorán, Rolando, Elementos para una teoría general del derecho, Editorial Themis,
México, 1992, Pág. 241.
25
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
de comportamiento, obligatoria o no; el otro sentido
corresponde a la que impone deberes o confiere
derechos.”5
Diferencias y semejanzas entre las diferentes clases
de normas.
JURÍDICAS
MORALES
RELIGIOSAS
CONVENCIONALISMOS
SOCIALES
Bilaterales
Unilaterales
Bilaterales
Unilaterales
Exteriores
Internas
Internas
Externas
Coercibles
Incoercibles
Incoercibles
Incoercibles
Heterónomas
Autónomas
Autónomas
Autónomas
REGULAR LA CONDUCTA DE LOS INDIVIDUOS
Normas Jurídicas.
La generalidad de los estudiosos del derecho, expresan
que las normas jurídicas son reglas de conducta
exteriores, coercibles y heterónomas.
Debido a su carácter bilateral, las normas jurídicas
establecen relaciones en dos diversas personas: al
obligado y el activo. Las modalidades en el ejercicio de
los derechos y en el cumplimiento de las obligaciones
varían en cada caso.
Las normas jurídicas son exteriores porque exigen una
conducta fundamentalmente externa; sin embargo, en
muchos casos atribuyen consecuencias jurídicas a los
aspectos íntimos del comportamiento individual.
Se califica de coercibles a las normas jurídicas porque si
no son cumplidas voluntariamente por los obligados,
puede el acreedor solicitar al Estado su cumplimiento,
incluso por la fuerza.
Normas morales.
Son unilaterales e imperativas porque frente al sujeto a
quien obligan no hay otra persona autorizada para
exigirle el cumplimiento de sus deberes.
5
Cfr., Ibídem.Pág.4.
26
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Son internas. Es una modalidad o atributo de la
voluntad. Es el sujeto quien decide cumplir o no las
normas.
Son incoercibles. Su cumplimiento ha de efectuarse de
manera espontánea. Si el acto del individuo es
obligatorio no tendrá el sujeto ningún mérito; si aquel se
encuentra vedado, no resultará imposible declarar
responsable a éste.
Son autónomas. Toda conducta moralmente valiosa
debe representar el cumplimiento de una máxima que el
sujeto se ha dado a sí mismo. Recaséns Siches y Del
Vecchio coinciden en señalar que la característica central
de las normas morales “es el campo de las intenciones,
el ámbito de la conciencia, o sea, la cara interna del
obrar”.
Normas religiosas.
“Se trata de normas internas que la persona acepta, en
las que cree y tiene fe y, por tanto, esas normas
conforman su actuación en todos los aspectos de su
vida.”6
Sabemos que también son de carácter interno y que
auxilian al individuo para acercase a Dios y de esta
manera alcanzar la vida eterna.
El pensamiento religioso y sus reglas, concretamente el
cristianismo, ha sido por otra parte de profunda influencia
en el derecho. Un gran número de sus preceptos fueron
incorporados en el derecho romano a partir de las
institutas de Justiniano.
El derecho occidental actual contiene una parte
sustancial del derecho canónico, especialmente en el
campo de la familia.
Convencionalismos sociales.
Son reglas que aparecen basadas en la costumbre. Son
una especie de mandatos que surgen de la colectividad y
6
Rojas Roldán, Abelardo, El estudio del derecho, Porrúa, México, 2004.Pág. 45.
27
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
que son necesarios para llevar a cabo dentro de la
sociedad.
Ámbitos de validez de las normas.
Las normas jurídicas son elaboradas para aplicarse en
una sociedad determinada, para ser aplicadas en su
sociedad y con ese objeto tienen en cuenta una serie de
factores culturales. Fundamentalmente, la norma está
constituida por cuatro ámbitos que son: ámbito espacial,
temporal, material y personal.
Ámbito espacial.
Las normas jurídicas son elaboradas para aplicarse en
una sociedad determinada. Debido a que las normas
jurídicas se elaboran para ser aplicadas a una realidad
determinada, se pretende que su aplicación sea
especialmente limitada. Ningún legislador elaborará
leyes con la intención de que sean aplicables en el
mundo entero, cualquier ley que tratase de regir fuera del
territorio nacional perdería eficacia. El principio general
es la limitación espacial que existe en la expedición y en
la aplicación de las normas jurídicas, de ahí, que se
afirme que la norma jurídica tiene un ámbito espacial de
validez, así como también la temporalidad forma parte
fundamental de la validación, pues significa el tiempo en
el cual se rige o se está ejecutando la ley y se está en
plena iniciación legislativa.
Ámbito temporal.
Así como la norma tiene validez y eficacia en un ámbito
espacial determinado, también la norma tiene otra
limitación, la del tiempo. Con excepción de la costumbre
y los usos mercantiles, que no tienen una fecha de inicio
ni una fecha de terminación precisas, las normas
jurídicas entran en vigor a partir de una fecha cierta que
puede ser la fecha de entrada en vigor de una ley.
La norma jurídica sólo tiene validez y eficacia en un
ámbito espacial determinado, también la norma tiene otra
limitación: la del tiempo. Las normas entran en vigor a
partir de una fecha cierta, que puede ser la fecha de
entrada en vigor de una ley que se publica en el Diario
Oficial de la Federación o Gaceta Oficial, o bien, la fecha
en que se dicta una sentencia, finalmente, podría ser la
28
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
fecha en que las partes han convenido que entre en vigor
su contrato.
Ámbito material.
Se trata de la materia que la norma regula. Así tenemos
normas administrativas que regulan la naturaleza y las
funciones de los órganos encargados de la
administración pública.
El ámbito material de validez de la norma jurídica puede
ser analizado cuando su contenido interesa o no a toda
la sociedad, o sólo a personas determinadas que
requieren que dichas normas les sean aplicadas. Así, por
ejemplo, la sociedad está empeñada en que la
regulación de las relaciones de trabajo, la protección del
ambiente, etc., sean de interés público, lo que no sucede
cuando dos personas deciden celebrar un contrato de
compraventa de un automóvil o han decidido permutar
dos objetos de valor personal.
Ámbito personal.
La norma jurídica tiene validez para toda sociedad o para
parte de ella. Así, se establece en el 1° artículo de la Ley
Fundamental que todas las personas gozarán de los
derechos humanos reconocidos en la Constitución. Esto
quiere decir que la norma se aplica a todos los individuos
que se encuentran dentro del país. Asimismo, es
importante aclarar que esta norma, al referirse a todos
los individuos que se encuentren dentro del país, alude a
un grupo pequeño de individuos, los que se encuentren
dentro del país, respecto a los que se encuentran en el
resto del mundo.
Ahora bien, el Dr. Eduardo García Máynez señala que,
desde el punto de vista de ámbito personal de validez,
deben dividirse en genéricas e individualizadas. Las
primeras son las que obligan o facultan a todos los
comprendidos dentro de la clase designada por el
concepto-sujeto de la disposición normativa, y el ejemplo
anterior es lo que se considera como genéricas. Sin
embargo, las individualizadas son aquellas que obligan o
facultan a uno o varios miembros de la misma clase,
29
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
individualmente determinados, así tenemos unos
ejemplos: las sentencias, laudos arbitrales, contratos.7
Al concluir el estudio de esta unidad el estudiante podrá:
Objetivo
•
Establecer las diferencias significativas entre los
conceptos de ley, regla y norma, que se usan
indistintamente en el lenguaje jurídico.
Contrastar las diversas clases de normas que existen
y sus principales diferencias, consecuentemente
establecerá los distintos ámbitos de aplicación de la
norma jurídica.
Actividad de aprendizaje 1
•
Bibliografía básica
García
Máynez,
Eduardo
(2008).
Introducción
al
Estudio del Derecho.
México, Porrúa. Pp.
3-13; 78-94.
Pereznieto
Castro,
Leonel
(2007).
Introducción
al
Estudio del Derecho.
México, Oxford. Pp.
171-200.
Cárdenas
Gracia,
Jaime
(2009).
Introducción
al
Estudio del Derecho.
México,
UNAM,
Instituto
de
Investigaciones
Jurídicas
coedición
Nostra Ediciones. Pp.
95-123
Dé lectura a las páginas 3 a 13; 78 a 94 de la obra
Introducción al Estudio del Derecho de Eduardo García
Máynez; Introducción al Estudio del Derecho, de Leonel
Pereznieto Castro, páginas 171 a 200 e Introducción al
Estudio del Derecho de Jaime Cárdenas Gracia, páginas
95 a 123 elabore lo siguiente:
A partir de la lectura del material indicado para esta
unidad, elabore lo siguiente:
a) Proporcione los conceptos de: Ley, regla y norma
b) Complete
el
cuadro
siguiente
características que correspondan
Jurídicas
Morales
Religiosas
con
las
Convencionalismos
sociales
c. Establezca la clasificación de los ámbitos de validez
de las normas jurídicas.
Autoevaluación
Indique si las siguientes aseveraciones son falsas o verdaderas:
7
García Máynez, Op. Cit., Pág. 82.
30
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
1. De acuerdo con Rafael de Pina, la Ley es: “norma jurídica
Falso /
Verdadero
(
)
obligatoria y general dictada por el legítimo poder para
regular la conducta de los hombres o para establecer los
órganos necesarios para el cumplimiento de sus fines”.
2. Para García Máynez, la validez de las normas de conducta
está condicionada por su efectividad, y en cuanto a la regla
de acción, siempre estatuye un deber que vale en sí y por sí,
incluso en relación con el proceder que la infringe.
3. Las reglas técnicas constituyen proposiciones condicionales
(
)
(
)
(
)
(
)
(
)
(
)
(
)
(
)
para lograr un fin determinado.
4. Las normas se dividen es jurídicas, especiales, éticas,
espirituales y locales.
5. Las normas jurídicas son reglas de conducta interiores,
flexibles, y autónomas.
6. Las normas religiosas son normas internas que la persona
acepta, en las que cree y tiene fe y, por tanto, esas normas
conforman su actuación en todos los aspectos de su vida.
7. Se llama Convencionalismo social a las reglas que aparecen
basadas en la costumbre. Son una especie de mandatos que
surgen de la colectividad y que son necesarios para llevar a
cabo dentro de la sociedad.
8. Los cuatro ámbitos de la norma son: legal, jurisprudencial,
económico y social.
9. El ámbito personal de validez de la norma jurídica se refiere
a que la norma jurídica tiene validez para toda sociedad o
para parte de ella.
31
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Unidad 5. Clasificación del Derecho
Introducción
El alumno podrá conocer las diversas ramas del Derecho
y su clasificación doctrinal. Asimismo, comprenderá la
diferencia entre derecho vigente y derecho eficaz, así
como otras acepciones del derecho. Finalmente, podrá
vincular el establecimiento del Derecho federal, estatal y
municipal, considerando la importancia del derecho
legislado.
Derecho natural.
Distintas concepciones a través de la Historia (Palabra
“Naturaleza”):
Derecho natural como Derecho divino (Representación
desde la antigüedad en respuesta en Antígona de
Sófocles).
Derecho natural con sentido biológico, predominio de los
fuertes sobre los débiles. Justicia natural (Cálicles).
Derecho natural con sentido de naturaleza racional y
sociológica (hombre político).
Derecho natural: “Orden intrínsecamente justo existente
a un lado o por encima del Derecho Positivo”8 (Visión del
filósofo. Teoría de los 3 círculos).
Derecho natural: “conjunto de derechos o principios
ejercidos y atribuidos al Ser Humano y que son
inherentes al mismo.”9
Derecho vigente.
“Llamamos orden jurídico vigente al conjunto de normas
impero-atributivas que en una cierta época y un país
determinado la autoridad política declara obligatorias.”10
Son las normas aprobados por ambas Cámaras,
sancionados por el Ejecutivo y publicados en el Diario
Oficial de la Federación iniciando su vigencia desde el
8
García Máynez, Eduardo. Introducción al estudio del derecho, Porrúa, México, 2008, Pág.
40.
9
Pereznieto Castro, Leonel. Introducción al estudio del derecho, Oxford, 2007, Pág.198.
García Máynez, Eduardo.Op. Cit., Pág. 37.
10
32
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
acto de su publicación.
Derecho eficaz.
Para García Máynez es derecho “positivo o factible”
(Teoría de los 3 círculos).
Es un concepto propuesto por Kelsen en el que afirma:
“un orden jurídico es considerado válido, cuando sus
normas, en términos generales y a grandes rasgos son
eficaces, es decir, son tácitamente acatadas y
aplicadas.”11
Derecho Objetivo.
“El Derecho, en su sentido objetivo, es un conjunto de
normas. Tratase de preceptos impero-atributivos, es
decir, de reglas que, además de imponer deberes,
conceden facultades.”12
“El Derecho objetivo es un sistema de normas que rige
obligatoriamente la vida humana en sociedad.”13
Derecho Subjetivo.
“Frente al obligado por una norma jurídica descubrimos
siempre a otra persona facultada para exigirle el
cumplimiento de lo prescrito. La autorización concedida
al pretensor por el precepto es el derecho en sentido
subjetivo.”14
Concepto
íntimamente
relacionado,
determinado por la existencia de otro. Si existe la norma,
existirá la facultad.
Derecho Sustantivo.
Es el Derecho de fondo, que consiste en el conjunto de
normas jurídicas de diverso linaje que establece los
derechos y obligaciones de las personas, por ejemplo, en
civil o de los delitos y las penas en penal.
•
El Derecho sustantivo trata sobre el fondo de la
cuestión, reconociendo derechos, obligaciones etc.
11
Kelsen, Hans. Teoría pura del derecho, UNAM, México, 1981, Págs.224 y 225.
García Máynez, Eduardo, Op. Cit., Pág.36.
13
Villoro Toranzo, Miguel, Introducción al estudio del derecho, Porrúa, México, 1966. Pág.
12
98.
14
García Máynez, Eduardo,Op. Cit., Pág. 36.
33
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Es aquel que se encuentra en la norma que da vida a
una determinada figura jurídica, acto jurídico o figura
típica, impone los comportamientos que deben seguir
los individuos en la sociedad, también está
relacionado con el Derecho procesal, las normas
procesales, plazos sustantivos etc.
Por ejemplo, en materia penal podemos ver que el
derecho sustantivo penal dice “aquel que prive de la vida
a otro se le aplicará una pena.”
Este regula el deber ser, el que impone los
comportamientos que deben seguir los individuos en la
sociedad.
La norma según la cual aquel que cause un daño a otro,
debe repararlo, es una típica norma de Derecho
sustantivo o material, porque impone una obligación
jurídica de reparación o indemnización a favor de la
víctima, por parte de aquel que realizó contra ella el
hecho ilícito.
Derecho Adjetivo.
Es el Derecho de forma, es decir, constituye el conjunto
de normas y principios que tienden especialmente a
regular las relaciones jurídicas, poniendo en ejercicio la
actividad judicial, comprendiendo las leyes procesales y
de enjuiciamiento. Por ejemplo, la Ley de Enjuiciamiento
Civil.
¿En qué se diferencian el Derecho sustantivo del
Derecho adjetivo?
El sustantivo es la norma consagratoria de un derecho.
En cambio, el Derecho adjetivo lo constituye el
mecanismo procedimental que permite hacer valer ese
derecho o darle efectividad a esa relación.
Derecho Público.
Conjunto de normas que regulan la organización del
estado y los procedimientos entre éste y los particulares.
A su vez se subdivide en:
•
El Derecho constitucional es el conjunto de normas
relativas a la estructura fundamental del estado, a las
34
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
funciones de sus órganos y a las relaciones de estos
entre sí y con los particulares.
•
El Derecho administrativo es la rama del Derecho
público que tiene por objeto específico la
administración pública.
La administración pública es definida por García Máynez
como “la actividad a través de la cual el Estado y los
sujetos auxiliares de éste tienden a la satisfacción de los
intereses colectivos”.
•
El Derecho penal es el conjunto de normas que
determinan los delitos, las penas que el Estado
impone a los delincuentes y las medidas de seguridad
que el mismo establece para la prevención de la
criminalidad.
•
El Derecho procesal es el conjunto de reglas
destinadas a la aplicación de las normas del Derecho
a casos particulares, ya sea con el fin de esclarecer
una situación jurídica dudosa, ya con el propósito de
que los órganos jurisdiccionales declaren la
existencia de determinada obligación y, en caso
necesario, ordenen que se haga efectiva.
Derecho Privado.
Es el conjunto de disposiciones que rigen las relaciones
de los particulares entre sí.
A su vez se subdivide en:
El Derecho civil: tiene por objeto regular los atributos
de las personas físicas y morales, organiza
jurídicamente a la familia y al patrimonio,
determinando las relaciones de orden económico
entre los particulares, que no tengan contenido
mercantil, agrario y obrero.
Esta rama suele ser dividida en cinco partes:
•
I.
Derecho de las personas (personalidad jurídica,
capacidad, estado civil, domicilio);
II.
Derecho
familiar
(matrimonio,
divorcio,
legitimación, adopción, patria potestad, tutela,
35
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
cúratela, etc.);
III.
Derecho de los bienes (clasificación de los bienes,
posesión, propiedad, Usufructo, uso, habitación,
servidumbres, etc.);
IV.
Derecho sucesorio (sucesiones testamentaria y
legítima); y
V.
Derecho de las obligaciones.
El Derecho mercantil es el conjunto de normas jurídicas
relativas a los comerciantes y a los actos de comercio.
Derecho Social.
Es un conjunto de normas jurídicas resultado de una
nueva concepción del ser humano acerca del Derecho.
Pretende regular equitativa y equilibradamente las
relaciones que se dan entre el Estado y los diferentes
grupos de particulares existentes en el contexto social,
principalmente los más débiles y desprotegidos,
proponiéndose coartar la prepotencia de ciertas clases
sociales y buscando alcanzar la paz social.
El Derecho objetivo social se divide en:
•
Derecho laboral: Éste regula las relaciones de los
particulares cuando éstos tienen el carácter de
patrones o trabajadores.
•
Derecho agrario: Es un conjunto de normas que rigen
la solución de los problemas derivados del reparto e
inafectabilidad de tierras y aguas, y de la dotación a
los núcleos de población.
•
Derecho económico: Es el conjunto de normas
jurídicas que rigen la cooperación humana en las
actividades de creación, distribución y consumo de la
riqueza generada por un sistema económico.
Derecho legislado.
EL Derecho Legislado es el derecho creado por el
órgano legislativo.
36
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Kelsen afirma que “el derecho legislado es el producto
del intelecto humano y que su creación se lleva a cabo
con base en un procedimiento previamente establecido y
que por lo tanto toda norma presupone a su vez la
existencia de una u otra norma que autoriza su
creación.”15
• En México la función legislativa está encomendada al
Congreso de la Unión que se compone de dos
cámaras: una de Diputados y otra de Senadores, de
conformidad con el artículo 50 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Los arts. 71 y 72 de la misma Constitución se refieren
a diversos aspectos del procedimiento legislativo, es
decir el procedimiento mediante el cual un proyecto
de ley es sustituido y aprobado para convertirse en
ley.
• También en México la norma suprema de la que se
derivan el resto de las normas es precisamente la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
• El derecho legislado es derecho objetivo al ser éste
derecho vigente y al estar formado por un conjunto de
normas.
Derecho escrito.
Según Miguel Villoro Toranzo el derecho legislado es
también derecho escrito, que es aquel derecho cuyas
disposiciones han sido redactadas en documentos
escritos como lo son la Constitución, las leyes o Decretos
y éstas deben ser promulgadas por una autoridad
competente.
Derecho consuetudinario.
Es el derecho que tiene sus fuentes en la costumbre y,
de forma considerable, en la decisión de los tribunales,
en la jurisprudencia.
15
Raz, Joseph, El concepto del sistema jurídico, UNAM, México, 1986, Pág. 161.
37
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Jellinek invoca la fuerza normativa de los hechos,
advirtiendo que la repetición constante de un hábito
social produce la conciencia de que es obligatorio.
Geny sostiene que si “los tribunales aceptan una
costumbre es porque la consideran derecho y, por lo
tanto, la costumbre nació antes de su reconocimiento;
que para reconocer o aplicar algo es necesario que
exista previamente.”16
Ponemos de ejemplo a los tribunales estadounidenses o
británicos en donde resuelven conflictos basados en la
costumbre y toman menos en cuenta el derecho
legislado.
Ese derecho se denomina common law.
Derecho federal, derecho estatal y derecho
municipal.
•
El derecho federal se vincula con la estructura y
organización de la República y sus relaciones con
otros países.
•
El derecho estatal tiene relación con la forma de
organización y el funcionamiento de cada estado de
la República, con dos limitaciones:
A) Que su organización sea en forma de gobierno
republicano, representativo y popular, teniendo al
municipio libre como base de su división territorial y de
su organización política y administrativa.
B) Que sus leyes no regulen las materias que están
reservadas expresamente a la Federación.
•
El derecho municipal. Bandos de policía y buen
gobierno. Es el que constitucionalmente cada
municipio tiene para regular situaciones que se
desarrollen dentro de su ámbito de competencia.
Derecho nacional.
El Derecho Nacional es aquel creado por un país. Es su
16
Morineau, Oscar, El estudio del derecho, Porrúa, México 1977, Pág. 66.
38
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Derecho Positivo.
En nuestro país, la norma positiva vigente de jerarquía
máxima es la Constitución de los Estados Unidos
Mexicanos. De ahí se desprenden las leyes federales,
locales y municipales.
El conjunto de la norma positiva es llamado Derecho
Nacional.
Derecho internacional.
Entre los romanos, se designaba al Derecho
Internacional como Ius gentium que se aplicaba a
aquellas personas que eran ajenas a Roma, los
extranjeros. Diferenciando el Ius civile que era aplicado a
los ciudadanos romanos.
En la actualidad, la denominación utilizada por los
juristas corresponde al Derecho Internacional.
Derecho internacional público.
Se define como “el conjunto normativo destinado a
reglamentar
las
relaciones
entre
sujetos
17
internacionales.” Los sujetos de Derecho Internacional
son los Estados y los organismos internacionales.
El Derecho Internacional Público “no establece órganos
especiales para la creación y aplicación de sus
normas.”18 Esto se debe a que las normas de esta rama
del Derecho son creadas por los mismos sujetos
obligados, Estados y organismos internacionales, y no
por un órgano legislativo especial. Entre ellos establecen
sus deberes y derechos recíprocos.
En ésta última instancia el Estado mismo es el que
decide si sus derechos han sido violados; o bien, si el
mismo es responsable de alguna violación del Derecho
Internacional. Las sanciones típicas por parte de un
Estado son la guerra y las represalias.
El Derecho Internacional no carece de sanción, pero son
17
Seara Vázquez, Modesto. Derecho internacional público, 3ª. Ed., Porrúa, México, 1971,
Pág.24.
18
Kelsen, Hans. La esencia del derecho internacional, trad. Yolanda Frías, en Vigésimo
Quinto Aniversario del Doctorado en Derecho, UNAM, México, 1975, Pág.251.
39
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
imperfectas. La diferencia de las sanciones depende de
la gravedad del delito internacional contra el cual la
sanción constituye una reacción.
Derecho internacional privado.
Es el conjunto de normas que indican en qué forma
deben resolverse, en materia privada, los problemas de
aplicación que derivan de la pluralidad de legislaciones.
A estos problemas se les ha dado el nombre de
problemas de aplicación de las leyes en el espacio. En el
ámbito espacial de vigencia de un ordenamiento jurídico
se halla limitado al territorio de la organización estatal a
que pertenece. Gracias a esa limitación es posible la
coexistencia de diversos Estados en el planeta.
Cuando la actividad de los Estados debe desarrollarse
en el extranjero, con frecuencia se suscitan problemas
sobre la ley que debe aplicarse a los actos jurídicos
realizados por tales personas. El objeto de esta ciencia
consiste en determinar la autoridad extraterritorial de
cada ley.
Sin embargo, existen estancias internacionales como lo
es el Consejo Internacional de Justicia de la ONU, que
pone en función a la Corte Internacional de Justicia,
ubicada en la Haya, Holanda. Organismo que se encarga
de
los
arreglos
pacíficos
de
controversias
internacionales.
Derecho comunitario.
Es el que rige las relaciones de países que han creado
un espacio donde se aplican normas supranacionales
originadas por los mismos Estados que han acordado
vincularse ya sea con propósito económico, político,
monetario, financiero o todos esos propósitos en
conjunto. Las normatividades son aplicadas a todos los
países miembros de la comunidad sin necesidad de
pruebas de reconocimiento interno.
Ejemplos claros del Derecho Comunitario podemos
observarlos en América Latina con el MERCOSUR, un
acuerdo comunitario de países de Sudamérica; el
Tratado de Ámsterdam de 1997 que aporta mejoras a la
Unión Europea, para que pueda defender sus intereses
en la escena internacional con políticas y reformas
40
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
comunes; el TLCAN (Tratado de Libre Comercio de
América del Norte), es un acuerdo regional entre el
Gobierno del Canadá, el Gobierno de los Estados Unidos
Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de
América para crear una zona de libre comercio; entre
otros.
Otras acepciones del derecho.
Objetivo
A lo largo del tiempo pueden notarse como las diferentes
acepciones del Derecho se han ido modificando, en la
actualidad, existen ramas del Derecho que se basan en
nuevos problemas sociales. Tal es el caso del Derecho
Ecológico, Ambiental, Animal, Informático, Aéreo, Militar,
etc.
Al concluir el estudio de esta unidad el estudiante podrá:
•
Tomar conciencia de la importancia que el derecho
reviste en la vida cotidiana, razón por la cual, los
doctrinarios han dividido para su estudio en diversas
clasificaciones para su mejor comprensión, siendo las
más concurrentes; Derecho Público y Derecho
Privado.
Enriquecer su acervo lexicológico, con todas y cada
una de las numerosas acepciones que sobre el
particular existen, así como las múltiples ramas en
que se ha dividió al Derecho.
Actividad de aprendizaje 1
•
Bibliografía básica
García Máynez,
Eduardo (2008).
Introducción al
Estudio del Derecho.
México, Porrúa. Pp.
136-165
De lectura a las páginas 136 a la 165, de la obra de
Eduardo García Máynez, Introducción al Estudio del
Derecho, y elabore lo siguiente:
A partir de la lectura de Eduardo García Máynez, elabore
lo siguiente:
a. Un cuadro sinóptico con la clasificación del Derecho.
b. Proporcione los siguientes conceptos:
Rama
Derecho natural.Derecho vigente.-
Concepto
Rama
Concepto
41
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Derecho eficaz.Derecho objetivo.Derecho subjetivo.Derecho sustantivo.Derecho adjetivo.Derecho público.Derecho privado.Derecho social.Derecho legislado.Derecho escrito.Derecho consuetudinario.Derecho federal.Derecho estatal.Derecho municipal.Derecho nacional
Derecho internacional privado.Derecho internacional público.Derecho comunitario.c. Establezca la relación del derecho con otras
disciplinas auxiliares, apoyándose con el siguiente
cuadro:
Disciplina
Derecho comparado
Historia del Derecho
Sociología jurídica
Definición
d. Elabore un diagrama con la teoría de los tres
círculos de conformidad con García Máynez y
describa todas las combinaciones posibles.
e. Formule un cuadro sinóptico señalando
claramente las diferencias entre derecho objetivo,
adjetivo, legislado y escrito.
Autoevaluación
Relacione las siguientes columnas:
1. Conjunto de derechos o principios ejercidos y
atribuidos al Ser Humano y que son inherentes al
mismo. (
)
2. Normas aprobadas por ambas Cámaras,
sancionados por el Ejecutivo y publicados en el
Diario Oficial de la Federación iniciando su
vigencia desde el acto de su publicación. (
)
42
a. Derecho
objetivo
b. Derecho
sustantivo
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
3. Sistema de normas que rige obligatoriamente la
vida humana en sociedad. (
)
c. Derecho
subjetivo
4. Frente al obligado por una norma jurídica
descubrimos siempre a otra persona facultada
para exigirle el cumplimiento de lo prescrito. La
autorización concedida al pretensor por el
precepto es: (
)
d. Derecho
natural
5. Conjunto de normas jurídicas de diverso linaje
que establece los derechos y obligaciones de las
personas, por ejemplo, en civil o de los delitos y
las penas en penal. (
)
6. Conjunto de normas y principios que tienden
especialmente a regular las relaciones jurídicas,
poniendo en ejercicio la actividad judicial,
comprendiendo las leyes procesales y de
enjuiciamiento. (
)
7. Conjunto de normas que regulan la organización
del estado y los procedimientos entre éste y los
particulares. (
)
8. Conjunto de disposiciones que rigen
relaciones de los particulares entre sí. (
)
las
9. Conjunto de normas jurídicas resultado de una
nueva concepción del ser humano acerca del
Derecho; pretende regular equitativamente y
equilibradamente las relaciones que se dan entre
el Estado y los diferentes grupos de particulares
existentes en el contexto social, principalmente
los más débiles y desprotegidos, proponiéndose
coartar la prepotencia de ciertas clases sociales
y buscando alcanzar la paz social. (
)
10. Producto del intelecto humano y que su creación
se lleva a cabo con base en un procedimiento
previamente establecido y que por lo tanto toda
norma presupone a su vez la existencia de una u
otra norma que autoriza su creación. (
)
11. Derecho
cuyas
disposiciones
han
sido
redactadas en documentos escritos como lo son
la Constitución, las leyes o Decretos y éstas
deben ser promulgadas por una autoridad
43
e. Derecho
adjetivo
f. Derecho
vigente
g. Derecho
privado
h. Derecho
social
i. Derecho
público
j. Derecho
consuetudin
ario
k. Derecho
legislado
l. Derecho
escrito
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
competente.
(
)
12. Derecho que tiene sus fuentes en la costumbre y,
de forma considerable, en la decisión de los
tribunales, en la jurisprudencia. (
)
44
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Unidad 6. Fuentes del Derecho
Introducción
De vital importancia es comprender las fuentes del
Derecho, el procedimiento para la creación de cada una
de ellas, sus características más importantes y la
utilización de cada una de ellas para la aplicación que
determina la ley a casos concretos.
Sin
embargo, presentaremos brevemente algunas
definiciones para hacer comprensible la unidad.
Fuente.
Eduardo García Máynez señala que: “En la terminología
jurídica la palabra fuente tiene tres acepciones que es
necesario distinguir con cuidado. Se habla de fuentes
formales, reales e históricas.”
Distinción entre fuentes formales, reales e históricas.
Fuentes formales:
Son los procedimientos o modos establecidos por una
determinada sociedad para crear su propio derecho.
Se componen por legislación, costumbre y
jurisprudencia. Se encuentran determinadas por
situaciones reales (en el caso de la legislación) como,
por ejemplo: necesidades económicas, seguridad y el
bien común que el legislador debe regular.
Estas fuentes se consideran instrumentales pues
pretenden saber cuándo y en qué condiciones una
norma jurídica es válida y obligatoria.
Fuentes reales:
Elementos distintivos de cada sociedad que reflejan
en sus propias normas jurídicas. Son aquellos
factores y elementos que determinan el contenido de
tales normas.
Determinan la materia de los preceptos jurídicos y
aspiran a la mejoría social. Cambian conforme la
sociedad se transforma, ajustándose a sus
necesidades, así mismo se subordina a las fuentes
formales.
Fuentes históricas:
Se aplica “a los documentos (inscripciones, papiros,
libros, etc.), que encierran el texto de una ley o
45
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
conjunto de leyes”. Están constituidas por el derecho
que se crea y evoluciona en toda la sociedad, por ello
han perdido su vigencia en la sociedad. Este tipo de
fuente se genera a través de la tradición.
Según la opinión más difundida, las fuentes formales del
Derecho son:
Proceso legislativo o la legislación, la jurisprudencia, la
costumbre, la doctrina, los tratados internacionales y los
principios generales del Derecho, aunque algunos
autores expresan que la Ley puede llegar a ser también
una fuente.
En cuanto al proceso legislativo vemos que existe uno o
varios órganos que participan en la formulación de las
reglas jurídicas de observancia general a las que se da el
nombre de leyes. Las etapas para la creación de las
leyes son: iniciativa, discusión, aprobación, sanción,
promulgación, publicación e inicio de la vigencia.
Lo anterior previsto en los artículos 71 y 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y
3ero y 4to del Código Civil Federal.
Jurisprudencia: Este es un concepto que puede producir
en ocasiones confusión porque tiene dos principales
acepciones que son muy distintas, porque por una parte
es la explicación de un orden jurídico positivo y por la
otra designa el conjunto de principios, pensamientos o
doctrinas contenidas en las decisiones de las cortes o
tribunales autorizados para tal efecto.
Los órganos facultados.
Los órganos del Estado, dentro del orden constitucional
mexicano, que están jurídicamente facultados para
interpretar la Constitución y crear jurisprudencia son:
-
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación.
-
Las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación.
-
Tribunales Colegiados de Circuito.
46
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Para tener mejor entendimiento: conforme a lo dispuesto
por el artículo 94 de la Constitución de la República, el
Poder Federal se integra por:
1. La Suprema Corte de Justicia de la Nación;
2. El Tribunal Electoral;
3. Tribunales Colegiados de Circuito;
4. Tribunales Unitarios de Circuito;
5. Juzgados de Distrito; y
6. El Consejo de la Judicatura Federal.
La Suprema Corte se compone por once ministros que
podrán actuar en Salas o en Pleno; duran en su cargo 15
años y solo son removibles en caso de incurrir en
responsabilidad en el desempeño de sus funciones.
El Tribunal Electoral funciona mediante una Sala
Superior integrada con 7 magistrados electorales, uno de
los cuales será su presidente, y 5 en Salas Regionales
compuesta cada una por tres magistrados.
Los Tribunales Colegiados de Circuito se integran con 3
magistrados.
Los Tribunales Unitarios de Circuito, como su nombre lo
indica, están a cargo de un solo magistrado.
Cada Juzgado de Distrito está a cargo de un juez. Y por
último el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano
que, a pesar de pertenecer al Poder Judicial Federal,
tiene
facultades
esencialmente
de
carácter
administrativo. Se integra por 7 miembros: el Presidente
de la Suprema Corte, es quien lo preside, un Magistrado
Colegiado, un Magistrado Unitario, un Juez de Distrito,
dos consejeros nombrados por la Cámara de Senadores
y uno más por el Presidente de la República.
La jurisprudencia como fuente del derecho.
La jurisprudencia es fuente del derecho, en virtud de que
la función de los tribunales ya no será solamente de
47
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
interpretación, sino de integración del orden jurídico que
antes de la labor jurisprudencial, es incompleto; se trata
de completar el sistema a partir de su plenitud hermética.
De esta suerte la legislación por una parte y la
jurisprudencia por la otra, vienen a constituir las dos
grandes fuentes formales del derecho.
Proceso jurisprudencial.
Las resoluciones constituirán jurisprudencia, siempre que
lo resuelto en ellas se sustenten en cinco sentencias
ejecutorias ininterrumpidas. Los órganos facultados para
establecer jurisprudencia, serán los mencionados en el
artículo 107 párrafo XIII quinta fracción de la
Constitución Federal.
La costumbre como fuente formal del Derecho,
según García Máynez, es un uso implantado en una
colectividad y considerado por ésta como jurídicamente
obligatorio; es el derecho nacido consuetudinariamente,
el jusmoribussconstitutum. Las definiciones precedentes
revelan que el derecho consuetudinario posee dos
características:
1. Está integrado por un conjunto de reglas sociales
derivadas de un uso más o menos largo; y
2. Tales reglas transfórmense en derecho positivo
cuando los individuos que las practican les reconocen
obligatoriedad, cual si se tratase de una ley.
Destaca que hay tres formas de costumbre en el
Derecho Consuetudinario:
DELEGANTE: Se da cuando por medio de una norma
jurídica no escrita se autoriza a determinada instancia
para crear derecho escrito. La costumbre jurídica se halla
entonces superordinada a la ley.
DELEGADA: Se habla de derecho consuetudinario
delegado en aquellos casos en que la ley remite a la
costumbre para la solución de determinadas
controversias. En tal hipótesis, la costumbre hallase
subordinada al derecho escrito.
El consuetudinario delegado no puede ser contrario a los
preceptos de la ley. La delegación establecida por el
48
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
legislador no es superflua ni carece de importancia,
como en ocasiones se afirma. Sirven al menos, para
desvanecer cualquier duda acerca de la vigencia de
ciertos usos y costumbres populares.
DEROGATORIO: La costumbre se desenvuelve a veces
en sentido opuesto al de los textos legales. En el caso de
la costumbre derogatoria.
La costumbre en el Derecho mexicano.
La costumbre desempeña en nuestro derecho un papel
muy secundario. Sólo es jurídicamente obligatoria cuando
la ley le otorga el carácter. No es, por ende, fuente
inmediata, sino mediata o supletoria del orden positivo.
Hacen referencia a la costumbre los artículos: 997, 999,
1796, 1856, 2754 del Código Civil Federal.
Principios generales del Derecho.
Según Mario I. Álvarez Ledesma:
Los principios Generales del Derecho han sido
definidos como un conjunto de criterios
orientadores insertos en todo sistema jurídico,
cuya finalidad, es múltiple: de una parte,
constituirse en valores o paradigmas que dotan
sentido último (debe ser ideal) al Derecho y de
sentido mediato (debe ser real) a las normas
jurídicas de un sistema. De la otra, tienen como
objeto suplir las ambigüedades e insuficiencias de
la ley u otras fuentes formales.
En el Derecho mexicano es así por disposición expresa
de la ley, pues la Carta Magna lo indica textualmente en
su artículo 14, último párrafo:
En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva
deberá ser conforme a la letra o a la interpretación
jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en
los principios generales del Derecho.
La doctrina.
Está constituida por el conjunto de opiniones de los
estudiosos del Derecho que son consideradas en
ocasiones por los legisladores al crear las leyes y por el
49
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
juzgador cuando las interpreta. La doctrina es un gran
apoyo en la actualidad, porque el legislador debe
estudiar y analizar la rápida evolución del Derecho y la
parición o el desarrollo de diversas disciplinas, por ello, la
doctrina beneficiará al formular las iniciativas de ley o
para contar con más y mejores elementos de información
para su discusión.
En cuanto al juez, le servirá para evaluar las pruebas y
dictar su sentencia.
Tratados Internacionales.
Objetivo
Los tratados internacionales definitivamente forman parte
de las fuentes formales, puesto que constitucionalmente
se encuentran previstos en el artículo 133 y están
considerados y en el orden jerárquico normativo del
derecho mexicano.
Al concluir el estudio de esta unidad el estudiante podrá:
Bibliografía básica
Comprender el proceso de creación de las normas
jurídicas, partiendo desde las fuentes mismas de
creación del derecho, así como las diversas fuentes que
sobre el particular existen. Para llegar al Proceso
legislativo con sus respectivas etapas.
Actividad de aprendizaje 1
García
Máynez,
Eduardo.
(2008).
Introducción
al
estudio del derecho.
Porrúa, México, p.p.
51 – 77.
Pereznieto Castro,
Leonel. (2007).
Introducción al
estudio del derecho,
Oxford, p.p. 309 –
341.
Cárdenas García,
Jaime, (2009).
Introducción al
estudio del derecho,
UNAM, Instituto de
Investigaciones
Jurídicas coedición
Dé lectura de las obras Introducción al Estudio del
Derecho de Eduardo García Máynez; Introducción al
Estudio del Derecho, de Leonel Pereznieto Castro;
Introducción al Estudio del Derecho de Jaime Cárdenas
García, e Introducción al Derecho de Mario I., Álvarez
Ledesma, elabore lo siguiente:
1. Proporcione un concepto de fuente y su clasificación
completando el siguiente cuadro:
Fuente
Formal
Real
50
Histórica
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Nostra Ediciones,
México, p.p. 155 184.
Álvarez Ledesma,
Mario I. (2006).
Introducción al
derecho, Mc Graw
Hill, México, p.p. 121
– 197.
a. Describa paso a paso el proceso legislativo para la
creación de las normas jurídicas, con su fundamento
legal.
b. Proporcione ejemplos de las diversas fuentes de
creación del derecho, en el cuadro siguiente:
Formal
Real
Histórica
Señale claramente los elementos de la costumbre
y explique:
2.
a)
b)
c)
Costumbre delegante
Costumbre delegada
Costumbre derogatoria
3.
Indique ¿cuál es el tipo de costumbre que se
acepta en algunos casos en nuestra legislación?
4.
¿Qué órganos integran el Poder Judicial Federal?
5.
Explique ¿qué es jurisprudencia e indique cuáles
órganos están facultados para emitirla?
6.
Formule un cuadro sinóptico que establezca las
diferencias entre
Ley
Reglamento
Decreto
Acuerdo
Autoevaluación
Complete lo siguiente:
1. La Cámara de Diputados está integrada por ______ diputados, de los
cuales ______ son electos por el principio de mayoría relativa y ______
por el principio de representación proporcional.
51
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
2. La Cámara de Senadores está integrada por ______ senadores, de los
cuales ______ son electos por el principio de mayoría relativa, ______
por el principio de primera minoría y ______ por el principio de
representación proporcional.
3. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión está conformada por
______ miembros, de los cuales______ son diputados y______ son
senadores.
4. El Congreso de la Unión, según el artículo 65° y 66° Constitucionales,
tendrá dos periodos de sesiones: el primero de ellos inicia el
________________________
y
termina
el
día
________________________, excepto cuando el Presidente inicia su
encargo, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el día
______ del mismo mes. El segundo periodo inicia el día
________________________ y termina el________________________.
5. La Suprema Corte de Justicia está integrada por ______ ministros, que
duran en su encargo ______ años, funciona en ____________ o en
____________. Entre los requisitos para ser Ministro se encuentran el
tener como mínimo ______ años de edad al día de la designación y el
título de Licenciado en _________________.
52
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Unidad 7. El Estado y Derecho
Introducción
En esta unidad el alumno comprenderá la estructura del
Estado, sus funciones y la relación estrecha que tiene
con el Derecho, y analizará los problemas sociales que
históricamente se han originado, para prever los futuros
a través de un adecuado funcionamiento.
Sin embargo, presentaremos brevemente algunas
definiciones para hacer comprensible la unidad.
Los elementos básicos del Estado son: Pueblo, Territorio
y Gobierno. Empero, es necesario diferenciar los
conceptos de pueblo y población ya que no pueden ser
utilizados como sinónimos.
Pueblo.
La población está compuesta por los hombres y mujeres
que pertenecen a un Estado, desde el punto de vista
jurídico estos desempeñan un doble papel en la actividad
estatal, desde la perspectiva de Rosseau de súbdito y
ciudadano que García Máynez retoma para este
concepto:
En cuanto súbditos, los hombres que integran la
población hállense sometidos a la autoridad
política y, por tanto, forma el objeto del ejercicio
del poder; en cuanto ciudadanos, participan en la
formación de la voluntad general y son, por ende,
sujetos de la actividad del estado, [por lo cual], es
completamente falsa la tesis que concibe a éste
dividido en dos personas distintas, no ligadas por
vínculo jurídico alguno: el soberano, por una parte,
y el pueblo, por la otra.
Territorio.
Para García Máynez, quien retoma a Georg Jellinek para
definir el concepto de territorio, propone: “la porción del
espacio en que el Estado ejercita su poder”, definición de
naturaleza jurídica ya que sólo puede ejercitarse de
acuerdo con normas, creadas o reconocidas por el
propio.
El territorio o marco territorial es el área geográfica que le
53
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
sirve de asiento, o como ha afirmado Kelsen “no es en
realidad otra cosa que el ámbito espacial de validez del
orden jurídico del Estado”.19Bajo otro punto de vista para
Hermann Heller “el territorio es la condición geográfica
del obrar estatal, es decir, el territorio establece la
comunidad de destino en la Tierra.”
La significación positiva del territorio se manifiesta en
cuando todas las personas que viven en el mismo ámbito
se encuentran sujetas al poder estatal.
La significación negativa del territorio consiste en que
ningún poder extraño puede ejercer su autoridad en este
ámbito sin el consentimiento del Estado, la
impenetrabilidad. Otro atributo del territorio es la
indivisibilidad derivada de la organización política. Por lo
tanto, si el Estado, en cuanto persona jurídica es
indivisible, sus elementos han de serlo igualmente.
Gobierno.
En lenguaje político corriente se define al gobierno como
el conjunto de personas que ejercer en poder político, o
sea que determinan la orientación de una cierta
sociedad.
El
poder
de
gobierno
esta
ordinariamente
institucionalizado, sobre todo en la sociedad moderna,
está asociado normalmente a la noción de Estado. En
consecuencia, con la expresión gobernantes se entiende
el conjunto de las personas que gobiernan el Estado y
con la de gobernados el grupo de personas que están
sujetas al poder de gobierno en un área estatal.
Una segunda acepción del término gobierno, apegada a
la realidad del Estado moderno, y que ya no indica sólo
el conjunto de las personas que detentan el poder de
gobierno sino el conjunto de los órganos a los que
institucionalmente les está confiado el ejercicio del poder.
En este sentido el gobierno constituye un aspecto del
Estado. En efecto, entre las instituciones estatales que
llevan a cabo la organización política de la sociedad y
que, en su conjunto, constituyen lo que de ordinario se
19
Kelsen, Hans. Teoría pura del derecho, y del estado del imperio, Imp. Un. México, 1949,
p. 218 y ss.
54
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
define como régimen político, las que tienen la tarea de
manifestar la orientación política del Estado son los
órganos de gobierno.
Así, Estado y Gobierno se distinguen precisando que el
Estado abarca el todo de los fenómenos políticos y el
titular de su soberanía; y el Gobierno una parte del
Estado, o el conjunto de sus órganos, a quienes se
encarga la realización de sus fines y ejercicio de su
soberanía, que se deposita en el pueblo. El Estado
aparece como un orden o estructura que no se confunde
con el Gobierno, ya que es una parte formal de aquel.
Este proceso político va a dar paso a las formas de
Gobierno y a las formas de Estado.
Relación entre estado y derecho.
García Máynez define Estado como la organización
jurídica de una sociedad bajo un poder de dominación
que se ejerce en determinado territorio. Para él la
organización es: “La regla de la asociación que asigna a
cada miembro de ésta su posición dentro de la misma
(ya de dominación, ya de sujeción), y las funciones que
le corresponden”.
Las normas relativas a la organización fundamental del
Estado reciben el nombre de Constitución. Y es aquí el
vínculo principal entre el Derecho y el Estado. De
acuerdo con Jellinek la Constitución del Estado
comprende: “las reglas jurídicas que determinan los
órganos supremos de éste; su modo de creación; sus
relaciones recíprocas; su competencia, y la posición de
cada uno en relación con el poder estatal”.
Así, el autor comenta que la palabra constitución no es
solamente aplicada a la estructura de la organización
política, sino también al documento que contienen las
reglas relativas a dicha organización. (Constitución en
sentido formal).
La idea de que la constitución es la norma fundamental
deriva de dos consideraciones principales: en primer
término, las normas constitucionales están por encima de
la legislación ordinaria y sólo pueden ser modificadas de
acuerdo con un procedimiento mucho más complicado y
largo que el que debe seguirse para la elaboración de las
demás leyes; en segundo lugar, tales normas
55
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
representan el fundamento formal de validez de los
preceptos jurídicos de inferior rango.
Por constitución se entiende entonces la estructura
fundamental del Estado, es decir, la forma de
organización política, la competencia de los diversos
poderes y los principios relativos al “status” de las
personas.
Objetivo
El Derecho no queda reducido a una mera manifestación
del poder público. Se involucra en la trama entera de la
vida social. El mismo Estado está sometido a las normas
jurídicas. No es la autoridad del Estado la que hace la
ley. Muchas fuerzas concurren. Consentido por el
pueblo. Tácito o expreso. Estado y Derecho: son entes
distintos, pero relacionados, es sola o idéntica cosa.
Coinciden.
Al concluir el estudio de esta unidad el estudiante podrá:
Bibliografía básica
Analizar el concepto de Estado y sus elementos
constitutivos, diferenciando los conceptos de poder
soberano, poder público y gobierno, para explicar la
relación entre Estado y Derecho.
Actividad de aprendizaje 1
Constitución Política
de
los
Estados
Unidos Mexicanos.
1.
Consulte 4 autores de la materia Teoría del
Estado y escriba el concepto de estado que expresan en
sus obras, asimismo identifique los elementos esenciales
del estado y explique cada uno; lo anterior en máximo 2
cuartillas.
2.
De los autores que consultó para su primera
actividad, señale cuales son los fines del Estado; lo
anterior en máximo 1 cuartilla.
3.
De la lectura del artículo 30 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, explique
cómo se adquiere la nacionalidad mexicana; lo anterior
en máximo 1 cuartilla.
4.
De la lectura del artículo 34, 35 y 36 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
explique cómo se adquiere la ciudadanía, cuáles son los
derechos y cuales las obligaciones de los ciudadanos
mexicanos; lo anterior en máximo 2 cuartillas.
56
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Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
5.
De la lectura de los artículos 42, 43 y 48 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
explique cuál es el territorio nacional; lo anterior en
máximo 2 cuartillas.
6.
De la lectura de los artículos 49, 50, 80 y 94 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
explique quienes son las instituciones que forman el
gobierno en los Estados Unidos Mexicanos; lo anterior
en máximo 2 cuartillas.
7.
De la lectura de los artículos 115 y 116 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
explique qué forma de gobierno deben adoptar los
Estados y cómo se debe dividir el poder público de los
mismos; lo anterior en máximo 2 cuartillas.
8.
De acuerdo a las lecturas y actividades anteriores,
en una reflexión propia explique que es el Estado para
usted, y cuál sería su relación con el Derecho. Lo
anterior en máximo 2 cuartillas.
Autoevaluación
Subraye la respuesta correcta:
1.- Son los dos poderes que en nuestro país intervienen en la elaboración
de las leyes federales:
a) Legislativo y Ejecutivo
Judicial
b) Ejecutivo y Judicial
c) Legislativo y
2.- Son los procedimientos o modos establecidos por una determinada
sociedad para crear su propio derecho.
a) Fuentes formales
b) Fuentes reales
c) Fuentes históricas
3.- La declaración unilateral de una comisión legislativa que acepta o
rechaza una iniciativa, resultado del análisis de la misma, se denomina:
a) Aprobación
b) Dictamen
c) Discusión
4.- También conocida como costumbre praeterlegem, es aquella en que la
ley remite a la costumbre para la solución de determinas controversias:
a) Delegante
b) Delegatoria
c) Delegada
5.- Es la aceptación de una iniciativa que hace el Presidente de la
República:
57
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Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
a) Sanción
b) Promulgación
c) Publicación
6.- Doctrinalmente son considerados los tres elementos del Estado:
a) Pueblo, territorio
y gobierno
b) Pueblo, territorio
y soberanía
c) Pueblo, territorio
y sistema jurídico
7.- El Gobierno del Distrito Federal está a cargo de los:
a) Órganos Ejecutivo, Legislativo, y Judicial de carácter local
b) Poderes federales
c) Ambos
8.-Extención de la zona económica exclusiva en México según la
legislación vigente:
a) 220 mn
b) 200 mn
c) 12 mn
9.- Es el reconocimiento formal de una ley que hace el Ejecutivo y la
orden para que se dé a conocer al pueblo:
a) Sanción
b) Promulgación
c) Publicación
10.- Capacidad que tiene un Estado para obligar a alguien a realizar un
acto determinado; es necesario para el funcionamiento de los grupos
sociales.
a) Poder Público
b) Poder Soberano
58
c) Poder Popular
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Bibliografía complementaria
Unidad 1
Álvarez Ledesma, Mario I. (2006). Introducción al derecho, Mc Graw Hill, México.
Andrade Sánchez, Justino Eduardo (2009). Teoría general del estado, Oxford
UniversityPress, Colección: textos jurídicos universitarios, 2ª ed., México.
Bobbio, Norberto (2001). Contribución a la teoría del derecho, trad. Adolfo Ruiz
Miguel, Debate, Madrid.
Bolaños Linares, Rigel (2000). Curso de derecho, Porrúa, México.
Calzada Padrón, Feliciano (2009). Derecho constitucional, Editorial Porrúa,
México.
Cárdenas García, Jaime (2009). Introducción al estudio del derecho, UNAM,
Instituto de Investigaciones Jurídicas coedición Nostra Ediciones, México.
Domínguez Martínez, José Alfredo (2008). Derecho civil: parte general, personas,
cosas, negocio jurídico e invalidez, Editorial Porrúa, México.
Fromm, Erich (2008). El arte de amar, Editorial Paidós, México.
Galindo Garfias, Ignacio (2008). Derecho civil, Editorial Porrúa, México.
García Máynez, Eduardo (1997). Diálogos jurídicos, Porrúa, México.
Hart, H. L. A. (1998). El concepto del Derecho, trad. Genaro R. Carrió, AbeledoPerrot, Buenos Aires.
Montagu, Ashley (1956). The bisocial nature of man, Grove Press, Nueva York.
Morineau, Oscar (1997). El Estudio del derecho, Porrúa, México.
Ovilla Mandujano, Manuel. (1990) Teoría del derecho, Editorial Duero/Grupo
Herrero, 7ª ed., México.
Recaséns Siches, Luís (2008). Introducción al estudio del derecho, Porrúa,
México.
Rojina Villegas, Rafael (2000). Introducción al estudio del derecho, Porrúa,
México.
Rojina Villegas, Rafael (2008). Compendio de derecho civil: introducción, personas
y familia, Tomo I, Editorial Porrúa, México.
59
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
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Dinamics. A System of General Sociology, Harper, Nueva York.
Vallado Berrón, Fausto (2000). Introducción al estudio del derecho, Herrero,
México.
Vázquez Segura, María de la Luz, et al., (2005). Historia de la cultura, Editorial
Thompson, México.
Vinogradoff, P. (2002). Introducción al derecho, Fondo de Cultura Económica,
México.
Unidad 2
Álvarez Ledesma, Mario I. (2006). Introducción al derecho, Mc Graw Hill, México.
Andrade Sánchez, Justino Eduardo (2009). Teoría general del estado, Oxford
UniversityPress, Colección: Textos jurídicos universitarios, 2ª ed., México.
Bobbio, Norberto (2001). Contribución a la teoría del derecho, trad. Adolfo Ruiz
Miguel, Debate, Madrid.
Bolaños Linares, Rigel (2000). Curso de derecho, Porrúa, México.
Bunge Mario (2002). Diccionario de filosofía, 2da ed. Trad. María Dolores
González Rodríguez siglo XXI, México.
Cárdenas García, Jaime (2009). Introducción al estudio del derecho, UNAM,
Instituto de Investigaciones Jurídicas coedición Nostra Ediciones, México.
Ferrater Mora José (1965). Diccionario de filosofía, Editorial sudamericana,
Buenos Aires.
García Máynez, Eduardo (1997). Diálogos jurídicos, Porrúa, México.
Hart, H. L. A. (1998). El concepto del derecho, trad. Genaro R. Carrió, AbeledoPerrot, Buenos Aires.
Morineau, Oscar (1997). El estudio del derecho, Porrúa, México.
Ovilla Mandujano, Manuel. (1990) Teoría del derecho, Editorial Duero/Grupo
Herrero, 7ª ed., México.
Piccato Rodríguez Antonio (2004) Introducción al estudio del derecho, editorial
Iure editores, México.
60
División de Universidad Abierta
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Recaséns Siches, Luís (2006). Introducción al estudio del derecho, Porrúa,
México.
Rojina Villegas, Rafael (2000). Introducción al estudio del derecho, Porrúa,
México.
Tamayo y Tamayo, Mario (2000). Diccionario de la investigación científica, Limusa,
México.
Tamayo y Salmorán Rolando (1993). Elementos para una teoría general del
derecho, 2ª edición, Themis, México.
Vallado Berrón, Fausto (2000). Introducción al estudio del derecho, Herrero,
México.
Villoro Toranzo, Miguel (1993). Introducción al estudio del derecho, séptima
edición, Editorial Porrúa, México.
Vinogradoff, P. (2002). Introducción al derecho, Fondo de Cultura Económica,
México.
Bunge Mario, La ciencia. Su método y su filosofía, edición en línea, s/f,
www.canariastelecom.com/personales/carlos.clavijo/ebooks/bunge_ciencia.pdf
Unidad 3
Álvarez Ledesma, Mario I. (2006). Introducción al derecho, Mc Graw Hill, México.
Andrade Sánchez, Justino Eduardo (2009). Teoría general del estado, Oxford
University Press, Colección: Textos jurídicos universitarios, 2ª ed., México.
Bobbio, Norberto (2001). Contribución a la teoría del derecho, trad. Adolfo Ruiz
Miguel, Debate, Madrid.
Bolaños Linares, Rigel (2000). Curso de derecho, Porrúa, México.
Cárdenas García, Jaime (2009). Introducción al estudio del derecho, UNAM,
Instituto de Investigaciones Jurídicas coedición Nostra Ediciones, México.
García Máynez, Eduardo (1997). Diálogos jurídicos, Porrúa, México.
García Colín Olvera, Jorge Eugenio (2011). Principios generales del derecho
mexicano vigente. México, Sociedad cultural.
Hart, H. L. A. (1998). El concepto del derecho, trad. Genaro R. Carrió, AbeledoPerrot, Buenos Aires.
61
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Morineau, Oscar (1997). El estudio del derecho, Porrúa, México.
Ovilla Mandujano, Manuel (1990). Teoría del derecho, Editorial Duero/Grupo
Herrero, 7ª ed., México.
Recaséns Siches, Luís (2006). Introducción al estudio del derecho, Porrúa,
México.
Rojina Villegas, Rafael (2000). Introducción al estudio del derecho, Porrúa,
México.
Vallado Berrón, Fausto (2000). Introducción al estudio del derecho, Herrero,
México.
Vinogradoff, P. (2002). Introducción al derecho, Fondo de Cultura Económica,
México.
Unidad 4
Álvarez Ledesma, Mario I. (2006). Introducción al Derecho, México, Mc Graw Hill.
Andrade Sánchez, Justino Eduardo (2009). Teoría general del estado, México,
Oxford University Press, Colección: Textos Jurídicos Universitarios, 2ª ed.
Atienza, Manuel (2008). Introducción al derecho, México, Fontamara.
Bobbio, Norberto (2001). Contribución a la teoría del derecho, trad. Adolfo Ruiz
Miguel, Madrid, Debate.
Bolaños Linares, Rigel (2000). Curso de derecho, México, Porrúa.
Delgadillo Gutiérrez, Luís Humberto (2006). Introducción al derecho positivo
mexicano, México, Limusa S.A. de C.V.
Flore García, Fernando (2007). Introducción al estudio del derecho, México,
Porrúa.
Flore Salgado, Lucerito Ludmila (2007). Introducción al estudio del derecho,
México, Porrúa.
García Máynez, Eduardo (1997). Diálogos jurídicos, México, Porrúa.
García, Trinidad (2008). Apuntes de Introducción al estudio del derecho, México,
Porrúa.
Hart, H. L. A (1998). El concepto del derecho, trad. Genaro R. Carrió, Buenos
Aires, Abeledo-Perrot.
62
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Morineau, Oscar (1997). El estudio del derecho, México, Porrúa.
Ovilla Mandujano, Manuel (1990). Teoría del derecho, México, Editorial
Duero/Grupo Herrero, 7ª ed.
Pachco Martínez, Filiberto (2007). Introducción al estudio del derecho, México,
Porrúa.
Recaséns Siches, Luís (2006). Introducción al estudio del derecho, México,
Porrúa.
Rojas Roldán, Abelardo (2004). El estudio del derecho, México, Porrúa.
Rojina Villegas, Rafael (2000). Introducción al estudio del derecho, México,
Porrúa.
Vallado Berrón, Fausto (2000). Introducción al estudio del derecho, México,
Herrero.
Villoro Toranzo, Miguel (2005). Introducción al estudio del derecho, México,
Porrúa.
Vinogradoff, P (2002). Introducción al derecho, México, Fondo de Cultura
Económica.
Unidad 5
Álvarez Ledesma, Mario I (2006). Introducción al Derecho, México, Mc Graw Hill.
Andrade Sánchez, Justino Eduardo (2009). Teoría general del estado, México,
Oxford UniversityPress, Colección: Textos Jurídicos Universitarios, 2ª ed.
Atienza, Manuel (2008). Introducción al derecho, México, Fontamara.
Bobbi, Norberto (2001). Contribución a la teoría del derecho, trad. Adolfo Ruiz
Miguel, Madrid, Debate.
Bolaños Linares, Rigel (2000). Curso de derecho, México, Porrúa.
Cárdenas García, Jaime (2009). Introducción al estudio del derecho. México,
UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas coedición Nostra Ediciones.
Delgadillo Gutiérrez, Luís Humberto (2006). Introducción al derecho positivo
mexicano, México, Limusa S.A. de C.V.
63
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Flores García, Fernando (2007). Introducción al estudio del derecho, México,
Porrúa.
Flore Salgado, Lucerito Ludmila (2007). Introducción al estudio del derecho,
México, Porrúa.
García Máynez, Eduardo (1997). Diálogos jurídicos, México, Porrúa.
García, Trinidad (2008). Apuntes de Introducción al estudio del derecho, México,
Porrúa.
Hart, H. L. A (1998). El concepto del derecho, trad. Genaro R. Carrió, Buenos
Aires, Abeledo-Perrot.
Kelsen, Hans (1975). La esencia del derecho internacional, trad. Yolanda Frías, en
Vigésimo Quinto Aniversario del Doctorado en Derecho. México, UNAM.
Kelsen, Hans (1981). Teoría pura del derecho. México, UNAM.
Morineau, Oscar (1997). El estudio del derecho, México, Porrúa.
Ovilla Mandujano, Manuel (1990). Teoría del derecho, México, Editorial
Duero/Grupo Herrero, 7ª ed.
Pachco Martínez, Filiberto (2007). Introducción al estudio del derecho, México,
Porrúa.
Pereznieto Castro, Leonel (2007). Introducción al estudio del derecho, Oxford.
Raz, Joseph (1986). El concepto del sistema jurídico. México, UNAM.
Recaséns Siches, Luís (2006). Introducción al estudio del derecho, México,
Porrúa.
Rojas Roldán, Abelardo (2004). El estudio del derecho, México, Porrúa.
Rojina Villegas, Rafael (2000). Introducción al estudio del derecho, México,
Porrúa.
Vallado Berrón, Fausto (2000). Introducción al estudio del derecho, México,
Herrero.
Villoro Toranzo, Miguel (2005). Introducción al estudio del derecho, México,
Porrúa.
Vinogradoff, P (2002). Introducción al derecho, México, Fondo de Cultura
Económica.
64
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Unidad 6
Arellano García, Carlos (2002). Teoría general del proceso, 11ª Edición, Porrúa,
México.
Burgoa Orihuela, Ignacio (2009). Derecho constitucional mexicano, 20ª Edición,
Porrúa, México.
Castro y Castro, Juventino Víctor (1996). Garantías y amparo, Ed. Porrúa, México.
Del Castillo Del Valle, Alberto (2004). Ley de amparo comentada, México.
García Máynez, Eduardo (2011). Introducción al estudio del derecho, 63ª Edición,
Ed. Porrúa, México.
Penihe Bolio, Francisco (1993), Introducción al estudio del derecho, 11ª edición,
Porrúa, México.
Soto Álvarez, Clemente (2005). Introducción al estudio del derecho y nociones del
derecho civil, Limusa, México.
Unidad 7
Bordeau, Georges (1964). Método de la Ciencia Política, Ed. Depalma, Buenos
Aires, Argentina.
Carre de Malberg, R. (1998). Teoría general del estado, Ed. FCE, Facultad de
Derecho, UNAM, México.
Ehrlich, Eugen (1936). Fundamental principles of the sociology of law. Traslated by
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Enciclopedia jurídica mexicana (2002). “Vocablo Derecho” en Tomo III, UNAMPorrúa, D-E., México.
Ferrajoli, Luigi (2001). Pasado y futuro del Estado de Derecho (ponencia
presentada en el seminario Cambio de Paradigma en Filosofía, fundación Juan
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Grossi, Paolo (2004). Derecho, sociedad, estado. Una recuperación para el
Derecho. México, El Colegio de Michoacán, Escuela Libre de Derecho,
Universidad Michoacana de San Nicolás Hidalgo, México.
Heller, Herman (1995). Teoría del estado, trad. de Luis Tobio, Fondo de Cultura
Económica, México.
65
División de Universidad Abierta
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Jellinek, George (1943). Teoría del estado, 2ª. ed., trad. Fernando de los Ríos
Urruti, Albatros, Argentina.
Kelsen, Hans (1949). Teoría pura del derecho, y del estado del imperio, Imp. Un.
México.
Bobbio, Norberto, et al (2000). Diccionario de política, 12ª edición, T. I, Siglo XXI
Editores, México.
Serra Rojas, Andrés (1990). Teoría del Estado, 11ª ed., Porrúa, México.
66
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
Respuesta de las autoevaluaciones
Unidad 1
1. A
2. B
3. C
4. D
5. E
Unidad 2
(H) Filosofía jurídica
(J) Hechos jurídicos
( ) Sociología
( ) Parte normativa
del Derecho
(C) Ley
( I ) Norma
(G) Ciencia jurídica
(A) Sociología jurídica
(B) Derecho
(D) Cultura
( ) Actos jurídicos
( ) Derecho federal
(E) Teoría
(F) Ciencia
Unidad 3
El Derecho se integra por el conjunto de
normas
jurídicas
que
confieren
facultades, que imponen deberes y que
otorgan derechos con el fin de regular los
intercambios y, en general la convivencia
social para la prevención de conflictos o
su resolución, con base en los criterios de
certeza, seguridad, igualdad, libertad y
justicia.
Unidad 4
1. V
2. F
3. V
4. F
5. F
6. V
7. V
8. F
9. V
Unidad 5
1. D
2. F
3. A
4. C
5. B
6. E
7. I
8. G
9. H
10. K
11. L
12. J
Unidad 6
1. La Cámara de Diputados está integrada por 500 diputados, de los cuales 300 son
electos por el principio de mayoría relativa y 200 por el principio de representación
proporcional.
2. La Cámara de Senadores está integrada por 128 senadores, de los cuales 64 son
67
División de Universidad Abierta
Guía de estudio para la asignatura Introducción al Estudio del Derecho
electos por el principio de mayoría relativa, 32 por el principio de primera minoría y 32
por el principio de representación proporcional.
3. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión está conformada por 37
miembros, de los cuales 19 son diputados y18 son senadores.
4. El Congreso de la Unión, según el artículo 65° y 66° Constitucionales, tendrá dos
periodos de sesiones: el primero de ellos inicia el 1° de Septiembre y termina el día
15 de diciembre, excepto cuando el Presidente inicia su encargo, en cuyo caso las
sesiones podrán extenderse hasta el día 31 mismo mes. El segundo periodo inicia el
día 1° de Febrero y termina el 30 de abril.
5. La Suprema Corte de Justicia está integrada por 11 ministros, que duran en su
encargo 15 años, funciona en pleno o en salas. Entre los requisitos para ser Ministro
se encuentran el tener como mínimo 35 años de edad al día de la designación y el
título de Licenciado en Derecho.
Unidad 7
1. A
2. A
3. B
4. C
5. A
6. A
7. C
8. B
9. B
10. A
68