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2015
espanolComprender que toda Constitucion es la obra de un poder constituyente soberano implica que todos los poderes por ella constituidos, incluido el poder de reforma, se encuentran esencialmente limitados en su ejercicio. Sostenemos que, en concreto, todo poder de reforma se haya limitado no solo formalmente por el procedimiento establecido en la propia Norma Fundamental para su modificacion sino, tambien, materialmente, aun cuando no figuren explicitamente clausulas de intangibilidad en el propio texto constitucional. EnglishUnderstand that any Constitution is the result of a sovereign constituent power implies that all powers costituted by it, including the amend power, are essentially limited in its exercise. Wer argue that, in particular, all amend power has been limited not only formally by the procedure established for Constitution modification but also materially, even if not explicity part intangibility clauses in the Constitution.
Historia Constitucional, 2012
El Titulo X de la Constitucion de Cadiz relativo a la reforma constitucional no contenia ninguna “clausula de intangibilidad”. El caracter materialmente ilimitado de la reforma constitucional se sancionaba de modo expreso. Esa es la conclusion que puede extraerse de la literalidad de los articulos 373 y 374 de la Constitucion que se refieren a la “alteracion, adicion o reforma” del orden constitucional. Ahora bien, que el Texto de Cadiz no recogiera clausulas de intangibilidad no permite concluir que los padres del constitucionalismo hispanico rechazaran la existencia de unos limites materiales implicitos al poder de reforma. En este articulo se exponen las posiciones sobre el tema defendidas por los diputados realistas, americanos y liberales de la metropoli. Fecha de envio / Submission Date: 25/04/2012 Fecha de aceptacion / Acceptance Date: 05/05/2012
Revista de Derecho (Valdivia), 2023
La Constitución Política atribuye competencia al Tribunal Constitucional para resolver las cuestiones de constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de proyectos de reforma constitucional. La noción de una reforma constitucional inconstitucional apela a la existencia de límites jurídicos de la potestad de reforma constitucional. Este artículo descarta varias alternativas de justificación e interpretación de los límites de la potestad de reforma constitucional y favorece, en cambio, una lectura restrictiva formal de tales límites como los únicos compatibles con los principios de la democracia y de la soberanía popular. Esta interpretación restrictiva tiene una enorme significación para la comprensión de la potestad de reforma constitucional en tiempos de redefinición constitucional.
Actualidad Jurídica, 2013
En este ensayo el autor argumenta que las teorías de algunos constitucionalistas chilenos que justifican la imposibilidad de modificar la Constitución de acuerdo a límites materiales derivados especialmente del Derecho (y jurisprudencia) Internacional, es contraria a la libre deliberación que debiera existir en nuestra democracia constitucional.
La Reforma Constitucionaly su Problemática en elDerecho Comparado, 2017
El estudio se dirige a los límites materiales de la reforma constitucional en Cuba —traducidos en contenidos especialmente protegidos— , con el propósito de exponer nuestras consideraciones críticas acerca de su reconocimiento. En un principio estos límites fueron configurados, para hacerle frente al poder constituyente derivado —que descansa en las cláusulas de reforma o revisión cons-titucional— y han adquirido una gran relevancia en virtud de que recientemente se reconocieron contenidos de carácter absoluto especialmente protegidos, situación por demás novedosa para el derecho constitucional cubano. Por lo mismo, esperamos que este ensayo sirva como referente para conocer y comprender mejor la lógica sobre la que se ha construido el constitucionalismo cubano de los últimos tiempos, que si bien no se encuentra exento de polémicas, sí está determinado a que se le dirija desde la academia para consolidar sus propias (y necesarias) doctrina y dog-mática jurídicas.
HISTORIA CONSTITUCIONAL, 2012
El Título X de la Constitución de Cádiz relativo a la reforma constitucional no contenía ninguna "cláusula de intangibilidad". El carácter materialmente ilimitado de la reforma constitucional se sancionaba de modo expreso. Esa es la conclusión que puede extraerse de la literalidad de los artículos 373 y 374 de la Constitución que se refieren a la "alteración, adición o reforma" del orden constitucional. Ahora bien, que el Texto de Cádiz no recogiera cláusulas de intangibilidad no permite concluir que los padres del constitucionalismo hispánico rechazaran la existencia de unos límites materiales implícitos al poder de reforma. En este artículo se exponen las posiciones sobre el tema defendidas por los diputados realistas, americanos y liberales de la metrópoli. Abstract: The Cadiz Constitution of 1812 did not set any limit to its own reform. For this reason, the power of reform could change the Constitution without any formal restriction, according to Articles 373 and 374. However, the absence of intangibility clauses does not mean that the founding fathers of Spanish constitutionalism rejected the existence of implicit material limits the power of reform. This paper analyzes the different positions on constitutional reform defended by the deputies in the context of the various ideological positions of the constituent assembly of Cádiz in 1812.
Derechos y libertades: Revista de Filosofía del Derecho y derechos humanos, 2000
Estudios socio-jurídicos, 2023
Este articulo tiene como tema central la identificación de los límites al poder de reforma constitucional, determinado tanto los limites formales, como sustantivos o materiales, los primeros haciendo referencia a procedimiento que debe acatar el órgano reformador para adelantar las reformas constitucionales y los segundos, hacen referencia al contenido en sí de la reforma y la competencia del órgano reformador para adelantarla, por lo que una vez identificados dichos limites se procede a la aplicación de la Teoría de Sustitución Constitucional desarrollada por la Corte Constitucional, al Acto Legislativo 01 de 2020 que elimino la prohibición de la Pena de Prisión Perpetua y estableció la prisión perpetua revisable cuando un niño, niña o adolescente sea víctima de las conductas de homicidio en modalidad dolosa, acceso carnal que implique violencia o sea puesto en incapacidad de resistir o sea incapaz de resistir, llegando a la conclusión que esta fue una reforma contraria a los principios esenciales y definitorios de la Constitución Política, razón por la cual fue declarado inexequible.
Teoría y Realidad Constitucional , 2006
This paper analyses the Report on the Spanish Constitution´s Reform drafted by the Council of State (Consejo de Estado). It focus on the discussion about the reform to include in the Constitution the name of the Regions, the degree of flexibility of our territorial system of government, and the role played by the leyes orgánicas de transferencia y delegación, laws regulated in the art. 150.2 of the Spanish Constitution that can be approved by the central parliament to delegated central powers in some matters to the Regions.
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Social Science Research Network, 2017
Philosophy, Psychiatry, and Psychology, 2023
Encontros com Roberto Campos, em meus próprios escritos, 2024
Studi emigrazione, 2024
Convivium 8.2, 2021
Journal of Roman Studies, 2007
The Quest for the Sustainable Development Goals, 2024
Journal of Public Economic Theory, 2006
Γκόλφω, η αθάνατη ηρωΐδα του Σπυρίδωνος Περεσιάδη, 2024
Applied sciences, 2023
Materials Science Forum, 2012
Journal of Maps, 2020
Oral and Maxillofacial Surgery Clinics of North America, 2006