Papers by Mariana Durán-Márquez
Hipogrifo. Revista de literatura y cultura del Siglo de Oro, 2018
Hipogrifo. Revista de literatura y cultura del Siglo de Oro, 2017
Revista Pedagogía Universitaria y Didáctica del Derecho, 2021
Al considerar como hipótesis que el entendimiento y la práctica del derecho determinan la enseñan... more Al considerar como hipótesis que el entendimiento y la práctica del derecho determinan la enseñanza de este último, y atendiendo a los trascendentes cambios que ha experimentado el sistema jurídico mexicano en materia de proceso penal acusatorio, este trabajo tiene como objetivo realizar un primer acercamiento panorámico sobre cómo las instituciones educativas de México han afrontado el reto de transitar hacia la formación de operadores con un perfil acorde al nuevo esquema adversarial. Para ello, se despliega un primer ejercicio de contraste cuantitativo de los ajustes que las instituciones educativas de nivel superior han implementado en sus planes de estudio, equipa- miento, vinculación forense y metodología de enseñanza para responder a las exigencias que plantea la nueva praxis jurídica, advirtiéndose que la mayoría de las instituciones educativas consideradas solo han realizado ajustes parciales, lo que compromete las posibilidades de eficacia profesional de los egresados y, c...
La justicia penal indígena en Mexico,, 2019
62 días. El sitio de Puebla 1863, 2013
Revista de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, 2017
El estudio jurídico a través de la evolución histórica de las constituciones mexicanas de corte f... more El estudio jurídico a través de la evolución histórica de las constituciones mexicanas de corte federal, no ha dejado pasar por alto la regulación que en ellas se ha hecho, en su integridad y como preámbulo, a la institución judicial mexicana. Este trabajo tiene como propósito presentar al lector la regulación, cambios y sucesivas "normativizaciones", que de Constitución a Constitución, con el paso de los años han permeado en el ámbito de decisión y acción respecto al Poder Judicial Federal mexicano, ya desde su integración hasta sus atribuciones.
La propuesta de organización del gobierno local surgida de la Constitución de Cádiz de 1812 supus... more La propuesta de organización del gobierno local surgida de la Constitución de Cádiz de 1812 supuso una serie de cambios en la estructura político-administrativa y en el sistema de representación de los pueblos, que dio origen a una transición del orden de gobierno que podemos denominar como de Antiguo régimen, donde los pueblos constituían corporaciones territoriales con estatutos y autoridades propias, a uno basado en principios liberales tales como el individualismo, la igualdad y la ciudadanía.
Sin embargo, esta transformación se fue dando de manera paulatina y sus efectos no fueron uniformes en cada lugar, sino dependieron de las condiciones particulares que imperaban en cada sitio, a la organización preexistente de los pueblos, a la cultura de representación política, al tipo de asentamientos y la composición étnica.
La conformación de ayuntamientos constitucionales también estuvo sujeta a negociaciones entre los pueblos, los grupos de poder y las autoridades del gobierno local razón por la cual entraron en juego muchos intereses que influyeron de manera directa en su creación, distribución, forma como fueron integrados y en el tipo de conflictos que llegó a plantear su establecimiento; elementos que influyeron de manera notable sobre el establecimiento y la operación de estas instituciones en cada región.
Ver ponencia en: https://www.juridicas.unam.mx/videoteca/evento/x-congreso-de-historia-del-derecho-mexicano/2013-09-20/mesa-10-historia-del-derecho-en-mexico#!
LA VITALIDAD DEL PERSONALISMO. NUEVOS RETOS Y PERSPECTIVAS, 2018
El motivo que nos ha llevado a las siguientes reflexiones es la inquietud de mostrar cómo una men... more El motivo que nos ha llevado a las siguientes reflexiones es la inquietud de mostrar cómo una mente
bien formada en una persona de amplios horizontes y deseos de bien, le lleva a actuar en favor de los
más necesitados y poner a servicio de éstos sus más altos talentos.
Encontramos ciertas diferencias y coincidencias en la vida y obra de Don Vasco de Quiroga (Madrigal
de las Altas Torres, 1470 – Pátzcuaro, 1565) y del Dr. John Henry Newman (Londres, 1801- Birmingham
1890). Sus diferencias son patentes: Quiroga fue abogado, era un castellano que viene a la Nueva
España en el siglo XVI, enviado por la corona con el cargo de Oidor de la Segunda Audiencia (1531),
con el fin de poner orden a los abusos contra los naturales, actos realizados por la Primera Audiencia.
En contraste, Newman fue clérigo anglicano inglés del siglo XIX, promovió el Movimiento de Oxford
(1833), con el fin de revitalizar la Iglesia de Inglaterra. Pero lo que tienen en común no son ni el lugar,
ni el tiempo en que vivieron, ni siquiera el contexto cultural en el que se desarrollaron. Sus analogías
radican en sus poco comunes habilidades intelectuales, su formación humanista y sus disposiciones
de servicio. En concreto, en este texto interesa resaltar la disposición de ambos por el cultivo de las
personas y de aquella sociedad que respectivamente estuvo a su cargo.
Como antecedentes de estos dos personajes, se muestra su respectiva formación humana e intelectual; las circunstancias en las que trabajaron para favorecer el desarrollo personal, social y espiritual
de personas carentes de ello; y su alto sentido profesional. Quiroga y Newman comparten una visión
centrada en las personas, en cada una, y la preocupación por mejorar sus condiciones materiales,
para promover las intelectuales, morales, sociales y espirituales, con una visión profunda y amplia de
la dignidad de cada persona, sin excepción. Ambos autores comprenden que el desarrollo personal
y social incluye, de manera peculiar, el cultivo de la inteligencia y la mejora de las circunstancias que
propician la vida digna.
Diccionario de Derecho Procesal Constitucional y Convencional, 2014
Voz: Derecho hispanoindiano, pp. 459-450
UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Revista Mexicana de Historia del Derecho, XXIX, pp. 101-119
Toda vez que en su magnífico trabajo titulado: El alto poblado y la Revolu-ción de independencia,... more Toda vez que en su magnífico trabajo titulado: El alto poblado y la Revolu-ción de independencia, 1808-1821, Cristina Gómez Álvarez resalta varios aspectos fundamentales del pontificado de Campillo, es menester otorgarle el reconocimiento de ser la primera persona que ha entrado a fondo en el es-tudio de tan importante prelado. De ahí la necesidad de completar tan valioso estudio, con algunas otras cuestiones que precisan aún más la actuación del penúltimo obispo del periodo borbónico español en Nueva España. Para iniciar el estudio de don Manuel Ignacio González del Campillo, y siguiendo en este aspecto a Gómez Álvarez, aquél provenía de una distin-guida familia española cuyos integrantes fueron ministros togados, caba-lleros de órdenes militares, obispos y un secretario de Estado, José Cam-pillo y Cosío, hermano de su abuelo materno. Nació don Manuel el 2 de mayo de 1740, en Veta Grande, Zacatecas, zona minera de gran importancia económica en el contexto novohispano. Luego marchó a los seminarios de Guadalajara y México. En la ciudad capital del Virreinato se graduó como doctor en derecho canónico, además de que se consagró en el sacerdocio.
Hipogrifo, 2018
Resumen. Vasco de Quiroga llegó a la Nueva España como Oidor de la Segunda Gran Audiencia ejercie... more Resumen. Vasco de Quiroga llegó a la Nueva España como Oidor de la Segunda Gran Audiencia ejerciendo un papel fundamental en la abolición de la esclavitud del indio. En el documento de su autoría conocido como Información en Derecho desarrolló una serie de argumentos que pusieron de manifiesto la ilicitud de la Real Cédula que permitía la esclavitud, en sus dos modalidades por guerra y por res-cate, coadyuvando en la protección de los naturales y actuando en contra de los abusos de los conquistadores ambiciosos. El presente trabajo tiene por objetivo mostrar, mediante el análisis histórico-jurídico y la técnica documental, la protec-ción que Vasco de Quiroga dio a los indígenas para que fueran reconocidos como hombres libres. Palabras clave. Vasco de Quiroga; esclavitud; Información en Derecho; Nueva España. Abstract. Vasco de Quiroga arrived in New Spain as Oidor of the Second Great Audience playing a fundamental role in the abolition of indigenous slavery. In the document of its authorship known as Información en Derecho developed a series of arguments that showed the illegality of the Royal Warrant that allowed slavery, in its two modalities by war and ransom, aiding in the protection of the natural and acting against the abuses of ambitious conquerors. The present work aims to show, through historical-legal analysis and documentary technique, the protection that Vasco de Quiroga gave to the native people to be recognized as free men.
Hipogrifo. Revista de literatura y cultura del Siglo de Oro, 2017
En los inicios de la Nueva España, particularmente a mediados del siglo XVI, el obispo Vasco de Q... more En los inicios de la Nueva España, particularmente a mediados del siglo XVI, el obispo Vasco de Quiroga mantuvo un serio enfrentamiento con los habitantes de Guayangareo, quienes buscaban obtener el nombre de Michoacán, que originalmente correspondía al obispado establecido por Quiroga con base en diversas Cédulas Reales. El conflicto, convertido en un juicio que duraría varios años, mostraría el interés de Vasco de Quiroga, por una integración social entre naturales y europeos de la Nueva España.
Books by Mariana Durán-Márquez
Vasco de Quiroga, Oidor de la Segunda Audiencia de la Nueva España en 1531, desde entonces y hast... more Vasco de Quiroga, Oidor de la Segunda Audiencia de la Nueva España en 1531, desde entonces y hasta su muerte en 1565, desempeñó el cargo de Obispo de Michoacán. Su labor más importante, a la cabeza de todos esos cargos, fue la defensa de la dignidad, vida y libertades de los indios naturales de las regiones –particularmente las que comprendían la Ciudad de México y Michoacán–, donde fundó sus famosos pueblos-hospitales de Santa Fe y el Colegio de San Nicolás. En la realización de sus ideales, enfrentó batallas legales con personajes de la talla de Martín Cortés, Bartolomé de las Casas y Juan Infante. Estos aspectos han sido tradicionalmente asociados a su vocación y formación humanista, pero pocos autores habían reparado en que ello formaba parte de una visión jurídica, más amplia, propia de su formación en la Universidad de Salamanca. Esta novedosa hipótesis que se desarrolla en esta investigación está sustentada en el análisis directo de los procesos judiciales en los que Quiroga fue parte, consultados en el Archivo General de Indias (AGI), Sevilla, España. Todo esto permite la lectura de un personaje que, a casi 500 años del inicio de su labor humanista en México, continúa teniendo una notable vigencia y su ideario de justicia social, sigue siendo una deuda pendiente, a la espera de realizarse.
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https://www.elsotano.com/libro/vasco-de-quiroga-la-defensa-del-indio-en-la-nueva-espana_10564366
https://www.dijuris.com/es/libro/vasco-de-quiroga-la-defensa-del-indio-en-la-nueva-espana_37980
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Papers by Mariana Durán-Márquez
Sin embargo, esta transformación se fue dando de manera paulatina y sus efectos no fueron uniformes en cada lugar, sino dependieron de las condiciones particulares que imperaban en cada sitio, a la organización preexistente de los pueblos, a la cultura de representación política, al tipo de asentamientos y la composición étnica.
La conformación de ayuntamientos constitucionales también estuvo sujeta a negociaciones entre los pueblos, los grupos de poder y las autoridades del gobierno local razón por la cual entraron en juego muchos intereses que influyeron de manera directa en su creación, distribución, forma como fueron integrados y en el tipo de conflictos que llegó a plantear su establecimiento; elementos que influyeron de manera notable sobre el establecimiento y la operación de estas instituciones en cada región.
Ver ponencia en: https://www.juridicas.unam.mx/videoteca/evento/x-congreso-de-historia-del-derecho-mexicano/2013-09-20/mesa-10-historia-del-derecho-en-mexico#!
bien formada en una persona de amplios horizontes y deseos de bien, le lleva a actuar en favor de los
más necesitados y poner a servicio de éstos sus más altos talentos.
Encontramos ciertas diferencias y coincidencias en la vida y obra de Don Vasco de Quiroga (Madrigal
de las Altas Torres, 1470 – Pátzcuaro, 1565) y del Dr. John Henry Newman (Londres, 1801- Birmingham
1890). Sus diferencias son patentes: Quiroga fue abogado, era un castellano que viene a la Nueva
España en el siglo XVI, enviado por la corona con el cargo de Oidor de la Segunda Audiencia (1531),
con el fin de poner orden a los abusos contra los naturales, actos realizados por la Primera Audiencia.
En contraste, Newman fue clérigo anglicano inglés del siglo XIX, promovió el Movimiento de Oxford
(1833), con el fin de revitalizar la Iglesia de Inglaterra. Pero lo que tienen en común no son ni el lugar,
ni el tiempo en que vivieron, ni siquiera el contexto cultural en el que se desarrollaron. Sus analogías
radican en sus poco comunes habilidades intelectuales, su formación humanista y sus disposiciones
de servicio. En concreto, en este texto interesa resaltar la disposición de ambos por el cultivo de las
personas y de aquella sociedad que respectivamente estuvo a su cargo.
Como antecedentes de estos dos personajes, se muestra su respectiva formación humana e intelectual; las circunstancias en las que trabajaron para favorecer el desarrollo personal, social y espiritual
de personas carentes de ello; y su alto sentido profesional. Quiroga y Newman comparten una visión
centrada en las personas, en cada una, y la preocupación por mejorar sus condiciones materiales,
para promover las intelectuales, morales, sociales y espirituales, con una visión profunda y amplia de
la dignidad de cada persona, sin excepción. Ambos autores comprenden que el desarrollo personal
y social incluye, de manera peculiar, el cultivo de la inteligencia y la mejora de las circunstancias que
propician la vida digna.
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Sin embargo, esta transformación se fue dando de manera paulatina y sus efectos no fueron uniformes en cada lugar, sino dependieron de las condiciones particulares que imperaban en cada sitio, a la organización preexistente de los pueblos, a la cultura de representación política, al tipo de asentamientos y la composición étnica.
La conformación de ayuntamientos constitucionales también estuvo sujeta a negociaciones entre los pueblos, los grupos de poder y las autoridades del gobierno local razón por la cual entraron en juego muchos intereses que influyeron de manera directa en su creación, distribución, forma como fueron integrados y en el tipo de conflictos que llegó a plantear su establecimiento; elementos que influyeron de manera notable sobre el establecimiento y la operación de estas instituciones en cada región.
Ver ponencia en: https://www.juridicas.unam.mx/videoteca/evento/x-congreso-de-historia-del-derecho-mexicano/2013-09-20/mesa-10-historia-del-derecho-en-mexico#!
bien formada en una persona de amplios horizontes y deseos de bien, le lleva a actuar en favor de los
más necesitados y poner a servicio de éstos sus más altos talentos.
Encontramos ciertas diferencias y coincidencias en la vida y obra de Don Vasco de Quiroga (Madrigal
de las Altas Torres, 1470 – Pátzcuaro, 1565) y del Dr. John Henry Newman (Londres, 1801- Birmingham
1890). Sus diferencias son patentes: Quiroga fue abogado, era un castellano que viene a la Nueva
España en el siglo XVI, enviado por la corona con el cargo de Oidor de la Segunda Audiencia (1531),
con el fin de poner orden a los abusos contra los naturales, actos realizados por la Primera Audiencia.
En contraste, Newman fue clérigo anglicano inglés del siglo XIX, promovió el Movimiento de Oxford
(1833), con el fin de revitalizar la Iglesia de Inglaterra. Pero lo que tienen en común no son ni el lugar,
ni el tiempo en que vivieron, ni siquiera el contexto cultural en el que se desarrollaron. Sus analogías
radican en sus poco comunes habilidades intelectuales, su formación humanista y sus disposiciones
de servicio. En concreto, en este texto interesa resaltar la disposición de ambos por el cultivo de las
personas y de aquella sociedad que respectivamente estuvo a su cargo.
Como antecedentes de estos dos personajes, se muestra su respectiva formación humana e intelectual; las circunstancias en las que trabajaron para favorecer el desarrollo personal, social y espiritual
de personas carentes de ello; y su alto sentido profesional. Quiroga y Newman comparten una visión
centrada en las personas, en cada una, y la preocupación por mejorar sus condiciones materiales,
para promover las intelectuales, morales, sociales y espirituales, con una visión profunda y amplia de
la dignidad de cada persona, sin excepción. Ambos autores comprenden que el desarrollo personal
y social incluye, de manera peculiar, el cultivo de la inteligencia y la mejora de las circunstancias que
propician la vida digna.
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