Jancarlos Vega
Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Law, Graduate Student
- Abogado con experiencia y especialización en temas administrativos, energéticos, mineros, civiles y arbitrales en el ... moreAbogado con experiencia y especialización en temas administrativos, energéticos, mineros, civiles y arbitrales en el Sector Privado y Público. Titulado como abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Lima.
Estudios de especialización en: Derecho Administrativo, Concesiones, Regulación de Servicios Públicos e Infraestructura de Uso Público, Electricidad, Gas, Minería, así como en Contrataciones con el Estado y Arbitraje. Sigue estudios de Máster en Derecho de los Sectores Regulados en la Universidad Carlos III de Madrid.edit
Research Interests:
El autor precisa la aplicación del principio de causalidad en los procedimientos administrativos sancionadores en los que la persona jurídica infractora realiza actos de reorganización societaria. Sostiene que en cualquier escenario... more
El autor precisa la aplicación del principio de causalidad en los procedimientos administrativos sancionadores en los que la persona jurídica infractora realiza actos de reorganización societaria. Sostiene que en cualquier escenario corresponde iniciar o continuar con la imputación de responsabilidad de una persona jurídica resultante de una transformación societaria, pero que en los casos de fusión y escisión corresponderá determinar la forma en la que se ha ejecutado la operación, para luego identificar contra quién ha de dirigirse en lo que será el inicio o la continuación de un procedimiento.
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Research Interests: Art and Control Difuso
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El autor precisa la aplicación del principio de causalidad en los procedimientos administrativos sancionadores en los que la persona jurídica infractora realiza actos de reorganización societaria. Sostiene que en cualquier escenario... more
El autor precisa la aplicación del principio de causalidad en los procedimientos administrativos sancionadores en los que la persona jurídica infractora realiza actos de reorganización societaria. Sostiene que en cualquier escenario corresponde iniciar o continuar con la imputación de responsabilidad de una persona jurídica resultante de una transformación societaria, pero que en los casos de fusión y escisión corresponderá determinar la forma en la que se ha ejecutado la operación, para luego identificar contra quién ha de dirigirse en lo que será el inicio o la continuación de un procedimiento.