ARTE Y M OVI M I EN TO
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ISSN: 1989-9548
PROPUESTAS PARA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO DE
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA DE ANDALUCÍA EN MÚSICA A TRAVÉS
DE LA OPTATIVIDAD
Proposals for the attention to the diversity of students of Compulsory
Secondary Education of Andalusia in music through elective subjects
Autor: Victoriano José Pérez Mancilla
Universidad de Granada Contacto: viperez@ugr.es
Enviado: 25/06/2010
Aceptado: 30/06/2010
Resumen
Este artículo estudia la atención a la diversidad como uno de los principios básicos del sistema
educativo español y, en consecuencia, también de la educación en la Comunidad Autónoma de
Andalucía. En concreto, a lo largo del trabajo se hacen diversas propuestas para atender a la
diversidad del alumnado ofertando materias optativas de música en los cuatro cursos de la Educación
Secundaria Obligatoria, de forma que se dé respuesta a las necesidades educativas específicas y a los
intereses y expectativas de los alumnos/as.
Palabras clave: Educación, atención a la diversidad, música, elective subjects.
Abstract
This article studies the attention to diversity as one of the basic principles of the Spanish
educational system and, consequently, also of the education in the Autonomous Community of
Andalusia. In short, along this work different proposals are made to attend to the diversity of
students offering optional subjects of music in the four courses of Compulsory Secondary Education,
to answer to the specific educational necessities and to the interests and expectations of the students
Keywords: Education, attention to diversity, music, elective subjects.
Pérez Mancilla, Victoriano J. (2010) Propuestas para la atención a la diversidad del alumnado de Educación
Secundaria Obligatoria de Andalucía en música a través de la optatividad.
ARTE Y MOVIMIENTO. Nº 2. Junio, 2010. Universidad de Jaén. Pp. (7-15)
Pérez Mancilla, Victoriano J. (2010) Propuestas para la atención a la diversidad del alumnado de Educación
Secundaria Obligatoria de Andalucía en música a través de la optatividad.
ARTE Y MOVIMIENTO. Nº 2. Junio, 2010. Universidad de Jaén. Pp. (7-15)
INTRODUCCIÓN
La diversidad es una característica propia de cualquier grupo de personas, ya que
cada una de ellas interacciona de manera diferente con el medio a pesar de que existan
patrones cognitivos, afectivos y conductuales semejantes. Así, la variabilidad de interacción,
unida a las distintas capacidades, intereses, necesidades, ritmo de maduración o condiciones
socio-culturales, hace que en los extremos aparezcan los sujetos que más se alejan de lo
habitual. En cualquier caso, la diversidad no debe ser entendida únicamente como las
peculiaridades que presentan algunos colectivos y que requieren un diagnóstico y una
atención especializada de profesionales, sino como una variabilidad natural de todos los
individuos a la que debe darse una respuesta social comprometida y de calidad (Cabrerizo
Diago y Rubio Roldán, 2007).
Esta concepción amplia de la diversidad es la que debe estar presente en educación,
entendiéndola como un elemento enriquecedor y no excluyente. Tal y como recoge la Ley
Orgánica de Educación, uno de los principios básicos en los que se inspira el sistema español
es “la flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses,
expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el
alumnado y la sociedad” (Ley Orgánica 2/2006: 17164). En la misma línea, la Ley de
Educación de Andalucía, señala que uno de los principios del sistema educativo andaluz es el
“respeto en el trato al alumnado, a su idiosincrasia y a la diversidad de sus capacidades e
intereses” (Ley 17/2007: 4471). Por todo ello, las diferencias más notables entre los
alumnos/as en cuanto a discapacidad, trastornos de conducta, exclusión social o
sobredotación, entre otras, exigen acciones específicas e integradoras; pero también
aquellas diferencias que se ciñen únicamente a la asimilación de determinados contenidos, al
desarrollo de ciertas capacidades y, por supuesto, al interés por ampliar algunos aspectos del
currículo.
En cualquier caso, todas estas actuaciones deben inscribirse en un entorno lo más
normalizado posible, que haga a todo el alumnado partícipe del proceso de enseñanzaaprendizaje ordinario; más aún teniendo en cuenta que uno de los tres pilares que recoge
para la Educación Secundaria Obligatoria el Real Decreto 1631/2006, por el que se
establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a esta etapa educativa, es el de su
organización “de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la
diversidad” (Real Decreto 1631/2006: 678); lo mismo que señala el Decreto 231/2007, por el
que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria
Obligatoria en Andalucía (Decreto 231/2007: 16).
Así, la atención a la diversidad podría definirse como:
“el conjunto de acciones educativas que, en un sentido amplio, intentan prevenir y dar
respuesta a las necesidades, temporales o permanentes, de todo el alumnado del centro y,
entre ellos, a los que requieren una actuación específica derivada de factores personales o
sociales relacionados con situaciones de desventaja sociocultural, de altas capacidades, de
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compensación lingüística, comunicación y del lenguaje; o de discapacidad física, psíquica,
sensorial; o con trastornos graves de la personalidad, de la conducta o del desarrollo; de
graves trastornos de la comunicación y del lenguaje; [o] de desajuste curricular significativo”
(Valle Lobato et al., 2010: 9).
De esta forma, a un lado se sitúa la atención al alumnado con peculiaridades que
requieren un diagnóstico y una respuesta personalizada por parte de especialistas; pero
junto a ella, de una manera más general, también debe estar presente la atención a las
necesidades de cada uno de los alumnos/as del centro, que dé respuesta a cualquier
demanda de refuerzo educativo y, tal como ya se ha citado que señala la Ley de Educación,
también a los intereses y expectativas de los mismos. Por ello, el Real Decreto 1631/2006 y
su desarrollo en Andalucía, el Decreto 231/2007, recogen medidas de atención a la
diversidad como los agrupamientos flexibles, el apoyo en grupos ordinarios, el desdoble de
grupos, las medidas de refuerzo, las adaptaciones del currículo, la integración de materias en
ámbitos o los programas de diversificación curricular, pero también señalan como medida
para atender a la diversidad la oferta de materias optativas; es decir, con esta última se daría
respuesta a la diversidad en lo que Cabrerizo Diago y Rubio Roldán llaman vertiente
estructural y de ordenación del sistema educativo en los centros (2007).
En Andalucía, la materia de Música sólo forma parte del currículo obligatorio de los
cursos primero y segundo, mientras que en tercero no aparece en el mismo y, en cuarto, es
una de las ocho materias que con carácter preceptivo se ofertan en todos los centros. Sin
embargo, a lo largo de estos cuatro cursos los alumnos/as también eligen algunas materias
optativas diseñadas desde los institutos, atendiendo así al Decreto 231/2007 respecto a la
autonomía pedagógica y de organización de los centros para diseñar modelos de
funcionamiento propios, desarrollando el currículo y adaptándolo a las necesidades de su
alumnado y a las características específicas del entorno social y cultural en el que se
encuentre. La única excepción en cuanto a la posibilidad de que el alumnado elija optativas
es que en primero y segundo de Educación Secundaria Obligatoria éste siga un programa de
refuerzo de materias instrumentales, es decir, aquel que le asegure los aprendizajes básicos
para seguir con aprovechamiento las enseñanzas de la etapa en Lengua castellana y
literatura, Matemáticas y Primera lengua extranjera.
Por último, antes de empezar con las propuestas para atender a la diversidad desde el
área de Música, sólo resta señalar que la oferta para la impartición de optativas en Educación
Secundaria Obligatoria en Andalucía está limitada a que la matricula en las mismas no sea
menor a 15 alumnos/as; incluso así, dichas optativas se imparten siempre que no supongan
un incremento en la plantilla de profesorado adjudicada al centro (Decreto 231/2007; Orden
10-VIII/2007a). En consecuencia, como señalan Giné i Giné y Ruiz Bel:
“la adecuada organización de la actuación de los recursos personales disponibles -profesorado
ordinario, de apoyo, especialistas- se revela como un potente instrumento para el ajuste de la
respuesta educativa a las necesidades particulares de los alumnos; a menudo no es necesario
recurrir a más apoyos, sino sencillamente aprender a distribuir y coordinar mejor los tiempos y
los espacios a partir de los profesionales que existen y a utilizar las estrategias organizativas
más pertinentes” (1996: 118).
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ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN MÚSICA CON LA OPTATIVIDAD
Ya se ha citado que una de las posibles formas para atender a la diversidad del
alumnado en Educación Secundaria Obligatoria viene dada por la formación del currículo a
través de la optatividad de materias. En Andalucía, concretamente en el currículo de primer y
segundo curso, se contempla una materia optativa, siendo obligatoria la oferta de algunas
concretas: en el caso de primero, se trata de Segunda lengua extranjera, Tecnología aplicada
y Cambios sociales y género; por su parte, en segundo curso, se ofertan obligatoriamente
Segunda lengua extranjera, Métodos de la ciencia y Cambios sociales y género (Decreto
231/2007). Sin embargo, los centros pueden incluir otras materias optativas además de las
citadas como medida de atención a la diversidad, siempre que guarden relación con el
currículo y ostenten un marcado carácter práctico o aplicado (Orden 10-VIII/2007a; Orden
25-VII/2008).
Por tanto, son múltiples las materias que pueden ofertarse desde el área de Música,
ya que fácilmente cumplirán los principios de relación con el currículo y eminente carácter
práctico; más aún teniendo en cuenta cómo este arte favorece las conexiones neuronales y
desarrolla e incrementa las capacidades de concentración, ayudando así al aprendizaje de
diferentes lenguajes y aumentando también las posibilidades creativas (Díaz Rodríguez,
2007). En consecuencia, pueden hacerse ofertas monográficas sobre alguno/os de los más de
treinta contenidos de la materia de Música impartida obligatoriamente en los dos primeros
cursos de la Educación Secundaria Obligatoria, de forma que se afiance la asimilación de los
mismos y, por supuesto, se amplíen aquellos que resulten más atractivos para el alumnado,
cubran sus necesidades y contribuyan directamente a la adquisición de las competencias
básicas. Además, según la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el
currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía, las materias
optativas pueden tener una duración diferente a la anual, lo que permite distintas
posibilidades para atender a la diversidad del alumnado (Orden 10-VIII/2007a).
En primer curso, por ejemplo, resulta interesante plantear una materia optativa que
refuerce los conocimientos básicos para el seguimiento y la superación de la obligatoria de
Música, sobre todo de aquellos de carácter abstracto, como es el caso del lenguaje propio de
este arte. Con ello se evita que el alumnado de necesidades educativas específicas o con
dificultad de asimilación de determinados contenidos -detectado mediante los informes de
escolarización, la observación directa del profesorado y la evaluación inicial (Orden 10VIII/2007b)- pueda descolgarse del proceso de enseñanza-aprendizaje; claro está, teniendo
en cuenta que en la materia obligatoria de Música también se atienda a la diversidad.
Igual de interesante es la oferta en primero de una materia dedicada al desarrollo de las
capacidades expresivas y creativas de los alumnos/as, favoreciendo la consecución de
objetivos de la etapa como son la mejora de la iniciativa personal, el fortalecimiento de las
capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los
demás, la eliminación de prejuicios o el aumento de la confianza en sí mismos (Ley Orgánica
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2/2006); es decir, la acción educativa se dirigirá y adecuará a diferentes tipos de capacidades
humanas como son las cognitivas, motrices, de equilibrio personal, de relación con otros y de
actuación e inserción social, redundando favorablemente en todo el proceso de enseñanzaaprendizaje. Además, el desarrollo de las capacidades de expresión y creación puede y es
recomendable trabajarlo con el alumnado conjuntamente desde los departamentos de
Música, Educación física o Educación plástica y visual, integrando así diversas áreas
educativas a través de sus elementos comunes (Díaz Rodríguez, 2007) y, en consecuencia,
ofreciendo a los alumnos/os “una visión interdisciplinar de los contenidos” (Decreto
231/2007: 16).
Por su parte, en segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria, se recomienda
ofertar una materia optativa destinada principalmente a aquellos alumnos/as que hayan sido
evaluados negativamente en Música de primero, ayudándoles así a recuperarla y, por
supuesto, a reforzar las capacidades propias de segundo. Incluso, en esta materia también
tiene cabida la potenciación curricular del alumnado con altas capacidades, que la mayor
parte de las veces son fruto de estudios musicales paralelos en horario extraescolar.
Así, esta dicotomía y heterogeneidad de individuos lleva a plantear la enseñanza
multinivel como recurso de atención a la diversidad, favoreciendo los contextos inclusivos
para todos los alumnos/as (Pujolàs Maset, 2001). Además, desde el punto de vista
metodológico, resulta de especial interés aplicar estrategias de trabajo cooperativo entre el
alumnado, ya que, por ejemplo, cuando un alumno/a interactúa con otro para explicarle lo
que ha aprendido, se ve obligado a organizar sus ideas y descubre así sus errores y lagunas,
procesos cognitivos que benefician indudablemente su aprendizaje (Pujolàs Maset, 2001). A
esto se une el hecho de que:
“las experiencias de aprendizaje cooperativo, comparadas con las de naturaleza competitiva e
individualista, favorecen el establecimiento de relaciones entre los alumnos mucho más
positivas, caracterizadas por la simpatía, la atención, la cortesía y el respeto mutuo, así como
por sentimientos recíprocos de obligación y ayuda. Estas actitudes positivas se extienden,
además, a los profesores y al conjunto de la institución escolar” (Coll, 1984: 121).
Así, el trabajo cooperativo en Música fomenta entre el alumnado actitudes tolerantes,
de respeto, de solidaridad y de autoestima dentro del grupo, propiciándose con ello un clima
favorable y motivador para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje.
En el tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria andaluza también se
contempla una asignatura optativa, siendo obligada la oferta por parte de los centros de las
siguientes: “Segunda lengua extranjera”, “Cambios sociales y género” y “Cultura clásica”. Sin
embargo, al igual que en primero y segundo, en el tercer curso pueden ofertarse otras
materias que tengan presentes los fundamentos de relación con el currículo de Educación
Secundaria Obligatoria y naturaleza notablemente práctica. Por ello, la oferta de cualquier
materia relacionada con la música también puede estar presente en tercero, más aún
teniendo en cuenta que en dicho curso no se incluye ésta entre las que deben estudiarse
como troncales y que, según la Orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención
a la diversidad del alumnado que cursa la Educación Básica en los centros docentes públicos
de Andalucía, “las actuaciones en materia de atención a la diversidad del alumnado
mantendrán una continuidad entre cursos, ciclos y etapas” (Orden 25-VII/2008: 8).
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Secundaria Obligatoria de Andalucía en música a través de la optatividad.
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En consecuencia, la oferta de la Música como materia optativa en tercero se convierte
en un elemento indispensable para atender a la diversidad del alumnado y ofrecerle
continuidad en sus estudios. Así, aquellos alumnos/as que no superen la materia obligatoria
de Música en primero y segundo de la Educación Secundaria Obligatoria, tienen la
oportunidad de recuperarla directamente en tercero con clases que ayuden a adquirir las
competencias no alcanzadas. De igual forma, una optativa de Música en tercero evita la
fractura del proceso de enseñanza-aprendizaje para el alumnado con inquietudes musicales,
ya que éste puede continuar cursando en cuarto la materia como una de las tres optativas
que deben integrar el currículo en este curso, elegidas entre “Biología y geología”,
“Educación plástica y visual”, “Física y química”, “Informática”, “Latín”, “Música”, “Segunda
lengua extranjera” y “Tecnología” (Decreto 231/2007).
El currículo del cuarto curso también contempla otra materia optativa, elegida entre
las propuestas por el centro y una de oferta obligada: Proyecto integrado (Decreto
231/2007). En cuanto a las primeras, las posibilidades de concreción musical en una materia
optativa son múltiples, pudiendo desarrollar aspectos tratados superficialmente en cursos
anteriores o incluir otros nuevos que requieran un mayor desarrollo cognitivo y de la
madurez del alumnado. Sin embargo, lo más interesante es ofertar materias de música que
aumenten las capacidades del alumno/a y que le permitan afrontar con solvencia el currículo
de Bachillerato. Así, parece lógico diseñar en cuarto curso de Educación Secundaria
Obligatoria optativas relacionadas directamente con las materias musicales que están
contenidas en el currículo de dos de las tres modalidades del Bachillerato.
En concreto, en el Bachillerato de Artes se contempla un vía de Artes escénicas,
música y danza, que “concede por vez primera un reconocimiento explícito a la educación
musical y a su perfil profesional dentro del currículum educativo, al igual que ya sucediera en
otros países europeos” (Pastor Comín, 2008: 25). En esta vía, según recoge la Orden de 5 de
agosto de 2008, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en
Andalucía, están presentes como materias de modalidad el Análisis musical I y II, la Historia
de la música y de la danza y el Lenguaje y práctica musical. Por su parte, en el Bachillerato de
Humanidades y ciencias sociales, existe una optativa de oferta obligatoria que es la ya citada
Historia de la música y de la danza.
Respecto a la materia optativa de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria
llamada Proyecto integrado, cabe aclarar que, tal y como señala el Decreto 231/2007, está
orientada a:
“completar la madurez y el desarrollo personal del alumnado a través de actividades de
carácter eminentemente prácticas [sic], basadas en la experimentación y el análisis de los
resultados y en la búsqueda y tratamiento de la información obtenida desde diversas fuentes”
(Decreto 231/2007: 19).
Además, la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo
correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía, recoge que:
“los temas posibles en torno a los que diseñar y desarrollar esta materia tienen sus límites en
las posibilidades y la imaginación del profesorado, considerando las posibilidades reales para
llevar a cabo el proyecto, de acuerdo con los recursos disponibles, las oportunidades que
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ofrece el entorno, el capital de la comunidad y la facilidad para interesar a los alumnos y
alumnas” (Orden 10-VIII/2007a: 65).
En definitiva, en la materia Proyecto integrado tienen cabida multitud de temas
musicales, que serán aún más interesantes si muestran un claro carácter interdisciplinar en el
que puedan involucrarse otros departamentos del centro educativo además del de Música.
Así, por ejemplo, se puede abordar como Proyecto integrado la recuperación del patrimonio
musical popular del entorno, con intervención de los departamentos de Ciencias sociales,
geografía e historia -raíces históricas, localización y dispersión geográfica de los cantes y
bailes, etc.-, Lengua -tratamiento de las letras de las canciones, entrevistas a intérpretes,
etc.-, Tecnología -grabación de la música, tratamiento informático del sonido y la imagen,
reproducción de instrumentos tradicionales, etc.-, Educación plástica y visual -organización
de una exposición con instrumentos, fotografías de escenas de interpretación musical
popular y dibujos de trajes tradicionales, diseño de carteles y trípticos para la misma, etc.-,
Educación física -reproducción de coreografías y bailes tradicionales, análisis de la nutrición
ligada a la fiesta popular, etc.- y, por supuesto, el departamento de Música -estudio de las
voces y de los instrumentos, transcripción de su música, análisis de la misma, catalogación de
canciones, edición de partituras, interpretación, etc.-.
De esta forma se atienden los principios por los que debe guiarse la elección y
desarrollo de un Proyecto integrado según la Orden de 10 de agosto de 2007, tales como: la
búsqueda de información, la aplicación global del conocimiento, la realización de actividades
que conecten con el mundo real, el desarrollo de capacidades sociales y destrezas, la
realización de algo tangible, la actuación dentro y fuera del centro, el seguimiento y la
participación del alumnado en todo el proceso -planificación, desarrollo y resultado final-, la
actuación sobre el medio cultural pasado, presente y de las generaciones venideras, la
adquisición de responsabilidades y, especialmente, el fomento de “la participación de todos y
todas en las discusiones, toma de decisión y en la realización del proyecto, sin perjuicio de
que puedan repartirse tareas y responsabilidades” (Orden 10-VIII/2007a: 65); es decir,
propuestas musicales como la que aquí se ha ejemplificado posibilitan perfectamente la
atención a la diversidad en su desarrollo y que la totalidad del alumnado participe
activamente a uno u otro nivel en todo el proceso de realización de las mismas, debido a su
marcado carácter interdisciplinar y a las posibilidades de participación. Para terminar, sólo
resta exponer cómo este tipo de actividades fomentan claramente el trabajo en grupo y
cooperativo, ya que la totalidad de los alumnos/as implicados en las mismas intervienen a lo
largo de todo el proceso según sus capacidades y con un fin común; así, el Proyecto permitirá
dar respuesta continua a la diversidad del alumnado, atendiendo desde las necesidades
educativas especiales de unos, hasta las altas capacidades de otros.
CONCLUSIONES
La atención a la diversidad es un principio básico del actual sistema educativo
español, entendida no sólo como la que requiere un diagnóstico y respuesta personalizada
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por parte de especialistas, sino también, de una manera más general, como aquella que se
ocupa de satisfacer las necesidades, intereses o expectativas de cada uno de los alumnos/as.
En consecuencia, la diversidad debe afrontarse con medidas efectivas y de distinta índole,
siendo una de ellas la formación del currículo por medio de la optatividad de materias. Así,
concretamente en Andalucía, el currículo de Educación Secundaria Obligatoria recoge una
materia optativa para cada uno de los cuatro cursos de esta etapa, señalando algunas de
oferta obligatoria que, en muchas ocasiones, son las únicas que se ofrecen al alumnado en
los centros. Sin embargo, la normativa de educación andaluza permite el diseño y oferta de
materias distintas a éstas, donde la Música puede ocupar un papel relevante como disciplina
que favorece el desarrollo de la atención, estimula la percepción, la inteligencia, la memoria
a corto y largo plazo, potencia la creatividad, fomenta el orden, la participación, la
cooperación, la comunicación y, en definitiva, contribuye a la adquisición de las
competencias básicas. Además, la naturaleza marcadamente interdisciplinar del área de
Música, posibilita el diseño de un gran abanico de materias optativas que incorporen a
distintos departamentos y que ofrezcan al alumnado una visión integradora del
conocimiento y del desarrollo de las capacidades. Igualmente, la oferta de materias
musicales es un elemento interesante para atender la diversidad del alumnado con una
enseñanza multinivel y con la aplicación de estrategias que incentiven el trabajo cooperativo
entre el mismo. Por último, cabe destacar la importancia de incluir materias en el currículo
de Educación Secundaria Obligatoria desde el área de Música que atiendan las necesidades
de refuerzo educativo, las altas capacidades y, por supuesto, los intereses del alumnado; así,
resulta incuestionable la necesidad de ofertar la materia de Música en el curso donde no
forma parte del currículo, en tercero, evitando la fractura del proceso de enseñanzaaprendizaje para los alumnos/as con inquietudes en este arte; pero igualmente se
recomienda la oferta de una materia musical en cuarto, que prepare de forma específica al
alumnado que vaya a cursar en el Bachillerato de Artes la vía de Artes escénicas, música y
danza.
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