Visita del obispo Gutiérrez de Zevallos al
monasterio Santa Catalina de Siena. Córdoba, 1734
Visit of Bishop Gutiérrez de Zevallos
to the Santa Catalina of Siena monastery. Córdoba, 1734
José María Arancibia
Junta de Historia Eclesiástica Argentina
Sociedad Argentina de Teología
jmarancibia1@gmail.com
Resumen
Esta visita canónica del Obispo Zevallos a las
monjas dominicas de Santa Catalina de Siena en Córdoba (1734) se menciona en varios
estudios, dentro de su contexto histórico y
eclesial. No obstante, es interesante volver sobre este importante acontecimiento pastoral,
mandado por el derecho canónico. El artículo
presenta, de forma ordenada y completa, las
disposiciones del prelado en esa ocasión. El
objetivo intentado en este artículo, es múltiple: conocer en particular la situación del
Monasterio en aquel ambiente histórico y
cultural; ampliar y conirmar los datos acerca
de la personalidad y del gobierno del Obispo
Zevallos, exigente y comprensivo al mismo
tiempo; describir en detalle y con fundamento
las oportunas recomendaciones del pastor a
las monjas; y, por in, valorar la actitud de la
comunidad monástica que recibió y acató con
obediencia las normativas episcopales, para su
propia corrección y crecimiento, en su condición de mujeres consagradas y contemplativas
en la Iglesia.
Summary
his canonical visit of the Bishop Zevallos to
the dominican nuns of Santa Catalina de Siena of Córdoba (1734) is mentioned in several
studies, in its historical and ecclesiastical context. Nevertheless, it is interesting to consider
again this important ecclesiastical event, ordered by the canon law. his article presents,
in an ordered and complete form, the resolutions given by the prelate in that occasion.
he aim pursued in this article, is multiple: to
know in detail the situation of the Monastery
in that historical and cultural environment;
to amplify and conirm the data about the
personality and government of the Bishop
Zevallos, demanding and comprehensive at
the same time; describe in detail and with
foundation the opportune recommendations
given by the pastor to the nuns; and inally,
evaluate the attitude of the monastic community that received and accepted obediently
the episcopal directives, for their correction
and growth, in their condition of consecrated
and contemplative women in the Church.
Palabras clave: Iglesia católica – Monjas dominicas – Visita canónica – Diócesis de Córdoba
del Tucumán – Obispo José Antonio Gutiérrez
de Zevallos – Siglo XVIII
Key words: Catholic Church - Dominican
nuns - Canonical visit - Diocese of Córdoba
del Tucumán - Bishop José Antonio Gutiérrez de Zevallos – XVIII century
Itinerantes. Revista de Historia y Religión 8 (2018) 117-146
ISSN 2250-5377 - Online: ISSN 2525-2178
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La visita del Obispo: sentido e importancia
La visita pastoral es una de las instituciones más antiguas de la Iglesia,
desde el tiempo de los apóstoles, como atestiguan las fuentes.1 En el tiempo
de realizarse esta visita, seguramente se tenían presentes las disposiciones del
Concilio de Trento en el siglo XVI, recomendando a los pastores que en esa
ocasión “traten y abracen a todos con amor de padres y celo cristiano”. 2 La
visita pastoral es, en verdad, una expresión privilegiada del ministerio de los
obispos en la Iglesia católica y un instrumento muy eicaz para un gobierno
de abundantes frutos. Aún hoy permanece prescripta, como una obligación
importante de los obispos.3 Por medio de las visitas, los pastores van conociendo a las comunidades cristianas ya formadas y las acompañan; como
también entran en contacto con los pueblos que aún no recibieron el Evangelio, para ofrecerles el primer anuncio. Son una oportunidad para compartir
por algunos días la vida con los ieles cristianos, sus pastores y catequistas,
a in de cuidar su crecimiento y disponer lo necesario para el bien de todos,
según la enseñanza de Cristo y de la Iglesia. Ésta es también la experiencia
de los pastores de hoy, que siempre estamos aprendiendo del ejemplo de los
mayores que nos precedieron, y -como ellos- disfrutamos de ejercer la misión
episcopal en medio del pueblo de Dios. En un sentido profundo, y para bien
de todos los involucrados, toda visita pastoral recuerda en cada ocasión la
venida de Jesús al mundo y su misterio de salvación.4
También la visita de los obispos a los monasterios, ha formado parte de
su amplio ministerio pastoral, en el contexto preciso de una Iglesia particular y fue siempre un hito importante en el proceso de la comunidad monástica. Por lo general, se puede descubrir en ellas las condiciones de vida de la
comunidad religiosa, su itinerario de crecimiento y reforma, como el estilo
de conducción de cada prelado diocesano.
1
Colson (1951: 61). Las fuentes de esta antigua práctica y disposición se recogen en Marzoa,
Miras y Rodriguez Ocaña (1997: 790-791)
2
Concilio de Trento (1545-1563), Sesión XXIV, Obispos y Cardenales, Decreto de Reforma
III, donde se establece la obligación, el objetivo y el espíritu con que han de realizarla sus
responsables.
3
Código de Derecho Canónico (1983), cc. 396-398.
4
Congregación para los Obispos (2004) Nº 220, donde se citan textos de la Biblia y del Concilio Vaticano II.
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En América Latina y en los primeros siglos de su evangelización, para
cumplir ese mandato recibido los obispos tuvieron que recorrer cientos y
miles de kilómetros, a través de largos caminos, con precarios medios de
transporte y entre muchos peligros. La misión apostólica en estas tierras les
exigió verdaderas proezas. Así ocurrió en la diócesis del Tucumán, creada
en América del sur en el año 1570, con un vastísimo territorio. De hecho, la
historia de la Iglesia en el continente ha sido escrita -en gran parte- a partir
de los relatos, informes y Autos de estas visitas, porque en ellos se releja
tanto la situación civil y religiosa de cada territorio y de cada diócesis, como
también la obra evangelizadora de sus pastores, con sus aciertos, diicultades
y limitaciones.
Diócesis y ciudad de Córdoba en aquellos años
Al inicio del siglo XVIII, el territorio del cono sur de América, dominado por los españoles, se mantuvo estable aunque no exento de conlictos
permanentes con los pobladores originales. Dentro de su compleja estructura político-administrativa, bajo la autoridad del rey, se habían formado
tres extensas gobernaciones: Cuyo, Tucumán y Río de la Plata. Sólo en las
últimas décadas del siglo se reorganizó todo el territorio, constituyendo
el virreinato del Río de la Plata (1776). Entre las ciudades de antigua fundación, igura Córdoba (1573), ubicada en el centro geográico y de gran
importancia para las comunicaciones, la educación y el comercio (Lobato
y Suriano, 2006: 64-95). La primera diócesis, fue creada en 1570 con el
nombre de la región: Tucumán, y tuvo su sede en Santiago del Estero, que
era la del gobernador, hasta que a pedido del Obispo debió ser trasladada a
Córdoba, por las precarias condiciones de aquella ciudad (1699).
La historia de la diócesis de Córdoba del Tucumán a lo largo del siglo
XVIII ha sido escrita ampliamente por el benemérito padre Bruno, en base
a una abundante documentación (Bruno, 1968: 285-521). Para conocer la
situación en el tiempo inmediatamente anterior a la visita de 1734, es importante la completa información aportada por el Obispo Juan de Sarricolea y Olea, que gobernó esta diócesis sólo cinco años, pero siendo estos muy
intensos (1726-1731). Este prelado de origen peruano y antiguo doctrinero
de indios, recorrió su jurisdicción desde Jujuy hasta Córdoba, realizando
su tarea pastoral entre españoles, mestizos y naturales, con incansable emItinerantes. Revista de Historia y Religión 8 (2018) 117-146
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peño. De sus andanzas apostólicas ha quedado una valiosa documentación.5
En sus informes describe ciudades empobrecidas y despobladas, con hospitales faltantes o en lamentable estado y la catedral de la sede episcopal aún
sin terminar. Para la atención espiritual disponía entonces de: 9 curatos de
españoles y 26 de indios, muy distantes entre sí, con un total de 90 sacerdotes. Córdoba se distinguía entre las otras ciudades, por la universidad, dos
colegios y dos monasterios, más la destacada presencia de religiosos, sobre
todo dominicos y jesuitas. Con gran preocupación, él mismo describe la condición de los pueblos indígenas de la provincia, lamentando su ignorancia, la
falta de atención espiritual, los trabajos excesivos que les imponían y sus perjudiciales traslados; lamentable situación a la cual el Obispo procuró aplicar
oportunos remedios (Bruno, 1968: 427-431).
Varios estudios históricos conirman y completan las apreciaciones aportadas por este pastor diocesano. Córdoba era una pequeña ciudad, que en la
primera mitad del siglo XVIII contaba apenas con unos pocos miles de habitantes; se encontraba, además, despoblada y empobrecida, por diversas razones: deterioro del comercio, ataques de indios, desplazamiento de las familias
hacia las zonas rurales, sequías, plagas y epidemias.6 Testimonios recogidos
de esas décadas, describen la desdicha de los vecinos de la ciudad; escasos de
recursos y en gran pobreza; en parte retirados al campo u otras provincias;
obligados al trueque por el alza de los precios; con sus casas y ediicios en
ruinas; sin médicos ni boticas para atender a la salud; acosados por incursiones de los indígenas (Segreti, 1973: 121-129; Concolorcorvo, 1997: 56-63).
La situación fue cambiando hacia la segunda mitad del siglo (Segreti, 1973:
155-164), de manera que Córdoba llegó a tener unos siete mil habitantes en la
ciudad, y más de cuarenta mil en la campaña. Por entonces se produjo un notable mejoramiento en las condiciones generales de vida, por la recuperación
del comercio, las obras ejecutadas en favor de los pobladores de la ciudad y la
instalación de fortines (Ghirardi, 2004: 32-35; Celton, 1993).
Bruno (1968: 423-437) cita varios documentos del Legajo 372 del Archivo General de Indias
(AGI), Sevilla. Existe en el Archivo del Monasterio Santa Catalina de Siena (AMSC) una copia
mecanograiada de la Carta del Obispo Sarricolea a Su Majestad, irmada en Córdoba el 20 de abril
de 1729, tomada de 76-4-47 (Charcas 372), AGI, guardada en Documentación Histórica, Caja 13,
Legajo 116, AMSC. Además, el Informe de la visita ad limina del Obispo Sarricolea, del 23 de noviembre de 1730, ha sido traducido y publicado en Barbero, Astrada y Consigli (1995: 129-137).
6
Sobre este aspecto ver Arcondo (1992: 135-136; 175-178; 272-273; 293).
5
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La comunidad de las monjas Catalinas de Córdoba, con ser de estricta
clausura, también se vio afectada por las condiciones y diicultades de esa
época, las cuales explican en gran parte las prescripciones dadas por el Obispo en 1734, como los motivos de las mismas.
El Monasterio Santa Catalina de Siena
Al momento de la visita comentada, este primer Monasterio de vida contemplativa femenina, erigido en 1613, llevaba unos 120 años de existencia e
iba creciendo, mientras compartía los avatares de Córdoba, prácticamente
desde la fundación de la ciudad (1573). La historia general de la Iglesia lo
tiene muy en cuenta (Bruno, 1967: 400-409); las mismas monjas han narrado
su vida religiosa en los dos primeros siglos de existencia7 y en los últimos
tiempos se han publicado varios estudios8.
De los prelados diocesanos tuvo esta comunidad monástica constante y
apreciable ayuda. En su primera década de vida, recibió valiosas recomendaciones del Obispo Cortázar, que realizó la primera visita canónica en 1619
(Arancibia, 2016: 149-168). Luego el Obispo Maldonado de Saavedra (16321661) ayudó a las monjas a ubicarse en un solar más adecuado, dio nuevo
aliento a la fundación en un momento difícil y colaboró en la construcción
del primer templo (Bruno, 1967: 408-409). Algunas décadas después, el
Obispo Francisco de Borja (1668-1679), haciendo una visita comprobó la estrechez en que vivían las religiosas y les permitió ensanchar las dependencias
del convento.9 En el siguiente siglo, el Obispo Sarricolea y Olea (1726-1731),
cuya descripción de la diócesis se ha mencionado antes, elogia la vida observante y virtuosa de las 58 monjas Catalinas de ese tiempo;10 y designó además
un síndico que las ayudara, porque la administración del convento no marchaba bien (Bruno, 1968: 431). En su carta al rey, el Obispo da cuenta de la
Tercer Centenario (2014); Historia del Monasterio (2014).
Me reiero a los libros de Ponza (2012); Arancibia y Ponza (2015) y a los artículos de Nieva
Ocampo y González Fasani (2008: 23-54); Nieva Ocampo (2008: 263-305).
9
Tercer Centenario ( 2014: 226-227).
10
En su carta al Papa, escribe el Obispo: “Dos monasterios de monjas subordinadas al Ordinario,
el uno de Santa Catalina de Siena, el otro de Carmelitas Descalzas, están en pleno vigor por la observancia de sus reglas, y a tal punto fragantes por el perfume de sus virtudes que pueden ser de
emulación y admiración para otras del mismo instituto en todas partes”. Informe de la visita ad limina del Obispo Sarricolea, 23 de noviembre de 1730, en Barbero, Astrada y Consigli (1995: 133).
7
8
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tremenda pobreza que las monjas padecían con plena resignación.11 Se comprende, pues, que en su relación escrita ellas mismas agradecieran al Obispo
la providencia de darles nuevo síndico.12 En esa misma narración, también
hacen mención de la peste, que tiempo atrás había asolado a la población.13
Como se comprueba, la comunidad monástica compartió por entonces
los problemas de los vecinos de Córdoba; sobre todo la inseguridad, escasez
de recursos, enfermedades y epidemias, con los consiguientes riesgos de vida.
Respecto a los medios para la subsistencia, las novicias pagaban al ingresar
una dote elevada que se utilizaba para obtener rentas y el Monasterio poseía
propiedades de casas y campos. No obstante la situación económica antes
referida les obligaba a acumular deudores y a pasar tiempos de extrema necesidad, agravados por carecer de buenos administradores, que eran imprescindibles para atender a una comunidad de mujeres de claustro.14
Un hecho curioso sucedió en la iglesia del Monasterio, andando el año
1732, poco antes de la visita. El gobernador Juan de Armaza y Arregui quiso
tomar allí posesión de su cargo, ya que los gobernadores del Tucumán habían
introducido el mal precedente de asumir en los atrios de las iglesias (Bruno,
1968: 512-514). En este caso, puede haber inluido que su madre viuda, doña
Ana María Arregui de Armaza, había profesado en 1697 como monja de Santa
Catalina, donde fue priora tres veces (1716, 1719, 1734) (Arancibia y Ponza,
11
“Uno y otro [monasterio] hallé casi en extrema necesidad, pasándola con ejemplar resignación; manteniéndose las escogidas esposas de Dios, con que no se contentaran los más viles
siervos de los hombres, sin saber lo que era carne, ni pescado, pan ni otra vianda de usual
y sustancial alimento los más días del año, como que todos fuesen de una cuaresma la más
austera y penitente, reduciéndose sus pobres refectorios a meras legumbres y frutas cocidas...”
Carta del Obispo Sarricolea a Su Majestad, 20 de abril de 1729, AGI 76-4-47 (Charcas 372),
transcripción en Documentación Histórica, Caja 13, Legajo 116, AMSC.
12
Historia del Monasterio (2014: 32-39). Este síndico fue don Silvestre Fernández Valdivieso y
Arbisú que duró tres años en el cargo (1727-1730), haciendo lo posible por mejorar la tarea de
los síndicos anteriores, aunque luego renunció para atender mejor a sus asuntos personales, en
Historia del Monasterio (2014: 41-42).
13
Historia del Monasterio… (30;32).
14
Escriben las religiosas del Obispo Sarricolea: “Hizo mucho bien a los Monasterios de religiosas,
recaudándoles sus deudas y nombrándoles síndicos inteligentes y de autoridad que administrasen
sus bienes”. Y a continuación copian de la dicha carta del Obispo al Rey (1729): “Informado de
sus gravísimas necesidades y de que no nacían de falta de incas y rentas, persuadiéndome a que
provenían de la mala administración, procuración y cobranzas de ellas, habiendo corrido éstas
antes y corriendo entonces por manos de hombres menos a propósito por su pobreza, poca autoridad y respeto”, Historia del Monasterio (2014: 35). Ver también, Nieva Ocampo (2008: 321-443).
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2015: 75; 91; 93; 97;185). Práctica que luego el Obispo Zevallos rechazó, disponiéndose que -hecha la acción de gracias en la iglesia-, la toma de posesión se
realizara en el Cabildo, y así fue conirmado por la Audiencia.15
Otro suceso de ese tiempo es digno de mención, porque permitió a las
monjas conocer de cerca la triste experiencia de muchachas cautivadas por
los indios. José López de la Vega pidió a la priora (1737) que su hijita Catalina
de trece años, liberada del cautiverio indígena en la frontera del Río Segundo
(Córdoba), pudiera cumplir la promesa que ella había hecho de servir gratis
al Monasterio por algún tiempo, junto con una chinita de ocho años, con ella
liberada. Así lo concedieron las monjas, guardando memoria del episodio.16
En el tiempo de la visita, era priora la madre Úrsula de la Trinidad Ceballos elegida en septiembre de 1731, por 42 vocales que formaban el Capítulo
de electoras; religiosa ésta de importantes vínculos familiares, dentro y fuera
del Monasterio.17 En su trienio de gobierno (1731-1734) se dice que no hubo
profesiones religiosas, aunque se duda si faltaron o no se apuntaron, dado que
los registros no se llevaban con todo rigor (Arancibia y Ponza, 2015: 97). Como
se verá luego, el Obispo incluyó una prescripción sobre este tema en el Auto
de visita. De todos modos, la comunidad era bastante numerosa. Casi sesenta
monjas menciona el informe del Obispo anterior, Sarricolea y Olea. En efecto, durante la década anterior a la visita (1724-1734) habían profesado ocho
monjas18 y en la siguiente (1734-1744) emitirían sus votos otras trece.19 Por
aquel tiempo, fue capellán del Monasterio el doctor don José de Argüello, por
el lapso de unos doce años (1731-1743)20, sacerdote nombrado varias veces en
el relato de las monjas, donde aparece también con los títulos de iscal y vicario del Obispo, mencionando incluso su valiosa colaboración para la puesta en
práctica de lo determinado en la visita.21
Carta del Obispo de Tucumán, don José de Ceballos, a Su Majestad, del 28 de abril de 1738 y
proveído del Fiscal del 9 de julio de 1740, Charcas 372, AGI, reseñados en Pastells (1948: 313-314).
16
Historia del Monasterio (2014: 69). Carta de José López de la Vega al Obispo, 17 de noviembre de
1737, Legajo 9, Tomo I, [Documento 41], Archivo del Arzobispado de Córdoba (AAC), Córdoba.
17
Historia del Monasterio (2014: 45-46); Arancibia y Ponza (2015: 73-74).
18
Cf. Ibidem: 93-96.
19
Cf. Ibidem: 97-103.
20
Capellanes Monasterio Santa Catalina, s/f, Documentación Histórica, Caja 13, Legajo 132,
AMSC; y también en Manuscritos e Historiales, Caja s/n, AMSC.
21
Cf. Historia del Monasterio, o.c., 2014: 46. 53. 54. 55. 56. 66. 74. 185.
15
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Además de las monjas, vivían en el Monasterio un número grande de personas, formado por diversos grupos de mujeres acogidas en la clausura por
varios motivos: niñas recibidas para su educación, criadas y siervas al servicio
de la comunidad. La visita del Obispo, como se dirá, fue precisamente una ocasión para registrar y regular la presencia de estas personas. Un informe de 1735,
redactado por mandato del Obispo visitador, ofrece este recuento preciso: 35
niñas educandas de origen español y 67 criadas al servicio de los múltiples trabajos que exigía la vida de entonces; entre estas últimas, había esclavas y libres,
tanto negras, como pardas e indias, más otras cuya condición no se apunta.22
Por documentos de años posteriores, se sabe que el convento seguía recibiendo
a señoras recogidas por diversas razones.23 Frente al Monasterio, al igual que
junto a los otros conventos, existía una ranchería que albergaba familias enteras
de gente libre o esclava, que en parte trabajaban para la comunidad monástica
y en parte ofrecían a distintas personas o familias sus oicios y otras changas.24
Estos datos relejan por un lado la composición y características de la sociedad
de aquel tiempo, y por otro los servicios que la comunidad religiosa brindaba. Es
decir: la protección de mujeres en diversas situaciones de riesgo; la educación de
niñas que carecían de escuela pública; el ofrecimiento de trabajo y mano de obra
a gente de menor condición social; por supuesto, con los diversos inconvenientes
de allí derivados, y que el prelado debió atender con oportunas decisiones.
Entre las 67 serviciales se apuntan 4 al servicio de la sacristía, 11 en la panadería y cocina, 48
criadas de las religiosas, más 4 recogidas (entre ellas 2 pardas y una india). Cf. Razón de las niñas
españolas que hay en el convento de Santa Catalina de Sena en la ciudad de Córdoba, s/f, Legajo
9, Tomo I, [Documento 21], AAC. Publicada de forma incompleta en Historia del Monasterio,
2014: 181-185, según Manuscritos del AMSC. Cf. Nieva Campo y González Fasani, 2007.
23
En el Legajo 9 Tomo I del AAC se guardan licencias varias relacionadas con mujeres recogidas
en el Monasterio: Año 1737: Teresa Salguero [Documentos 30 y 33], Josefa Catalina Barzola [Documento 35], Luisa Álvarez de Toledo [Documento 44]; Año 1738: Catalina Ladrón de Guevara
[Documento 46], María de Carranza [Documento 47]; Año 1740: Antonia de Molina [Documento
60]. Consta que en el año 1775 vivían en el Monasterio un total de 19 seglares recogidas, de más
de 30 años de edad: Informe del Síndico del Monasterio, Manuel Antonio de Arze, octubre de 1775,
Manuscritos e Historiales, Caja s/n, AMSC, publicado en Historia del Monasterio, 2014: 187-206.
24
Un listado del año 1737 menciona 133 esclavos al servicio del Monasterio, 67 varones y 66
mujeres: Razón de los esclavos y esclavas del convento de Santa Catalina de Sena, 9 de diciembre
de 1737, Legajo 9, Tomo I, [Documento 38], AAC. Cf. Nieva Campo y González Fasani, 2007:
14. Un padrón de in del siglo (1795) enumera en la ranchería de Santa Catalina un total de
238 personas, incluidos los niños de toda edad que vivían con sus padres: Padrón de personas
de ambos sexos, y de todas edades, que comprenden las rancherías [1795] de los Monasterios de
Santa Teresa, Santa Catalina, Santo Domingo y Colegio de Loreto, Legajo 20, Tomo I, AAC.
Publicado en Historia del Monasterio, 2014: 207-227.
22
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El Obispo Gutiérrez de Zevallos
El decimosegundo Obispo de Córdoba del Tucumán fue el doctor don José
Antonio Gutiérrez de Zevallos El Cavallero. Pertenecía al clero secular, era
oriundo de Burgos, y había estudiado cánones en Salamanca. Todavía joven, se
desempeñó como inquisidor en América (Cartagena y Lima); y en torno a los
cincuenta años de su edad, fue designado Obispo de Córdoba.25 Gobernó su
primera diócesis sólo durante siete años (1733-1740), siendo promovido luego
al arzobispado de Lima, donde murió pocos años después (1745). Por su forma
de ser y de actuar dejó una cuantiosa documentación, que ha permitido estudiar y describir en detalle todo su breve e intenso ministerio.26
Las religiosas de Santa Catalina, al escribir su propia historia, registraron
con interés los testimonios de su llegada a la diócesis y de una primera visita
que realizó al convento como nuevo pastor.27 Al poco de asumir su cargo,
inició una extensa recorrida pastoral que le llevó dos años y medio. Comenzó
por la sede episcopal, donde visitó el Cabildo eclesiástico y los dos monasterios de monjas. Luego emprendió viaje hacia el norte, recorriendo pueblos y
ciudades, curatos, iglesias y capillas, hasta Salta y Jujuy. A su paso, iba disponiendo lo necesario en los asuntos pertinentes a su ministerio e informando
sobre todo lo visto y actuado. Con las monjas carmelitas de Córdoba tuvo un
largo y violento conlicto, comenzado en la dicha visita, que duró largo tiempo y ocupó gran parte de su administración.28 Muy distinta fue la experiencia
con las religiosas Catalinas, como se dirá más adelante. Su obra preferida fue
Las cualidades de Zevallos al ser propuesto para Obispo, más algunas características de la
diócesis de Córdoba, iguran en el proceso hecho por el Nuncio en Madrid (1730-1731): cf.
Consigli y Astrada, 1999: 151-176.
26
Cf. Bruno, 1968: 438-521.
27
Cf. Historia del Monasterio, 2014: 46-48; hacia el inal de esas páginas se menciona también
la visita canónica, cuyo Auto recoge luego parcialmente. Datos y citas tomados de: Acta sobre la
entrada y toma de posesión del Obispo Zevallos, 31 de mayo de 1733, Libro de Actas Capitulares
del Cabildo eclesiástico de Córdoba, Nº 1 (1681-1748), f. 272v-275r, AAC; Carta del Obispo Zeballos a Su Majestad, 20 de agosto de 1734, 76-4-47 (Charcas 372), AGI, transcripción en Legajo
54, Tomo 4, [Documento 37], AAC; y Carta del Obispo Zeballos a Su Majestad, 13 abril de 1735,
76-4-47 (Charcas 372), AGI, transcripción en Legajo 54, Tomo 4, [Documento 38], AAC.
28
Del conlicto con las monjas carmelitas de Córdoba, que en parte comprometió al de Santa
Catalina porque allí fue recluida la priora, existe suiciente documentación en el AAC y en el
AGI, utilizada por Bruno en su detallada descripción (1968: 457-481).
25
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la reducción de los indios Vilelas, a la cual dedicó tiempo y recursos en abundancia, aunque los resultados no estuvieron de acuerdo con sus esfuerzos.29
Es interesante recoger lo que se airma sobre su personalidad, ya que permite comprender mejor su manera de actuar en los diversos asuntos. De él
airma el padre Bruno, habiendo estudiado toda la documentación existente,
que en su persona convergen dotes y matices encontrados; por un lado, aparece como el jurista riguroso, y por otro como el pastor bondadoso.
“El obispo Zevallos fue el hombre de los contrastes llevados hasta el
exceso. En él la rigidez austera del juez se junta con las ternuras de la
paternidad complaciente y abnegada, para formar de rechazo al grande
Obispo, solícito, emprendedor e incansable. Lleva de ventaja a su rigidez,
pundonorosa en demasía, el haberla empleado tan sólo con personas responsables, y de las que podía exigir lo más. Con el indio y la gente desvalida, el señor Zevallos fue bueno a boca de costal” (Bruno, 1968: 521)
Al estudiar la visita de este prelado al convento de Santa Catalina en Córdoba, se podrán ver allí relejados esos aspectos contrastantes de su personalidad.
La visita canónica de 1734 y un Auto compuesto de varias partes
Después de la primera visita canónica del Obispo Cortázar (1619), otros
varios prelados diocesanos ayudaron a las monjas dominicas de Santa Catalina
con sus recomendaciones y disposiciones, tanto en aspectos materiales como
espirituales de su vida consagrada en el claustro. Al respecto, ya fueron mencionados los obispos: Maldonado de Saavedra, Francisco de Borja y Sarricolea
y Olea.30 De todos y de cada uno de los prelados diocesanos, recibieron además
las oportunas y debidas licencias, como se apuntaba en sus registros monásticos de profesiones y elecciones; así lo relatan ellas mismas en la historia que
escribieron. Pero ¿alguno de los obispos de entonces realizó una visita canónica con las formalidades acostumbradas? No tenemos aún la respuesta precisa.
Los desvelos pastorales y humanitarios del Obispo Zevallos en favor de los indios Vilelas,
a quienes intentó reunir en unas pocas reducciones, son relatados por el padre Bruno, quien
la llama “la obra predilecta” de este prelado. Bruno, 1968: 482-493. También, Bruno, 1966: los
Vilelas (65-67), como parte de una extensa descripción de los pueblos originarios (35-80).
30
Cf. también Nieva Ocampo y González Fasani (2008), En nombre: 301-319.
29
128
Itinerantes. Revista de Historia y Religión 8 (2018) 117-146
Visita del obispo Gutiérrez de Zevallos al monasterio Santa Catalina de Siena. Córdoba, 1734
Desde el Auto de Cortázar (1619) hasta el de Zevallos (1734) aún no se ha encontrado la mención expresa de alguna visita canónica, en términos precisos.
Sin embargo, puesto que al comienzo de su Auto el Obispo Zeballos apunta:
“de treinta años a esta parte, que se hizo la última visita”,31 es muy probable que
se reiera al decreto del Obispo Fray Manuel Mercadillo, que en 1700 estableció
varias disposiciones para los dos monasterios femeninos de Córdoba, sin mencionar propiamente una visita canónica.32 Este mismo Obispo pudo concretar
inalmente el ansiado traslado de la sede episcopal de Santiago del Estero a
Córdoba, y estando sin acabar la matriz de esa ciudad, señaló como catedral la
iglesia del Monasterio Santa Catalina (Bruno, 1968: 334).
Conviene recordar también, que los obispos solían visitar a la comunidad
en diversas circunstancias y sin duda dejaban sus oportunos consejos; pero
es probable que no siempre se tratara de una visita canónica, propiamente
dicha.33 Por lo demás, el Libro de Visitas canónicas del Monasterio, comenzó
a llevarse recién unos cuarenta años después (1782).
La visita del Obispo Zevallos tuvo lugar en la primera quincena de abril
del mencionado año (1734), durante algunos días. El prelado airma en la introducción del Auto y con el estilo de la época, que ha conversado con todas
las religiosas y novicias, sobre su vida, costumbres, oicios y empleos, además
de lo referente a la administración, en orden al cumplimiento de sus Reglas y
Constituciones y con el cuidado que se requiere.34
Auto del Obispo Gutiérrez de Zevallos, 11 de abril de 1734, Nº 1 (Auto 4, como se describe
más adelante).
32
En efecto, Fray Manuel Mercadillo OP, Obispo del Tucumán (1698-1704) en un Auto del
25 de noviembre de 1700, sin referencia a visita alguna, decretó varias disposiciones para los
Monasterios de Santa Catalina y Santa Teresa, acerca de: apertura y cierre de las puertas principales del convento; vestimenta de las monjas; oicios y servicios de la comunidad; uso de los
locutorios y visitas. Cf. Legajo 9, Tomo I, [Documento 3], AAC.
33
Por ejemplo, fray Nicolás de Ulloa, agustino, Obispo del Tucumán (1679-1686) airma en un
Informe de visita ad limina (1681): “Visité los dos santos monasterios de monjas que se hayan
fundados en Córdoba, uno de Santa Catalina, otro de las Carmelitas Descalzas del Orden de
Santa Teresa, he intentado según mis fuerzas, aumentar la observancia y restaurar los... [roto]
casi abandonados.” en Barbero, Astrada y Consigli, 1995: 84. No consta, sin embargo, que haya
hecho una visita canónica a esos conventos, con las formalidades del derecho.
34
“En la causa de visita, inquisición y pesquisa secreta, que de oicio de la justicia y jurisdicción eclesiástica hemos hecho del Monasterio de nuestras más amadas hijas Religiosas de
Santa Catalina de Sena de esta ciudad en orden a la guarda y observación de sus Reglas y
Constituciones cumplimiento de la Madre Priora Úrsula de la Trinidad y demás oicialas en
sus empleos, y oicios vida y costumbres de cada una de dichas Religiosas y Novicias y de la
31
Itinerantes. Revista de Historia y Religión 8 (2018) 117-146
129
José María Arancibia
En este caso bastante singular, el Auto irmado por el Obispo y el notario
está compuesto de varias partes, con fechas distintas, y de él existen versiones
con algunas diferencias. A continuación se describe primero este múltiple
documento, iel relejo del talante jurídico de Zevallos, y en el número siguiente se da cuenta de su contenido en el contexto correspondiente.
Descripción del Auto con sus partes:35
- Auto 1: Córdoba, 5 de abril de 1734. Es breve y manda copiar las actas de
elecciones de prioras del primer cuaderno y una hoja suelta con la elección de la priora en ejercicio, y dispone que en adelante se anoten todas
las actas en dicho libro.36
- Auto 2: Córdoba, 5 de abril de 1734. Es breve y ordena cómo y dónde se
han de asentar las tomas de hábito y las profesiones de las monjas.37
- Auto 3: Córdoba, 6 de abril de 1734. Se trata de un Visto dado y irmado
por el Obispo Zevallos en el Libro de censos que llega hasta 1730.38
- Auto 4: Córdoba, 11 de abril de 1734. Es el más completo y contiene 23
disposiciones sobre varios asuntos.39
- Auto 5: Córdoba, 28 de abril de 1734. Aclaración de los capítulos 7º y 3º
del Auto 4.40
administración y gobierno de sus rentas, y libros de cuentas, de su recibo y gasto. Oídas sobre
todo cada una de las dichas Religiosas de por sí, y considerado, y consultado y con la relexión
y cuidado, que pide la gravedad del asunto”. Auto del Obispo Gutiérrez de Zevallos, 11 de abril
de 1734, Introducción (Auto 4, como se describe más adelante).
35
Esta numeración de las partes del Auto episcopal ha sido añadida aquí, para mayor orden y
claridad en la descripción del documento y de su contenido.
36
Auto del Obispo Gutiérrez de Zevallos, 5 de abril de 1734, apuntado en Libro de Elecciones I,
f. 5v-6r, AMSC (en adelante Auto 1); además, de él se hace referencia en el N° 19 del Auto 4.
37
Auto del Obispo Gutiérrez de Zevallos, 5 de abril de 1734, escrito en Libro de Profesiones I,
16v-17r, AMSC (en adelante Auto 2); además, de él se hace referencia en el N° 19 del Auto 4.
38
Visto del Obispo Gutiérrez de Zevallos, 6 de abril de 1734, del Libro de Censos 1730 – Resumen general, llevado por el síndico Fernando Valdivieso y Arbisú, Documentación histórica,
Caja 4, Legajo 39, AMSC (en adelante Auto 3).
39
Auto del Obispo Gutiérrez de Zevallos, 11 de abril de 1734, 76-4-47 (Charcas 372), AGI,
transcripción mecanograiada en Legajo 57, AAC, y fotocopia de un manuscrito (sin referencia de origen y aún sin catalogar), AAC (en adelante Auto 4). Las diferencias entre uno y otro
son mínimas y no afectan el contenido. Para preparar la mención incompleta incluida en la
obra: Historia del Monasterio, 2014: 49-52, se hicieron dos copias manuscritas conservadas en
Manuscritos e Historiales, Caja s/n, AMSC (completa, semejante a Legajo 57 del AAC) y en
Documentación Protocolizada, Prot. Nº 136/1907 (incompleta), AMSC.
40
Auto del Obispo Gutiérrez de Zevallos, 28 de abril de 1734, 76-4-47 (Charcas 372), AGI, transcripción mecanograiada en el Legajo 57, AAC y fotocopia de un manuscrito (sin referencia de
130
Itinerantes. Revista de Historia y Religión 8 (2018) 117-146
Visita del obispo Gutiérrez de Zevallos al monasterio Santa Catalina de Siena. Córdoba, 1734
- Auto 6: San Miguel de Tucumán, 19 de noviembre de 1734, con decisión
del 25 del mismo mes y año. Conirma y completa todo lo dispuesto sobre
niñas educandas y criadas, ordenando a la priora y al vicario redactar y remitir una memoria de todas las seglares que haya dentro y de las criadas,
con indicación de a quien sirve cada una.41
- Auto 7: Córdoba, 15 de enero de 1735. Razón de las niñas españolas que
hay en el convento de Santa Catalina de Sena en la ciudad de Córdoba.
Incluye además las serviciales del convento y las criadas de las religiosas.
Firmado por el Dr. José de Argüello y la priora Ana de la Concepción.42
Sigue la provisión del Obispo, en 2 de marzo de 1735, disponiendo que
esta memoria sea añadida a los Autos de la visita.
Disposiciones del obispo en la visita
A continuación, se describe todo lo dispuesto por el Obispo en su visita,
ordenando por grandes temas las prescripciones del múltiple Auto, y citando
textualmente las frases más importantes.43
Buena opinión sobre las responsables. Agradecimiento y expectativa de
perseverancia
Declara el Obispo que terminada la visita, desde la última que se hizo
treinta años antes, tanto la priora como las monjas en sus cargos “han cumorigen y aún sin catalogar), AAC (en adelante Auto 5); publicado parcialmente en Historia del Monasterio, 2014: 53. En realidad, en este complemento no se aclara el punto tres sino el dos; confusión probable porque en varias versiones algunos capítulos no llevan el título que les corresponde.
41
Auto y Decisión del Obispo Gutiérrez de Zevallos, 19 de noviembre de 1734 y 25 de noviembre de 1734, Documentación Histórica, Caja 14, Legajo 7, AMSC (en adelante Auto 6), publicado en Historia del Monasterio, 2014: 54-56.
42
Razón de las niñas españolas que hay en el convento de Santa Catalina de Sena en la ciudad
de Córdoba, s/f, Legajo 9, Tomo I, [Documento 21], AAC (en adelante Auto 7). Publicado de
forma incompleta en Historia del Monasterio, 2014: 181-185, según manuscritos del AMSC.
La Razón, fue remitida con Carta del vicario José de Argüello al Obispo, del 15 de enero de
1735, Legajo 9, Tomo I, [Documento 22], AAC. Al pie de la misma se añade: “Póngase en los
Autos de visita de dicho convento. Proveyó el Sr. Ceballos, en dos de marzo de 1735”. Carta y
proveído fueron publicados en Historia del Monasterio, 2014: 56.
43
Los títulos no son del original, sino que han sido redactados expresamente para esta presentación, actualizada y abreviada, de todo lo airmado y mandado en el Auto.
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131
José María Arancibia
plido, y cumplen, con las obligaciones de sus oicios, con mucho celo, religiosidad y virtud, de que les damos las más debidas gracias, esperando, que así
lo ejecuten en adelante” (Auto 4.1).
Comunidad muy observante: consuelo del prelado y esperanza de mayor
reforma
La comunidad toda es “muy religiosa y observante de su Regla y
Constituciones,44 asistencia al coro, rezo, y oración, y demás actos de comunidad, como en la igualdad, comunidad, humildad, y modestia de su hábito,
y traje, asegurando, que de ver, y experimentar todo lo referido hemos sentido muy gran consuelo interior en el Señor prometiéndonos de sus deseos,
que han de adelantar su reforma a mayor perfección” (Auto 4.2).
Observancia de la clausura monacal
Buena se declara la costumbre introducida 17 años antes, de poner velos
en los locutorios, y que se puedan quitar para la visita de padres y hermanos,
con licencia de la priora; así también el hábito de cubrirse con ellos el rostro,
delante de otras personas que ingresan al convento y en la portería (Auto 4.2).
Aunque -como añadió luego el mismo Obispo- la priora puede autorizar que
se abran también ante miembros del cabildo eclesiástico, prelados, gobernador
y de otros, según convenga (Auto 5). Asimismo para respetar dicha clausura,
los médicos, confesores u oiciales que ingresen deben ser acompañados por
las monjas celadoras y la priora (Auto 4.6). A su vez, la puerta falsa sólo se ha
de abrir, y con recato, para el ingreso de materiales que no pueden ingresarse
por el torno o la puerta reglar (Auto 4.18). Y en el patio que está entre la puerta
reglar y la iglesia, se ha de levantar un arco de ladrillo con portón ancho y un
postigo pequeño, para que no se recojan allí los facinerosos (Auto 4.21).
Reglas y Constituciones: según el Inventario del archivo del Monasterio hecho en 1727, las
monjas tenían: “Un librito la Regla de San Agustín y Constituciones de las religiosas de Santo
Domingo”: Razón e Inventario de las escrituras y demás documentos que se hallan en el archivo
del monasterio de Santa Catalina de Sena, 27 de agosto de 1727, Documentación histórica,
Caja 4, Legajo 37, AMSC. Aunque no se apuntaron más datos en dicho elenco, se debía tratar
de las Reglas y Constituciones de la segunda Orden, muy bien descriptas en sus distintas versiones en de Cos, 2015.
44
132
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Visita del obispo Gutiérrez de Zevallos al monasterio Santa Catalina de Siena. Córdoba, 1734
Alabanza continua y iestas cantadas
Sobre el primer objetivo del convento, se dice que es “el principal ejercicio de su santo instituto asistir continuamente en el coro, cantando a Dios
muchas alabanzas”, y para que ello se haga con armonía, se prescribe “que se
tenga todos los días lección de canto llano, y música”; recordando que así lo
mandaban las Constituciones.45 Esa continua alabanza de las monjas es como
la respuesta de la esposa, escogida y amada, a Jesucristo su Esposo que la
llama e invita a su trono.46 Las mismas monjas deberán cantar por sí mismas
todas las iestas, que serán las del Rosario, Santa Catalina y la Visitación,47 sin
otros músicos o instrumentistas (Auto 4.7). Si bien luego el mismo Obispo
aclaró que en dichas iestas “se puedan tocar chirimías a la puerta de la Iglesia,
y dentro, algunos instrumentos, cuando el Señor está maniiesto, y el coro en
silencio; por algunos hombres de afuera, eclesiásticos o seculares” (Auto 5).
Ejercicios espirituales para crecer en virtudes
Se agradece a Dios la loable costumbre introducida años atrás, de hacer
cada año los Ejercicios Espirituales de San Ignacio48, y “deseando cada día
nuevos aumentos de virtud”, más aún viendo “unos espíritus tan solícitos de
La Regla de 1625, n° 26, había dispuesto “el canto fuese sin tono (...) hasta que hubiese quien
las enseñase el canto gregoriano o de los órganos”, en Ponza, 2012: 138. En cambio las Constituciones de la 2a. Orden (1690) mandaron en el n° 15: “Estudien con cuidado las Novicias,
y las demás que son para ello, el canto y el rezo”, aunque no mencionan lecciones diarias de
canto y música, como dice el Obispo en su Auto. Y como ordena el comentado Auto (4.7) las
monjas debían cantar por sí mismas las principales iestas religiosas y -con algunas condiciones- podían admitir en la iglesia a músicos ejecutantes (Auto 5). El lugar importante del canto
y la música en ese momento, y precisamente en el Monasterio Santa Catalina, ha sido objeto
de interesantes estudios: cf. Pedrotti, 2013 y Restifo, 2010.
46
De esta forma, el Obispo destaca el aspecto cristológico, esponsal y eclesial de la alabanza divina, tarea principal de la vida contemplativa, inspirado probablemente en imágenes bíblicas,
tomadas del Cantar de los cantares o de los Salmos.
47
La iesta de la Visitación, celebrada en ese tiempo el día 2 de julio, fue siempre importante
en este Monasterio fundado precisamente ese día del año 1613.
48
La costumbre de realizar cada año los Ejercicios Espirituales de San Ignacio en un convento
dominicano, no prescriptos por las Constituciones, se explica probablemente por la decisiva
inluencia que tuvieron los padres jesuitas en la fundación del Monasterio Santa Catalina y en
la redacción de su primera regla, que fue una adaptación de la teresiana hecha por el padre
Diego de Torres SJ. Cf. Ponza, 2012: 33-38.
45
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133
José María Arancibia
la mayor perfección”, se manda que se tengan todos los años, empezando el
día de la Ascensión, con el anhelo de que “sean más meritorios con el incomparable valor de la virtud de la santa obediencia”; y a la priora corresponderá
repartir las ejercitantes por semanas (Auto 4.3).
Vida comunitaria en situación de precariedad
El convento resultaba muy incómodo en días de lluvia, porque las celdas
y oicinas estaban distantes, sin tránsitos cubiertos que las conectaran; por
ese motivo se dispuso, que la priora “en tales ocasiones pueda dispensar en la
asistencia al refectorio a las Religiosas, con tal que de las que viven más cerca
asistan cuatro, o cinco, y cumplan en todo el acto de comunidad”: lectura
espiritual y bendiciones antes y después de la mesa (Auto 4.4). A su vez, el
dormitorio común resultaba insuiciente, y aunque descansar allí es “un acto
de comunidad muy importante y de gran mérito”, la priora velará para que
“asistan y duerman en él -como se hace- todas las que cupieren, señalando
las que lo puedan hacer con menos incomodidad” (Auto 4.5).49 Deberá construirse además, “otro corredor por la parte de adentro de dicha portería, por
el desabrigo que padecen las religiosas en acudir a ella” (Auto 4.21). Respecto
a las monjas enfermas, aunque la suma pobreza ha “impedido el uso común
de enfermería, en que se curen las Religiosas, porque el hacerlo así es un acto
de mucho mérito, mandamos que todas, excepto alguna, que a juicio y dictamen del médico no se pueda remover, se curen en ella, y que a la pieza de esta
destinación se agregue la celda inmediata, como lo ha estado, disponiendo
otra para la Religiosa que la vive, y que se disponga toda la ropa, y demás
menaje necesario” (Auto 4.10).50
En el capítulo IX de las Constituciones, se ordenaba que las monjas durmieran en un dormitorio común. La carta citada del Obispo Sarricolea (1729), menciona entre las obras realizadas:
“un insigne dormitorio alto, que se ha hecho en el de Santa Catalina, cuya crecida comunidad
se recoge allí, con bastante desahogo”, Carta del Obispo Sarricolea a Su Majestad, 20 de abril
de 1729, 76-4-47 (Charcas 372), AGI, transcripción en Documentación Histórica, Caja 13,
Legajo 116, AMSC, publicada en Historia del Monasterio, 2014: 36. Parece, pues, que algunos
años después el dormitorio común ya no resultaba suiciente.
50
Desde la Regla de 1625, es notable la atención y cuidado de caridad que la comunidad quiere
dispensar a las hermanas enfermas. Cf. Regla 1625, nn. 5. 16-17. 73-74, en Ponza, 2012: 136137.141. En las Constituciones de la 2º Orden, cf. capítulo VII.
49
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Visita del obispo Gutiérrez de Zevallos al monasterio Santa Catalina de Siena. Córdoba, 1734
Observancia de la obediencia y pobreza, con cierta mitigación
Para llevar la vida religiosa, se reconoce ante todo que “la pobreza sea
voto substancial de la Religión y que faltando a él, se quebranta también el
de la obediencia que lo manda, y comprende debiendo las Monjas vivir sin
propio y que todas las cosas en conformidad de la Regla sean comunes”51.
Pero al no poder practicarse de ese modo, “por no asistir la comunidad con
lo necesario” a las religiosas52, se permite mantener una costumbre pero evitando apego a la propiedad, y se manda hacer cada año -y no cada tres-, un
“inventario por escrito de todos los bienes y lo entreguen a la Madre Priora,
para que disponga de ellos, lo que quisiere; encargándoles, que lo hagan con
toda resignación y desarraigo”; “y las Religiosas no puedan vender ninguna
cosa, que sea de valor, sin nuestra licencia y de las menores y manuales, de la
Madre Priora” (Auto 4.13). Se prohíbe asimismo todo comercio ilícito y de
otro cualquiera, como se ha mandado, aunque no consta que el Monasterio
haya participado en tales negociaciones (Auto 4.17).53
Providencias particulares en razón de la pobreza
Dada la pobre condición del convento y de la gente de Córdoba en general,
se dispone que para las iestas “en el adorno de la Iglesia, y cera se gaste mucha
moderación, que es de lo que Dios se sirve en el estado de la humildad y pobreza que profesan y se ediica el pueblo”. Por lo demás, si alguien tuviere devoción de celebrar alguna Misa, se cante por el Capellán (Auto 4.7). En cuanto
a las Misas de difuntos para rezar por las monjas, esclavas o personas fallecidas
“no se manden decir [más] Misas, que las que en el dicho Capítulo [3° de las
La posesión común de los bienes, estaba dispuesta por la Regla de 1625 nn. 41-50, en Ponza,
2012: 139. En las Constituciones de la 2º Orden, cf. capítulo XI.
52
Al describir más arriba la situación de la ciudad y del Monasterio, se menciona la escasez
de aquel momento y las muchas deudas sin cobrar, que seguramente impedían proveer a una
numerosa comunidad de todo lo necesario; de allí que familiares y amigos de las monjas le
acercaban bienes y provisiones.
53
Como fundamento de esta prohibición, cita el obispo una Cédula Real de 1730 y un Auto
suyo del 11 de agosto de 1733. Eso mismo había prohibido en la visita al Cabildo unos días
antes diciendo: “les está prohibido a los curas y demás clérigos el trato y comercio de comprar
para vender imponiendo además de las penas del derecho la de excomunión mayor ipso facto
incurrenda”, Autos de la Visita del Cabildo eclesiástico de Córdoba del Obispo Zevallos, 2 de abril
de 1734, 26-4-47, AGI, transcripción en Legajo 54, Tomo 4, [Documento 34], AAC.
51
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José María Arancibia
Constituciones]54 se ordenan, fuera del Novenario, que está en costumbre por
las Religiosas, y por los esclavos la Misa de cuerpo presente” (Auto 4.8). Sobre
la necesidad de completar la construcción de la deseada enfermería común, y
por el “atraso de las rentas, -ordena- que se gaste de los principales de dotes,
con tal que se haga libro, y que en él se forme cuenta aparte de entrada y gasto… que a todo obliga la caridad y como se ejercite en esta parte, como se debe
y conviene” (Auto 4.10). Acerca de la aceptación de novicias, en la referida
situación, y a in de evitar otros inconvenientes55, se manda bajo penas “que
de aquí en adelante no se reciba al hábito a ninguna, sin que primero asegure
los alimentos, o la dote”, según alguna de las modalidades propuestas (Auto
4.11). Por otro lado, ninguna seglar será admitida sin pagar, o asegurar con
bienes de valor, veinticinco pesos al año, entregando doce pesos y medio al comienzo de cada semestre (Auto 4.12); y no podrán permanecer las mayores de
veinticinco años que no hubieren pagado los seis meses por anticipado (Auto
4.16). Para llevar a cabo algunas otras obras mencionadas como necesarias, el
Obispo concedió una autorización especial; así lo dispuso respecto al arco de
ladrillos, al portón y las piezas de despensa en el patio de criadas y negros, y al
corredor para las religiosas; “para su costo de todo lo dicho damos licencia que
se saque la plata de la arca de tres llaves de cualquiera efecto, que sea, avisándonos de la cantidad para que despachemos licencia por escrito” (Auto 4.21).
Recorte de los servicios educativos en el Monasterio
Desde sus comienzos, el convento recibía niñas de corta edad para brindarles educación, por falta de escuela pública en la ciudad;56 no obstante,
En el capítulo III de las Constituciones se prescribía el rezo de varias oraciones por los difuntos, más cuatro misas de aniversarios al año: por los padres y madres; por bienhechores y
familiares; por los religiosos y religiosas de la Orden; y por todos los que están sepultados en
nuestros cementerios.
55
En el mismo Auto nombra un caso concreto, que fue la diicultad para profesar de “la Madre Ana de San Ignacio, que tiene año y medio de hábito y no lo ha podido conseguir”, si bien
profesó más tarde, el 26 de julio de 1735, con un tiempo de noviciado bastante prolongado. Cf.
Arancibia y Ponza, 2015: 98.
56
Muchos documentos atestiguan esta práctica y así lo reconocen las monjas en su historia, considerando que ésta era una obra de misericordia, para con niñas de muchos lugares: “Da. Leonor
de Tejeda, antes de fundar el Monasterio, admitía en su casa niñas, á las cuales enseñaba, como
queda ya insinuado al principio de esta historia. Después de la fundación, la Comunidad continuó ejerciendo esta obra de misericordia, en favor de las niñas, no solo de Córdoba, sino también
54
136
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Visita del obispo Gutiérrez de Zevallos al monasterio Santa Catalina de Siena. Córdoba, 1734
como las más pequeñas “no causan menos perjuicio a la quietud, y sosiego
del convento”, se manda “que las que no tuvieren los dichos siete años, salgan
del dicho convento dentro de quince días, y que en adelante no sea recibida
ninguna que no los haya cumplido” (Auto 4.16). En un Auto posterior se
conirmó todo lo relativo a limitar el número de niñas y criadas, mandando
además redactar una memoria de las seglares que vivían en el convento (Auto
6); memoria que fue debidamente redactada, al año siguiente (Auto 7).
Limitación de los servicios recibidos en el convento
A partir de la fundación del convento, muchos criados y criadas servían
allí a las monjas en sus necesidades cotidianas; y desde tiempo atrás, entraban
y salían con libertad de la clausura. Pero como esa antigua costumbre “está tan
llena de inconvenientes que ningún transcurso de tiempo la puede legitimar”,
se la declara ilegítima y se manda -bajo censuras- “que ninguna criada, ni criado, ni otra ninguna persona, hombre o mujer, entre, ni salga al dicho convento,
por ningún caso, por urgente, que sea, a excepción de confesor y médico, sin
nuestra licencia por escrito, que no la daremos, si no es muy urgente la necesidad” (Auto 4.14). Por lo que se sabe, el Monasterio disponía entonces de una
cantidad considerable de criadas57. Pero “porque el mucho número de criadas
adentro es también de grave perjuicio al silencio, como de embarazo a las Religiosas”, se manda que “ninguna Religiosa pueda tener, ni tenga más criada, sea
esclava de la comunidad o libre”, sino la que la priora asigne a las monjas más
necesitadas, después haber destinado algunas al servicio de la misma comunidad: sacristía (2), enfermería (2), cocina (2), panadería (6), portería (6). Todas
las demás criadas deben salir del convento en el plazo de ocho días (Auto 4.15).
de otras ciudades, recibiéndolas en calidad de pupilas, con muy corta pensión, é instruyéndolas
en lo más necesario y sobre todo, en sus deberes de cristianas. Varias de estas niñas fueron después muy buenas religiosas, en este mismo Monasterio y otras fueron el honor y consuelo de sus
familias; más adelante nos ocuparemos más estensamente de este asunto”, Tercer Centenario, o.c.,
2014: 152. Cf. también Historia del Monasterio, o.c., 2014: 57-59.
57
El Obispo cuenta al año siguiente (13 abril 1735), en la carta a Su Majestad citada más abajo,
que echó del convento “un sinnúmero de criadas”, y se puede tener idea de la enorme cantidad
que debe haber habido, considerando que cumplido el Auto episcopal quedaron 67, que aún
así superaban en poco el número de religiosas.
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José María Arancibia
Recomendaciones de piedad y virtud, también para las seglares
Aunque “las seglares nobles y demás criadas, que en el convento viven
muy ajustadamente oyendo Misa todos los días, con otros ejercicios de devoción”, se manda que en esta casa del Rosario se junten en la capilla de esa
advocación, por la tarde o mañana, y “le rezarán a coros juntamente, procurando hacerlo con entonada concordancia y buena claridad”. Se dispone, además, que todas “tengan cada año los santos ejercicios de San Ignacio”. “Y para
que en todo sean conformes, mandamos, que ninguna vista seda, ni franja, o
ribete de oro, ni plata, ni zapato de tacón, pena de ser expelidas para siempre
del Monasterio” (Auto 4.9) .58
Libros del Monasterio y contador
Dado que el Libro de Elecciones empezado no se había seguido, y que además llevaba un cuaderno de poca formalidad, -se dispone que- en dicho Libro
“a continuación de este Auto59 se copie la Instrucción a la letra que está al principio de dicho cuaderno y después se ponga minuta de todas las que se han
elegido Prioras y demás oicios, y después de puestas todas las que constan en
dicho cuaderno, se copie a la letra la elección que anda en un pliego suelto de la
M. Priora actual y de los demás oicios, y que hecho esto se escriban y asienten
las demás elecciones que en adelante se ofrecieren”; irmando a continuación
el prelado, la priora, la superiora, la maestra de novicias y alguna religiosa más;
“porque esto que no parece nada, es de suma importancia y de la primera obligación de las Prioras y sus secretarias es estar con los libros y la pluma en la
mano, así estos como todos los que tocan a lo temporal del convento, su buen
gobierno, y administración” (Auto 1 y Auto 4.19). Sobre el Libro de toma de
hábitos y profesiones “para que los asientos… corran en un tomo, y respecto
al poco papel que falta en este se aumente con otras tantas fojas el nuevo cuaderno de recepciones de hábitos y que dejando las dos partes para los asientos
de hábitos, se copie a la letra este Auto y que a continuación se copien las partidas todas antecedentes y se prosigan las que hubiere en adelante”, anotando
Si bien las seglares recogidas no estaban obligadas a la disciplina monacal, se comprende
que el Obispo haya querido promover entre ellas y con las monjas, una convivencia sencilla,
modesta y fraterna, evitando las diferencias propias de la sociedad en ese tiempo.
59
No consta que se haya copiado el Auto episcopal en el Libro de Elecciones ni en el de Profesiones.
58
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Visita del obispo Gutiérrez de Zevallos al monasterio Santa Catalina de Siena. Córdoba, 1734
el prelado autorizante, quien pone el velo, la priora, la superiora, la maestra de
novicias y irmando todos con la recién profesa (Auto 2 y Auto 4.19)60. Respecto a los libros de hacienda o administración, “que se guarden los que hemos
proveído en ellos”. Y considerando necesario “que tenga contador, que ordene
los libros, y que corra con ellos con la formalidad, y claridad, que es necesaria.
Y teniendo por muy a propósito a Don Francisco Luis de la Guerra, que lo es
de la Santa Iglesia Catedral le hemos nombrado por tal contador de los dos
conventos”. Nada se ha de hacer por tanto en estos asuntos, “sin que preceda su
parecer e informe” (Auto 4.20).
Inscripción y lectura del Auto. Futuras modiicaciones
Y para que todo lo dispuesto sea cumplido y las religiosas lo recuerden,
“mandamos, que el libro de elecciones se copie todo a la letra, y que se lea
en comunidad mientras la comida, o después, todos los viernes del primer
año, y en adelante tres veces en cada uno” (Auto 4.23). En relación a futuras
disposiciones: si el actual prelado o un sucesor suyo mandare algo contrario
a lo dispuesto, “mandamos, que precisamente se nos represente, y a nuestros
sucesores lo aquí ordenado, y prevenido, para que lo que se hubiere de resolver, y mandar, sea con vista de ello” (Auto 4.22).
Consideraciones inales
La impresión que se llevó el obispo de la visita fue realmente muy buena.
Así lo reconoce él mismo en una carta que escribe al rey, unos meses después61. Es verdad, sin embargo que en los primeros párrafos de ese escrito
coniesa haber tenido cierta prevención hacia las monjas62, pero luego declara
abiertamente su conformidad:
60
Las profesiones religiosas fueron anotadas desde entonces con regularidad, no así las tomas
de hábito que comenzadas a inscribirse en el mismo libro, pronto fueron abandonadas. El
Libro de Ingresos y tomas de hábito comenzó a llevarse propiamente desde 1809.
61
Carta del Obispo Zeballos a Su Majestad, Santiago del Estero, 20 de agosto de 1734, dando
cuenta del resultado de la visita que ha hecho de la ciudad de Córdoba, 76-4-47 (Charcas 372),
AGI, transcripción en Legajo 54, Tomo 4, [Documento 37], AAC.
62
Carta del Obispo Zeballos … p.10: “...y en los dos conventos de monjas por el mayor desorden en cuanto a bienes que como de mujeres hallé en ellos...”; (11): “Los conventos de monjas
me dieron más cuidado porque los hallé en muy grave relajación y mayor en el de Santa Te-
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“...y prosiguiendo en un estado de tranquilidad pasé al de santa Catalina
que me salió mejor de lo que pensaba porque en cada una de aquellas monjas hallé un espíritu muy deseoso de mayor reforma con que
teniendo atención al estado que había tenido las eché muchas criadas
y niñas seglares todas las que no llegaban a siete años cumplidos, y les
establecí rigurosa clausura, y nombré contador al mismo que ya lo era
para la catedral y todo lo obedecieron y admitieron y están ejecutando
y cumpliendo con ciega resignación y obediencia… Porque lo que tiene
destruido estos dichos conventos son sus mismos administradores por
no estar sujetos a cuentas ni haber un contador que los iscalice.”63
Mucho más expresiva todavía es la carta dirigida en esos meses al Arzobispo de La Plata o Charcas, de la cual Córdoba era sufragánea:
“Y teniendo concluida la visita de la ciudad y cabildo eclesiástico con
igual serenidad y consuelo de mi espíritu pasé a la del convento de Santa Catalina, que antes había recelado, y hallé unos ánimos y corazones
ediicativos a otros aún más fervorosos que el mío, llenos de ansias y
deseos de más reforma, clausura y mortiicación, con una profunda
y ciega resignación a cuanto les quisiera mandar y una observancia
y asistencia la más puntual a refectorio y a todos los demás actos de
comunidad, pero atemperándome a su más mitigado instituto les dispuse con más suavidad de las que ellas me inspiraban las ordenaciones
que en el estado presente de las cosas me parecieron convenientes, de
suerte que haciéndoselas saber quedaron muy agradecidas y las están
obedeciendo y cumpliendo en todo puntualmente. Remito a Vuestra
Señoría Ilustrísima testimonio de ellas y de las del cabildo eclesiástico
que sin embargo de la novedad de contador que también admitió el
convento de Santa Catalina (...) se está ejecutando y cumpliendo sin
las menores muestras ni señales de repugnancia...”64
resa...”; p. 12: “Y recelando alguna inquietud en el de Santa Catalina por su mayor numero y
más laxo instituto…”
63
Carta del Obispo Zeballos … p. 12-13.
64
Carta del Obispo José Gutiérrez de Zevallos al Arzobispo de La Plata, Dr. Don Alonso del Pozo
y Silva, Santiago del Estero 22 de julio de 1734, sobre la visita pastoral y disposiciones tomadas
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Visita del obispo Gutiérrez de Zevallos al monasterio Santa Catalina de Siena. Córdoba, 1734
Con palabras semejantes y siempre muy positivas se reiere a la misma
visita en otro informe al rey, escrito al año siguiente:
“El segundo de la Visita de santa Catalina de Sena en que establecí rigurosa clausura, echando todas las muchachas, que no tenían siete años
cumplidos, y un sinnúmero de criadas, y estableciendo que las seglares,
que entraren con la debida licencia paguen veinticinco pesos de piso,
que no se hacía y poniéndoles velos en bastidores de irme en los locutorios de su consentimiento con otras particularidades que constan de
dicho testimonio y todas se están observando con gran puntualidad,
porque me fue de mucha ediicación y consuelo el espíritu de resignación y deseo de mayor reforma que hallé en este convento.”65
En las cartas mencionadas, el Obispo narra con satisfacción todo lo dispuesto para la buena marcha de la vida monástica, reconociendo la buena
voluntad de las religiosas que ya estaban poniendo en práctica sus mandatos. De igual forma se puede constatar el cumplimiento de lo ordenado por
el prelado, con algunos ejemplos: en documentos de los años siguientes se
asientan numerosos permisos solicitados por la priora y concedidos por el
prelado para la entrada y salidas de criadas o esclavas al servicio de las religiosas66. En varios de ellos se termina diciendo “póngase con los autos de visita”.
Entre tales documentos se encuentra también otra Relación jurada de esclavos y esclavas confeccionada a pedido del Obispo; probablemente se trata de
una actualización y complemento del listado ya mencionado67. De la buena
actuación del obispo en la visita, da cuenta el expediente sobre su persona y
su acción pastoral, años después.68
respecto a las monjas carmelitas de Córdoba y al recurso que las mismas presentaron al Metropolitano, 76-4-47 (Charcas 372), AGI, transcripción en Legajo 57, AAC.
65
Cf. Carta del Obispo Zeballos a Su Majestad, Salta 13 abril de 1735, en la cual cuenta la
prosecución de la visita, 76-4-47 (Charcas 372), AGI, transcripción en Legajo 54, Tomo 4,
[Documento 38], AAC.
66
Cf. Legajo 9, Tomo I, [Documentos 24, 25, 26, 27, 29, 31, 35, 37], AAC.
67
Cf. Mandato del Obispo Zevallos a la Priora y Síndico del Monasterio Santa Catalina, 19 noviembre de 1737 y Razón de los esclavos y esclavas del convento de Santa Catalina de Sena, 9 de
diciembre de 1737, Legajo 9, Tomo I, [Documento 38], AAC; y Auto 7.
68
“En cuanto a este punto es de su parecer también el señor iscal de que se puede aprobar lo
ejecutado por el reverendo obispo por ser lo providenciado conforme a la regular observancia
e instituto sagrado que profesan estas religiosas”: Expediente del Reverendo Obispo del TucuItinerantes. Revista de Historia y Religión 8 (2018) 117-146
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Una decisión particular del Obispo, sin embargo, dejó a las monjas desconsoladas, como ellas dicen. Movidas sin duda por el amor a sus hermanas
difuntas, quisieron hacer celebrar por su eterno descanso más Misas que las
establecidas en el Auto de visita.69 Los reclamos se hicieron en 1737 y 1738,70
a los cuales el prelado respondió, incluso con intervención del iscal, que se
cumpliera lo prescripto en la visita y que, en todo lo caso, los bienes disponibles se aplicaran al cuidado de las enfermas.71
Al concluir estas consideraciones, se puede ver conirmado el estilo meticuloso del Obispo Zevallos, como propio de un verdadero y experimentado jurista. Algunas de sus prescripciones incluso llaman la atención por las
penas impuestas a un eventual incumplimiento.72 Pero es preciso reconocer
también que, por encima de todo, él supo comprender el objetivo principal
de la vida contemplativa femenina alentando a las monjas para que, como
esposas muy queridas del Esposo Jesucristo, permanecieran en la alabanza
permanente, a la cual el mismo Señor las había llamado. La oración constante, a su vez, debía ir acompañada de la reforma de costumbres, del aumento
en virtudes, de un ambiente recogido y de ejercicios espirituales en cada año.
Por esa razón, para una mayor idelidad a la vocación contemplativa de la
época, conirmó y alentó la observancia de las Reglas y Constituciones, mandando cumplir las normas de la clausura monástica, con precisas indicaciones. Aunque también supo tolerar y restringir, al mismo tiempo, las costumbres de educar niñas, de recoger seglares y de utilizar el servicio de criadas y
esclavas; y de todas las dichas mujeres, además, se preocupó de promover la
piedad y la modestia. Aun siendo pastor exigente, no persistió en exigencias
imposibles o muy difíciles de cumplir, conociendo bien las condiciones de
aquel momento. Por ello, en materia de vida comunitaria y pobreza, supo introducir prudentes excepciones (refectorio, dormitorio, bienes en uso); algo
semejante se puede decir acerca del uso de los velos y del recurso a instrumentistas. En materia de registros conventuales, dispuso que se llevaran con
man Doctor Don Jose de Cevallos en que cuenta las diligencias que ha practicado en la visita
general que ha hecho de su Obispado, 11 de noviembre 1740, 74-4-47 (Charcas 372), AGI,
transcripto en Legajo 54, Tomo 4, [Documento 40], AAC.
69
Cf. Auto 4.8 y arriba punto 6.8.
70
Cf. Historia del Monasterio… 2014: 61-63. 72.
71
Cf. Expediente sobre aumento del número de misas a las religiosas que fallecen, iniciado en
febrero de 1737, Escrituras, Caja 2, Legajo 54, AMSC.
72
Se incluyen penas en los item 9, 11, 12, 14 y 16 del Auto 4.
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mayor orden y continuidad, que hasta ese momento. Para sanar y mejorar la
administración de los bienes nombró un contador, que debía llevar puntualmente todas las cuentas, ya que bastante habían padecido al respecto. Pero, a
pesar de la estrechez económica, logró encontrar la forma de atender debidamente al culto divino y aún de invertir lo necesario para una enfermería más
adecuada y para hacer las otras refacciones que eran necesarias.
Basten estas últimas apreciaciones para ponderar el buen servicio de este
otro prelado diocesano a las monjas Catalinas, que -como se ha dicho- manifestó en su actuación el espíritu de un legislador detallista junto con la bondad y comprensión de un buen pastor.
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Fecha de envío: febrero de 2018
Fecha de aceptación: marzo de 2018
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