Las profesora
profesoras
y la depuració
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franquista.
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franquista
Francis
cisca Rocío Aguilera Hinojosa
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Ja
Javier
Castillo Bobadilla
0
ÍNDICE:
1. Introducción: Depuración franquista, definición y características _____ pág. 2
2. Legislación educativa y reguladora del proceso depurador ____________pág. 3
3. Proceso depurador: acusaciones y sanciones _______________________ pág. 6
4. La Depuración en el espacio privado ______________________________pág. 7
5. La opresión de la mujer en el ámbito educativo _____________________pág. 8
6. Pruebas documentales__________________________________________ pág. 9
7. Conclusión ___________________________________________________ pág. 10
1
Se presenta a continuación un trabajo en el que abordamos el fenómeno de la
depuración y represión franquista enfocada en la profesión docente, en especial, en el
ámbito de la enseñanza primaria y secundaria. Se presta especial atención al
profesorado femenino y por ello abordamos el tema de la educación de la mujer, su
importancia en el ámbito privado y público, la involución que sufre en el franquismo
respecto a la República y atendemos al desarrollo de su profesión docente. Por último
analizamos el proceso depurador desde el ámbito general al particular fijándonos en los
expedientes de algunas profesoras, sus sanciones y las consecuencias de las mismas.
Hemos elegido este tema porque a pesar de existir múltiples trabajos relativos a la
depuración, pensamos que permanecen numerosas lagunas en la investigación, laguna
que se hace más patente en el profesorado femenino por lo que pretendemos arrojar un
poco de luz con nuestro estudio.
1.
Introducción: Depuración franquista, definición y características.
En los últimos años y gracias a la memoria histórica, son numerosos los trabajos
e investigaciones llevadas a cabo que abordan el tema de la depuración franquista del
funcionariado. En el ámbito docente, son abundantes los estudios referentes al
profesorado de magisterio mientras que escasean los trabajos relativos a los docentes de
educación secundaria y universitaria. La legislación vigente impide que los expedientes
del profesorado depurado sean consultados antes de 50 años desde su emisión lo que
unido a la pérdida de documentación y manipulación de la misma, dificulta el estudio de
la depuración franquista del profesorado1.
El fenómeno depurador es un proceso sistemático de represión ideológica pues
no fue un acontecimiento aislado sino un plan premeditado apoyado en las órdenes y
decretos estatales publicados en el BOE. No existió un único modelo de depuración y
por ello hay autores que defienden el término “depuraciones” pues hubo de varios tipos:
depuración violenta y física, depuración cultural o depuración ideológica acompañada
de la coerción y el temor. Por tanto, entendemos la depuración como un proceso que
cuenta con una serie de normas, órdenes, decretos y reglamentos que son ejecutadas
mediante unos medios, las comisiones de depuración, emprendido por el franquismo
para asegurar la adhesión al régimen del profesorado español, desde magisterio hasta la
universidad 2 . El objetivo de este proceso era sustituir los valores democráticos y la
educación laica y mixta conseguida en la II República por una enseñanza imbuida por el
nacional-catolicismo donde Falange y la Iglesia Católica tuvieran un peso decisivo,
poner las bases del nuevo Estado autoritario, jerárquico, antidemocrático y antiliberal y
conseguir una escuela confesional y patriótica.
El proceso depurador tuvo su máximo desarrollo entre los años 1936 - 1942-43
aunque encontramos expedientes abiertos hasta los años 70 y el franquismo triunfante
1
En la actualidad, la mayoría de esos expedientes se encuentran custodiados en el Archivo General de la
Administración (A. G. A) con sede en Alcalá de Henares.
2
Gudín de la Lama, Gutiérrez Flores, Obregón Goyarrola y Menéndez Criado, 2013, 53-68.
2
fusiló a más del 50% del magisterio según afirma Max Gallo en Historia de la España
franquista. Todos los docentes fueron sospechosos sin necesidad de mostrar una
conducta contraria al régimen y así no debemos asociar el término depuración con
violencia física pues el hecho de limitar o paralizar la profesión docente es un acto
coercitivo3. La depuración se caracteriza por una gran arbitrariedad pues las denuncias
presentadas son anónimas y por ello este proceso contó con el apoyo de la sociedad
pues muchas personas resultaron beneficiadas. Por su parte, el Estado contaba con una
serie de medios que permitía el perfecto funcionamiento del aparato depurador y
represor en todas las provincias españolas.
La depuración del profesorado no es un fenómeno propio del régimen franquista
pues ya en el siglo XIX o en la II República asistimos al mismo proceso. Como
ejemplo, baste mencionar la gran acción represiva sufrida por el profesorado en la
década ominosa (1823-1833) bajo el reinado de Fernando VII donde sabemos que hubo
ejecuciones sumarias de los docentes en el año 1823 por parte del Estado4. Durante la
dictadura de Primo de Rivera y en la II República, también se llevó a cabo el proceso de
depuración del profesorado quizás con la misma intensidad que en el periodo franquista
aunque con la gran diferencia de su prolongación en el tiempo.
Enfrente de la represión franquista, se encontraba la represión republicana. Hay
que resaltar la importancia que le otorgaban ambos bandos a la educación, ya que el
sistema educativo junto a la unidad familiar, es una herramienta de transmisión directa
de valores para los niños y niñas, cuyos resultados son visibles posteriormente en la
transformación de un país. El gobierno republicano quiso asegurarse su principal
instrumento de socialización, la escuela, y que en ellas estuvieran personas afectas al
régimen republicano 5 . De ahí a que ambas partes lanzaran hacía el control de la
enseñanza, depurando a los profesores que se mostrarán contrarios a sus intereses
políticos. En ocasiones, se veían involucrado profesores que no entraban dentro de
ninguno de los grupos represivos6. Gran parte de los docentes fueron apartados de su
cargo, he incluso tuvieron que trasladarse a otras provincias. Otros profesores, no
corrieron la misma suerte, ya que fallecieron por defender sus ideales.
La repercusiones de la depuración republicana fue menor que la depuración
llevada a cabo por el Nuevo Régimen. La ventaja de la depuración del gobierno
franquista es que estaba más definido, gracias a su consolidación a medida que
aumentaba su poder en la guerra. Es evidente que su final vino con la conclusión de la
Guerra Civil7.
3
Fernández Soria y Agulló Díaz, 1999, 249-270.
Martín Zúñiga y Sanchídrian Blanco, 2013, 481-488.
5
Ramos Zamora, 2004, 17.
6
Morente Valero, 2001, 670.
7
Ramos Zamora, 2004, 17.
4
3
2.
Legislación educativa y reguladora del proceso depurador.
Como ya hemos indicado, la depuración se sustentaba en una serie de leyes y
órdenes impulsadas desde el ámbito estatal. Como hemos hecho una breve alusión a la
represión del siglo XIX, destacamos también la Ley Moyano promulgada en el mismo
siglo donde se exige al profesorado un justificante de “buena conducta religiosa y
moral” para ejercer la enseñanza pública y en caso de infundir en sus discípulos
“doctrinas perniciosas“, no acordes con los preceptos ideológicos del estado-católico, se
prevén sanciones como la inhabilitación para ejercer la docencia8.
Entrando en las leyes promulgadas bajo el gobierno franquista, el 19 de agosto
de 1936, una orden establecía que la Junta de Defensa Nacional se ocupaba de la
depuración mientras que la Orden del 21 de septiembre del mismo año instauraba la
obligatoriedad de la enseñanza de la religión, orden influida por la Encíclica Divini
Illius Magistri de Pío XI a partir de la cual la mayor parte de los profesores de religión
serían sacerdotes. Poco después la Junta de Defensa es sustituida por la Junta Técnica
del Estado y dentro de ella se encuentra la Comisión de Cultura y Enseñanza presidida
por Jose María Pemán y teniendo a Enrique Suñer como vicepresidente. Esta Comisión
se encarga de controlar y regular la depuración y promulga el Decreto nº66 en el cual se
establecen las Comisiones Depuradoras en cada provincia y se regula su
funcionamiento. Estas Comisiones son 4: La A se encargaba del profesorado
universitario, la B del profesorado de las Escuelas de Ingenieros y Arquitectos, la C se
centraba en los docentes de los Institutos, Escuelas Normales, Comercio, Artes y
Oficios, de Trabajo, Inspección de Primera enseñanza, Sección Administrativa y de
todos aquellos que dependieran de Instrucción Pública y la D se encargaba del
profesorado de magisterio primario9.
Igualmente se anuló toda la legislación republicana tendente a la igualdad entre
sexos y se implantaron unas leyes discriminatorias respecto a la mujer rescatando el
Código Civil de 1889 que mantenía la incapacidad civil de las mujeres, la subordinación
al marido y la obligación de respeto10. El 10 de Noviembre de 1936 se promulgó otra
Orden, se implantó una circular el 7 de diciembre del mismo año y otra Orden el 17 de
Febrero de 1937, normativa que regulaba la depuración en los territorios franquistas
durante la Guerra Civil. El 30 de enero de 1938 el Ministerio de Instrucción Pública
pasa a llamarse Ministerio de Educación Nacional siendo Pedro Sainz Rodríguez el
primer ministro de educación franquista. El 5 de marzo de ese año se promulga una
circular que atañe especialmente a la educación femenina donde se defiende que “el
adorno de las mujeres es la obediencia”11 y el 11 de marzo se crea una Oficina TécnicoAdministrativa de Depuración cuya función era regular los expedientes de las 4
8
Ibid.
Gudín de la Lama, Gutiérrez Flores, Obregón Goyarrola y Menéndez Criado, 2013, 53-68.
10
González Pérez, 2009, 93-106.
11
Aranque Hontangas, 2014, 9-26.
9
4
comisiones y facilitar a los acusados una posibilidad de recurrir la sanción12. El 20 de
septiembre de ese año se lleva a cabo la Ley de Reforma del Bachillerato o Ley de
Bases para la Reforma de la Enseñanza Media donde se recogía para las mujeres la
obligatoria del estudio de asignaturas tales como: Formación Político-Social, Música,
Labores, Cocina, Economía doméstica y Educación Física, impartidas por la Sección
Femenina13.
El 10 de febrero de 1939 se promulga una ley mediante la cual se suprimen las
comisiones depuradoras A y B, se imponen nuevas sanciones redefiniéndose las
anteriores y se crea la Comisión Superior Dictaminadora de los Expedientes de
Depuración 14 encargada de revisar las resoluciones emitidas por las Comisiones
provinciales y emitir un veredicto final remitido al Ministerio de Educación. En una ley
emitida el 25 de agosto del mismo año se otorgaban privilegios para el acceso a la
profesión docente a todos los que habían luchada a favor del Movimiento Nacional tales
como excombatientes o excautivos entre otros15. Acabada la Guerra Civil, encontramos
la Orden del 16 de octubre de 1941 dictada por el ministro de enseñanza media Ibáñez
Martin referida al funcionamiento interno de los Institutos de Segunda Enseñanza donde
se afianza la formación doméstica, católica y maternal de la mujer y se impone un
modelo de maestra tradicional transmisora de valores conservadores, religiosos y
patrióticos.
La orden del 28 de septiembre de 1942 concretó muchos aspectos de la Ley de
1941 e imponía además la obligatoriedad al profesorado de los Institutos Nacionales de
Enseñanza Media de exhibir en el acto de toma de posesión de su cargo los certificados
expedidos por FET y por las JONS mostrando así su adhesión al régimen16. El 17 de
julio de 1945 se promulgó la Ley de Educación Primaria y el Reglamento de Escuelas
de Magisterio que contenía el Plan de Estudios donde se establece la edad de ingreso en
las escuelas Normales a los 14 años e introduce modificaciones en el currículum de las
futuras maestras. En 1949 se publica la Ley de Bases de la Enseñanza Media y
Profesional mientras que en los años 50 destaca la Ley de Ordenación de la Enseñanza
Media promulgada el 23 de febrero de 1953 que permanece vigente hasta 1970. Se
divide el bachiller en elemental, cuatro cursos, y superior, dos cursos, manteniendo
además el rechazo a la coeducación17. Tras estas disposiciones, el 10 de noviembre de
1966 se declaró la eliminación de las sanciones pendientes por motivos políticos aunque
muchos de ellos se mantienen abiertos hasta la finalización de la dictadura.
12
Negrín Fajardo, 2006, 59-99.
Aranque Hontangas, 2014, 9-26.
14
Se mantendrá en activo hasta los años 1942-1944 aunque resuelve expedientes hasta los años 50.
15
Araque Hontagas, 2008, 427-446.
16
El 29 de julio de 1943 se aprobaba una ley que regulaba la universidad y en el mismo año se promulga
otra ley que regula de nuevo las enseñanzas medias.
17
González Pérez, 2009, 93-106.
13
5
3.
Proceso depurador: acusaciones y sanciones.
La depuración o represión de cualquier profesor seguía un esquema previamente
establecido por parte del Estado. El docente era expedientado y la Comisión solicitaba
una serie de informes sobre la conducta del individuo a las personas más influyentes del
pueblo, al cura, el alcalde, la Guardia Civil, Falange y el resto de profesores. Si toda la
información aportada por estas personas es favorable y no se observa índice de
culpabilidad, el expediente se resuelve de forma positiva y el docente es confirmado en
el cargo, es aceptado por la Comisión Provincial C en este caso y ratificado por la
Comisión Superior. Si por el contrario la Comisión veía motivos de culpabilidad de
cualquier tipo, ésta redacta un pliego de cargos que se entrega al profesor para que éste
en un plazo de diez días pudiera presentar a la misma instancia el pliego de descargos
con su defensa 18 . El profesor solicitaba también el reingreso que suponía un largo
proceso administrativo que pocas veces se resolvía a su favor y si el docente era
declarado “culpable”, se le imponía una sanción dependiendo de su falta cometida.
Si estudiamos los expedientes de depuración, vemos que los cargos o
acusaciones más repetidas son las de índole política pues se atribuye al acusado/a una
ideología izquierdista o pertenecer a un partido político comunista, practicar actitudes
contrarias a la causa nacional, militar en organizaciones republicanas, ser masón, o
pertenecer a algún sindicato contrario al régimen. Entre los cargos más graves se
encuentra también la irreligiosidad o ateísmo, practicar alguna pedagogía innovadora
(Montessori o Freinet), incompetencia profesional, conducta privada inmoral, haber
desempeñado cargos públicos durante la República o estar vinculado a la ILE o la
Nueva Escuela por lo que la represión afectó tanto al ámbito público como al privado.
Respecto a las sanciones son igualmente variadas según la acusación o el cargo
que pesara sobre el docente. La sanción más grave era la separación definitiva del cargo
y la baja en el escalafón, aplicada al profesorado acusado con delitos políticos o al que
no se presentaba al requerimiento de la Comisión Depuradora. La suspensión de empleo
y sueldo podía abarcar de un mes a tres años dependiendo de la acusación hecha al
profesor y esta sanción estaba pensada para dar un escarmiento al docente pues muchos
de ellos incluso pasaban hambre en este periodo. La inhabilitación para la enseñanza es
una sanción similar a la primera y afectó en especial a los interinos mientras que el
traslado forzoso tanto fuera como dentro de la provincia supone en la práctica un
destierro. Por su parte, la inhabilitación para el desempeño de cargos directivos 19 se
aplicó a algunos profesores de culpabilidad no probada para apartarlos de las áreas de
influencia y mantenerlos vigilados y la confirmación en el cargo suponía que tras el
proceso depurador y tras demostrar la inocencia del docente, éste se mantenía en su
18
Con el pliego de descargos, la comisión evaluaba de nuevo el caso aunque pocas veces cambiaban la
resolución. El acusado sólo contaba consigo mismo para su defensa y si pasados los 10 días no hacía acto
de presencia, la sanción era la separación definitiva del cargo.
19
Las sanciones fueron más duras y numerosas entre los directivos de los institutos, catedráticos y
personal con altos cargos dentro de las instituciones.
6
cargo20. Normalmente, se imponía una única sanción al profesor aunque también era
una práctica común la imposición de dos o más sanciones y a veces tras cumplir el
castigo impuesto como suspensión de empleo y sueldo por ejemplo, el docente era
confirmado de nuevo en su profesión. Junto a estas sanciones, fueron muchos los
docentes juzgados en tribunales militares o Consejos de Guerra por motivos políticos
siendo la mayoría asesinados o encarcelados muriendo muchos de ellos en las cárceles
mientras que otros huyeron al exilio.
Respecto a la distribución de sanciones por sexos, no vemos apenas diferencias y
fueron sancionados por igual tanto hombres como mujeres mientras que las acusaciones
vertidas sobre las profesoras eran sobre todo de carácter político, asociativo y moral. A
nivel cuantitativo, los profesores fueron sancionados en mayor medida que las mujeres
pues éstas se encontraban en una etapa incipiente de acceso a la enseñanza mientras que
cualitativamente los castigos fueron más ejemplarizantes en las docentes pues con ellos
se pretendía acabar y erradicar el modelo de mujer moderna, independiente y
trabajadora propio de la República para imponer el rol femenino doméstico como madre
y esposa católica. Por ello, las docentes sufren el mismo tipo de sanciones que sus
compañeros, en especial inhabilitación para cargos directivos y de confianza pues así se
les negaba cualquier capacidad de decisión a estas mujeres teniéndolas como profesoras
en la sombra21.
4.
La Depuración en el espacio privado.
La depuración no sólo afectó a las maestras y profesoras en los ámbitos de la
actuación pública (política, sindical y profesional), también se producía en el ámbito
privado, a consecuencia de las creencias religiosas y los comportamientos morales.
Además de los enfrentamientos que debían de tener por compartir el espacio público
con los hombres. La mayoría de las acusaciones hacía las profesores eran debido a la
política (por ser de izquierdas), pero también había muchas acusaciones por falta de
religiosidad. La nueva pedagogía estaba asentada en el catolicismo, la buena docente era
aquella que reunía las cualidades de patriota y católica, que adquiría más importancia
que la preparación del docente. La profesora debía ser una católica ejemplar en su vida
pública y privada, y dar ejemplo de ello al resto de la comunidad con asistencia a las
misas, en la vestimenta, en los comportamientos, etc. Las sanciones a las mujeres eran
más duras que a los hombres, con lo que se aprecia que a la mujer se le está
cuestionando como esposa y madre22.
5.
La opresión de la mujer en el ámbito educativo.
Debemos recordar, que la enseñanza de secundaria comprendía desde los
institutos, las Escuelas Normales y la Escuela de Artes y Oficio. Si es importante la
20
Grana Gil, 2010, 235-250.
Ibid.
22
Fernández Soria y Agulló Díaz, 1999, 265-267.
21
7
depuración de las profesoras, también se ha considerado de vital importancia la
desigualdad que se comenzó a vivir este género en su educación. El nuevo Estado
utilizó la educación para relegar a la mujer al mundo privado, prohibiendo la
coeducación. La mujer tenía que mantener las tradiciones de la nación, ser el eje central
del hogar y de la socialización de los hijos y reproducir los valores del Estado23.
En la etapa anterior, en la II República se promulgaron y desarrollaron leyes que
favorecían su independencia personal y con ello obtenían una mayor intervención en
todos los ámbitos de la sociedad. Pero con la Guerra Civil se acabó con esa
modernización de las costumbres, y la vuelta al modelo conservador trajo consigo un
ejemplar castigo para las mujeres que se habían mostrado precursoras24.
La política educativa llevada a cabo por el Nuevo Estado hacía la mujer era
desigual respecto a la educación que recibía el hombre. Con este régimen, la mujer
pasaba a tener una menor importancia en la educación. Se limitó su enseñanza a la de
aprender a ser buena esposa y ama de casa. Por todos es sabido, que en este período se
le enseñaba a la mujer a cocinar, confeccionar y llevar la economía doméstica. Al
género femenino se le impidió ejercitarse en casi todo lo relacionado a ser útil para
adquirir un estatus fuera del hogar, con lo que para estas generaciones de mujeres era
prácticamente imposible demostrar su valía más allá del servilismo que ejercían en sus
hogares. El descenso de escolarización del género femenino fue uno de los
desencadenantes del incremento de la analfabetización. Las alumnas debía de asistir a
los centros en horarios distintos al de los alumnos para no coincidir con ellos, en
muchas ocasiones incluso se las trasladaba a otros edificios. Tanto profesoras como las
alumnas, sufrieron la discriminación y la humillación en sus colegios elitistas o de
pago, en su mayoría colegios religiosos25.
6.
Pruebas documentales.
En nuestro trabajo hemos realizado una búsqueda a través del BOE para conocer
de forma directa las profesoras que fueron depuradas. Hemos logrado localizar un total
de 44 casos de profesoras vinculadas al sistema de depuración. Llama la atención que de
esos casos sólo se resolvieran los expedientes de 25 profesoras, quedando las 19
profesoras restantes alejadas de su profesión de manera permanente26.
Respecto a las profesoras separadas definitivamente del servicio el número
ascendió a 27, perdiendo 5 de ellas todos sus derechos profesionales. Llama la atención
el caso de doña Manuela García Fernández27, profesora numeraria de la Escuela Normal
del Magisterio primario de Lérida. Esta profesora percibió la medida el 13 de enero de
23
Serrano Olmedo, Sánchez Fernández y Rodríguez Rivero, 2007, 17-18.
Fernández Soria y Agulló Díaz, 1999, 260.
25
Soto Marco, 2000, 15-18.
26
BOE, Gazeta: Colección Histórica.
27
Gaceta de la República, 1939, 216.
24
8
1939, por lo que resulta interesante comprobar como el resto de profesoras fueron
separadas de su cargo durante el año 1937. En el siguiente cuadro se puede apreciar
todas las profesoras separadas definitivamente de su cargo:
NOMBRE
PUESTO
Manuela García
Fernández
María Fernández Cortés
Prof. numeraria de la Escuela Normal
Rosa Roig Soler
Mª José Eyoralar
Almazán
Blasa Ruiz Ruiz
Trinidad Arias Linacero
Joaquina Gálvez
Francisca Vicente
Mangas
María Teresa Galán
Caridad Marín
Severina Mª del C.
Guerra
Ernestina Ortero Sestelo
Concepción Urbieta
Luisa Fariñas Vindel
Concepción Alfaya López
Matilde Díaz Díaz
Felisa Duch Campaña
Amalia Miaja
Gloria Giner García
Pilar Escribano Iglesias
Mª Mercedes Monroy
Felisa Heredero
Dolores Nogués
Felisa González
María A. del Diestro
Josefa Treviño
Luisa Díez
Prof. de la Escuela de A. Estudios
Merc.
Prof. de la Escuela Normal
Prof. de la Escuela Normal
Prof. de la Escuela Normal
Prof. especial de Dibujo de la E.
Normal
Prof. de la Escuela Normal del Mag. 1º
Prof. Auxiliar E. Normal/ Inspectora 1º
Profesora
Prof. del Instituto de Línea Concepción
Profesora Auxiliar y directora
biblioteca
Profesora de Pontevedra
Profesora de Villafranca de Oria
Prof. especial de Francés E. Normales
Prof. de la Escuela Normal
Prof. de la Escuela Normal
Profesora
Profesora de la Escuela Normal
Profesora de la Escuela Normal
Profesora de la Escuela Normal
Profesora de la Escuela Normal
Prof. de la Escuela de Artes y Oficios
Profesora de Instituto
Prof. de la Escuela Normal Salamanca
Prof. de la Escuela Normal
Profesora de la Escuela Normal
Prof. Auxiliar de la Escuela Normal
CIUDAD SEP.
DEFI.
Lérida
13/01/39
Málaga
26/12/37
Baleares
Baleares
11/12/37
05/12/37
Toledo
Almería
01/11/37
03/10/37
C. Libre
León
01/07/37
28/06/37
Soria
Cádiz
Córdoba
23/06/37
22/06/37
16/06/37
Ponteve
Vª. Oria
15/06/37
14/06/37
11/06/37
15/05/37
14/05/37
18/04/37
10/04/37
07/03/37
07/03/37
06/03/37
27/02/37
18/02/37
14/02/37
14/02/37
14/02/37
14/02/37
Segovia
Santiago
Segovia
Zamora
Teruel
León
Ávila
Ávila
Salaman
Ávila
Ávila
Vitoria
Tabla 128.
Se comprueba la tendencia que tuvieron las comisiones provinciales de actuar
principalmente con las profesoras que tenían indicios de pertenecer al bando
republicano, como constancia de ello comprobamos que en la Colección Histórica de la
Gazeta se realiza el trámite de revisión resolviendo su expediente de depuración a 18
profesoras, todas ellas publicadas a partir del año 1939, tan sólo doña Matilde Díaz
Sainz29 fue sancionada con la separación definitiva en el año 1937, resolviéndose su
expediente a finales del año 1939. Podemos llegar a la conclusión de que este grupo de
28
29
BOE, Gaceta: Colección Histórica, 1937-1939.
BOE, 1939, 6887.
9
profesoras, exceptuando quizás a doña Matilde, pudieron ser profesoras sin ningún
interés político o profesores seguidoras del Nuevo Régimen. Presentamos el listado de
esas profesoras a las que se les resolvió el expediente depurador:
NOMBRE
PUESTO
CIUDAD
Carmen Rivas Ruiz
Maravilla Segura
Rosario Vila Hernández
Ernestina Carnecero
Vicenta Ramona Jodra
Mª Labrandero García
María García Navarro
María Riba Rodríguez
Angela Carnicer
Pascual
Zaida Lecea Fontecha
Amalia Miaja
Carnicero
Mercedes Escribano
Petra García Reillo
Victoria Montiel Vargas
Josefa Fajardo García
Mª Francisca Bustos
Ernestina Otero Sestelo
Matilde Díaz Sáiz
Profesora del Conservatorio
Profesora Escuela Normal
Profesora Escuela Normal
Profesora de Instituto
Prof. auxiliar Escuela Normal
Prof. Escuela de Artes y Oficios
Prof. Auxiliar Escuela Normal
Prof. Auxiliar Escuela Normal
Prof. Escuela Normal
Cádiz
Zaragoza
Valencia
Córdoba
Madrid
Valencia
EXPED.
RESUEL.
20/07/45
29/05/44
10/02/44
06/02/44
14/12/43
29/09/43
21/06/43
21/06/43
03/05/43
Prof. Escuela Normal
Prof. Escuela Normal
Las Palmas
Segovia
08/03/43
18/06/42
Prof. Escuela Normal
Prof. de Corte y Confección
Prof. y directora Escuela Normal
Prof. Esc. del Hogar y profesi.
Profesora de Instituto
Prof. Escuela Normal
Prof. Escuela Normal
Cuenca
Murcia
Málaga
Madrid
Murcia
Pontevedra
Santiago
02/06/42
28/12/41
30/07/41
10/12/40
07/05/40
07/12/39
07/12/39
S. Sebastián
Tabla 230
Se ha comprobado como en algunos casos la separación definitiva del cargo era
revocado, como sucedió por ejemplo con doña Josefa Triviño Mérida profesora
numeraria de Pedagogía e Historia en la escuela Normal de Ávila, tuvo una suspensión
de 6 días 31 .
Un caso peculiar fue el de doña Luisa Díez que fue separada
definitivamente de su empleo como Profesora en Victoria, pero pudo seguir ejerciendo
su cargo de auxiliar administrativa32.
7.
Conclusión.
El proceso de depuración franquista se llevó a cabo desde el año 1936 hasta el
año 1943, al comienzo tuvo que luchar contra la represión republicana. El objetivo de
esta depuración era la sustitución de los valores que imperaban hasta el momento de la
IIª República, entre los que figuraba una enseñanza democrática con aulas mixtas y
laica. La enseñanza se convirtió en una educación tradicional, con un modelo
pedagógico nacional-católico. La Junta de Defensa Nacional y más tarde la Comisión de
Cultura y Enseñanza de la Junta Técnica del Estado fueron las que eliminaron las
reformas republicanas, y mediante la Comisión C se encargaron de la depuración del
30
BOE, Gaceta: Colección Histórica, 1937-1945.
Gaceta de la República, 1937, 890.
32
BOE, 1937, 404.
31
10
profesorado. Las Comisión Especial Dictaminadora era las encargadas de examinar y
resolver los expedientes incoados por las comisiones depuradoras provinciales, de
manera que todos los funcionarios públicos asisten a su depuración, solicitando su
reintegro hasta que pudieran ser considerados “válidos” para la docencia. En el caso de
las profesoras esta depuración no se llevó a cabo solamente en el ámbito profesional,
sino que también en el privado. Tanto las profesoras como las alumnas se vieron
envueltas en un sistema autoritario que las discriminaba y las humillaba. Con nuestro
trabajo hemos querido poner de manifiesto la importancia y la valía de esas mujeres que
lograron sobrevivir a un período tan convulso.
11
Bibliografía.
ARAQUE HONTAGAS, N. (2008): “El profesorado de los Institutos Nacionales de Enseñanza Media
(1938-1970)”, Revista complutense de educación vol. 19 nº2, 427-446.
ARAQUE HONTAGAS, N. (2014): “Las leyes de enseñanza secundaria promulgadas durante el
franquismo (1938-1953), Espiral, Revista de Docencia e Investigación vol. 4 nº2, 9-26.
BOE, Gazeta: Colección Histórica (1937-1945).
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