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Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Vanessa Góngora Cervantes Cinthia Noemí Plascencia Morales Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Vanessa Góngora Cervantes Cinthia Noemí Plascencia Morales INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Consejero Presidente Dr. Lorenzo Córdova Vianello Consejeras y Consejeros Electorales Mtra. Norma Irene De la Cruz Magaña Dr. Uuc-kib Espadas Ancona Dra. Adriana Margarita Favela Herrera Mtro. José Martín Fernando Faz Mora Carla Astrid Humphrey Jordan Dr. Ciro Murayama Rendón Mtra. Dania Paola Ravel Cuevas Mtro. Jaime Rivera Velázquez Dr. José Roberto Ruiz Saldaña Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez Secretario Ejecutivo Lic. Edmundo Jacobo Molina Titular del Órgano Interno de Control Lic. Jesús George Zamora Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica Mtro. Roberto Heycher Cardiel Soto Paridad de género y respeto de los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político-electoral Coordinadora de la serie Sarah Patricia Cerna Villagra Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Vanessa Góngora Cervantes Cinthia Noemí Plascencia Morales Primera edición, 2022 D.R. © 2022, Instituto Nacional Electoral Viaducto Tlalpan núm. 100, esquina Periférico Sur, col. Arenal Tepepan, 14610, Ciudad de México ISBN impreso: 978-607-8870-11-0 ISBN electrónico: 978-607-8870-09-7 El contenido es responsabilidad de las autoras y no necesariamente representa el punto de vista del INE Distribución gratuita. Prohibida su venta ÍNDICE Presentación Martín Faz Mora...............................................................................................................7 Introducción Vanessa Góngora y Cinthia N. Plascencia ...........................................................11 1. Mujeres como insurrectas .................................................17 1.1. Componentes de la ciudadanía .......................................................... 20 1.2. Los confines de la comunidad política ..............................................24 1.3. Derechos y responsabilidades adquiridos ..................................... 36 1.4. Reacciones reivindicativas ante la exclusión ..................................42 2. Mujeres como votantes ....................................................56 2.1. Evolución del movimiento sufragista en el mundo....................... 57 2.2. El proyecto de nación liberal y el surgimiento del pensamiento inconforme de las mujeres en México ................. 63 2.3. El proyecto de nación revolucionario y las primeras reivindicaciones de las excluidas ......................................................... 72 2.4. El proyecto de modernización y el sufragio femenino en México .................................................................................90 2.5. El proceso de democratización en México y la lucha cívica de las mujeres durante la segunda mitad del siglo XX y principios del XXI ........................................................... 94 2.6. Reflexiones sobre el comportamiento político de las mujeres .............................................................................................101 3. Mujeres como militantes ................................................ 107 3.1. Antecedentes históricos....................................................................... 109 3.2. Grupos de mujeres, organización y acciones rumbo a la paridad de género ............................................................................118 3 3.3. El liderazgo político de las mujeres dentro de los partidos ........................................................................................... 125 3.4. Militancia y dirigencia de mujeres en los partidos políticos mexicanos .............................................................. 134 3.5. Diagnósticos sobre paridad política y participación de las mujeres en partidos políticos a nivel nacional y estatal .....................................................138 3.6. Retos y pendientes. La participación en los partidos políticos de las mujeres indígenas y afromexicanas.........................................................................................147 4. Mujeres como representantes ...................................... 150 4.1. De las cuotas de género a la paridad política .............................. 152 4.2. La representación descriptiva de las mujeres .............................162 4.3. Mujeres en el espacio público y la representación sustantiva ............................................................ 173 4.4. Paridad en todo: las mujeres en la administración pública ..........................................................................183 4.5. Interseccionalidad, ¿estamos todas representadas? ..............189 5. Reflexiones finales .......................................................... 193 Referencias ........................................................................ 200 Sobre las autoras ................................................................ 219 4 Hasta que la dignidad se haga costumbre. Estela Hernández Jiménez (2017) PRESENTACIÓN En la arena político-electoral, a partir de las reformas constitucionales de 2014 y 2019, se concretó una lucha histórica con la aprobación de lo que hoy conocemos como “paridad en todo”, que obliga a respetar el principio de paridad en la integración de los distintos órdenes de gobierno. No obstante esos logros, aún hoy sigue siendo innegable la desigualdad en materia de género en diversos ámbitos; de ahí la lucha férrea y permanente por la igualdad entre hombres y mujeres que han abanderado las luchas feministas por muchas décadas. En este libro se encuentra un acucioso recorrido por la historia contemporánea para analizar uno de los aspectos de las luchas feministas en México –el de la ciudadanía–, que busca que las mujeres sean consideradas ciudadanas en igualdad de condiciones que los hombres. Al mismo tiempo, este texto recorre la historia del pensamiento en torno al concepto de ciudadanía, para ubicar la teoría política feminista desde los márgenes, hasta convertirse en un elemento central de necesaria ruptura en el marco general de esta teoría. 7 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales La lectura de Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México se vuelve indispensable para quienes nos interesamos en la temática con una perspectiva académica o profesional, al ser un estudio histórico sobre cómo la lucha feminista, a partir de la irrupción, ha emergido para convertirse, desde la segunda mitad del siglo XX en México, en un eje articulador de la vida democrática en nuestro país. Pero también se vuelve una referencia para quienes recién se adentran en los temas, pues de una forma sintética y didáctica, la obra sienta las bases del marco feminista en el pensamiento político, y hace un recorrido puntual sobre los principales hitos que hoy dan forma a nuestro sistema electoral en materia de derechos políticos de las mujeres y su papel actual en la política. Lo anterior porque las autoras conciben la historia no como una historia general monolítica, sino que, precisamente partiendo de esta como una interpretación androcéntrica del desarrollo político contemporáneo, problematizan desde la lucha feminista el concepto de ciudadanía y sus derechos asociados en el México presente. Como señala Foucault: “[…] la historia del pensamiento, de los conocimientos, de la filosofía, de la literatura parece multiplicar las rupturas y buscar todos los erizamientos de la discontinuidad; mientras que la historia propiamente dicha, la historia a secas, parece borrar, en provecho de las estructuras más firmes, la irrupción de los acontecimientos”.1 Es justamente a partir de esta ruptura que el texto guía el acontecer de una historia “desde los márgenes”, pero no por ello, como se va concluyendo a lo largo de cada capítulo, menos central. Ciudadanía e insurrección remueve esa historia para fijar su atención en la movilización feminista y cómo esta ha determinado, tanto en lo conceptual 1 Michel Foucault, La arqueología del saber, México, Siglo XXI, 2010, p. 15. 8 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México como en lo material, una nueva idea de ciudadanía en la que lo que se juega en el centro es el principio de igualdad entre hombres y mujeres. Al mismo tiempo, recupera para las actuales generaciones la voz de las mujeres que lucharon por hacer de este principio una realidad, y por quienes desde las ideas han acompañado esta lucha. En palabras de Hélène Cixous: “La mujer tiene que escribir su yo y traer mujeres a la escritura, de la que han sido apartadas tan violentamente como sus cuerpos”.2 De esa forma, Vanessa Góngora y Cinthia Plascencia hacen en este libro un aporte no solo a la literatura teórica e histórica sobre la génesis en la lucha por los derechos políticos de las mujeres en México, sino que realizan un aporte fundamental a la visualización de esa lucha que, como ellas la llaman, es una historia de insurrección y reivindicación del papel de las mujeres en la arena ciudadana de nuestro país. Por ello, invito a realizar una lectura cuidadosa de esta obra que el Instituto Nacional Electoral ha decidido editar como parte de la serie Paridad de género y respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral, pues se trata de un texto que nos ayuda a repensar las medidas, avances y aportes en el terreno de la paridad electoral, pero también a dimensionar la lucha de las mujeres y su papel en la conformación de un Estado de Derecho más igualitario. Martín Faz Mora Consejero Electoral del Instituto Nacional Electoral 2 Hélène Cixous, La risa de la medusa: Ensayos sobre la escritura, Barcelona, Anthropos, 2001, p. 55. 9 10 INTRODUCCIÓN Cada vez es más frecuente que la gente identifique los discursos y las prácticas androcentristas en el ámbito educativo, laboral, político o de relaciones sociales cotidianas. La estela que ha dejado el movimiento internacional #MeToo no se ha constreñido a la denuncia de la violencia sexual, se ha extendido la indignación a todos los ámbitos en los que las mujeres son discriminadas o no tienen igualdad de oportunidades. Se ha fortalecido la necesidad de visibilizar la participación de las mujeres, la importancia y el impacto de su trabajo remunerado y no remunerado, su paso por el mundo. Por ello, es necesario que las próximas generaciones de niñas y adolescentes –pero en general todas las personas– comprendan que, detrás de los derechos y las libertades de los que ahora gozan, hay una historia no tan reciente de aportaciones trascendentales de mujeres que han luchado por la igualdad y su libertad. Parece una necedad continuar con la exclusión o subestimar la teoría feminista y de género, en particular la omisión de los movimientos de 11 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales mujeres en la discusión dentro de los espacios escolares y de educación superior. La situación y participación de la mitad de la humanidad había ocupado solo unas cuantas páginas de los libros clásicos de filosofía o disciplinas científicas, hasta que, en las últimas décadas, arribaron los estudios de género y se integraron capítulos y menciones especiales, que siguen teniendo, sin embargo, un carácter de excepcionalidad, como si no fueran parte de la historia universal. Se dice que la lucha de las mujeres es la búsqueda de su reconocimiento como seres humanos, que el feminismo es la idea radical que defiende que las mujeres somos personas (frase adjudicada a Angela Davis). Quienes imputan al feminismo posicionamientos parciales y discriminatorios y abogan por un “supragénero”, omiten que el engaño ha sido llamar “universal” a lo que solo aludía a los hombres: el sexo que se ha afirmado como el único que trasciende, dejando en la alteridad e inmanencia al conjunto considerado el “eterno femenino”.3 En lo que respecta a la filosofía y la teoría política, la tarea ha sido ardua y longeva. La discusión sobre las razones de la desigualdad de las mujeres, la visibilización de sus aportaciones en la historia de las ideas políticas y de su participación en los hitos sociopolíticos, económicos y culturales de las sociedades tiene alrededor de 300 años de existencia, si solo consideramos la más difundida experiencia en la que coincidieron las aportaciones de las intelectuales ilustradas y liberales con la movilización de mujeres en las revoluciones burguesas occidentales; aunque es preciso decir que el “pensamiento inconforme” y las expresiones colectivas sobre la injusta situación de las mujeres puede remontarse a milenios en diversas culturas. La recuperación de aquello que ha pasado inadvertido debido a un sesgo interpretativo androcéntrico es parte de los esfuerzos de quienes realizan genealogía feminista. 3 Simone de Beauvoir, El segundo sexo, 3a. ed., Madrid, Cátedra [1949] 2011. 12 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Carme Castells, responsable de una importante compilación de escritos en Perspectivas feministas en teoría política, define la teoría política feminista como un corpus de conocimientos que tiene como propósito desafiar y transformar a la sociedad y hacer realidad la igualdad entre mujeres y hombres.4 Y para lograr este propósito, propio del catálogo de teorías críticas, proporciona una mirada diferente a los hechos y discursos del ámbito político que han dominado las diferentes disciplinas. Es “el Pepito Grillo de los demás paradigmas en cuanto sexistas y patriarcales”, afirman Celia Amorós y Ana de Miguel.5 Una de las principales aportaciones de la crítica feminista en los estudios políticos ha sido mostrar cómo los conceptos más elementales, que forman parte del repertorio básico para la comprensión de las relaciones de poder, adquieren un matiz muy distinto a la luz de la experiencia de las mujeres en el entramado de los procesos sociopolíticos. Como veremos más adelante, las categorías y los conceptos han sido entendidos desde la perspectiva de lo público: individuo, racionalidad, trabajo, autonomía, poder, libertad, igualdad, etcétera. Pero cuando se piensa en las personas que han sido confinadas al ámbito privado, el significado de dichas categorías y conceptos no se puede replicar y cambia contundentemente: La "naturaleza humana", tal como la describen y entienden los filósofos como Aristóteles, Aquino, Maquiavelo, Locke, Rousseau, Hegel, entre otros, se refiere únicamente a la naturaleza humana masculina. En consecuencia, todos los derechos y necesidades que ellos han considerado que implica la humanidad no han sido percibidos como aplicables a la otra mitad femenina de la raza humana.6 4 5 6 Carme Castells (comp.), Perspectivas feministas en teoría política, Barcelona, Paidós Ibérica, 1996. Celia Amorós y Ana de Miguel (eds.), Teoría feminista: de la Ilustración a la globalización, tomo 1: De la Ilustración al segundo sexo, Madrid, Minerva Ediciones, 2010, p. 17. Susan Moller-Okin, Women in Western Political Thought, Nueva Jersey, Princeton University Press [1979] 2013, p. 6 [traducción propia]. 13 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales El de ciudadanía es uno de esos conceptos relevantes. El propósito general de este libro es analizar la insurrección de las mujeres en México para ser consideradas ciudadanas en igualdad de condiciones que los hombres, centrándonos en el contexto sociopolítico en el que se presentaron las manifestaciones de reivindicación de sus derechos políticos: el voto femenino, su participación en los partidos políticos y el acceso a los cargos públicos. Pero también se encontrará en estas líneas un panorama actualizado del comportamiento político de las mujeres, de su participación como militantes y dirigentes en los partidos políticos, la representación política de las mujeres en los diferentes niveles y cargos públicos, así como el estado de avance o estancamiento de la agenda de mujeres, es decir, de la representación sustantiva. En el primer capítulo se presenta un marco teórico general que permite analizar la evolución del significado de la ciudadanía: de la filosofía clásica griega al pensamiento político ilustrado y liberal hasta llegar a la propuesta arendtiana del “derecho a tener derechos”. El hincapié se realiza en la consecuencia inherente de la delimitación de la ciudadanía, esto es, en la generación de sujetos políticos a partir de la exclusión, al no ser considerados iguales y sin acceso a derechos dentro de una comunidad política. En este sentido, se estudia la emergencia e insurrección de las mujeres a partir del análisis de los componentes de la ciudadanía que han sido erigidos desde una base claramente androcentrista. En el segundo capítulo se abordan los procesos sociopolíticos que enmarcan, primero, el surgimiento del pensamiento inconforme de las mujeres a la par de un proyecto liberal de nación y, segundo, la reivindicación de su derecho al voto femenino en el México posrevolucionario. Para ello, se seguirá la propuesta teórica que explica que las experiencias nacionales en las que el sufragio de las mujeres se logró de forma gradual, encuentra su mejor explicación en el cálculo político de los partidos políticos: en determinada coyuntura sociopolítica la 14 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México élite política ya no considera a las mujeres como un riesgo electoral. Y siguiendo esta misma línea teórica, se resalta la trascendencia de las sufragistas y sus vínculos con organizaciones internacionales feministas para construir argumentos sólidos a favor de su ciudadanía. La parte final del capítulo retoma la lucha cívica de las mujeres en el contexto de democratización del país de finales de los noventa y principios del siglo XXI, añadiendo un acercamiento al comportamiento político de las mexicanas. En el capítulo titulado “Mujeres como militantes” se da cuenta de la evolución histórica de su participación en este frente, considerando que las mujeres han militado en los partidos mexicanos desde su fundación y han sido una pieza esencial en su consolidación. Posteriormente se abordan las diversas reformas electorales y cambios institucionales, hasta el principio de paridad de género en la representación política reconocido constitucionalmente. Lo anterior permite identificar cómo se ha impulsado el liderazgo de las mujeres al interior de los partidos, cuántas son, quiénes y cuántas han ocupado cargos importantes dentro de las estructuras partidistas y qué hacen los partidos políticos para incentivar su participación, además de conocer los resultados de diagnósticos nacionales y estatales en torno al tema. Al final del capítulo se enuncian algunos pendientes de la participación dentro de los partidos, como la inclusión de mujeres indígenas, afromexicanas y de la diversidad sexual. En el último capítulo se nombra a las primeras mujeres que se convirtieron en representantes en el país. Asimismo, en este último capítulo se abordan el debate internacional y la lucha colectiva feminista y de mujeres para implementar las cuotas de género, el largo camino de adecuación de estas normas hasta constituirse como principio de paridad política, para después conocer el impacto de estas medidas en el aumento de la participación de las mujeres y para posicionar la agenda de género y feminista que permita generar leyes y políticas públicas que atiendan las demandas y problemáticas históricas de las mujeres. También se analizan las brechas que persisten en los cargos ejecutivos de la administración pública 15 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales a nivel local basándonos en los resultados de diagnósticos nacionales y estatales que se han realizado hasta el momento. Las autoras de este libro queremos realizar el debido reconocimiento a la gran aportación de mujeres y hombres que han dedicado sus investigaciones, análisis y reflexiones a la visibilización de la historia política de las mujeres en nuestro país. Nuestro trabajo se basa en las aportaciones de historiadoras, sociólogas y antropólogas que nos permitieron conocer y entender, a través de sus letras, la incursión de las primeras propagandistas en el periodismo político y el movimiento antisufragista del país de finales del siglo XIX y principios del XX, así como el camino de las sufragistas y las primeras militantes de partidos y representantes en cargos políticos. De manera más reciente, y desde el creciente campo de estudio de la Ciencia Política, se han hecho importantes contribuciones para conocer el impacto de las reformas electorales, el comportamiento político de las mujeres y su incidencia en el avance de la agenda de género en México, que nos permitieron dar un panorama más actualizado de la situación de la defensa de los derechos políticos en nuestro país. A todas ellas dedicamos este libro con gran admiración y cariño. Vanessa Góngora y Cinthia N. Plascencia 16 1. MUJERES COMO INSURRECTAS El significado coloquial o generalmente extendido de ciudadanía alude a una condición o estatus legal de las personas por su pertenencia a un país o nación. Dicha pertenencia se adquiere por nacimiento o naturalización, pero además cumpliendo ciertos requisitos específicos, tal vez el más importante, la edad. El estatus conlleva el acceso a un conjunto de derechos y deberes, reconocidos por el resto de la sociedad y garantizados por las autoridades estatales. Al leer esta definición se tiende a pensar en una categoría de inclusión de personas en un colectivo social, mediada por una percepción de identidad. Lo cierto es que la noción de ciudadanía ha cambiado a través del tiempo y depende del contexto ideológico y cultural. El colectivo social ha sido llamado ciudad-Estado o polis, Estado-nación o, en versiones más recientes, se amplía a la ciudadanía multicultural o a la ciudadanía transnacional; se han recorrido los límites territoriales que marcan un “interior” del colectivo, a la vez que colocan en el “exterior” a otras personas como extranjeras, migrantes y refugiadas. La identidad que 17 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales permite el apego al colectivo también ha mutado, de la que constriñe al territorio a la compleja identidad nacional que suma variados y disímiles rasgos culturales, hasta llegar a definiciones como la de Chantal Mouffe que entiende la identidad de los colectivos como contingente, temporal y estratégica, por lo que considera a la ciudadanía “un principio articulador que afecta las diferentes posiciones de sujeto, del agente social al tiempo que permite una pluralidad de lealtades específicas y el respeto a la libertad individual”.7 Asimismo, a lo largo de la historia ha ido cambiando el andamiaje jurídico de derechos y deberes cívicos que se adquieren con la ciudadanía. En las sociedades griegas el compromiso con el colectivo tenía un mayor peso, esto es, la disertación en el espacio público, en las asambleas, y la rotación en los cargos públicos acercaba a los miembros de la polis al ideal de la vida buena. Mientras que el pensamiento liberal moderno está basado en los derechos inherentes del individuo que limitan la actuación del Estado, en tanto personas libres e iguales. Uno de los principales estudiosos del tema, Thomas Humphrey Marshall, definió la ciudadanía como la pertenencia a una comunidad política que permite el disfrute de derechos civiles, políticos y sociales;8 su propuesta principal es la explicación de cómo fueron reconociéndose estos derechos en ese orden preciso en las sociedades, siendo los derechos sociales los últimos reconocidos y producto del Estado de Bienestar. Y finalmente, la expresión “derecho a tener derechos”, de Hannah Arendt, define de mejor manera la ciudadanía en la actualidad, que más que estatus jurídico adquirido, se refiere a un estado permanente de reclamo de todas las personas, en tanto seres con dignidad humana, para manifestar sus intereses y necesidades frente al Estado.9 7 8 9 Chantal Mouffe, “Feminismo, ciudadanía y política democrática radical”, en Debate Feminista, vol. 7, México, 1993, p. 15. Thomas Humphrey Marshall, Ciudadanía y clase social, Madrid, Alianza Editorial [1950] 2007. Hannah Arendt, La condición humana, México, Paidós [1958] 2016. 18 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Estrechamente ligado a estas transformaciones, la demarcación de quiénes se incluyen en el colectivo ha cambiado radicalmente, de tal manera que posicionamientos como los de Hannah Arendt y Étienne Balibar10 –base del presente análisis– consideran más apropiado concentrarnos en la exclusión y el conflicto que generan la movilización de aquellos grupos sociales que no adquieren dicha membresía. La aspiración a la ciudadanía propicia un proceso de insurrección y reivindicación política. La ciudadanía griega se adquiría por nacimiento en la polis y al llegar a cierta edad, pero se excluía a personas que por “naturaleza” no eran libres ni iguales, como los esclavos y las mujeres, los cuales se entendían como instrumentos que coadyuvaban a la felicidad del hombre. Contra las monarquías absolutas y la organización estamental de la sociedad se erigen los ideales ilustrados que plantean la “universalidad” de los derechos, entendiendo que todos los hombres nacían libres e iguales y les permitían consensuar la conformación del poder político; en el Estado moderno, la universalidad permitió que la clase burguesa emergente defendiera vehementemente que la ciudadanía era un estatus vinculado con la condición de propietario, lo cual permitía confirmar la autonomía e independencia del individuo, su accionar libre. Con el paso del tiempo la ciudadanía se extendió a los hombres de todas las clases sociales y, conforme se fueron independizando colonias y fortaleciendo las identidades nacionales, se incluyó a grupos sociales racializados y pueblos originarios. En esta historia de redefinición de las fronteras de la ciudadanía las mujeres han ocupado un importante lugar, por tratarse de la mitad de la humanidad reducida a una condición permanente de minoría de edad. María Xosé Agra considera que la historia del feminismo en sí misma es una historia de construcción de ciudadanía: 10 Étienne Balibar, Ciudadanía, Buenos Aires, Adriana Hidalgo Editora, 2013. 19 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Dicho de otra forma, mostrar la parcialidad y las paradojas de la ciudadanía universal es constitutivo del feminismo. Con diferentes énfasis, en distintos momentos y contextos históricos y políticos, la lucha por la inclusión o contra la exclusión de las mujeres de la ciudadanía y, tras la consecución del voto, por la participación política y en contra de la “ciudadanía de segunda” […]11 Derivado de lo anterior, la idea general que cruza este capítulo es que la ciudadanía ha adquirido significados diversos a través de procesos sociopolíticos históricos en los que se disputan los confines de la membresía, es decir, es producto del conflicto entre quienes ostentan la titularidad de los derechos y quienes son excluidos de dicha membresía, concretamente, las excluidas de la ciudadanía. Aunque la idea de la evolución del significado de la ciudadanía ya se ha sostenido con amplitud en la literatura académica, aquí resaltaremos el sentido que han adquirido históricamente sus componentes para justificar la exclusión y restricción de las mujeres en el ámbito público, esto es, la forma en que se ha legitimado la participación en la esfera política como un atributo inherente a los hombres. Al analizar los fundamentos de la exclusión, posibilitaremos la explicación del pensamiento, organización y movilización de feministas y mujeres insurrectas: la lucha por la reivindicación de sus derechos. 1.1. Componentes de la ciudadanía La ciudadanía es un concepto dinámico, cambiante a lo largo de la historia a través de las expectativas sociales y la insurrección de las personas que han sido excluidas y, por tanto, producto de procesos políticos de reconfiguración de su significado y alcance práctico. Es una noción imbricada, en el sentido en que sus componentes 11 María Xosé Agra, “Ciudadanía: el debate feminista”, en Fernando Quesada (ed.), Naturaleza y sentido de la ciudadanía hoy, Madrid, Publicaciones UNED, 2002, p. 2. 20 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México se entretejen, están superpuestos entre sí, se vinculan de tal manera que al tratar de explicar uno, es necesario atender al otro. Aunque complejo, el análisis partirá de los que consideramos son los tres componentes esenciales de la ciudadanía y la manera en que se inscriben, reproducen o instauran un orden de género: en primer lugar, la configuración de una comunidad política a partir del establecimiento de condiciones previas para habilitar la membresía de ciertas personas a dicho colectivo y, por ende, la justificación de la exclusión de otras; en segundo lugar, los derechos y deberes que se adhieren al estatus adquirido; y finalmente, el conflicto y las reacciones reivindicatorias de quienes fueron excluidas de la ciudadanía. Dichos componentes coinciden con los ejes fundamentales de la ciudadanía propuestos por Isin y Turner: “extensión (reglas y normas de inclusión y exclusión), contenido (derechos y responsabilidades) y profundidad (grosor o delgadez) de la ciudadanía”, los cuales se están redefiniendo y reconfigurando constantemente.12 Los dos primeros componentes son normativos en tanto refieren una expectativa, deseo o proyección de cómo debe ser la comunidad política y a qué debería aspirar. Transmiten un proyecto sociopolítico de transformación presente en coyunturas históricas, pero después se erigen como un estatus adquirido que se debe defender. Lo cierto es que, aunque se propongan cambios para alcanzar los ideales definidos, las expectativas también se insertan en un contexto social, político, económico y cultural específico que demarca su alcance. Por ello, sostenemos que estos tres componentes analíticos del concepto de ciudadanía cobran sentido en un orden de género, el cual es definido por Ana Buquet como “un sistema de organización social que produce de manera sistemática relaciones de jerarquía y subordinación entre hombres y mujeres en el que convergen todas las dimensiones de la vida humana a través de interacciones muy complejas” y cómo las 12 Engin F. Isin y Bryan S. Turner, “Citizenship Studies: An Introduction”, en Engin F. Isin y Bryan S. Turner (eds.), Handbook of Citizenship Studies, Londres, Sage, 2002. 21 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales sociedades entienden la feminidad y la masculinidad en un momento determinado.13 La manera como se interpreta la ciudadanía se enmarca en un sistema de relaciones entre mujeres y hombres, con roles definidos para cada sexo, desde la binaridad sexual y la heteronormatividad. La pertenencia a la comunidad política y el acceso al sistema de derechos están sesgados en función del orden de género, “nuestro estatus ‘político’ como ciudadanas se basa en unas premisas o acuerdos de desigualdad sexual”.14 Por otra parte, el tercer componente es el motor de la transformación y ampliación de los confines de la ciudadanía. El conflicto es consustancial al establecimiento de un “nosotros” con derechos y “los otros/as” sin derechos. Se posibilita la actuación de un sujeto político producido a partir de la exclusión que reivindica sus derechos, es decir, que reclama lo que considera que le corresponde y que no ha obtenido. Étienne Balibar explica que la insurrección es la modalidad activa de la ciudadanía, “se llama ‘conquista de la democracia’ o ‘derecho a tener derechos’ pero siempre tiene por contenido una búsqueda (y el riesgo) de la emancipación colectiva y de la potencia que les confiere a sus participantes, en contra del orden establecido que tiende a reprimir esta potencia”.15 A partir de las restricciones del orden de género en la ciudadanía, que se manifiestan concretamente en la dicotomía espacio público/ privado, los feminismos como corrientes de pensamiento político y como movimientos sociales se han encargado de deconstruir el proceso de objetualización de las mujeres,16 hacia la constitución de un 13 Ana Buquet, “El orden de género en la educación superior: una aproximación interdisciplinaria”, en Nómadas, núm. 44, abril de 2016, p. 29. 14 Anne Phillips, “¿Deben las feministas abandonar la democracia liberal?”, en Carme Castells (comp.), Perspectivas feministas…, op. cit., p. 84. 15 Étienne Balibar, op. cit., p. 215. 16 El proceso “en el que el mundo social es configurado por la percepción, el deseo y la creencia, proceso que propicia que las mujeres se conviertan en objetos debido a las percepciones, los deseos y las creencias de los hombres y debido a las relaciones desiguales de poder” (Graciela Vélez, La 22 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México sujeto político, esto es, un grupo cuya identidad se finca en la desigualdad social, económica y política impuesta bajo excusa de la diferencia sexual. Las mujeres que han luchado para convertirse en ciudadanas de “primera categoría” se convirtieron en insurrectas del régimen político y del orden de género, transgresoras de la exclusión constitutiva de dicha noción. En este sentido, el análisis de cada uno de los componentes (demarcación de la comunidad política a partir de inclusión/exclusión de personas, derechos y deberes adquiridos por la membresía, conflicto e insurrección para la reivindicación) recorrerá cuatro coyunturas históricas de configuración de la ciudadanía enmarcadas en un orden de género específico: 1) la inclusión de los hombres libres en reciprocidad e igualdad con otros en las ciudades-Estado griegas, y la exclusión de “la mujer”, quien pertenece solo al ámbito familiar; 2) la inclusión de los hombres con derechos inherentes en tanto individuos en la conformación de los Estados-nación modernos y la consecuente exclusión de las mujeres como grupo homogéneo de las “idénticas” confinadas al espacio privado; 3) la inclusión de las mujeres como ciudadanas, como recurso para la prosperidad familiar en las democracias del Estado de Bienestar; 4) y el reconocimiento de las diferencias entre las mujeres, diversidad que había sido invisibilizada en el colectivo social, y que corresponden a categorías de opresión que se intersecan (interseccionalidad) y, por ende, la constante demanda de reconfiguración de los límites de la ciudadanía y los derechos a los que aspiran.17 construcción social del sujeto político femenino. Un enfoque identitario-subjetivo, México, Miguel Ángel Porrúa, 2008, p. 50). 17 La interseccionalidad es un término propuesto desde el feminismo negro que resalta los puntos de interconexión de categorías de opresión como raza, etnia, clase social, edad, orientación sexual o identidad sexo-genérica explicando que la vivencia de la discriminación y la violencia es diferente en estas intersecciones. 23 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales 1.2. Los confines de la comunidad política El primer componente del análisis de la ciudadanía refiere a la existencia de una agrupación que tiene restricciones de acceso y que confiere un estatus de elevación social, deseable por diversas razones. Utilizamos como término general “comunidad política” porque ha cambiado a lo largo de la historia la manera en que nos referimos a la “organización de un grupo de individuos sobre un territorio en virtud de un poder de mando”: civitas, polis, res publica, principado, commonwealth, estado, nación.18 Por supuesto que los cambios de nominación atienden a la extensión territorial, a la forma de gobierno, a la relación gobernantes/gobernados y el estatus que se le confiere a los últimos, etcétera, pero aquí no nos concentraremos en ello, sino en ciertos momentos históricos que demarcan los límites de la membresía, específicamente, en la argumentación de la exclusión de ciertas personas de la comunidad política. Balibar argumenta que la comunidad política se ha constituido como una especie de “club” en el que se reserva el acceso, por lo que lo importante es entender cómo es que los que se erigieron como miembros legítimos decidieron las reglas de admisión y qué han hecho para mantener esas normas: Las implicaciones prácticas son evidentes: no hay exclusión de las mujeres de la ciudadanía completa (que implica el ejercicio de las responsabilidades políticas y profesionales) o de ciertos derechos civiles, sin la constitución de una ciudadanía que funcionó (y continúa funcionando) como un ‘club de varones’, cuyos individuos (masculinos o no) se esfuerzan a diario en hacer respetar las reglas, inscribiendo la igual-libertad dentro de una frontera interior presentada como ‘natural’, como ‘tradicional’ o como ‘socialmente necesaria’.19 18 Norberto Bobbio, Estado, gobierno y sociedad. Por una teoría general de la política, México, Fondo de Cultura Económica [1985] 2004, p. 86. 19 Étienne Balibar, op. cit., p. 124. 24 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México La ciudad-Estado o polis griega siempre será un referente occidental de la ciudadanía y la democracia. Son imprescindibles las obras de filósofos como Platón y Aristóteles para comprender la forma en que estas sociedades idearon una comunidad política asentada en bases de igualdad y deberes comunitarios, pero sumamente restringida. Sabemos que la demarcación territorial de la polis era un criterio importante de inclusión de los miembros de la comunidad política; los “metecos”, extranjeros o foráneos no tenían la posibilidad de acceder a la ciudadanía. Esta condición ha permanecido pues es consustancial a la conformación de los Estados-nación, siendo la nacionalidad muchas veces erróneamente utilizada como sinónimo de ciudadanía. Sin embargo, la demarcación de un exterior frente a la unidad de ciudadanos no fue el único criterio, sino que se utilizaron otros para excluir a personas que estaban dentro del territorio. El primer elemento de importancia, y que después permitirá realizar una comparación con el Estado moderno, es que la ciudadanía era sinónimo del colectivo mismo, y no de individuos en su relación con el poder. El interés general de la comunidad no se concebía como la agregación de intereses individuales, “sino como la expresión de un bien superior, encarnado en la virtud o la ley, que permitía el desarrollo cognitivo y moral del ciudadano en tanto parte de la ciudad, de la polis”.20 Aquí el sentido de reciprocidad es fundamental, los miembros de la ciudad-Estado están ligados entre ellos por su responsabilidad ante la polis, en particular la que refiere la participación en la deliberación política y el ejercicio rotativo de cargos públicos, lo cual implicaba “la limitación del poder de los gobernantes y la aceptación de la ley por los gobernados”.21 La reciprocidad solo se puede dar entre personas iguales por naturaleza, es decir, las diferencias biológicas son criterios de exclusión al interior de la polis: la edad, las capacidades manuales (realizadas por artesanos, 20 Miquel Caminal (ed.), Manual de Ciencia Política, 2a. ed., Madrid, Tecnos, 1999, p. 180. 21 Étienne Balibar, op. cit., p. 61. 25 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales comerciantes, esclavos) frente a las capacidades intelectuales y, por supuesto, la diferencia entre los sexos. El vínculo “ineludible” con la naturaleza será una constante en la argumentación que excluye a las mujeres del estatus ciudadano. Susan Moller Okin se detiene en el pensamiento del estagirita, en la manera en cómo utiliza la palabra hombre y cómo concibe la vida buena, el logro de su felicidad plena. De una manera muy restrictiva, para Aristóteles hombre es quien tiene a su alcance condiciones para ser feliz: los bienes, las riquezas, los hijos y el ocio son condiciones que requieren no solo la disposición de los recursos naturales y de los animales, sino también el servicio de otras personas, que “por naturaleza” estarían destinadas a ser instrumentos para el abastecimiento de dichas necesidades y comodidades de los que sí pueden dedicar su vida a la contemplación. La necesidad de todas las cosas y servicios que proporciona el hogar para la vida diaria, junto con el supuesto de que todas las demás clases de personas están destinadas por naturaleza a permitir que unos pocos realicen sus actividades verdaderamente humanas, lleva a Aristóteles a considerar la división sexual del trabajo como producto de la naturaleza.22 Esclavos, artesanos y comerciantes tienen como función la provisión de condiciones materiales para la subsistencia, mientras que las mujeres tienen como propósito la reproducción, la cual es la función natural por excelencia, pero aun en esta, la mujer se entiende como un mero receptáculo en el que el hombre desarrolla en sí el rol activo de la procreación. De lo anterior, subrayamos dos ideas que permanecerán en el pensamiento político occidental, incluso hasta nuestros días: primero, 22 Susan Moller-Okin, op. cit., p. 84. 26 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México el argumento biológico esencialista de la complementariedad de los sexos desde el punto de vista de su función social, complementariedad que evidentemente no está fincada en la igualdad sino en la superioridad de unos que pueden aspirar a la vida contemplativa y la nulificación de las otras por mero destino biológico; y segundo, la separación de lo doméstico de lo político, el elemento clave de la ciudadanía y la democracia. Por tanto, lo político se refiere a los asuntos relacionados con los intereses y valores que permiten el progreso de la polis con independencia de las actividades que tienen que ver con la producción y reproducción, como el trabajo y la maternidad y el cuidado de otras personas y del hogar, englobadas como la esfera doméstica.23 Hannah Arendt realizó un importante análisis de la propuesta filosófica política de Aristóteles en su libro La condición humana.24 La filósofa alemana explica que la distinción del espacio público del privado en la polis griega es, de hecho, una división de personas con y sin libertad. En la familia se impone el poder de un varón sobre las mujeres, hijos y esclavos, es un espacio de desigualdad y sumisión por naturaleza. Por otro lado, en los espacios políticos se priorizan el debate, el diálogo y la persuasión, y para que ello suceda, la participación de los miembros debe estar fincada en la igualdad y en la libertad: “Ser libre significaba no estar sometido a la necesidad de la vida ni bajo el mando de alguien y no mandar sobre nadie, es decir, ni gobernar ni ser gobernado”.25 La idea de reciprocidad con el colectivo para asumir deberes cívicos, como ocupar cargos públicos y la deliberación en las asambleas públicas, nos permite entender que solo algunos podrían realizarlo con independencia y autonomía, conformando de esta manera una comunidad de hombres iguales en tanto que eran libres. Arendt considera que ese es el significado de la famosa acepción aristotélica 23 Étienne Balibar, op. cit., p. 36. 24 Hannah Arendt, op. cit. 25 Ibid., p. 48. 27 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales zoon politikon:26 en oposición a la vida familiar y los que estaban fuera de la polis, los hombres tenían la facultad de discurso, la capacidad de hablar entre ellos como seres iguales y libres. En este sentido, en un interesante ensayo político la historiadora inglesa Mary Beard plantea cómo ha quedado grabada la restricción de “la voz” de las mujeres en la política en los más importantes relatos históricos y mitológicos, obras de arte plásticas y en la literatura, y cómo siguen presentes en los discursos actuales del ámbito político.27 Ejemplifica con el relato de Telémaco y Penélope (personajes de La Odisea): en un momento específico en el que varios hombres están discutiendo de asuntos públicos estando aún Ulises ausente, Penélope interviene en la discusión; su hijo Telémaco la interrumpe y le pide regresar a “sus labores”, al telar y la rueca. Para Beard representa el momento en el que la voz de las mujeres fue silenciada, cuando fueron excluidas del espacio público. Coincidiendo con Arendt, Beard encuentra que en las civilizaciones griega y romana las capacidades de oratoria eran entendidas como habilidades masculinas: “citando un conocido eslogan romano, el ciudadano de la élite podía definirse como vir bonus dicendi peritus, ‘un hombre bueno diestro en el discurso’. Por consiguiente, una mujer que hablase en público no era, en la mayoría de los casos y por definición, una mujer”.28 Aunque Arendt no desarrolla explícitamente un análisis sobre la exclusión de las mujeres de la ciudadanía, considera que la existencia de la ciudad-Estado y de la propia esfera pública se da a expensas de la esfera privada familiar. Para que los hombres pudieran dedicarse, si bien no exclusivamente, pero sí con holgura a las actividades políticas, era necesario que alguien más cubriera las necesidades materiales 26 La acepción zoon politikon (πολιτικὸν ζῷον) fue utilizada por Aristóteles en el libro II de la Política, para caracterizar al ser humano como un animal social y destacar el vínculo esencial de los hombres con una forma de convivencia superior, en aquel entonces manifiesta en la ciudad-Estado (Vicente Huici y Andrés Dávila, “Del Zoon Politikón al Zoon Electronikón. Una reflexión sobre las condiciones de la socialidad a partir de Aristóteles”, en Política y Sociedad, vol. 53, núm. 3, 2016, pp. 757-772). 27 Mary Beard, Mujeres y poder. Un manifiesto, Buenos Aires, Crítica, 2018. 28 Ibid., p. 27. 28 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México de alimentación, labores domésticas y cuidado, y específicamente, lo que se considera como destino biológico de las mujeres, la procreación y perpetuación de la especie: “Sin dominar las necesidades vitales en la casa, no es posible la vida ni la ‘buena vida’, aunque la política nunca se realiza por amor a la vida. En cuanto miembros de la polis, la vida doméstica existe en beneficio de la ‘gran vida’ de la polis”.29 No se debe entender lo anterior como el reconocimiento y la sublimación de la esfera privada sobre la pública, al contrario, Hannah Arendt explica que lo privado fue un aspecto “oscuro y oculto de la esfera pública”, aunque necesario. Por ejemplo, la posibilidad de tener propiedades era una muestra de tener cubiertas esas necesidades de vida para poder elevarse en libertad a la “buena vida”, la participación en igualdad en el colectivo político. Lo importante es observar que la inclusión y la exclusión de la ciudadanía se hallan interconectadas, en el sentido de que la exclusión de unas (y otros hombres también) posibilita que solo algunos puedan adquirir el estatus de ciudadanos, con las expectativas sociales que esto conlleva. La segunda coyuntura histórica que revisaremos para analizar la manifestación del orden de género en la construcción de la ciudadanía, específicamente, en la inclusión/exclusión del estatus ciudadano es la conformación del Estado moderno, expresión del monopolio legítimo del poder en una unidad territorial delimitada. De acuerdo con el pensamiento liberal, a partir de la existencia de un conjunto de individuos que nacen libres e iguales y que ceden parte de esa libertad para constituir un gobierno legítimo, se “instalará la idea de que los derechos son atributos del ser humano”.30 Balibar considera que la relación más paradójica de la ciudadanía es con la idea de “universalidad” que plantearon la Ilustración y el liberalismo, dado que se 29 Hannah Arendt, op. cit., p. 48. 30 Yanira Zúñiga, “Ciudadanía y género. Representaciones y conceptualizaciones en el pensamiento moderno y contemporáneo”, en Revista de Derecho, año 17, núm. 2, 2010, p. 135. 29 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales retiraron criterios de exclusión fundados en la organización estamental de la sociedad, pero se mantuvieron otros sumamente restrictivos. Bajo esta configuración política, entonces, la comunidad política es la agrupación de hombres libres e iguales, que pueden consensuar la conformación del poder político, y esa libertad e igualdad se adquieren por la independencia o autonomía total de la persona, específicamente, del varón que ya no está bajo el control de su padre. La teórica feminista británica Carole Pateman hace una revisión del contractualismo clásico de Thomas Hobbes, John Locke y Jean Jacques Rousseau y explica que la ficción política del contrato social en realidad se trata del acuerdo mediante el que los hombres dejan atrás la jerarquía paterna, el orden patriarcal de un hombre sobre otros de su propia familia, para instaurar un orden civil de igualdad y libertad entre los varones, pero que no se extiende hasta las mujeres.31 De acuerdo con el pensamiento moderno, la conformación de una comunidad política de iguales implica, en primer lugar, que los hijos no sigan dependiendo de sus padres si ya conformaron su propia familia32 y, en segundo lugar, interpretaciones liberales como la de John Locke 31 Siguiendo el relato de la ficción política del contrato social, Carole Pateman aclara que hay un contrato previo al supuesto pacto original en el que se da por sentada la sujeción de las mujeres y el derecho de los hombres a utilizar el cuerpo de estas, por placer y procreación: el contrato sexual, pues “El pacto originario es tanto un pacto sexual como un contrato social, es sexual en el sentido de que es patriarcal –es decir, el contrato establece el derecho político de los varones sobre las mujeres– y también es sexual en el sentido de que establece un orden de acceso de los varones al cuerpo de las mujeres […] El contrato está lejos de oponerse al patriarcado; el contrato es el medio a través del cual el patriarcado moderno se instituye” (Carole Pateman, El contrato sexual, México, Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa [1988] 1995, p. 11). 32 Dos datos interesantes. Teele explica que tales reglas implicaban que a los hijos que vivían en casa con su padre no se les permitía un voto independiente; en algunos lugares, como el Reino Unido y Suecia, la posesión de más de un domicilio, por ejemplo, una casa de campo, permitía a los jefes de casa tener un voto adicional por cada propiedad (Dawn Langan Teele, “Women and the Vote”, en Women and Equality, vol. 149, 2020, pp. 25-39). En el caso concreto mexicano, Françoise Carner comenta que, en la época colonial, a finales del siglo XVIII fue promulgada la Pragmática Sanción de Matrimonios que reafirmaba en España el poder y la autoridad de los padres sobre sus hijos en materia de matrimonio. Hasta los 25 años de edad los hijos precisaban de la autorización de los padres, de un tutor, de familiares o en su defecto, de un juez para contraer matrimonio (Françoise Carner, “Estereotipos femeninos en el 30 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México consideran primordial que los hombres sean propietarios o terratenientes. La independencia del hombre por medio de la conformación de su propia familia es muy importante pues, como “jefe de familia”, es responsable de sí mismo a la vez que responsable legal de otras personas que residen en su hogar: sus hijos varones que aún no llegan a la mayoría de edad, sus hijas solteras y su esposa. En este sentido, las mujeres −dada la subordinación natural a su esposo− no son libres de acceder a la sociedad política y son excluidas de la comunidad política, donde se da el consenso y la convención.33 La posibilidad de adquirir un patrimonio individual, y de que este sea protegido por el Estado, sugería la pertenencia a una comunidad política, anclando la noción de ciudadanía con la membresía a un territorio, al Estado-nación. Se les define como individuos privados que requieren “una esfera en la que poder ejercer sus derechos y oportunidades, procurar sus intereses privados y proteger e incrementar su propiedad”.34 Balibar sostiene que la gran antinomia en el pensamiento liberal entre el principio de universalidad de la ciudadanía y la democracia es la negación de las mujeres como “individuos” o “sujetos de derecho”. Yanira Zúñiga explica que la exclusión implicó un complejo y largo proceso de complicidad en la literatura, ciencia y otras manifestaciones culturales para conformar la “feminidad” o como resaltaría Betty Friedan, la mística de la feminidad, que justificaba el confinamiento de las mujeres en el espacio privado dado su destino biológico.35 Esta construcción sociocultural que, por cierto, refería más precisamente a mujeres de ciertos extractos sociales, fue la argumentación de trasfondo de la resistencia al sufragio femenino desde finales del siglo XIX y la primera siglo XIX”, en Carmen Ramos, Presencia y transparencia: la mujer en la historia de México, México, El Colegio de México, 2006, pp. 99-112). 33 Carole Pateman, “Críticas feministas a la dicotomía público/privado”, en Carme Castells (comp.), Perspectivas feministas…, op. cit., p. 34. 34 Ibid., p. 36. 35 Betty Friedan, La mística de la feminidad, Madrid, Ediciones Cátedra [1963] 2011. 31 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales mitad del siglo XX. Hoy en día no podemos decir que se ha superado por completo. La base de la exclusión interior de la ciudadanía liberal es la separación de la esfera pública/política de la esfera privada/doméstica y la correspondiente separación de roles de género, en la cual los hombres y las mujeres cumplen una función social diferente, los primeros como proveedores, con capacidad de participación en el gobierno, y las mujeres como procreadoras y “amas” del hogar. La esfera privada se relaciona con la vida doméstica, la familia y las relaciones de consanguinidad (padres e hijos), sexualidad y reproducción (marido y esposa que se convierten en padre y madre), mientras que el espacio público se relaciona con la libertad, la igualdad, los derechos, la propiedad y las convenciones, entendidos por los liberales como exclusivos de los varones.36 Cabe mencionar que el reconocimiento de los hombres como individuos estaba asociado a su patrimonio y liderazgo como padre de familia en el ámbito doméstico, además de tener acceso al espacio político; en contraste, las mujeres están confinadas al espacio privado y se difunde falsamente que son estas las que ejercen el dominio del hogar. En este sentido, la explicación de la complementariedad de las esferas, como si hombres y mujeres tuvieran distintas funciones sociales (presupuesto defendido desde Aristóteles) no se puede sostener cuando ellas solo se desarrollan en un ámbito y los hombres gobiernan ambos.37 Para poder dar una salida a la incongruencia entre la propuesta humanista y universalista que debería incluir a todos y todas, pero que en la práctica limitaba la ciudadanía a un grupo de hombres propietarios, se consideran las diferencias fisiológicas o psicológicas para trazar la línea 36 Carole Pateman, “Críticas feministas a la dicotomía público/privado”, en Carme Castells (comp.), Perspectivas feministas…, op. cit., p. 35. 37 Geneviéve Fraisse citada por Balibar, op. cit., p. 108. 32 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México de exclusión y negar la membresía a la comunidad política a las personas “anormales”, o por lo menos que no se comprenden dentro de un ideal homogéneo compartido de ciudadano.38 La justificación de la exclusión de las mujeres siguió fundamentándose en la naturaleza, en la dependencia de las mujeres a las figuras masculinas como sus esposos y padres, situación que imposibilitaba que se convirtieran en propietarias, por lo que su sentido de pertenencia al Estado-nación solo podía anclarse a la maternidad (madres de los varones que sí reunían las condiciones de membresía de la ciudadanía). Dado que las mujeres son un grupo de personas que “por naturaleza” tienen otras capacidades y funciones, no pueden estar comprendidas en el conjunto de “los iguales”. Se les consideró diferentes a los varones, y aunque la diferencia también se daba entre ellos, lo importante es que se argumentó que las mujeres eran inferiores, aunque idénticas entre ellas por esencialismo biológico. Al naturalizar la desigualdad basada en la diferencia sexual, también se estableció la dependencia de ellas a los otros en condiciones de subordinación y opresión.39 Desde la perspectiva liberal, el individuo es una persona autónoma, independiente, “capaz de proponerse a sí mismo fines que considera valiosos y de tender libremente a la realización de éstos",40 pero las mujeres están “cautivas”, sin autonomía, sin capacidad de decidir por sí mismas: “[el] cautiverio caracteriza a las mujeres en cuanto al poder de la dependencia vital, el gobierno de sus vidas por las instituciones y los particulares (los otros), la obligación de cumplir con el deber ser femenino de su grupo de adscripción, concretando en sus vidas estereotipadas, sin opciones”.41 38 Ibid., p. 134. 39 Marcela Lagarde, Los cautiverios de las mujeres: madresposas, monjas, putas, presas y locas, 5a. ed., México, Universidad Nacional Autónoma de México [1990] 2011, p. 167. 40 Jesús Farfán, “La formación ciudadana de las mujeres en el México del siglo XIX”, en María Luisa Quintero y Carlos Fonseca (coords.), Investigaciones sobre género. Aspectos conceptuales y metodológicos, México, Miguel Ángel Porrúa, 2008, p. 125, nota al pie de página. 41 Ibid., p. 152. 33 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Varias autoras han explicado con bastante profundidad que no es la capacidad de reproducción de las mujeres la que provoca la subordinación, sino la forma en que este hecho biológico adquiere significado socialmente.42 Pierre Bourdieu43 explicó que la dualidad mujer/hombre se inscribe en el orden simbólico de las cosas: asociados con la naturaleza y la mujer encontramos atributos “femeninos” como el amor, la intuición, la moralidad, la abnegación; y en oposición a estos, están la cultura, el progreso, la justicia, la razón, que han sido asociados al hombre y lo masculino. Y es en esta división simbólica de la feminidad y la masculinidad en la que Marcela Lagarde encuentra la opresión patriarcal de las mujeres: es el ímpetu del hombre por controlar la naturaleza. En algún momento de la historia –sobre todo occidental– el avance de la civilización se tradujo en el dominio de los recursos y fenómenos naturales, y si la mujer tiene una relación indisoluble con la naturaleza, el varón, por extensión, debe controlarla a ella. Para las mujeres partícipes de la movilización social y del pensamiento ilustrado y liberal, la exclusión de la nueva esfera de libertades y derechos, así como la continuidad de su dependencia legal al varón, no pasó desapercibida. La filósofa inglesa Mary Wollstonecraft escribió en 1790 en su libro Vindicación de los derechos de la mujer: Lo que permite elevarse como seres racionales, libres e iguales es la constitución de un “otro” que no tiene esas virtudes y características: “¿Y pretenderán los moralistas afirmar que ésta es la condición en la que una mitad de la raza humana debe ser animada a permanecer con apática inactividad y estúpida aquiescencia? ¡Buenos instructores! ¿Para qué fin hemos sido creadas? Para permanecer dirán, inocentes –esto es, en el estado de la infancia−. Podríamos también 42 Este es el principal propósito de El segundo sexo: desmontar la argumentación biológica y psicoanalítica de la diferencia y subordinación de las mujeres, para aclarar que “el conjunto de la civilización elabora este producto intermedio entre macho y el castrado que se suele calificar de femenino”. Es decir, “No se nace mujer: se llega a serlo” (Simone de Beauvoir, op. cit., p. 371). 43 Pierre Bourdieu, La dominación masculina, Barcelona, Anagrama [1998] 2000. 34 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México no haber nacido nunca, a menos que fuera necesario crearnos para permitir al hombre adquirir el nombre privilegio de la razón, la facultad de discernir el bien del mal, mientras que nosotras nos tumbamos en el barro del que fuimos tomadas, para nunca levantarnos de nuevo”.44 Sin embargo, algunos de los cuestionamientos más importantes a la propuesta liberal de la ciudadanía no profundizaron demasiado en la exclusión de las mujeres de este principio supuestamente universal, sino que se centraron en las experiencias de exclusión de los hombres por otro tipo de consideraciones económicas y políticas. En este sentido, Thomas Humphrey Marshall es uno de los principales autores abordados cuando se debate el alcance del término ciudadanía, precisamente porque cuestiona la contradicción entre la defensa de la libertad individual –principal premisa del liberalismo como ideología política económica– y la desigualdad social detonada por el cruento sistema capitalista, de la Revolución Industrial hasta el periodo de posguerras.45 La suya es nombrada “ciudadanía social” por la vinculación de la idea de solidaridad universal del Estado hacia el cuerpo social. Es en este contexto del Estado de Bienestar en el que encontramos una conceptualización de la ciudadanía bajo un orden de género distinto, después de que se extendió internacionalmente el sufragio universal y se puso en entredicho el acceso en igualdad de condiciones a los derechos civiles, políticos y sociales. 44 Mary Wollstonecraft, Vindicación de los derechos de la mujer, Madrid, Ediciones Istmo [1790] 2005, p. 124. 45 Marcos Freijeiro, “Ciudadanía, derechos y bienestar: un análisis del modelo de ciudadanía de T. H. Marshall”, en Revista de Filosofía, Derecho y Política, núm. 2, 2006, pp. 63-100. 35 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales 1.3. Derechos y responsabilidades adquiridos El segundo componente de la noción de ciudadanía es la adquisición de derechos y deberes con la comunidad política. Este componente pone de manifiesto las aspiraciones sociales, las posiciones ideológicas de cada sociedad en un momento determinado. En este sentido, T. H. Marshall difirió de la tradición iusnaturalista que estipulaba que los derechos son inherentes a las personas y aclara que los derechos son producto del devenir histórico. Por ello, en Ciudadanía y clase social se enfatiza la forma en que se fueron incorporando los derechos en Inglaterra, primero civiles y luego políticos (en los siglos XVIII y XIX respectivamente), y después los derechos sociales para alcanzar una especie de ciudadanía “ideal” en el siglo XX. Basado en la propuesta de dicho autor, Alberto Olvera define de manera concreta el alcance de cada uno de los derechos: derechos civiles son aquellos que se erigen como una esfera de autonomía y seguridad de los individuos frente al Estado (libertad de expresión, pensamiento, propiedad); los derechos políticos que los consideran capaces de elegir a sus gobernantes y contender por un cargo público; y los derechos sociales que “garantizan las condiciones mínimas de supervivencia y dignidad para todos los miembros de una comunidad en condiciones de igualdad".46 Como indica el título de este libro, ponemos especial atención a los derechos políticos, pero necesariamente se abordan los civiles y sociales como producto de la lucha por la representación política de las mujeres. El componente más reconocido de la noción de ciudadanía de Marshall es que la entiende como un mecanismo que permite conciliar la libertad individual con el capitalismo que genera desigualdad, en tanto el Estado pueda garantizar un mínimo de bienestar a quienes detentan el estatus de ciudadanos, específicamente con aquello que denominaría “derechos sociales” como la educación, el acceso a la salud, 46 Alberto Olvera, Ciudadanía y democracia, México, Instituto Federal Electoral, 2008, p. 20. 36 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México vivienda, un ingreso mínimo, entre otros. El Estado de Bienestar es una alternativa congruente frente a las continuas crisis del capitalismo y el individualismo exacerbado del modelo liberal,47 así como de la experiencia de los Estados socialistas totalitarios (donde la igualdad social era el principio político por excelencia por encima de la libertad). A diferencia de los derechos civiles y políticos que, desde la apuesta de Marshall, siguen vinculándose indiscutidamente al individualismo liberal, los derechos sociales son “deberes del Estado de provisión de servicios colectivos en materia de salud, educación y bienestar"48 que permiten a las personas reconocidas como ciudadanas, adquirir condiciones de vida suficientes o dignas, que a su vez posibilitan el ejercicio de los derechos civiles y políticos, sobre todo los políticos. En este sentido, la ciudadanía social, de acuerdo con Marshall, se configura como un mecanismo de compensación de las contradicciones del mercado, destinado principalmente a la población con menores recursos o en situación de vulnerabilidad que la “mano invisible” del capitalismo no ha podido favorecer. Resalta que la compensación implica que algunas personas con el estatus de ciudadanía no requieren de la subvención estatal, es decir, a diferencia de los derechos civiles y políticos que se entienden universales, los derechos sociales están dirigidos a grupos identificados a partir de ciertos criterios estatales discrecionales, partiendo de la pregunta básica de lo que significa bienestar. T. H. Marshall sostuvo que la adquisición de los derechos civiles, políticos y sociales se daban de manera secuencial, uno motivado por el otro: el reconocimiento de los derechos del individuo motivó la búsqueda del poder político y, gracias al acceso universal de los derechos políticos, las clases no privilegiadas económicamente accedieron al poder y exigieron al Estado la concesión de los derechos sociales. 47 Yanira Zúñiga, op. cit. 48 Marcos Freijeiro, op. cit., p. 74. 37 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Es importante señalar que el propósito del análisis del autor no era normativo o comparativo, su explicación sobre la evolución del término estaba centrada en la experiencia inglesa y no se extendía a otros contextos sociopolíticos donde la ciudadanía seguía siendo motivo de conflicto y reivindicación de los derechos por movimientos sociales en pie de lucha.49 Sin embargo, llama la atención que el sociólogo británico entiende que los derechos políticos se integran definitivamente a la noción de ciudadanía con la universalización del sufragio masculino, aun cuando no se había hecho del todo extensiva a la otra mitad de la población: las mujeres. Para estas los derechos políticos, como el sufragio, en realidad fueron una vía para adquirir los derechos civiles. Además de las mujeres inglesas de clase alta que luchaban vehementemente por el derecho al voto que las posicionara en igualdad con los hombres de su clase social, las mujeres de clase media y baja se sumaron a la lucha sufragista con la expectativa de lograr mejores condiciones de vida: poder trabajar, que su labor tuviera una compensación justa, gozar de los beneficios de ese trabajo, posibilidad de obtener la patria potestad de sus hijos e hijas en caso de divorcio, adquirir y heredar propiedades, realizar transacciones comerciales, o algo tan importante como conservar su nacionalidad aun cuando se casaran con un extranjero. El sufragio, derecho político de la ciudadanía, se convirtió en el estandarte de una lucha que reivindicaba también los derechos civiles de las mujeres. En palabras de Dawn Langan Teele, “los derechos de las mujeres no son solo bienes normales que surgen automáticamente con el tiempo, sino que son recursos frágiles que hay que demandar, cuidar y defender”.50 No obstante, la propuesta marshalliana de progresividad hacia los derechos sociales es poco clara desde la experiencia de las mujeres. 49 María Xosé Agra, “Ciudadanía: el debate feminista”, en Fernando Quesada (ed.), Naturaleza y sentido…, op. cit. 50 Dawn Langan Teele, op. cit., p. 35. 38 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México El Estado de Bienestar no significó la plenitud de la ciudadanía para las inglesas. Los derechos sociales adquirieron otro significado conforme al orden de género imperante: más que derechos, eran concesiones que se otorgaban a las mujeres como población vulnerable y dependiente, con limitantes de sus derechos civiles y reducidísimo ejercicio de los derechos políticos, sobre todo aquellos referentes a la representación en la toma de decisiones. Además, se les consideró un medio para lograr el bienestar de las familias, y su condición de madres era un llamado a su protección, al igual que otros grupos vulnerables.51 Marcela Lagarde explica que el Estado de Bienestar se basó en las “funciones de reproducción social en que la sociedad especializa a las mujeres a partir de su cuerpo, de su sexualidad y de sus funciones de reproducción de la cultura”.52 Balibar evidencia un problema específico con la ciudadanía social marshalliana para la reivindicación de los derechos de las mujeres, ya que la vía de acceso a los derechos sociales fue su estatus como trabajadores y trabajadoras. Las mujeres asociaron su emancipación con su inserción en el campo laboral, sin embargo, con esto llegó “la sobreexplotación de las mujeres, por medio del establecimiento de la doble jornada del trabajo, profesional y doméstica”.53 Los patrones socioculturales que se convierten en desventajas estructurales constituyen una diferencia trascendental en la experiencia ciudadana de mujeres y hombres: si en el siglo XX presenciamos los avances más importantes de derechos políticos y civiles de las mujeres, el acceso y goce de los derechos sociales sigue relacionándose con categorías de su dependencia con la familia y la esfera doméstica (el varón como proveedor con trabajo remunerado y la mujer que se desempeña principalmente como cuidadora). Las mujeres que continuaban en una situación de dependencia doméstica y cuyo trabajo 51 Maxine Molyneux, “Género y ciudadanía en América Latina: cuestiones históricas y contemporáneas”, en Debate Feminista, vol. 23, abril de 2001, pp. 3-66. 52 Marcela Lagarde, op. cit., p. 160. 53 Étienne Balibar, op. cit., p. 83. 39 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales no se reconocía por no ser remunerado, simplemente no pueden ser consideradas en igualdad de condiciones que los varones con empleo formal que les permite esa tan anhelada independencia: la “diferencia sexual es políticamente relevante, el modelo de Marshall no contempla la dependencia de las mujeres de la familia” sostiene María Xosé Agra.54 En este sentido, la movilización feminista ya no se concentra solo en la igualdad formal de derechos civiles y políticos, como lo hicieron las sufragistas en la primera ola y la corriente del feminismo liberal, sino que buscará la igualdad de facto que tiene su principal obstáculo en la división sexual del trabajo y la subordinación de las mujeres a los varones como cabezas de familia. El límite de la ciudadanía es la desigualdad estructural derivada del género como ordenamiento sociocultural. Ante la pregunta de si la ciudadanía tiene género, Sylvia Walby55 respondió afirmativamente: la ciudadanía es sexuada. El Estado de Bienestar inicia con las políticas de recuperación económica tras la Gran Depresión y, sobre todo, la Segunda Guerra Mundial en los países del bloque occidental capitalista, en una no tan disimulada competencia con las políticas socialistas del bloque liderado por la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS). Su declive se presentaría a partir de los años setenta. No es de extrañar que la década anterior fuera uno de los periodos de mayor agitación social de la historia contemporánea con los movimientos pacifistas, estudiantiles, por los derechos civiles de la población negra, de la diversidad sexual y nuevas corrientes feministas como la radical, el feminismo de la diferencia, el feminismo negro, el lesbofeminismo, entre otras. Todos estos movimientos empujaron una concepción de ciudadanía distinta a la que se sostenía hasta el momento. 54 María Xosé Agra, “Ciudadanía: el debate feminista”, en Fernando Quesada (ed.), Naturaleza y sentido…, op. cit., p. 9. 55 Sylvia Walby, “Is Citizenship gendered?”, en Sociology, vol. 28, núm. 2, 1994, pp. 379-395. 40 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México La filósofa Hannah Arendt hizo un interesante acercamiento de la ciudadanía con la noción de los derechos humanos, los cuales habían adquirido notable fuerza terminada la Segunda Guerra Mundial (y tras la terrible experiencia del Holocausto). Para Arendt la membresía a un Estado-nación era una condición necesaria para poder acceder a la supuesta universalidad de los derechos, pero dejaba sin acceso a personas debido a su calidad de apátridas, expatriados, migrantes y otras condiciones, precisamente provocadas por el componente de territorialidad de la ciudadanía. Asimismo, dentro del propio territorio existían personas que tampoco podían acceder a la ciudadanía, pero que no necesariamente estaban en una actitud pasiva frente a esta situación. Hannah Arendt propone poner en primer plano a la dignidad humana, y no a la condición de membresía a una comunidad política situada en confines territoriales como los de los Estado-nación, de tal forma que la existencia misma de la persona (y de ahí la importancia de la natalidad en su reflexión), su actuación y vinculación con el entorno para relacionarse con otras personas, le confiere ese “derecho a tener derechos”, el derecho a la membresía a una comunidad política más amplia que el territorio nacional y, por ende, más allá de la voluntad o negativa de los gobiernos de los Estados nacionales de conferirles los derechos. El ejercicio de la libertad es una precondición de la dignidad humana y se refleja en la constante disputa por reconfigurar los alcances de la ciudadanía al cuestionar la exclusión producida por sus condiciones de pertenencia. El reclamo del “derecho a tener derechos” es inevitable en tanto es inalienable a la dignidad humana de las personas, la cual se erige de su libertad de acción. A partir de la propuesta de Hannah Arendt, Seyla Benhabib define la ciudadanía como “el reclamo de cada persona humana a ser reconocida y protegida en términos de una personalidad legal por la comunidad mundial y el derecho a la libertad comunicativa mediante la que la persona se proyecta a sí misma como ‘hacedora’ de un mundo 41 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales social que comparte con otros”.56 Como se puede leer en la cita, la autora considera muy importante la condición comunicativa de las personas, esto es, la capacidad de expresión con vistas a la interacción con otros: argumentar para manifestar nuestros intereses, necesidades y perspectivas con propósitos específicos de incidir en los posicionamientos y decisiones de otros. La libertad es comunicativa. En el mismo sentido de Arendt, Benhabib cuestiona que la territorialidad o la residencia sean condición de membresía: la ciudadanía es multicultural y trasciende los límites de los Estados-nación y está fundada en los actos de reivindicación de derechos de las personas que la otra ciudadanía territorializada excluía. 1.4. Reacciones reivindicativas ante la exclusión Explica Étienne Balibar que la declaratoria del “derecho a tener derechos” de Hannah Arendt es la manifestación más clara del carácter insurreccional de la noción de ciudadanía, esto es, la necesidad de las personas de reivindicar su derecho a no ser excluidas. Como se mencionó en líneas anteriores, el establecimiento de los confines de la comunidad política irremediablemente conlleva a que ciertas personas con determinadas características no puedan acceder a esta. El motor de la transformación social y política y de la evolución misma de la ciudadanía es la lucha de dichas personas por reivindicar lo que les ha sido negado. Celia Amorós explica que la impugnación se vale de dos argumentos: primero, defender que quienes han sido excluidas también tienen las características o parámetros del resto que sí fue incluido en la comunidad política o, segundo, controvertir que esos criterios de inclusión/exclusión no son los adecuados.57 El conflicto es inherente a la definición de la ciudadanía porque implica un forcejeo 56 Ma. Concepción Delgado, “Ciudadanía moderna, ¿un obstáculo para los derechos humanos? De Arendt a Benhabib”, en Reflexión Política, año 16, núm. 32, diciembre de 2014, p. 123. 57 Celia Amorós, Feminismo y filosofía, Madrid, Síntesis, 2000, p. 27. 42 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México de grupos sociales que buscan el reconocimiento y redefinen fronteras de la membresía, a la vez que otros, que detentan privilegios e intereses particulares, se resisten:58 La ciudadanía no sólo debe ser atravesada por crisis y tensiones periódicas, sino que es intrínsecamente frágil y vulnerable: es por esta razón que a lo largo de la historia ha sido destruida y reconstituida en varias ocasiones, en un marco institucional nuevo […] la capacidad insurreccional de los movimientos políticos universalistas que buscan conquistar derechos todavía inexistentes, o ampliar los existentes, de modo de hacer que la igual-libertad pase a los hechos […] El momento insurreccional asociado al principio de la igual-libertad no es sólo fundador, es también enemigo de la estabilidad de las instituciones.59 El feminismo como teoría y movimiento social tiene su origen en estas transformaciones sociales (que quedaron plasmadas en las aportaciones de la Ilustración y la teoría política liberal de los siglos XVIII y XIX) donde los principios como la razón, la libertad y la igualdad se entienden “universales” y, por tanto, las mujeres también consideraron que debían ser incluidas en esa caracterización natural con el resto de la humanidad.60 La exclusión determinante de las mujeres a la ciudadanía provoca ser identificadas como “las otras” y desde la 58 Con la ciudadanía moderna se enuncia la petitio juris o la reivindicación de derechos. Esta frase tiene un carácter profundo de acuerdo con Álvaro Ramis cuando aborda el proceso constituyente: “los dominantes nunca ceden sus privilegios de forma voluntaria. Los sin-parte en el pacto político deben hacerse parte [petitio jure] generalizando sus demandas particulares, hasta encontrar en la apertura a un proceso de cambio constitucional, un momento instituyente de lo que hasta ese momento está prohibido” (cita del blog del autor alvaroramis.wordpress). 59 Étienne Balibar, op. cit., p. 63. 60 El pensamiento inconforme sobre la desigualdad de las mujeres no se suscribe solamente a la modernidad. Como se mencionó antes, ha habido un importante esfuerzo de genealogía feminista que visibiliza la reflexión de mujeres en la Antigüedad y durante la Edad Media: las filósofas griegas Aspasia y Fintis, la mística alemana Hidelgard von Bingen, Christine de Pizan, sor Juana Inés de la Cruz, las españolas Isabel de Villena y Teresa de Ávila, la inglesa Mary Astell, entre otras (véase a Ingeborg Gleichauf, Mujeres filósofas en la historia. Desde la antigüedad hasta el siglo XXI, Barcelona, La Desclosa, 2010). 43 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales otredad se reconocieron como “las de mi sexo” (como refiere Mary Wollstonecraft). Esto es, la desigualdad social y política, bajo excusa de la diferencia biológica, posibilita la identidad social y, con ello, la conformación del sujeto político del feminismo. Lo que llamaremos aquí “pensamiento inconforme” se refiere a la argumentación de las mujeres del siglo XVIII, a la luz del igualitarismo ilustrado y liberal, por ser consideradas como seres dotados de razón y que podían fortalecer virtudes, al igual que los hombres.61 La Revolución francesa ha sido descrita como una importante coyuntura sociopolítica que provocó que muchas mujeres manifestaran su inconformidad frente a la exclusión. Ampliamente conocida es la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, escrita por Olympe de Gouges, como reacción a la declaración homónima, pero exclusiva de los varones. En este documento se puede leer el reclamo de las mujeres por los derechos que se habían logrado durante la gesta armada. Aunque es sumamente recomendable leer el documento completo, recuperamos estas líneas: Las madres, hijas, hermanas, representantes de la nación, piden que se las constituya en asamblea nacional. Por considerar que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos de la mujer son las únicas causas de los males públicos y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados de la mujer a fin de que esta declaración, constantemente presente para todos los miembros del cuerpo social les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes, a fin de que los actos del poder de las mujeres y los del 61 Un siglo antes, un importante filósofo cartesiano y protofeminista, François Poullain de la Barre, ya había advertido que se debía desenmascarar toda suerte de prejuicios sociales sostenidos solamente por las creencias y costumbres, y uno de ellos era la inferioridad de las mujeres: el “bon sens como capacidad autónoma de juzgar […] lo tienen todos por encima de la compartimentalización estamental de la sociedad. No hay pues, razón alguna para que les sea negado a las mujeres” (Celia Amorós, Feminismo y filosofía, op. cit., p. 23). 44 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México poder de los hombres puedan ser, en todo instante, comparados con el objetivo de toda institución política y sean más respetados por ella, a fin de que las reclamaciones de las ciudadanas, fundadas a partir de ahora en principios simples e indiscutibles, se dirijan siempre al mantenimiento de la constitución, de las buenas costumbres y de la felicidad de todos. Cabe mencionar que esta autora, como muchas otras mujeres de diversas condiciones, se manifestó para defender su inclusión en el nuevo pacto social. Alicia H. Puleo62 recupera varios textos que abordan el debate ilustrado de la inclusión/exclusión de las mujeres de la ciudadanía en el contexto revolucionario. Es de especial interés la recuperación de las intervenciones de mujeres plasmadas en los Cuadernos de Quejas y Reclamaciones de la reunión de Estados Generales. Desde entonces se puede leer con claridad que los posicionamientos de las mujeres son muy diversos debido a la situación social y económica de cada una de ellas: mujeres de la nobleza, o intelectuales que se movían en los círculos burgueses o las llamadas mujeres del Tercer Estado, provenientes de las clases más bajas. Una de las principales pensadoras influidas por las ideas de la Ilustración y el liberalismo inglés es Mary Wollstonecraft. En 1792 escribió Vindicación de los derechos de las mujeres, título que muestra con claridad la relación con nuestro tema, pues se vierten ideas que debaten los argumentos de exclusión de las mujeres de la ciudadanía. En las primeras líneas de la dedicatoria al obispo de Autun, la autora explica la importancia de llevar una vida independiente, la cual considera la base de toda virtud, aludiendo a los requerimientos de autonomía para reclamar la libertad e igualdad que había fincado la ciudadanía de los hombres. Pone en cuestionamiento la restricción de la libertad de las de “su sexo” pues si “[l]a libertad es la madre de la virtud y si las 62 Alicia H. Puleo, La Ilustración olvidada: la polémica de los sexos en el siglo XVIII. Condorcet, De Gouges, De Lambert y otros, Barcelona, Anthropos, 1993. 45 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales mujeres son, por su misma constitución, esclavas y no se les permite respirar el aire vigoroso de la libertad, deben languidecer por siempre y ser consideradas como exóticos y hermosos defectos de la naturaleza”.63 Pero, sin duda, el principal interés de Wollstonecraft se dirige a la defensa de la educación de las mujeres, contra las creencias de los principales ideólogos de la época como Jean Jacques Rousseau. La inglesa explica que las mujeres han sido socializadas para hacerlas seductoras preocupadas por la belleza y placeres banales (comportándose en una especie de infancia permanente), para ser esposas afectuosas y madres ejemplares, basándose en la fuerza de las tradiciones y sus prejuicios, y no en la razón como intrínseca a todo ser humano. Es precisamente la prohibición de su educación en igualdad con los hombres la que moldea esa imagen de las mujeres como banales y efímeras o faltas de capacidades intelectuales y no en el sentido contrario la falta de razón o de virtudes “naturales” lo que justifique esta prohibición, la cual es insostenible. A mediados del siglo XIX el feminismo como movimiento social toma como estandarte el reclamo sufragista además de la vindicación de otros derechos civiles y políticos (véase el capítulo “Mujeres como votantes”). No obstante, en ese entonces, la dicotomía espacio público/ espacio privado no era del todo cuestionada, sino que se valieron de las ideas de complementariedad de roles sociales de hombres y mujeres para realizar sus reclamos, específicamente, el del voto. Para una mayoría de sufragistas, la ciudadanía se entendía como una ampliación de su vida doméstica privada, en tanto madres que procuraban el bienestar de su progenie y sus maridos y, aunque más frágiles, se afirmaba que la moral y la rectitud eran superiores en estas.64 Las mujeres buscaron la reivindicación de su membresía a la comunidad política a partir de su relación con el ámbito privado argumentando, 63 Mary Wollstonecraft, op. cit., p. 89. 64 Carole Pateman, El desorden de las mujeres: democracia, feminismo y teoría política, Buenos Aires, Prometeo Libros [1990] 2018, p. 175. 46 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México por un lado, la igualdad universal que funda la ciudadanía misma, y por el otro, a partir de la diferencia, reconociéndose como un grupo de personas que son diferentes por su capacidad de ser madres y sus virtudes vinculadas al espacio privado. El voto representaba su reconocimiento como “individuos”, así como la posibilidad de manifestar sus problemas e intereses a través de representantes políticos, más allá de los confines de lo doméstico. Maxine Molyneux destaca que los movimientos latinoamericanos de mujeres (desde los sufragistas hasta las movilizaciones contra las dictaduras militares y autoritarismos) caminaron por esta ruta de reivindicación, de la mano con la marcada diferencia que les daba una maternidad idealizada.65 El cuestionamiento de la eliminación de la dicotomía espacio público/ espacio privado adquiere fuerza a partir de los años setenta. Teniendo como importante antecedente la obra de Simone de Beauvoir que contravenía directamente el argumento biológico de la desigualdad entre los sexos, las neofeministas quieren ampliar el alcance de las demandas de las pensadoras del siglo XVIII hasta el ámbito privado: lo personal es político. El sentido de esta frase −atribuida a Kate Millet en su obra Política sexual (1969)−66 es una crítica a la dicotomía por ser la base de la opresión de las mujeres, un mecanismo esencial del patriarcado, en el sentido de que la vida de estas, su cuerpo y sexualidad, son problematizados en espacios políticos, a los que no han podido acceder en igualdad de condiciones, a pesar de lograr el derecho al voto: Recordemos que el ejército, la industria, la tecnología, las universidades, la ciencia, la política y las finanzas –en una palabra, todas las vías de poder, incluida la fuerza coercitiva de la policía– se encuentra por completo en manos masculinas. Y como la esencia de la política 65 Maxine Molyneux, op. cit., pp. 3-66. 66 Kate Millet, Política sexual, Madrid, Cátedra [1969] 2010. 47 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales radica en el poder, el impacto de ese privilegio es infalible. Por otra parte, la autoridad que todavía se atribuye a Dios y a sus ministros, así como los valores, la ética, la filosofía y el arte de nuestra cultura –su auténtica civilización, como observó T.S. Eliot– son también de fabricación masculina. Celia Amorós reconoce la gran influencia del contexto sociopolítico y cultural de las décadas de los sesenta y setenta en el feminismo.67 La movilización social de la comunidad afroamericana contra la guerra, y la estudiantil, marcaron definitivamente las corrientes feministas de la época (como la bifurcación del feminismo de la igualdad en liberal y radical, y el surgimiento del feminismo cultural y de la diferencia), específicamente respecto a cómo se organizarían internamente y cuál sería la relación que debían mantener con el Estado, decantándose por formas organizativas tipo asamblea, y no una jerarquía con lógica patriarcal. Si el voto era un acto político esporádico y anónimo, en este contexto era insuficiente cuando se podía tener una mayor y más directa incidencia en este tipo de agrupaciones de mujeres en los que se compartían “experiencias y conocimientos, influencias y tiempo”.68 En este mismo contexto se presenta la discusión por los derechos sexuales y reproductivos y sobre el “maltrato hacia las mujeres” (más adelante violencia contra las mujeres o violencia de género) que, en el marco de la explicación del patriarcado como estructura y de la consigna feminista por excelencia, lo personal es político, generó una profunda reflexión en grupos horizontales o colectivos de mujeres que cimentaría el activismo de la siguiente etapa feminista. Asimismo, ante la férrea resistencia de los detentadores del poder político, la representación política legislativa, o en los gobiernos ejecutivos, no era prioritaria, sobre todo porque el poder patriarcal se desarrollaba en todos los ámbitos de la vida. 67 Celia Amorós, Feminismo y filosofía, op. cit. 68 Anne Phillips, “¿Deben las feministas abandonar la democracia liberal?”, en Carme Castell (comp.), Perspectivas feministas…, op. cit., pp. 79-98. 48 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México En América Latina, y específicamente en México, las mujeres organizadas (feministas y no feministas) se integraron a los movimientos sociales campesinos y urbano-populares, desde los que también cuestionaron el sexismo de sus compañeros de lucha. A finales de los setenta, y durante las décadas de los ochenta y noventa, algunas feministas habían entendido que la lucha no podía llevarse lejos de los espacios de la política formal: “La ciudadanía como participación llevaba implícita la idea de que el ‘interés’ de las mujeres no puede ser conocido al margen de su participación en la política. No sólo el orden simbólico del discurso es importante para construir la identidad, sino que se entiende que ‘las estrategias discursivas de un grupo no pueden estar divorciadas de la formación del electorado o de las oportunidades políticas a que se enfrentan’”.69 En este sentido, las organizaciones de mujeres y feministas se redirigieron al Estado. En el contexto de autoritarismos y dictaduras militares latinoamericanas, muchas feministas se vincularon con los movimientos que abonaron a los procesos de democratización de sus países y también se integraron a partidos políticos de oposición. En este sentido, y como veremos más adelante con el caso mexicano, el respeto del voto ciudadano se convirtió en una demanda social prioritaria. Por otro lado, a diferencia de la versión liberal de la ciudadanía, basada en un posicionamiento sumamente individualista, y la versión del Estado de Bienestar y los derechos sociales que se podrían interpretar como dádivas, en Latinoamérica se gestó una perspectiva ciudadana más activa, participativa y con mayor responsabilidad social. Muchas organizaciones feministas “ejercieron su ciudadanía” en un espacio público que no se remitía a la política formal y partidista. Sin embargo, esta ciudadanía activa tuvo un vínculo claro con los roles tradicionales de género de las sociedades de la época, de tal forma que el activismo político de las organizaciones populares de las mujeres convergía 69 Cita de Bárbara Hobson en Neus Campillo, “Mujeres, ciudadanía y sujeto político: la necesidad de una cultura crítica feminista”, en Alicia H. Puleo, El reto de la igualdad de género. Nuevas perspectivas en Ética y Filosofía, Madrid, Biblioteca Nueva, 2008. 49 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales en la “provisión de necesidades básicas y de los movimientos de derechos humanos ‘maternales’ como el de las Madres de Plaza de Mayo”.70 Dentro de la teoría política feminista había posiciones que compartían elementos de la crítica comunitaria al liberalismo utilitario. Se sostenía que el individualismo liberal partía de la premisa de un ideal masculino de la libertad, ideal a la que las mujeres, ligadas por los lazos de la familia no podían aspirar o no aspiraban. De hecho, a veces se sostuvo que las mujeres eran comunitarias naturales, bien porque estaban menos motivadas por un individualismo egoísta, bien porque, más materialmente su ‘incrustación’ social en la familia y el barrio junto con su responsabilidad como proveedoras, las predisponía al activismo popular y al trabajo comunitario.71 Mientras se defendía un estilo diferente de ejercer la ciudadanía que las alejaba de la forma masculina de hacer política, a través de un activismo dirigido al bienestar familiar o comunitario basado en la ética del cuidado, otras agrupaciones de mujeres consideraban que era una posición asistencialista y que permitía la reproducción de roles y estereotipos de género. En 1985 Julieta Kirkwood describió la convivencia de estas dos lógicas de las organizaciones de mujeres: en la primera, la jerarquía era difusa, “las sillas dispuestas en redondo”, la participación es del cuerpo base y no solo de algunas lideresas; las otras, inmersas en la lógica burocrática tradicional vertical y con liderazgos definidos, “la mesa (presídium) versus la audiencia (mujeres de base)”.72 De la Convención de la Eliminación de todas las Formas de Discriminación hacia la Mujer (1979) hasta la IV Conferencia de Beijing de 1995, se fueron fortaleciendo las segundas organizaciones, el llamado “feminismo institucional” de mano del resurgimiento de la sociedad civil y, en América Latina, con la lucha contra las dictaduras militares y los autoritarismos, esto es, los procesos de democratización 70 Maxine Molyneux, op. cit., p. 25. 71 Ibid., p. 33. 72 Julieta Kirkwood, “Feministas y políticas”, en Nueva Sociedad, núm. 78, 1985, p. 63. 50 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México (liberalización-alternancia-transición-consolidación). Dentro de este proceso adquirió prioridad el desarrollo de estrategias como la promoción de legislación y políticas públicas con perspectiva de género. Para dar cumplimiento a los compromisos de los Estados Parte de los diferentes instrumentos internacionales se necesitaba reforzar la identidad de un grupo genérico, y si bien se reconocía la diversidad de las mujeres, tal diversidad fue tratada como diferencias de “poblaciones objetivo”, pues la coyuntura histórico-política requería la creación de fondos, programas, leyes, presupuestos y mecanismos de avance para “las mujeres”. Las feministas institucionales ocuparon espacios de participación ciudadana, pero también desde la sociedad civil se posicionaron como referentes y gestionaron proyectos en una dinámica de gobernanza (donde el Estado no es el único actor, pero sigue siendo el responsable de las políticas). De la movilización popular, algunas feministas se trasladaron a los partidos de oposición que ya estaban logrando victorias electorales y, de esta forma, se integraron a los gobiernos de transición. En los últimos años de la década de los noventa hasta la primera década del nuevo siglo la corriente del feminismo institucional fue protagonista en el espacio público gracias a que se apoyaron en la perspectiva de género, la cual tenía mayor recepción y aceptación académica que las propuestas feministas que se entendían “radicales”, además de que aprovecharon la apertura de los espacios gubernamentales para brindar “sensibilización” y “capacitación” al funcionariado para realizar la institucionalización y transversalidad de dicha perspectiva en las políticas públicas. El acceso de las feministas institucionales, así como el boom de organizaciones no gubernamentales de mujeres73 permitió la mayor visibilización que había tenido el fenómeno de violencia contra las mujeres hasta entonces (con un impacto muy 73 Sofía Álvarez, “El boom de las organizaciones feministas no gubernamentales en América Latina”, en Género, feminismo y masculinidad en América Latina, El Salvador, Ediciones Böll, 2001. 51 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales diferente a la denominación “maltrato contra la mujer” de los años setenta y ochenta) y permitió establecer una agenda estatal para prevenir, atender y sancionar la violencia tanto en el espacio público como en el privado. Leyes sobre violencia, protocolos de actuación, capacitación, albergues, tipificación del feminicidio, áreas especializadas de atención para mujeres, etcétera. Los avances y logros fueron y continúan siendo muy importantes. El claro acento popular de la movilización latinoamericana continuó en las regiones más marginadas y con diferencias culturales que persistían a pesar del optimismo sobre el avance democrático y económico. Así como las socialistas rusas que se resistieron a nombrarse feministas para marcar distancia con las sufragistas “burguesas” (como Alexandra Kollontay), muchas mujeres de organizaciones rurales negaron esa denominación, pero hubo otras que demarcaron su compromiso popular nombrándose “feministas autónomas”, realizando una crítica frontal a la complicidad de las feministas institucionales con los organismos supranacionales neoliberales y con los gobiernos nacionales que se entendían al servicio de los primeros. Como explica Ana Marcela Montanaro en América Latina, “las otras” son indígenas, afrodescendientes, obreras, campesinas, lesbianas, pobres, trabajadoras sexuales, y se enfrentan al feminismo institucional y académico que se había erigido como hegemónico hasta el momento.74 Aunado a esta crítica, se ha ido extendiendo la idea de una cuarta ola feminista auspiciada por las consecuencias de la globalización y apoyada en los avances tecnológicos y de comunicación del siglo XXI. En 1999 Virginia Vargas escribió que la ciudadanía estaba adquiriendo un nuevo alcance, siguiendo su lógica de “terreno en disputa” por la lucha de las personas que son excluidas de la membresía en el nuevo 74 Ana Marcela Montanaro, Una mirada al feminismo decolonial en América Latina, Madrid, Dykinson, 2017, p. 116. 52 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México contexto mundial, pero que defienden “su derecho a tener derechos”, propuesta de Hannah Arendt que hemos revisado en este capítulo: Desde el avance tecnológico de las comunicaciones a nivel global, se ha generado crecientemente una inédita y rica dinámica de conexión y articulación de lo local con lo global y viceversa. Uno de los efectos de esta nueva dinámica está siendo la ampliación de los contenidos de las sociedades civiles nacionales y la generación de un nuevo espacio para la ampliación de las sociedades civiles a nivel global y la consiguiente ampliación de las bases ciudadanas para hombres y mujeres.75 Como lo menciona la autora, paradójicamente la eliminación de las fronteras físicas, gracias a internet y las redes sociales, permite tanto el acercamiento de organizaciones feministas y de mujeres a nivel internacional y la puesta en marcha de iniciativas de impacto mundial (como la visibilización por medio de los hashtag, el paro del 8M y la movilización virtual y presencial del 25N), como el encuentro de una nueva generación de feministas más allá de los gobiernos, las organizaciones de la sociedad civil y de los espacios académicos en agrupaciones que emulan los grupos de reflexión de los años setenta y ochenta. Las colectivas de feministas se desmarcan de la endeble perspectiva de género y regresan a los clásicos del feminismo radical o marxista; reniegan de la organización horizontal con liderazgos; proliferan con la diversidad sexual, étnica, racional y de corrientes feministas a las que se adhieren (radicales, ecofeministas, liberales, queer). Defienden la estrategia de la denuncia pública de casos de violencia de género por mecanismos no formales basada en el principio de credibilidad de las víctimas y exposición de los perpetradores y se posicionan frente a la autoridad pública a partir de la “digna rabia”, es decir, que la normatividad y las políticas públicas heredadas de la tercera ola feminista 75 Virginia Vargas, “Entre la exclusión y la ciudadanía global”, en América Latina en Movimiento, 1999, disponible en www.alainet.org/es/articulo/104653 53 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales no han tenido la eficiencia y el impacto esperado de garantizar a las mujeres una vida libre de violencia. Pero no podemos decir que la corriente institucional del feminismo ha terminado, al contrario, ha adquirido fuerza con el movimiento por la paridad de género, iniciado con las cuotas electorales de mujeres que lograron elevar los números de legisladoras y gobernantes a un ritmo inusitado en las últimas dos décadas. Se han reconocido nuevos tipos y modalidades de violencia contra las mujeres que se incorporan en la normatividad y se establecen medidas de prevención y atención específicas, como el caso de la violencia política por razón de género. Por otro lado, hemos sido testigos de la desconfianza, incredulidad y furor de las colectivas feministas: toman el espacio público, ocupan recintos legislativos y edificios gubernamentales, reniegan de encuentros con representantes del gobierno y defienden su autonomía e independencia por medio del acompañamiento de víctimas, las agrupaciones se mantienen por medios propios como el trueque y otros mecanismos críticos del sistema capitalista, retoman los círculos de lectura, realizan talleres de menstruación, de autocuidado, autodefensa, cubren sus rostros para hacer iconoclastia, etcétera. La percepción de la problemática de la violencia contra las mujeres es que va en aumento, aunque probablemente se trata de la visibilización de los casos debido a una mayor transparencia de registros gubernamentales –que antes no existían− o al aumento de la difusión en los medios de comunicación y redes sociales. Aunque también es cierto que puede tratarse de una reacción patriarcal a la expansiva movilización de las feministas que no se ajustan a los estereotipos sociales de las “buenas feministas”, conciliadoras, negociadoras y colaboradoras con los gobiernos, de manifestación tranquila y propositiva. Debemos estar conscientes del encuentro de estas dos dinámicas que rivalizan, conviven o coinciden en diferentes temas y espacios. El feminismo institucional internacional sigue adquiriendo fuerza con la llegada de miles de lideresas de organizaciones empresariales, 54 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México civiles y gubernamentales, lo cual se entiende como un importante avance democrático. Pero por el otro lado, “el activismo en red y las multitudes conectadas” feministas descrito por Guiomar Rovira tiene una fuerza descomunal por el efecto de solidaridad que provocó el #YoSíTeCreo: “Hacer algo uno mismo, ‘hacerlo entre todas’ dicen las ciberfeministas, no solo bajo el principio instrumental del beneficio sino por el gusto de que a alguien le sirva y pueda seguir desencadenando apropiaciones y sentidos”.76 Tal vez lo importante sería establecer nuevos puentes entre las dos generaciones de feministas que permitan enriquecer la intervención en la esfera política a través del reconocimiento y la apertura a las críticas de las colectivas al sistema de procuración de justicia, ineficacia de políticas públicas y reconociendo su aportación de la lógica no estatal, tal como lo hicieron las neofeministas de las décadas de los setenta y ochenta. 76 Guiomar Rovira, Activismo en red y multitudes conectadas. Comunicación y acción en la era del internet, México, Icaria, Universidad Autónoma Metropolitana-Xochimilco, 2016, p. 112. 55 2. MUJERES COMO VOTANTES El sistema político es el conjunto de las relaciones políticas establecidas en una sociedad en un tiempo y lugar determinados, en donde la lucha de clases de los grupos sociales se cristaliza en reglas formales e informales de los actores políticos.77 Cuando se promulga una constitución se establecen las reglas que regirán las relaciones entre los poderes, los límites y funciones de los gobernantes, así como el reconocimiento de los derechos y obligaciones de los principales actores políticos y sociales, es decir, se materializa el proyecto de nación de quienes detentan el poder y plasman las expectativas políticas y sociales representativas de la coyuntura sociopolítica. En el capítulo anterior señalamos que el orden de género es un sistema de creencias y prácticas que establecen relaciones de jerarquía y subordinación a partir de la diferencia sexual y que se replica en todas las dimensiones de la vida humana. El rol que desempeñan las mujeres y los hombres está 77 Víctor López-Villafañe, La formación del sistema político mexicano, México, Siglo XXI, 2005. 56 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México presente en estos procesos políticos de construcción de los Estados, pero, generalmente, ha sido desde una visión androcéntrica. En este capítulo analizaremos las transformaciones del sistema político mexicano y el orden de género que se plasmó en los proyectos de nación, específicamente liberal y posrevolucionario, en los que se enmarca la insurrección de las mujeres para reivindicar su derecho al voto. Nikki Craske78 sostiene que los proyectos de nación se han valido de la identificación de las mujeres como un grupo homogéneo, aunque su heterogeneidad ha quedado manifiesta con las diversas posturas sobre el “rol adecuado de la mujer” defendidas por los grupos de mujeres y feministas. Como menciona Celia Amorós, la conformación del grupo de “las idénticas” ha sido una constante del patriarcado, pero ello permitió, paradójicamente, la formación de una identidad colectiva contestataria a partir de la exclusión del espacio de “los iguales”.79 2.1. Evolución del movimiento sufragista en el mundo Aunque hay importantes antecedentes de mujeres y agrupaciones de mujeres que podríamos llamar feministas, las primeras movilizaciones colectivas y organizaciones que se identificaron así fueron las sufragistas. Como ya se ha referido anteriormente, el feminismo como filosofía y teoría política y como movimiento social surge del pensamiento ilustrado, con la razón, igualdad y libertad como principios universales, y la incongruente y casi inmediata exclusión de las mujeres del alcance de dichos principios. Durante el siglo XIX se desarrollan y difunden ideas como las de Olympe de Gouges, Mary 78 Nikki Craske, “Ambiguities and Ambivalences in Makin the Nation: Women and Politics in 20th Century Mexico”, en Feminist Review, núm. 79, 2005, pp. 116-133. 79 Celia Amorós, “Espacio de los iguales, espacio de las idénticas. Notas sobre poder y principio de individuación”, en Arbor, núm. 503, noviembre de 1987, pp. 113-127. 57 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Wollstonecraft, Flora Tristán, que darían sustento ideológico a las movilizaciones sufragistas de finales del siglo XIX y principios del siglo XX. En 1893 Nueva Zelanda se convirtió en el primer Estado-nación en extender el derecho al sufragio a las mujeres. Desde ese año hasta entrado el nuevo milenio se presentaron las demandas y reformas sufragistas alrededor de todo el mundo; de acuerdo con Alicia Miyares, las experiencias se pueden clasificar en cuatro periodos históricos.80 El primer periodo se presentó de 1848 a 1871, principalmente con la experiencia detonadora de la Declaración de Séneca Falls en Estados Unidos y algunos indicios de pensamiento sufragista en Inglaterra. Un segundo periodo fue de 1871 a 1900 en el que proliferaron las organizaciones sufragistas con mayor claridad de sus demandas civiles y políticas. Después de la Primera Guerra Mundial, y antes de la Segunda, se da el tercer periodo en el que se presentan las reformas que permitieron el voto femenino, muchas de ellas de forma gradual (antes de hacerlo extensivo a todas las mujeres, primero se les dio el voto a las que supieran leer, que tuvieran mayor edad, que fueran profesionistas o propietarias). Una de esas concesiones previas a la universalidad del sufragio fue permitir a las mujeres la votación y participación como candidatas en elecciones locales, lo cual funcionó como válvula de escape para impedir la formación de movilizaciones feministas multitudinarias, así como una especie de prueba del comportamiento político de las mujeres.81 Finalmente, después de la Segunda Guerra Mundial y por influencia de la Sociedad de las Naciones (después Organización de las Naciones Unidas), las constituciones de las naciones emergentes, en general, otorgaban el derecho al voto tanto a hombres como a mujeres, a excepción de aquellas experiencias de gobiernos dictatoriales que quitaron derechos a las mujeres al llegar al poder. 80 Alicia Miyares, “El sufragismo”, en Celia Amorós y Ana de Miguel (eds.), Teoría feminista: de la Ilustración…, op. cit., p. 253. 81 Dawn Langan Teele, op. cit., p. 27 58 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Relacionado con lo anterior, Teele82 identifica, a partir de un análisis comparativo de las experiencias nacionales, cuatro grandes vías que tomaron los movimientos sufragistas alrededor del mundo: 1) la inclusión gradual tanto de hombres como de mujeres; 2) la imposición, cuando potencias mundiales, que ya habían realizado la reforma, extendieron el sufragio femenino a sus colonias y territorios; 3) la híbrida, en la que habría un sufragio masculino limitado, su cese con un régimen político dictatorial y después la restauración del sufragio universal; y 4) la vía directa de los países que concedieron la ciudadanía en igualdad de circunstancias a hombres y mujeres. La más común es la vía gradual, como en Estados Unidos, Europa y América Latina, casos que representan las experiencias de las principales movilizaciones sufragistas. El sufragismo emerge de un contexto ideológico sin parangón: la consolidación del pensamiento liberal, la proliferación de ideas democráticas, por un lado, y por otro, las ideas marxistas socialistas del movimiento obrero organizado. No es coincidencia, como nota Alicia Miyares,83 que el Manifiesto Comunista de Karl Marx y la Declaración de Séneca Falls −o Declaración de Sentimientos– se publicaran ambos en 1848; el primero es esencial del movimiento obrero y la segunda da origen al movimiento sufragista en Estados Unidos. Tampoco es una coincidencia que el feminismo sufragista estadunidense emergiera en el contexto de la lucha abolicionista.84 Ocurrió que algunas mujeres comenzaron a realizar acciones a favor de las y los esclavos negros (por ejemplo, enseñándoles a leer aunque estuviera prohibido o difundiendo ideas antiesclavistas), pero las organizaciones religiosas a las que pertenecían reaccionaron diciendo que las mujeres 82 Ibid., p. 29. 83 Alicia Miyares, “El sufragismo”, en Celia Amorós y Ana de Miguel (eds.), Teoría feminista: de la Ilustración…, op. cit. 84 Recordemos que Olympe de Gouges, además de luchar por los derechos de las mujeres, también era una activista contra la esclavitud; de hecho, su muerte en la guillotina se atribuye más a sus ideas respecto a la libertad de las personas negras que a sus ideas feministas. 59 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales no tendrían que estar tratando asuntos públicos. Fue el detonante. A partir de entonces la causa ya no sería solo por los derechos de las personas negras sino por los derechos fundamentales de las mujeres, como la libertad de expresión y de participación en reuniones y asociaciones políticas, tener propiedades, dedicarse al comercio, tener negocios y la posibilidad de emitir su voto. En 1866 se extendió el sufragio a los hombres negros con la reforma a la Décimo Cuarta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, pero no así a las mujeres. Cuando las organizaciones a favor de los derechos de los hombres negros consideraron un riesgo apoyar el sufragio femenino, las mujeres entendieron que tenían que formar organizaciones de mujeres que lucharan por esta causa. La Asociación Nacional (después Americana y más adelante Nacional Norteamericana) Pro Sufragio de la Mujer organizó manifestaciones públicas, distribuyó folletos, realizó reuniones; en la Unión del Congreso para el Sufragio Femenino y el Partido Nacional de la Mujer llevaron la estrategia de presión parlamentaria. Una circunstancia importante y definitiva para lograr el voto de las estadunidenses fue que se manifestaron en contra de la participación de Estados Unidos en la Primera Guerra Mundial, pues no se podía luchar por otras naciones y por la democracia, argumentaban las sufragistas, cuando a sus connacionales mujeres no se les reconocían sus derechos fundamentales. En 1920, al finalizar la Gran Guerra, se promulgó el derecho al voto de las norteamericanas. Por otra parte, el movimiento sufragista inglés tuvo una clara influencia tanto de las movilizaciones de mujeres de la Revolución francesa como de la organización sufragista norteamericana. Mary Wollstonecraft no abordó la cuestión del voto a finales del siglo XVIII, pero sentó las bases de la reivindicación de los derechos de las mujeres, por ejemplo, la educación e igualdad en el matrimonio. El pensamiento de John Stuart Mill y Harriet Taylor extendería la argumentación hasta el sufragio femenino, apoyándose en el utilitarismo liberal. La movilización 60 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México sufragista inglesa fue muy intensa: se conformaron importantes organizaciones sufragistas como la Sociedad Nacional Pro Sufragio de la Mujer, la Liga Pro Sufragio de la Mujer, que más tarde confluyeron en la Unión de Sociedades Pro Sufragio de la Mujer. El Partido Liberal respaldó la búsqueda del voto de las mujeres desde 1866, cuando se presentó la primera iniciativa, hasta 1884; pero en ese año, cuando se extendió el derecho al voto para varones de clase media y baja, “muchos miembros liberales del Parlamento consideraron que si añadían el voto para la mujer pondrían en peligro el proyecto de ley original”.85 Cuando el Partido Liberal llegó al poder no sostuvo su posición de apoyo al voto de las mujeres y eso hizo que las sufragistas adoptaran estrategias de protesta que no habían desarrollado anteriormente, como romper cristales, quemar edificios públicos y múltiples actos de desobediencia civil, ya que no tenían permitido organizarse ni manifestarse públicamente. La asociación más representativa de ese momento fue la Unión Social y Política de las Mujeres liderada por Emmeline Pankhurst. La lucha sufragista inglesa fue interrumpida por la Primera Guerra Mundial y solo gracias a la participación clave de las mujeres en la guerra, en 1917 le reconocieron el derecho al voto, primero a las mayores de 30 años y en 1928 en igualdad de condiciones que los varones. Aunque el movimiento adquiere el título de sufragista en alusión al derecho al voto, desde un inicio las mujeres demandaron el reconocimiento de todos los derechos, civiles y políticos, que los hombres habían alcanzado. Específicamente se centraron en la educación (en un primer momento lo solicitaron desde su rol de madres, argumentando que son las primeras educadoras de los hijos), en la igualdad en el matrimonio para el control de sus bienes e ingresos, para poder elegir su domicilio, para obtener la patria potestad de los hijos en caso 85 Alicia Miyares, “El sufragismo”, en Celia Amorós y Ana de Miguel (eds.), Teoría feminista: de la Ilustración…, op. cit., p. 285. 61 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales de divorcio, y en la igualdad en el trabajo, como jornada laboral y pago justos, y otras protecciones a las madres empleadas. Las demandas de educación e igualdad en el matrimonio fueron presentadas principalmente por mujeres de clase media y alta, y la tercera, por las mujeres obreras, influidas por pensadoras y activistas socialistas como Clara Zetkin, Alexandra Kollontay y Rosa Luxemburgo.86 Teele sostiene como hipótesis de su análisis comparativo que un contexto de mayor competencia política electoral fue el incentivo más importante para permitir el sufragio femenino. La influencia de líderes y organizaciones internacionales de mujeres y la movilización nacional y local feminista fueron esenciales para proporcionar información convincente a los partidos políticos sobre el beneficio de extender el voto a un grupo muy numeroso de posibles electoras a su favor; el sufragio femenino fue producto del análisis político-electoral del partido político en el poder que avizoró que las mujeres conformaban un contingente importante para mantenerse gobernando o que no representaban riesgo alguno. Este análisis contradice el argumento predominante de que principalmente la ideología y los partidos conservadores eran los que impedían el avance del sufragio de las mujeres, pues los partidos políticos que estaban en el poder ejecutivo 86 Cabe aclarar que algunas militantes socialistas −como la rusa Alexandra Kollontay− no creían que el voto fuera la solución a los problemas de las mujeres, de hecho, no se consideraban feministas, pues relacionaban esta palabra con la movilización sufragista burguesa, que consideraron se había erigido como representante de las peticiones de todas las mujeres, cuando solo defendían sus intereses de clase (Alexandra Kollontay, Catorce conferencias en la Universidad Sverdlov de Leningrado 1921: mujer, economía y sociedad, Buenos Aires, Cienflores, 2018). Por otra parte, Rosa Luxemburgo sí estaba a favor del derecho al voto de las mujeres: “Porque, precisamente desde este punto de vista, la reivindicación de la mujer proletaria por la igualdad de derechos políticos está firmemente anclada sobre bases económicas. Hoy millones de mujeres proletarias crean beneficio capitalista como los hombres -en las fábricas, en las tiendas, en el campo, en la industria doméstica, en las oficinas, en almacenes. Son, por lo tanto, productivas en el sentido estricto de la sociedad actual. Cada día aumenta el número de mujeres explotadas por el capitalismo, cada nuevo progreso industrial o técnico crea nuevos puestos de trabajo para mujeres en el ámbito de la maquinaria del beneficio capitalista. Y con ello cada día y cada avance industrial supone una nueva piedra en la firme fundamentación de la igualdad de derechos políticos de las mujeres (Rosa Luxemburgo, “El voto femenino y la lucha de clases”, en El pensamiento de Rosa Luxemburgo (trad. de María José Aubet), Barcelona, Ediciones del Serbal, 1983, pp. 281-287, disponible en https://www.marxists.org/). 62 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México en el momento de la reforma del sufragio femenino se posicionaron en la derecha, izquierda o centro del espectro ideológico. Aunque la propuesta del cálculo político de los partidos para aceptar el sufragio femenino permite entender cada proceso sociopolítico nacional, Teele pide que no se interprete esto como si la movilización feminista no hubiese tenido un rol importante, al contrario, la estrategia de alianzas con hombres y partidos políticos importantes fue trascendental en muchos casos y no se hubiera logrado esperando que los hombres de manera espontánea “cedieran al clamor de justicia” de las mujeres.87 Estas lecciones, derivadas de las primeras experiencias sufragistas graduales de Estados Unidos e Inglaterra, así como del análisis comparativo de Teele, son importantes para entender la lucha por el sufragio en México: en primer lugar, la participación de las mujeres en las grandes transformaciones sociales y políticas, como la Revolución mexicana y, por ende, el reclamo de estas para ser partícipes de los derechos adquiridos; ante la negativa, el surgimiento de organizaciones sufragistas, que incluyen demandas sobre educación, trabajo e igualdad en los derechos civiles; y la aprobación del sufragio femenino por parte del partido político que estaba consolidando su posición hegemónica cuando su cálculo político indicó que el voto de las mujeres no representaba un riesgo electoral. 2.2. El proyecto de nación liberal y el surgimiento del pensamiento inconforme de las mujeres en México La primera mitad del siglo XIX en México ha sido llamada “periodo de anarquía”, dado que primaba el conflicto político entre poderes locales 87 Dawn Langan Teele, op. cit., p. 34. 63 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales autónomos frente a un poder central muy débil que no tenía suficiente control sobre la población y el territorio.88 La facción conservadora y la facción liberal tenían proyectos de nación radicalmente opuestos para la unificación social y el progreso político y económico del país; por ejemplo, había profunda discrepancia entre liberales y conservadores respecto a la emergencia de una nueva clase burguesa y su ascenso al poder y la restricción de la Iglesia en los asuntos civiles. La Constitución de 1857 representó una victoria momentánea de los liberales: cambiaron el centralismo conservador por el sistema federal, asentaron la democracia y establecieron las bases del Estado laico. En contraste, la ciudadanía y los derechos políticos de las mujeres no fueron temas de debate relevante entre conservadores y liberales. La posición tradicional moralista consideraba que la mujer debía actuar desde “la obediencia, la humildad, modestia, la discreción, la vergüenza, el retraimiento, etcétera”;89 los liberales mexicanos consideraban que la mujer era la representación del amor a la tierra y a la familia y que la religiosidad era inherente a su ser.90 Algunos legisladores de la Constitución de 1857 estaban dispuestos a tratar los derechos de la mujer, sin embargo, tales ideas eran relacionadas con el socialismo y el protestantismo y, por tanto, otros consideraron que se pondría en riesgo la discusión de la libertad de culto. De hecho, en la sesión del Constituyente de 1856 en la que se discutía este asunto, llegaron solicitudes de organizaciones de mujeres en contra de la reforma de tolerancia religiosa, de “señoras prominentes” de la capital y de agrupaciones de provincia como Lagos de Moreno, Guadalajara, 88 Arnaldo Córdova, La formación del poder político en México, Ediciones Era [1972] 2015, p. 10. 89 Jesús Farfán pone el ejemplo de Juan de la Cerda, moralista del siglo VIII, que pedía a los padres que vigilaran con sigilo a sus hijas, “cerrar a cal y canto todas las puertas, todas las portillas, por donde le pueda venir algún peligro. No le deben consentir tampoco asomarse a la ventana a mirar, ni hablar con mancebos de la calle porque hay mujeres que tienen por costumbre ser ventaneras” (Jesús Farfán, “La formación ciudadana de las mujeres en México durante el siglo XIX”, en María Luisa Quintero y Carlos Fonseca, op. cit., p. 126). 90 Françoise Carner, “Estereotipos femeninos en el siglo XIX”, en Carmen Ramos (coord.), Presencia y transparencia: la mujer en la historia de México, México, El Colegio de México [1987] 2006, pp. 99-112, p. 106. 64 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Puebla, León, entre otras ciudades. Esta intervención se entendió como una muestra del poder de la Iglesia y los grupos conservadores sobre las mujeres. Pero hubo otros, como el diputado José María Virgil, que entendieron esta petición como un primer paso hacia la emancipación de la mujer, como su iniciación en la vida pública.91 Tras la victoria sobre el Segundo Imperio Mexicano encabezado por Maximiliano de Habsburgo, el presidente Benito Juárez se dio a la tarea de configurar un nuevo sistema político (aunque basado en la Constitución liberal de 1857) que se concretó con el régimen porfirista. Una de las apuestas −tanto de Juárez como de Díaz− fue la concentración del poder federal para dar salida a la anarquía que imperaba en el país, así como la preponderancia del Ejecutivo sobre el Legislativo. Las características del sistema político en las dos últimas décadas del siglo XIX fueron, entonces, el fortalecimiento de la figura exaltada del presidente Díaz frente a cualquier otro poder o gobernante local, la protección de una nueva clase social y política de latifundistas, burgueses regionales e industriales extranjeros con privilegios y concesiones especiales, la cooptación de liderazgos regionales para disminuir el conflicto, la represión selectiva −lo cual redundó en un periodo extendido de paz− y crecimiento económico.92 En este contexto histórico el orden de género se consolida como patrilineal en tanto que los bienes materiales, el honor y el estatus se transmiten a través del padre. El control sobre la mujer se ejerce principalmente con el encierro, la vigilancia, la interiorización de las normas de conducta adecuadas y la nulificación de su capacidad de representación jurídica quedando bajo tutela de su marido.93 Carmen 91 Raúl González, “Las mujeres durante la Reforma”, en Patricia Galeana, Historia de las mujeres en México, México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, 2015, p. 100. 92 Arnaldo Córdova, op. cit., p. 13. 93 Françoise Carner, op. cit., p. 105. 65 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Ramos94 realiza un análisis de los códigos civiles de 1870 y 1884, los cuales son importantes por tres razones: en primer lugar, porque en ellos se plasma el proyecto liberal de nación, con la razón como elemento fundador del nuevo marco jurídico; en segundo lugar, porque plasman la separación de la Iglesia y el Estado iniciada por las leyes de Reforma, específicamente en el control de la sociedad civil;95 y en tercer lugar, porque se consolida la familia como base de la esfera privada con la figura preeminente del varón padre de familia en detrimento de la posición de las mujeres en tutela permanente. Tanto Carmen Ramos como Dora Barrancos96 sostienen que el Código Civil napoleónico de 1804 influyó claramente en el Código Civil de México de 1870 y que sostuvo su línea patriarcal hasta el Código de 1884. En estos códigos se acentuó la posición de “subordinación de la mujer al varón, subordinación que sobrepasa la jerarquía generacional. El varón es considerado el jefe ‘natural’ de la unidad familiar. Por ello, la legislación que reglamentaba las relaciones familiares fue cada vez más asfixiante para la mujer”.97 La autonomía e independencia como condición de la ciudadanía es un rasgo, como se estudió en el capítulo anterior, que se asumía masculino. En estos códigos se estableció que la mujer debía obtener protección del marido en el momento de casarse (antes estaba bajo el resguardo de su padre) y, por lo tanto, tenía limitada, casi nula, capacidad de realizar contratos, dado que era el jefe de familia quien velaba 94 Carmen Ramos, "Legislación y representación de género en la nación mexicana: la mujer y la familia en el discurso y la ley, 1870-1890", en Sara Pérez-Gil y Patricia Ravelo (coords.), Voces disidentes, debates contemporáneos en los estudios de género en México, México, Cámara de Diputados (LIX Legislatura), CIESAS, Miguel Ángel Porrúa, 2004. 95 En estos códigos se establece que sea un área administrativa del Estado, el registro civil, quien emita las actas de nacimiento y por este medio se adquiere la nacionalidad (y no vía membresía a una congregación religiosa) y el matrimonio adquiere el carácter de contrato civil y no solo un sacramento. 96 “La tipificación de ‘incapaces relativas’ como indicaba la codificación general en los países que heredaban el Código Civil napoleónico, implicaba un concepto de minoridad, de inteligibilidad limitada de los sujetos femeninos” (Dora Barrancos, Historia mínima de los feminismos en América Latina, México, El Colegio de México, 2020). 97 Ibid., p. 122. 66 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México por los intereses tanto de ella como de sus hijos. La propiedad privada era un derecho supremo desde la perspectiva de una nueva clase burguesa que se estaba forjando,98 por eso no es secundario notar que la legislación referida prohibió a las mujeres comprar o vender propiedades sin la autorización del marido, de tal manera que las mujeres no tenían los derechos que se estaban confiriendo a los ciudadanos varones en este nuevo proyecto de nación. Las viudas podían tener control sobre la propiedad del fenecido siempre y cuando no se volvieran a casar o vivieran “escandalosamente”, en todo caso también se designaba un “consejero varón” para poder apoyarlas en el ejercicio de esta responsabilidad. Dado que la propiedad era un elemento que refería la pertenencia a la comunidad política, el rol de las mujeres en este orden de género liberal cimentó el espacio doméstico, matrimonio y maternidad, aunque esta idealización se dirigía a las mujeres de clase alta principalmente. Se esperaba que tuvieran una familia nuclear, en un hogar con sirvientes, y que su rol fuera “el mantenimiento o el mejoramiento del estatus social, de la posición económica, del poder e inclusive de la raza”.99 En ellas se deposita la moralidad y las buenas costumbres, derivado de su vínculo religioso, y se esperaba que ellas transmitieran los valores a las próximas generaciones. Ahora bien, el proyecto de nación liberal establecía que la educación de las mujeres debía fortalecer su rol como baluarte moral de la nación y tenía el propósito instrumental de que estas pudieran sumarse a los esfuerzos de la formación de los ciudadanos varones.100 Carmen 98 Alicia Miyares explica que “el derecho a la propiedad era la principal fórmula para alcanzar la independencia”, de tal manera que cuando se fue extendiendo el reconocimiento de propiedad para campesinos, siervos y judíos, fue cada vez más insostenible que las mujeres no tuvieran ese derecho (Alicia Mirayes, “El sufragismo”, en Celia Amorós y Ana de Miguel (eds.), Teoría feminista: de la Ilustración…, op. cit., p. 255). 99 Françoise Carner, op. cit., p. 101. 100 Por ejemplo, Jesús Farfán encontró que los planes de estudio de educación primaria de las niñas se concentraban en religión, moral y reglas de urbanidad, mientras que los niños llevaban como 67 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Ramos rescata la siguiente cita en la publicación La Mujer de 1881 en la que se manifiesta el sentido patriótico de las mujeres constreñido al espacio doméstico: Las leyes sociales que nos excluyen de las grandes escenas de la vida pública nos dan la soberanía de la doméstica y privada. La familia es nuestro imperio, nosotras cuidamos de satisfacer sus ocupaciones, de mantenerla en paz y de conservar en ella el sagrado depósito de las buenas costumbres. De ahí la importancia de enseñar a las niñas todo lo que se refiere al desempeño de esas atribuciones.101 Pero más allá del ámbito doméstico, se aceptaba que algunas mujeres trabajaran en ciertos espacios y condiciones. Carner explica que, desde principios del siglo XIX, el pensador y escritor liberal José Joaquín Fernández de Lizardi consideraba que las mujeres podían ser capacitadas −además de los aspectos domésticos como la higiene y cuidado de los hijos− para labores administrativas y manuales, aunque no intelectuales. Su pensamiento se recuperó a finales del siglo cuando Justo Sierra, funcionario de educación en el gobierno de Porfirio Díaz, desarrolló una importante labor para la formación de maestras; sin embargo, visualizaba una delgada línea entre la formación suficiente que debían tener para desempeñar su función y el deseo de “convertirse en hombres”: “No. Que los hombres luchen por cuestiones políticas, que formen leyes; su lucha por pelear la buena batalla, la de sentir, y formar almas, que es mejor que formar leyes”.102 Lo anterior muestra que el posicionamiento respecto a la educación de las mujeres era diferente en cuanto a la clase social. Por un lado, materia obligatoria Nociones de la Constitución (Jesús Farfán, “La formación ciudadana de las mujeres en México durante el siglo XIX”, en María Luisa Quintero y Carlos Fonseca, Investigaciones sobre género…, op. cit.). 101 Carmen Ramos, “Señoritas porfirianas”, en Carmen Ramos (coord.), en Presencia y representación: la mujer en la historia de México, México, El Colegio de México [1987] 2006, p. 152. 102 Nikki Craske, op. cit., p. 119. 68 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México se apreciaba la formación moral y religiosa de las mujeres de la nueva burguesía, dedicadas al ámbito doméstico, al cuidado de los hijos y, por el otro lado, la educación de mujeres de clase media y baja era una necesidad, pues se estaba conformando una nueva masa de obreras y empleadas derivado de la estabilidad económica porfirista y el desarrollo industrial. Sin embargo, su capacidad intelectual se cuestionaba para la realización de otro tipo de actividades como la filosofía, la ciencia o la política. Las mujeres de esa época trabajaban en pequeños comercios y negocios, en el servicio doméstico, en la elaboración de alimentos y ropa, y realizaban faenas en el campo. Carner y Ramos explican que las costureras, las empleadas domésticas y cigarreras eran el contingente laboral femenino más numeroso de la época, a tal grado que en 1885 ya se registraba una protesta de estas últimas reclamando mejores condiciones laborales: “No es posible sufrir más. Tenemos que trabajar de las nueve de la mañana a las nueve de la noche. Nuestra condición es peor que la de los albañiles. No nos queda ni una hora que dedicar a nuestros cuidados domésticos y ni minutos para la instrucción. El capital nos agobia. A pesar de tanto trabajar estamos en la miseria”.103 El registro de la “insurrección” por parte de las obreras cigarreras reivindicando sus derechos laborales a finales del siglo, fue un indicio de la lucha que se desarrollaría décadas más adelante. A finales del siglo XIX las mujeres encontraron mecanismos para inmiscuirse en la vida pública aunque no se les permitiera participar en la política,104 por ejemplo, se dedicaban a la beneficencia, apoyando a la niñez, la alimentación popular, socorro a las madres en situación de 103 Carmen Ramos, “Señoritas porfirianas”, en Carmen Ramos (coord.), en Presencia y representación…, op. cit., p. 159. 104 Alicia Girón, María Luisa González y Ana Victoria Jiménez, “Breve historia de la participación política de las mujeres en México”, en María Luisa González y Ana Victoria Jiménez (coords.), Límites y desigualdades en el empoderamiento de las mujeres en el PAN, PRI y PRD, México, Miguel Ángel Porrúa (Las Ciencias Sociales. Estudios de Género), 2015, pp. 33-61. 69 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales pobreza y a las personas indigentes.105 Pero el pensamiento inconforme de las mujeres empapadas de los ideales universales se plasmó en las publicaciones femeninas de finales del siglo XIX y principios del XX. Entre las más importantes están Las hijas del Anáhuac (1873), La Mujer (1881), El correo de las señoras (1883-1894), El álbum de la mujer (1883), las Violetas del Anáhuac (1887-1889) y La Mujer Mexicana (1904-1906). En la corta duración de Las hijas del Anáhuac aparecen ideas de defensa a la libertad de expresión de las mujeres y el deseo de colaborar con el progreso del país, aunque no contravienen las ideas sobre la responsabilidad doméstica de ellas. Elvira Hernández la define como una iniciativa de estudiantes y profesoras de la escuela de Arte y Oficio para Mujeres que estaban inconformes con las publicaciones de la época dirigidas al público femenino, las cuales eran escritas por hombres y su contenido desvalorizaba a las mujeres. El primer número del 19 de septiembre de 1873 se dirigió así a las lectoras: Nunca se había redactado un periódico como el presente, hecho sólo por señoritas, y esto nos había hecho vacilar desde hace algún tiempo en establecerlo; pero nos hemos animado, viendo que la sociedad moderna se halla a una altura notable y que adelanta día a día en la vida de la civilización. Ya no es mal visto que la mujer escriba y exprese sus sentimientos por medio de la pluma y nada más justo y grato habiendo como hay, mujeres cuyos talentos igualan a los de los hombres. Escribid, bellas jóvenes de nuestra patria, porque sólo ayudando a la inteligencia con la instrucción se pueden producir hermosas y correctas composiciones.106 Otros textos comenzaron a ser más desafiantes del orden de género. Conviene transcribir la siguiente cita de Concepción Gimeno de 105 Carmen Ramos, “Señoritas porfirianas”, en Carmen Ramos (coord.), en Presencia y representación…, op. cit., p. 154. 106 Elvira Hernández, “Las hijas del Anáhuac”, en Revista Fem, año 19, núm. 150, 1995, pp. 45-46. 70 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Flaquer, fundadora y directora de El Álbum de la Mujer, ya que es sumamente ilustrativa de las ideas que se estaban gestando respecto a la exclusión de las mujeres del proyecto de nación liberal: El hombre ha querido ciega a su compañera para que no le viese caminar por sendas cubiertas de fango; la ha querido sin criterio para que no le pidiera cuenta de su conducta ligera, y para subyugarla sin razonamiento de ninguna especie ante despóticas leyes de su caprichosa fantasía […] Es absurdo que deseéis débil a la mujer; vuestra tenaz obcecación os hace conspirar contra vuestros propios intereses. Decidnos: si tan débil es, si todas lo son, ¿por qué le entregáis vuestro nombre? ¿Por qué le fiais el cuidado de guardar vuestra honra? Si no hay mujeres dignas, os estimáis en muy poco al uniros con ellas en eternos lazos. ¡Hombres aturdidos, cuando negáis la virtud de la mujer, pensad en vuestra madre y en vuestras hermanas! Hombres, tened presente que no os disputamos la fuerza física, pero nos declaramos en fuerza moral igual a vosotros.107 Una de las publicaciones más importantes, en cuanto al empoderamiento y reivindicación de las mujeres, fue la de Violetas del Anáhuac. Su directora, Laureana Wright de Kleinhans, defendía el derecho a la educación de las mujeres y tenía una posición sufragista, “la primera garantía para conseguir la libertad y la igualdad que necesita toda la sociedad estable”. Uno de sus propósitos era promover y visibilizar el avance de las mujeres en el ámbito científico, social, cultural, además del doméstico, y se podían leer en sus líneas aseveraciones muy radicales para la época como: “[d]espreciando como merecen antiguas ideas que hacían considerar a la mujer como máquina para la procreación, como una cosa de lujo para los ricos, como necesaria 107 Elvira Hernández, “Un recorrido por las publicaciones de mujeres en el siglo XIX”, en Secretaría de Educación Pública e Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, Historia de las Mujeres en México, México, SEP, INEHRM, 2015, pp. 157-180, p. 167. 71 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales para el pobre, a fin de que lavara, planchara, cosiera, en una palabra, una sirviente [...]”.108 Previo a la Revolución, La Mujer Mexicana difundió ideas sobre la educación de las mujeres, trabajo digno, sucesos nacionales e internacionales del ámbito público, así como reflexiones a favor de la ciudadanía de las mujeres.109 Sin embargo, de manera similar a la experiencia de las sufragistas inglesas, las librepensadoras comenzaron a unirse a los clubes antirreeleccionistas, tanto con la publicación de folletos con ideas políticas, como en la organización de la resistencia armada, de tal manera que las causas feministas que se estaban perfilando en las publicaciones referidas quedaron “en pausa” durante el movimiento armado: “Al hacer una revisión de la participación política de las mujeres hasta la Revolución mexicana, observamos que las causas feministas están casi ausentes en su lucha, sus esfuerzos y su mente están concentradas en la consolidación de la nación mexicana y en las luchas contra la dictadura”.110 2.3. El proyecto de nación revolucionario y las primeras reivindicaciones de las excluidas Martha Eva Rocha explica que las mujeres participaron en la Revolución mexicana como propagandistas, enfermeras, soldaderas y soldados, traspasando así los límites del orden de género del proyecto liberal y del porfiriato.111 Aunque no es nuestro propósito explicar a 108 Cita de Laureana Wright en Ana Lau, “Ciudad de México, 1917-1953”, en Ana Lau y Mercedes Zúñiga (coords.), El sufragio femenino en México: voto en los estados (1917-1965), México, El Colegio de Sonora, 2013. 109 Ibid. 110 Alicia Girón, María Luisa González y Ana Victoria Jiménez, op. cit., pp. 33-61, p. 40. 111 Martha Eva Rocha, “Feminismo y revolución”, en Gisela Espinosa y Ana Lau (coords.), Un fantasma recorre el siglo. Luchas feministas en México 1910-2010, México, Universidad Autónoma Metropolitana-Xochimilco, Ítaca, Conacyt, El Colegio de la Frontera Sur, 2011, pp. 27-60. 72 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México detalle cada una de estas actividades durante el movimiento armado, sí es importante visibilizar su incursión desde diferentes “trincheras” y cómo este activismo conllevó un proceso de empoderamiento para la reivindicación de sus derechos civiles y políticos cuando se confeccionaba el nuevo proyecto de nación rumbo a la Constitución de 1917. Las mujeres incursionaron en la Revolución en dos ámbitos: en el campo de batalla y en la organización y apoyo a los grupos armados. La mayor parte de estas mujeres eran, al igual que los hombres, de clase baja, campesinas, indígenas, del medio rural, sin estudios y que se unieron a los grupos combatientes motivadas por lealtad a sus comunidades y por lazos de parentesco. Las adelitas son la representación del ideal de mujer anónima en el contexto revolucionario: pertenecientes a las huestes campesinas que acompañaban a los varones realizando “tareas propias de su sexo” como preparar los alimentos, cuidar a los enfermos, continuar la crianza de los hijos, así como “brindar compañía sexual” a los soldados. Daniel Grilli recupera una pertinente cita de Julio Guerrero que nos permite entender la congruencia del orden de género de la época, pero con algunos cambios referentes a la valentía y rebeldía que debían tener las mujeres: […] acompañan al marido en sus marchas militares, llevando a cuestas al niño de brazos, al canasto lleno con ropa y los trastos de guisar. Son celosas y valientes, habiendo, muchas veces, saqueado las poblaciones pequeñas; pues se encargan de procurar alimentos á [sic] la tropa; y los consiguen por la fuerza, cuando los rehúsan los dueños de tiendas, corrales ó [sic] rancherías.112 Esta posición tradicional desempeñando actividades domésticas contrasta con las mujeres que tomaron las armas como soldados rasos y que ascendieron hasta el rango de coronelas y capitanas. Las soldados en los ejércitos rebeldes desafiaron el orden de género que 112 Cita en Daniel G. Grilli, “Las soldaderas”, en Revista Melibea, vol. 6, 2012, pp. 51-60. 73 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales imperaba en el imaginario colectivo, tanto de las clases adineradas porfiristas, como de las campesinas y obreras que estaban luchando, dado que la milicia era de exclusividad masculina.113 Sin embargo, como lo hemos visto en los capítulos anteriores, el orden de género se flexibiliza durante el conflicto social y político dado que las mujeres están participando por “una causa mayor”, no así cuando llega la estabilidad y se consolidan los cambios sociales. Tras la victoria del Ejército Constitucionalista y justo antes del Congreso Constituyente, los grados militares adquiridos por las mujeres combatientes no son aceptados por la Secretaría de Guerra y Marina y se prohibió la participación de las mujeres en el Ejército.114 Por otro lado, las mujeres desempeñaron otras actividades esenciales en la Revolución: fungieron como espías, informantes, proveedoras de dinero y armamento, “conspiradoras y propagandistas de las ideas libertarias”.115 Hacemos mención especial de las propagandistas por el vínculo que tienen con el movimiento sufragista posrevolucionario. Colaboraron en los periódicos críticos y difundieron propaganda antirreeleccionista con su pluma, y con su voz en manifestaciones y reuniones clandestinas. Entre las autoras más importantes se encontraban Carmen Serdán (hermana de Aquiles y Máximo Serdán), Margarita Ortega Valdés, Elisa Acuña, María del Refugio Vélez, Dolores Jiménez y Muro y Juana Belén Gutiérrez de Mendoza,116 entre otras; algunas simpatizaban con la ideología anarquista y socialista, algunas eran maestras, miembros de clubes liberales antiporfiristas, integrantes del Partido Liberal Mexicano y del Partido Nacional Antirreeleccionista, 113 Martha Eva Rocha, “Feminismo y revolución”, en Gisela Espinosa y Ana Lau (coords.), Un fantasma recorre…, op. cit. 114 Circular número 78, de 1916, citada por Martha Eva Rocha, op. cit., p. 39. 115 Alicia Girón, María Luisa González y Ana Victoria Jiménez, op. cit., p. 34. 116 Juana Belén Gutiérrez de Mendoza editó el diario opositor Vésper (1901, 1903, 1910 y 1932), La Reforma y Alma Mexicana, pasando de la oposición directa al régimen porfirista al desarrollo de reivindicaciones feministas (Beatriz Elena Valles, “Juana Belén Gutiérrez de Mendoza. Estrella de la tarde”, en Secretaría de Educación Pública e Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, Historia de las mujeres…, op. cit., pp. 225-244, p. 231). 74 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México colaboradoras de los hermanos Flores Magón. Las propagandistas justificaron su intervención en el espacio público desde su rol de hijas, hermanas, esposas y madres, aunque muchas de ellas también participaron en la organización y proveeduría del movimiento armado. En líneas anteriores se mencionó que algunas periodistas de finales del siglo XIX se unieron a los clubes políticos contrarios a la permanencia de Porfirio Díaz en el poder, aunque también crearon clubes femeniles, como el Josefa Ortiz de Domínguez de la ciudad de Puebla o las Hijas de Cuauhtémoc, el cual tuvo como principal propósito acompañar la candidatura de Francisco I. Madero.117 A Dolores Jiménez, cercana al general Emiliano Zapata, se le adjudica la consigna de este club: “Es tiempo de que las mujeres mexicanas reconozcan que sus derechos y obligaciones van más allá del hogar”. Después del asesinato del presidente Francisco I. Madero y la usurpación de Huerta, las propagandistas continuaron su labor con riesgo. Durante este periodo imperaba la fragmentación política, la inestabilidad social y la crisis económica; pero dado el origen antirreeleccionista del movimiento revolucionario, esto es, la deposición de Díaz y la restauración de la democracia con representantes limitados por “el sufragio efectivo y la no reelección”, había un legítimo interés en buscar la pacificación del país a través del establecimiento de un nuevo proyecto de nación que concretara las causas revolucionarias e instituyera el nuevo gobierno. En 1914 se llevó a cabo la Soberana Convención de Aguascalientes en la que participaron diversas facciones revolucionarias como los villistas y zapatistas, y aunque Venustiano Carranza fungió como organizador, posteriormente desconoció los acuerdos tomados. Catherine Heau-Lambert y Enrique Rajchenberg consideran que la Convención de Aguascalientes permite visualizar las diferentes propuestas políticas para el proyecto de nación 117 Ana Lau, “Ciudad de México, 1917-1953”, en Ana Lau y Mercedes Zúñiga (coords.), El sufragio femenino en México…, op. cit., p. 7. 75 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales posrevolucionaria.118 Por ejemplo, se presentó el debate sobre la identidad nacional en la que se daba importancia al reconocimiento del pasado y presente indígena, pero también se defendía al “ciudadano mestizo” que comprendía las nuevas clases sociales organizadas: los campesinos y los obreros. Esta discusión es trascendental si entendemos que se trata de la delimitación de la comunidad política a través de la identidad nacional; en este sentido, no está de más recalcar que las mujeres no asistieron a las asambleas ni su problemática estuvo presente en los debates. De los más de 170 generales, gobernadores y representantes de las fuerzas revolucionarias, ninguna mujer asistió. Las fotografías de las sesiones en el Teatro Morelos de Aguascalientes muestran una participación totalmente masculina de la Convención. En ese mismo año de 1914, el jefe del Ejército Constitucionalista y presidente de la República presentó unas reformas legislativas en materia civil a favor de las mujeres. Venustiano Carranza asentó que el matrimonio debía establecerse sobre una base de igualdad entre la mujer y el hombre y no bajo el imperio del marido. Se otorgaba igualdad en la decisión sobre la educación de los hijos y administración de los bienes del hogar; también les reconocía a las mujeres casadas la capacidad de administrar y disponer de sus bienes, comparecer en juicios, entre otros avances. No obstante, se mantuvo la exclusividad del cuidado del hogar por parte de la mujer y, por ende, la necesidad de pedir autorización al marido para poder trabajar.119 Una de las mujeres que celebró estos avances −que seguramente fueron producto de su influencia− fue Hermila Galindo, quien fungía como secretaria particular de Venustiano Carranza y era una de las principales propagandistas de su gobierno. Ella dictó conferencias y publicó textos sobre la reivindicación de la mujer mexicana, fue directora y colaboradora de La mujer moderna y se le considera una 118 Catherine Heau-Lambert y Enrique Rajchenberg, “177 hombres en busca de una identidad: los primeros tiempos de la Soberana Convención”, en Relaciones, vol. XIV, núm. 55, 1993, pp. 73-96. 119 Ibid., p. 55. 76 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México pensadora adelantada a su tiempo que sembró el pensamiento inconforme en sus contemporáneas. Con la publicación femenina como su medio de difusión y con la movilización territorial que realizó junto a Venustiano Carranza, Hermila Galindo comenzó a posicionar la demanda del sufragio de las mujeres rumbo al Constituyente de Querétaro. Rosa María Valles afirma que la iniciativa de organizar el primer Congreso Feminista fue una estrategia de Hermila Galindo y sus seguidoras para introducir el sufragio femenino en la Constitución de 1917.120 Tanto el primer como el segundo Congreso Feminista constituyen una importante vitrina para observar los posicionamientos de las mujeres organizadas de la época en cuanto al reclamo de sus derechos políticos y civiles, así como el papel de la mujer en el nuevo proyecto de nación revolucionario. El primer congreso se realizó en Mérida y no fue una decisión tomada al azar. Procedente de las filas del Ejército Constitucionalista, el general y gobernador de Yucatán, Salvador Alvarado, fue un defensor de los derechos de las mujeres y sus leyes son consideradas “feministas”.121 En este contexto político progresista se llevó a cabo el Primer Congreso Feminista. El propio gobernador estableció como objetivos tratar el tema de la secularización de la educación de las mujeres, contra la influencia de la Iglesia católica, su preparación primaria y vocacional, y tratar el asunto de la ciudadanía de las mujeres: “¿Cuáles son las funciones públicas que puede y debe desempeñar la 120 Rosa María Valles, op. cit., p. 265. 121 El gobernador Salvador Alvarado estableció la igualdad jurídica con los hombres; bajó la edad legal de las mujeres de los 30 a los 21 años; promulgó una ley sobre el divorcio; reconoció la aportación de las mujeres trabajadoras y pensó en su protección con un salario mínimo y una jornada digna de trabajo, además de no permitir que vivieran en casa de sus patrones/as; atendió el problema de la prostitución desde una postura prohibicionista, pero también de asistencia sanitaria a las trabajadoras sexuales; y emitió una circular invitando a los hombres a que cedieran sus empleos en la administración pública para integrar a más mujeres. Sin embargo, estas reformas no lograron permear del todo en una sociedad sumamente conservadora y católica (Martha Eva Rocha, “Feminismo y revolución”, en Gisela Espinosa y Ana Lau (coords.), Un fantasma recorre…, op. cit., p. 42). 77 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales mujer a fin de que no solamente sea elemento dirigido sino también dirigente de la sociedad?”.122 Sabemos que el tema de los derechos políticos de las mujeres fue abordado, aunque no con la prioridad que se hubiera esperado. Se puso sobre la mesa la posibilidad de pedir una reforma en la Constitución local y la federal para que las mujeres pudieran votar y desempeñar cargos municipales a partir de los 21 años. Aunque Hermila Galindo no asistió al Congreso, emitió su posicionamiento respecto al sufragio femenino sosteniendo que, en tanto las mujeres (que son la mitad de la población) siguieran teniendo las mismas obligaciones como el pago de impuestos, el apoyo a los gastos de la comunidad, el seguimiento de las disposiciones gubernativas, no había razón para que no les concedieran los mismos derechos, además “[l]as mujeres necesitan el derecho al voto por las mismas razones que los hombres; es decir, para defender sus intereses particulares, los intereses de sus hijos, los intereses de la Patria y de la humanidad”.123 Sin embargo, su opinión respecto a la sexualidad de las mujeres fue lo que provocó controversia y distrajo la atención del sufragio femenino. Hermila Galindo habló de educación, en anatomía y biología no solo por cuestión de maternidad, sino por el placer sexual mismo, lo cual era sumamente subversivo para la época. Otras participantes manifestaron que las mujeres tenían necesidades más importantes que no se requerían como condición previa para obtener el voto y, en todo caso, tendrían que prepararse para cuando llegara el momento de ejercer ese derecho. De alguna manera, no fue descartado, pero no se consideró prioritario para ese momento. Encontramos así que hay un cambio fundamental de argumentación sobre la capacidad de las mujeres de intervenir en los asuntos públicos: ya no se cuestiona su discernimiento en igualdad con los hombres 122 Rosa María Valles, op. cit., p. 256. 123 Martha Eva Rocha, op. cit., p. 220. 78 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México −aunque hubo quien todavía mencionó la pequeñez del cerebro de las mujeres−, sino su falta de preparación, por lo que la educación se coloca como demanda fundamental.124 Valles recupera la reacción de una de las participantes, Francisca Ascanio: “Mañana es palabra vaga […] No es necesaria la experiencia previa para entrar a las luchas sufragistas, porque nunca la experiencia es previa y porque la práctica se adquiere con la lucha”.125 En las conclusiones del Primer Congreso Feminista no se plasmó la demanda del voto de las mujeres, pero sí se abordaron los derechos civiles como solicitar más libertad para estas, la posibilidad de tener una profesión u oficio para ganarse la vida (por ejemplo en actividades administrativas), la educación más allá de los propósitos domésticos, el fomento a la literatura y escritura, entre otras.126 En todo caso, se trató de un primer acercamiento de mujeres involucradas en la vida pública, que abonó a la construcción social del sujeto político feminista en México. Aunque no se acordó realizar un pronunciamiento por parte de las integrantes del Congreso Feminista, Hermila Galindo y Edelmira Trejo de Mellón emitieron una petición con este propósito al Constituyente de Querétaro.127 Conviene reproducir gran parte de su mensaje, que constituye una de las primeras reivindicaciones sufragistas que pretendían incorporarse en el nuevo proyecto de nación posrevolucionario: 124 Este argumento se repetiría a finales del siglo XX cuando se solicitó igualdad de oportunidades para el ejercicio de cargos públicos: se respondió que las mujeres no estaban capacitadas para ocupar posiciones de liderazgo político, por lo que era importante comenzar con su capacitación (véase el capítulo “Mujeres como representantes”). 125 Rosa María Valles, “Primer Congreso Feminista de México: los primeros pasos hacia la conquista del sufragio femenino”, en Secretaría de Educación Pública e Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, Historia de las mujeres…, op. cit., pp. 245-268, p. 263. 126 Alicia Girón, María Luisa González y Ana Victoria Jiménez, op. cit., p. 42. 127 También se presentó una petición a favor del general Salvador González Torres y un pronunciamiento en contra del voto femenino de parte de Inés Malváez, fundamentado en que las mujeres aún estaban influidas por el clero. 79 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales La mujer mexicana que se preocupa por cuanto a la patria atañe, que no ha sido indiferente al curso del movimiento revolucionario aportando su contingente en diversas formas, palpita en estos momentos con el mismo entusiasmo que los miembros de ese H. Congreso para asomarse definitivamente sin temores a los dinteles de un risueño porvenir nacional, sancionadas las reformas sociales que satisfagan todas sus aspiraciones, cabrá a nuestra República la inmarcesible gloria de ser el Continente Hispano Americano el punto de mira y de convergencia en las futuras etapas de la civilización del nuevo mundo de habla española. La Nación y el mundo entero está pendiente de vuestras labores, señores Diputados, y yo espero de ese nuevo Código que estará confiado a vuestro patriotismo y equidad como representantes populares, formándose partidos políticos con aspiraciones legítimas sin óbices personalistas, no se la excluya en la parte política y que, por lo tanto, alcance de la nueva situación derechos siquiera incipientes, que la pongan en la senda de su dignificación, de la que en gran parte dimana la dignificación de la patria.128 Sabemos que no se consideró para el debate esta solicitud ni la del general Salvador González Torres a favor del sufragio femenino. Las reacciones de los diputados en la sesión en la que se discutía el artículo 35 −sobre la ciudadanía mexicana− dan cuenta de su resistencia a la participación política de las mujeres: —El C. [Félix] Palavicini: Suplico a la Comisión se sirva informar por qué no ha tomado en consideración las iniciativas que se le han turnado, relativas al voto femenino. —El C. [Luis G.] Monzón: A moción de varios ciudadanos diputados no se tomó en consideración ese voto, o esa opinión de que la mujer 128 Cita de Sáenz en Ana Lau, “Ciudad de México, 1917-1953”, en Ana Lau y Mercedes Zúñiga (coords.), El sufragio femenino en México..., op. cit. 80 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México tuviera voto en las elecciones, y también por cuestión tradicional. (Voces: ¿Cuál es?) No se tomó en consideración y eso se hizo a moción de varios ciudadanos diputados que se acercaron a la Comisión para ello. —El C. Palavicini: El señor Monzón no ha puesto atención probablemente a mi pregunta, o no la he podido hacer clara. —El C. Monzón: Sucederá que ahora podrá usted venir a defender el voto femenino... (Risas). —El C. Palavicini: El dictamen dice que tienen voto todos los ciudadanos: está el nombre genérico; esta misma redacción tenía la adición que existe en la Constitución del 57 y que se conserva hoy, y yo deseo que aclare la Comisión en qué condiciones quedan las mujeres y si no estamos en peligro de que se organicen para votar y ser votadas. Parece que no he podido hacerme entender del señor Monzón.129 Los diputados argumentaron que las mujeres aún no estaban en condiciones de ejercer sus derechos políticos, aunque hubiera algunas a las que se les reconocieran esas aptitudes “excepcionales”. Se alude a la diferencia natural de los sexos para explicar que las mujeres continuaban confinadas al espacio doméstico por lo que no sentían interés por los asuntos públicos del país, “como lo demuestra la falta en todo movimiento colectivo en ese sentido”.130 Esta última frase vaticinó la insurrección de las mujeres en las siguientes décadas. A pesar de la negativa, la Constitución de 1917 introdujo algunos cambios importantes en cuanto a la situación de las mujeres, por ejemplo, un salario mínimo y jornada diaria de ocho horas sin distinción de sexo y protección a la madre trabajadora. En este sentido, se puede 129 Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, Diario de los Debates del Congreso Constituyente 1916-1917, tomo III, México, INEHRM, Secretaría de Cultura, 2016, p. 472. 130 Ibid., p. 318. 81 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales observar un choque de posiciones respecto al rol que las mujeres debían tener en el nuevo proyecto de nación posrevolucionario. Nikki Crazke explica que, por un lado, se seguía defendiendo el confinamiento de las mujeres en el espacio privado y se aludía a su carácter conservador por su vínculo con la Iglesia; continuaba la defensa del papel moral anclado en las relaciones familiares, el nuevo Estado mexicano requería del fortalecimiento de las familias como unidad básica de la sociedad y, por tanto, que las mujeres se dedicaran prioritariamente a ellas.131 Por otro lado, era imperativo mostrar un país moderno, democrático e inclusivo, por lo que otorgar derechos civiles y políticos a las mujeres era un tema difícil de desechar. Como señalamos al inicio de este capítulo, de acuerdo con Teele, la extensión del sufragio de las mujeres requiere la movilización nacional y el apoyo internacional para convencer a la élite política de que esta reforma se traduce en fortaleza electoral y no en un riesgo político. En este sentido, el contexto sociopolítico no se consideraba el adecuado por el conservadurismo que algunas mujeres manifestaban. La participación decidida de las mujeres del Bajío en la Guerra Cristera (19201929) confirmó aquellos temores de que ellas constituían una fuerza conservadora aliada del clero, aunque también hizo reflexionar a los políticos conservadores sobre la importancia de voltear la mirada a las mujeres como votantes.132 Crazke apunta que la solución a esta encrucijada fue abocarse al rol de las mujeres en la educación, prepararlas a ellas para una mejor posición social, a la vez que ellas formaban a los ciudadanos de una nación moderna desde una perspectiva laica, socialista y popular. 131 Nikki Crazke, op. cit., p. 118. 132 Mirtea Elizabeth Acuña y Florentina Preciado reconocen la organización y lucha de las mujeres cristeras como parte de las movilizaciones trascendentes de mujeres de nuestro país, si bien no por la ciudadanía, sí como una manifestación de la defensa de sus creencias. En Colima las maestras constituían un importante actor social y, después, político, pero una parte de ellas, las que provenían de la Normal privada del estado, participaron en la Guerra Cristera, incluso realizando labores clandestinas en la misma Normal (Mirtea Elizabeth Acuña y Florentina Preciado, “Colima 1920-1955”, en Ana Lau y Mercedes Zúñiga (coords.), El sufragio femenino…, op. cit.). 82 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México En la segunda década del siglo XX las mujeres incrementaron su participación y activismo feminista. Se registraron varias reuniones de mujeres que permitieron el intercambio de ideas sobre sus derechos y, específicamente, sobre la importancia del voto femenino. De acuerdo con Ana Lau, muchas eran maestras, periodistas, algunas profesionistas, por lo que contaban con cierto capital y la posición social que les permitían identificar la injusticia y desigualdad del orden de género de la época.133 En 1919 se conformó el Consejo Nacional de Mujeres a cargo de Juana Belén de Mendoza, y en 1923, el Consejo Feminista Mexicano (CFM) fundado por Elena Torres y Refugio García, todas eran miembros del Partido Comunista Mexicano. El CFM buscaba mejorar las condiciones de las trabajadoras, a las que consideraba su centro de atención y principales beneficiarias: establecieron acciones como la apertura de un taller de costura, una escuela nocturna para trabajadoras de Tacubaya, una escuela en Iztacalco y una academia comercial gratuita. El programa del Consejo tomaba la emancipación política como uno de sus principales objetivos. En su informe de 1923, Elena Torres afirmaba que “El feminismo significa el triunfo del derecho sobre la fuerza, dando por resultado la igualdad de clases”. La declaración puso de manifiesto la estrecha relación que el grupo mantenía entre el feminismo y la izquierda, al considerar a ambos como impulsores del cambio donde las mujeres serían las promotoras de la paz. Con este mismo espíritu comunista, surgieron organizaciones en diversas ciudades del país que hablaban de la lucha de clases, estaban en contra de la educación religiosa y a favor de la emancipación de la mujer. Estas reuniones se llevaron a cabo durante un cambio de sistema político. De la fragmentación política causada por los caciques y caudillos regionales, se transitó a la construcción de un presidencialismo fuerte, 133 Ana Lau, “Mujeres, feminismo y sufragio en los años veinte”, en Gisela Espinosa y Ana Lau (coords.), Un fantasma recorre…, op. cit., p. 63. 83 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales cuyas bases fincó Plutarco Elías Calles durante el maximato, con la creación del Partido Nacional Revolucionario (PNR) y que se consolidó como partido de masas con Lázaro Cárdenas: los jefes militares se convirtieron en empresarios, la movilización popular se concentró en el partido oficial y sus corporaciones, se intensificó la reforma agraria, se desarmó al pueblo e inició un proceso de modernización política y económica del país.134 Pablo González Casanova en La democracia en México135 afirmó que “[l]a historia del partido del gobierno es, durante todos estos años, una historia de control de los caudillos y caciques”. Las sufragistas entendieron el cambio del juego político por lo que también tuvieron que adoptar nuevas estrategias. Una de estas estrategias fue la internacionalización. Las organizaciones de mujeres mantuvieron contacto con sufragistas norteamericanas y de Latinoamérica para tratar temas como la trata de personas, la educación superior, el control de natalidad, el acceso a la adquisición y control de propiedades, la educación sexual, el divorcio y el sufragio femenino. Este vínculo fue muy importante, dado que las norteamericanas ya habían visto el fruto de su lucha en 1920, con la reforma de la Decimonovena Enmienda de la Constitución para permitir el voto de las mujeres. En 1922 se organiza la Primera Conferencia Panamericana de la Mujer en Baltimore, Maryland, organizada por la Liga Nacional de Mujeres Votantes; en 1923, el Primer Congreso Feminista de la Liga Panamericana de Mujeres; y en 1925, el Primer Congreso de la Liga de las Mujeres Ibéricas e Hispanoamericanas.136 La diversidad de posicionamientos se hizo presente en estos congresos: quienes consideraban la maternidad como la cualidad más importante de las mujeres, las que estaban a favor del control natal, quienes proponían acciones asistencialistas para las madres 134 Arnaldo Córdova, op. cit. 135 Pablo González Casanova, La democracia en México, México, Ediciones Era [1965] 2017. 136 Ana Lau, “Mujeres, feminismo y sufragio en los años veinte”, en Gisela Espinosa y Ana Lau (coords.), Un fantasma recorre…, op. cit. 84 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México trabajadoras y en situación de pobreza y que tenían vínculos con los grupos cristianos y católicos, y las mujeres provenientes de las organizaciones obreras de izquierda. Pronto se identificaron dos corrientes con posturas diferentes: por un lado, el bloque de derecha moderada que buscaba la igualdad, pero en colaboración y no enfrentamiento con los varones, así como la búsqueda del voto basándose en el papel moral que detentaban las mujeres en tanto madres y amas de casa; y por otro lado, el bloque de izquierda, que consideraba prioritaria la mejora de las condiciones laborales de las obreras y defendió temas como la educación de las indígenas, que para el resto eran secundarios. Las mujeres de izquierda organizaron en México tres congresos nacionales de Mujeres Obreras y Campesinas (1931, 1933 y 1934), para concentrarse en la organización autónoma de las mujeres de los sindicatos y pedir la reforma del voto femenino.137 Aunque los proyectos de nación liberal y revolucionario consideraron a las mujeres como un grupo homogéneo, estas experiencias mostraron que se habían desarrollado en el espacio público desde muy diversas posturas del espectro ideológico y membresía política. En México había un contingente importante de mujeres del Partido Comunista (como Juana Gutiérrez de Mendoza y Concha Michel) y otras que se habían integrado al PNR, el cual se erigía como partido oficial; ambas facciones estuvieron en constante conflicto, sobre todo por su posicionamiento respecto al voto femenino y la divergencia entre crear organizaciones separatistas de mujeres o integrarse a los partidos.138 Con la llegada de Lázaro Cárdenas al poder (1934-1940) los dos bandos tuvieron una tregua dado que las militantes del PNR se volcaron al apoyo de su proyecto político, y las comunistas vieron en su 137 Alicia Girón, María Luisa González y Ana Victoria Jiménez, op. cit. 138 Enriqueta Tuñón, “La lucha política de la mujer mexicana por el derecho al sufragio y sus repercusiones”, en Carmen Ramos (coord.), Presencia y transparencia: la mujer en la historia de México, México, El Colegio de México, 2006, pp. 181-189. 85 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales gobierno una oportunidad para lograr muchas de sus demandas obreras y campesinas. Se estaba abriendo una ventana de oportunidad para el sufragio de las mujeres con la alineación de varios factores políticos: la orientación de izquierda del nuevo gobierno; el fortalecimiento de la figura presidencial representada por Cárdenas; la transformación del PNR en el Partido de la Revolución Mexicana (PRM) y la confluencia de un importante número de corporaciones afiliadas; así como la proliferación de organizaciones de mujeres y feministas y su vinculación con redes internacionales sufragistas. La llegada de Lázaro Cárdenas al poder en 1934 trajo consigo un cambio en la forma de organización política en el país, que tuvo un impacto en las estrategias de las organizaciones de mujeres. Específicamente, el corporativismo estatal se había convertido en el principal vínculo del gobierno con la sociedad, mediado por el partido político oficial. En las corporaciones se recababan las demandas de los diferentes sectores sociales (popular, obrero, campesino), el partido las organizaba y presentaba al presidente. Así, “[l]as mujeres tenían que abrirse camino a través de este nuevo estado corporativista y aprender a colonizar un espacio para que sus demandas fueran escuchadas”.139 En 1935, se conformó el Frente Único Pro Derechos de la Mujer (FUPDM), que buscaba representar los intereses de las mujeres, independientemente de su afiliación partidista. Enriqueta Tuñón explica que el Frente llegó a tener más de 50 mil afiliadas, entre las que se encontraban “intelectuales, profesionistas –maestras, sobre todo–, veteranas de la Revolución, obreras, mujeres de diversos sindicatos y partidos políticos”, especialmente del Partido Nacional Revolucionario y del Partido Comunista.140 Así, se manifestaron las diversas posiciones políticas del movimiento social femenino. Una de las corrientes manifestaba como preocupación principal la transformación económica 139 Nikki Crazke, op. cit., p. 124. 140 Enriqueta Tuñón, “La lucha política de la mujer mexicana por el derecho al sufragio y sus repercusiones”, en Carmen Ramos (coord.), Presencia y transparencia…, op. cit., p. 185. 86 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México y política, estaban de acuerdo con la expropiación petrolera, los cambios en las condiciones del trabajo y el voto femenino, y expresaban su rechazo al capital extranjero que se apoderaba de la economía mexicana. Otra vertiente estaba representada por las mujeres del PNR que si bien estaban por alcanzar mayores derechos para las trabajadoras boicotearon las propuestas sobre el voto femenino. Una tercera corriente se inclinaba por la organización autónoma de las mujeres. Resalta el liderazgo de Refugio García, que tenía tanto el respaldo de las facciones internas de la organización feminista como de los principales liderazgos políticos del momento. La plataforma política del FUPDM es muy interesante pues en ella confluyen las expectativas y demandas que las mujeres habían estado configurando, por lo menos cinco décadas atrás, pero también se enmarcan en el contexto sociopolítico cardenista. Mantuvieron la exigencia del voto femenino, pero también la igualdad política de indígenas y campesinos. Integraron las demandas de las mujeres obreras y campesinas, como luchar contra la carestía de los artículos de primera necesidad; eliminar los descuentos a los sueldos de la mujer, aumentar su salario y establecer la jornada de ocho horas. Las mujeres exigieron derechos sociales (a diferencia de años atrás que se centraban en los civiles), como instaurar un seguro social pagado por el gobierno y las empresas y crear casas de maternidad para las mujeres de los obreros en empresas. Pero también se incorporaron las demandas acordes con la agenda política cardenista: “Desaparecer los monopolios sean de nacionales o extranjeros; la liberación de México de la opresión imperial; la lucha abierta contra todas las empresas extranjeras; contra la intervención del Gobierno norteamericano o de la banca en los asuntos internos de México; contra el pago de la deuda exterior, entre otras”.141 141 Ana Lau, “Mujeres, feminismo y sufragio en los años veinte”, en Gisela Espinosa y Ana Lau (coords.), Un fantasma recorre…, op. cit., p. 104. 87 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales El FUPDM creó el Consejo Nacional del Sufragio Femenino en 1936. Organizaron manifestaciones, mítines, presentaron conferencias y demás actividades. Tuvieron acercamiento con el Comité Ejecutivo Nacional del PNR, pero allí rechazaron la solicitud aludiendo a la falta de capacitación de las mujeres. En contraste, Lázaro Cárdenas percibió que era insostenible solicitar a las mujeres su participación en la movilización social por las estrategias del Estado y mantener la exclusión política. Así que en un acto público declaró que las mujeres deberían incorporarse a la función política. Tras estas declaraciones las mujeres organizadas respaldaron las acciones del gobierno a la espera de aprobación de la tan anhelada reforma. El presidente envió una iniciativa al Congreso para reformar el artículo 34 constitucional en 1937. En la iniciativa se manifestaba: Que reconocida por ello la plena capacidad civil, económica y educativa de la mujer, no se justifica el mantenimiento de su incapacidad política ya que directa o indirectamente, en el hogar como colaboradora de su esposo o bien a través de sus compañeros de trabajo, contribuye a la formación de la opinión pública y es fuente de orientación de todo Gobierno democrático y de cooperación en las relaciones de gobernados y gobernantes.142 Ana Lau recoge testimonios importantes de las sufragistas de la época que sabían que el gran obstáculo de la aprobación del voto era el temor extendido en el partido oficial por la orientación conservadora de las mujeres, debido al vínculo que tenían con el clero. El contexto del sistema político en México es esencial para comprender la negativa, pues el PNR todavía no se convertía en el partido hegemónico y aún no se llegaba a vislumbrar el presidencialismo en su máxima expresión. Por lo que conceder el voto a las mujeres constituía aún un gran riesgo para mantenerse en el poder. 142 Cita en Ana Lau, “Ciudad de México, 1917-1953”, en Ana Lau y Mercedes Zúñiga (coords.), El sufragio femenino en México…, op. cit., p. 12. 88 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Aunque la iniciativa se turna a las cámaras y a las legislaturas de los estados, el trámite se detuvo justo antes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Siguiendo a la misma autora, es muy interesante el debate al interior del FUPDM después de la desilusión por la tardanza de la reforma. Dos grandes posicionamientos: las que consideraban el voto como la condición necesaria para lograr el resto de la plataforma política, y un grupo de mujeres muy importantes e influidas por las ideas socialistas feministas que cuestionaban la eficacia del voto (como de la democracia misma) mientras que los cambios no se plantearan principalmente en la lógica del mercado capitalista y su vínculo con el patriarcado. A partir de esta polarización de pensamiento se vería el crecimiento de un posicionamiento “popular” del feminismo, interesado más en realizar acciones directas con las mujeres campesinas y obreras, aunque dentro de los confines corporativistas del partido. Después del fracaso que representó que no se publicara la iniciativa, el Frente adoptó una nueva estrategia congruente con la transformación del partido oficial de PNR a Partido Revolucionario Mexicano (PRM). Se tomó la decisión de que las afiliadas se incorporaran a los diferentes sectores del nuevo partido: obreras, campesinas, profesionistas para negociar con las autoridades del partido y buscar la concesión presidencial del voto hacia las mujeres: “Fue así como, a partir de los años cuarenta, el movimiento de lucha para obtener derechos políticos, en lugar de consolidar su fuerza con las bases y de reforzar la movilización social, se apoyó en las autoridades, principalmente en la figura del presidente de la República, a la espera de que éstas hicieran suya la demanda del voto”.143 143 Enriqueta Tuñón, “El derecho de las mujeres al sufragio”, en Gisela Espinosa y Ana Lau (coords.), Un fantasma recorre…, op. cit., pp. 127-148. 89 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales 2.4. El proyecto de modernización y el sufragio femenino en México En el sexenio de Manuel Ávila Camacho (1940-1946), claramente conservador, la movilización sufragista perdió fuerza y visibilidad política. Se pusieron en suspenso los objetivos políticos y las mujeres se centraron en los derechos sociales como la búsqueda de programas de tipo social, como la ampliación de licencias de maternidad, cooperativas domésticas, rebaja de impuestos y alquileres. Solo circunstancialmente se mencionan los derechos civiles y políticos de las mujeres. Además, el contexto internacional era el de la Segunda Guerra Mundial, por lo que la organización de las mujeres, como ya lo hemos sostenido, tiende a concentrarse en el apoyo de las grandes causas, en este caso labores de paz y de asistencia. Por ejemplo, en 1942 Amalia Castillo Ledón propuso la formación del Servicio Civil Femenino de Defensa para capacitarlas en “enfermería, manejo de ambulancias, evaluación de niños, cocina para multitudes, primeros auxilios, etcétera”.144 Pero esto no significa que las organizaciones de mujeres hayan desaparecido: en julio de 1945 se llevó a cabo un mitin de la Unidad Femenina pro Miguel Alemán, cuando aún era candidato a la presidencia del partido oficial PRM. En su discurso, Alemán se pronunció por la importancia de la mujer en el proceso de industrialización en México y prometió impulsar la reforma constitucional para que las mujeres pudieran votar y ocupar cargos de elección popular en el municipio (recuérdese la vía gradual expuesta por Teele): Pensamos que para puestos de elección popular en el Municipio Libre –base de nuestra organización política– la mujer tiene un sitio que le está esperando, porque la organización municipal es la que tiene más contacto con los intereses de la familia y la que 144 Ibid., p. 130. 90 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México debe más atención a las necesidades del hogar y de la infancia. Para este fin promoveremos oportunamente la reforma constitucional adecuada.145 El reconocimiento del derecho femenino a la participación política a nivel local por parte del presidente Alemán (1946-1952) tuvo diversos propósitos: integrar a la mujer paulatinamente a la vida política, legitimar al régimen a nivel local, puesto que la salida masiva de trabajadores migratorios hacía necesario el voto femenino e incorporar a la mujer más activamente a la vida política de acuerdo a una estrategia desarrollista. Aunque había un cierto respaldo a este tipo de posicionamientos que encontraban importante el avance del país, pero no así la transformación de los roles de las mujeres, lo cierto es que la aprobación de la reforma se debió a una especie de “prueba” del comportamiento político de las mujeres en el nivel municipal, a la vez que se liberaba la presión internacional por el sufragio de las mujeres. Miguel Alemán cumplió con la reforma que permitía la participación política de la mujer en el ámbito local y el 10 de diciembre de 1945 el voto femenino fue aprobado por el Senado de la República a través de la reforma del artículo 115 de la Constitución, estableciendo que, a partir de ese momento, las mujeres podían votar y ser votadas en las elecciones municipales.146 Lograr el voto a nivel nacional era el 145 Enriqueta Tuñón, “La lucha política de la mujer mexicana por el derecho al sufragio y sus repercusiones”, en Carmen Ramos (coord.), Presencia y transparencia: la mujer…, op. cit., p. 186. 146 Aquiles Elorduy, del Partido Acción Nacional, argumentó contra el voto de las mujeres: “[…] el hogar mexicano […] es el hogar selecto, perfecto, en donde la ternura llena la casa y los corazones de los habitantes gracias a la mujer mexicana que ha sido y sigue siendo todavía el modelo de abnegación, de moralidad, de mansedumbre, de resignación […] Ciertas costumbres venidas de fuera están alejando a las madres mexicanas un tanto cuanto, de sus hijos, de su casa y de su esposo. […] Para la mujer mexicana, su marido, si es feo, es guapo; si es ignorante, es un sabio […] porque quiere enaltecer, a los ojos de ella misma y de su familia, al jefe de la casa. Si vamos perdiendo los hombres –y aquí está la parte egoísta– las pocas fuentes de superioridad, por lo menos aparente que tenemos en el hogar, vamos a empezar a hacer cosas que no son dignas de nosotros. Ya no hay méritos mayores en el jefe de familia, como no sea que gane dinero para sostener la casa y, en muchas ocasiones, lo ganan ellas a la par que los maridos. De manera que, si en la política, que es casi lo único que nos queda, porque en la enseñanza también son hábiles y superiores; si vamos perdiendo la única cosa casi aparatosa, 91 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales siguiente paso, para ello fueron fundamentales los grupos organizados de mujeres con la estrategia de contacto directo con el candidato presidencial. Durante la presidencia de Adolfo Ruiz Cortines (1952-1958) se realizan dos peticiones para el sufragio de las mujeres, una que provenía de la organización femenil del Partido Revolucionario Institucional,147 liderada por Margarita García Flores, quien ya había organizado a las mujeres de todas las áreas de acción femenil del partido en un mitin con el entonces candidato oficial; y por el otro, la Alianza de Mujeres por México y el liderazgo de Amalia Castillo Ledón, presidenta de la Comisión Interamericana de Mujeres. Adolfo Ruiz Cortines le pidió a Amalia Castillo la firma de 500 mil mujeres demandando el voto femenino. La lideresa obtuvo las firmas y el 9 de diciembre de 1952 se leyó en la Cámara de Diputados la iniciativa del presidente Ruiz Cortines para otorgar el voto a la mujer. El 17 de octubre de 1953 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modificación constitucional según la cual se reconocía a la mujer el derecho a votar y ser votada en las elecciones a nivel nacional. Adolfo Ruiz Cortines concedió el voto a las mujeres bajo la línea argumentativa que se había sostenido desde finales del siglo XIX, por su posición como madres y su carácter moral; las mujeres se podrían integrar a las necesidades del progreso social desde los roles de género que ya estaban realizando en el hogar, como apoyar en los problemas de alimentación, vestido, salud, recreación, asistencialismo, etcétera, mientras que el ámbito político formal se mantuvo de exclusividad masculina. De esta manera, muchas mujeres se incorporaron a los que es la política, las cuestiones externas de la casa para que nos admiren un poco; si vamos a ser iguales hasta en la calle, en las asambleas, en las Cámaras, en la Corte Suprema, en los tribunales, en los anfiteatros, etcétera, etcétera, pues, entonces, que nos dejen a nosotros, que nos permitan bordar, coser, moler y demás […]” (Enriqueta Tuñón, “El derecho de las mujeres al sufragio”, en Gisela Espinosa y Ana Lau (coords.), Un fantasma recorre…, op. cit., p. 134). 147 En 1946 cambió de PNR a Partido Revolucionario Institucional (PRI). 92 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México partidos políticos, pero acatando la división sexual de las actividades al interior de estos. Con lo expuesto hasta aquí se sostiene la hipótesis delineada en los primeros párrafos de este capítulo: que las organizaciones de mujeres fueron fundamentales para lograr el derecho al voto femenino en México, así como la trascendencia de su vínculo y presencia en las redes internacionales de mujeres de las últimas décadas; ambos elementos las prepararon para sostener sólidamente los argumentos sobre las ventajas de la participación política de las mujeres. Pero también el contexto político electoral fue determinante. A partir de la segunda mitad del siglo XX se había consolidado el presidencialismo mexicano, con su carácter autoritario y corporativo. La designación del candidato presidencial (como facultad metaconstitucional del presidente en turno) reflejaba la estabilidad política y certidumbre electoral del partido hegemónico. Después de conceder el voto municipal se demostró que las mujeres no constituían un peligro sino un fuerte contingente electoral, algo que seguramente Ruiz Cortines ya había sopesado con cuidado, por lo que pudo presentar con mayor facilidad y prácticamente sin resistencia la reforma que permitió que las mujeres accedieran a la ciudadanía: “La integración de las mujeres al universo de votantes a nivel federal significó la disputa por una nueva clientela electoral y el impulso al crecimiento de los grupos femeniles que dentro de los partidos políticos existían ya desde tiempo atrás”.148 148 Martha Singer, “Partido dominante y domesticación de la oposición, 1951-1963”, en Luis Medina Peña (coord.), El siglo del sufragio. De la no reelección a la alternancia, México, Fondo de Cultura Económica, Instituto Federal Electoral, 2010, pp. 138-169, p. 153. 93 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales 2.5. El proceso de democratización en México y la lucha cívica de las mujeres durante la segunda mitad del siglo XX y principios del XXI Paradójicamente las mujeres conquistaron el sufragio cuando se desplegaba una maquinaria partidista orientada a reprimir la libertad política. Durante el auge del presidencialismo mexicano había un fuerte intervencionismo en las organizaciones sociales, represión a los movimientos sociales y control de la participación electoral, ya que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) monopolizaba casi la totalidad de los cargos de elección popular a nivel nacional y local con preferencia electoral mayor a 70 por ciento.149 A partir de los años sesenta se vivió una etapa de crecimiento económico acelerado que permitió el desarrollo de la industria y el sector de los servicios, en detrimento de la agricultura, que todavía era el principal sector en la primera parte del siglo XX. El desarrollo estabilizador provocó grandes transformaciones demográficas como el crecimiento poblacional, la urbanización y el aumento de la escolarización.150 En un contexto internacional de lucha por los derechos civiles de la población negra, contra la guerra y los movimientos estudiantiles, en México también los estudiantes realizaron una de las grandes manifestaciones de desaprobación al régimen hegemónico del Partido Revolucionario Institucional. El movimiento de 1968 luchaba por las libertades democráticas básicas desafiando los mecanismos que el partido había instituido para poder mantener el control del país.151 149 Ibid., p. 172. 150 Jean- François Prud’Homme, “El Estado y la participación política: las reformas electorales de 1977”, en Luis Medina Peña (coord.), El siglo del sufragio..., op. cit., p. 172. 151 Ricardo Becerra, Pedro Salazar y José Woldenberg, La mecánica del cambio político en México. Elecciones, partidos y reformas, México, Cal y Arena, 2000. 94 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Cabe mencionar que se vivía un aumento considerable de mujeres en la matrícula universitaria, lo cual era muestra de la transformación de género, pero también vía de acceso al pensamiento político y feminista de la época. Las mujeres participaron también en la movilización, pero no en igualdad de condiciones que los hombres, pues dentro de los contingentes se reprodujeron los roles de género: ellas se encargaron de la preparación de los alimentos, la limpieza, la impresión y el reparto de volantes, fueron brigadistas y tuvieron una marginada participación en el liderazgo.152 En donde tuvieron las mujeres presencia decisiva fue en los movimientos sociales populares y campesinos que se desarrollaron durante las décadas de los setenta y ochenta, provocados por la marginación y desigualdad económica del proceso de industrialización y la explotación de las comunidades rurales e indígenas. Las mujeres se unieron a las organizaciones y movilizaciones populares y campesinas (participaron en las guerrillas del sur del país) e implementaron proyectos productivos, cooperativas, proyectos de salud, venta de artesanías, pero también estos espacios se prestaron para realizar reflexiones en torno a la situación de desigualdad entre mujeres y hombres. En tensión con sus movimientos mixtos y en los márgenes del movimiento feminista, las campesinas organizadas empezaron a decir su palabra. Reconocieron ser pobres entre los pobres, con problemas educativos y de salud, con largas jornadas domésticas por la carencia de recursos y de servicios básicos. En un proceso heterogéneo, fueron tomando conciencia de su posición subordinada y desigual 152 Karina Lvone menciona a dos dirigentes destacadas del Consejo Nacional de Huelga, Roberta Avendaño, la Tita, y Ana Ignacia Rodríguez, la Nacha; esta última manifestó en una ocasión: “[l]a discriminación de la mujer en el 68, ¡en serio!, es enorme. Nuestra participación fue determinante en el movimiento estudiantil, fuimos oradoras, sacábamos muchos pesos en las brigadas, hacíamos pintas (Karina Lvone, La participación de la mujer universitaria en el movimiento estudiantil de 1968, ponencia presentada en el “XI Congreso Nacional de Investigación Educativa”, 2011). 95 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales en el mundo laboral, en sus comunidades y en sus organizaciones campesinas, pero también en su hogar y su familia.153 En el contexto urbano, la influencia de la revolución sexual y el control de la natalidad a nivel internacional se tradujo en una nueva oleada feminista en México, conocida como “neofeminismo”, en la que las demandas se trasladaron de los derechos civiles y políticos a la emancipación sexual y la reivindicación de la autonomía del cuerpo femenino, la no discriminación y contra la violencia hacia las mujeres. En esta etapa proliferaron pequeños grupos o colectivos de mujeres y feministas con una lógica horizontal, sin liderazgos, que estudiaban las causas y consecuencias del patriarcado (con influencia de las feministas radicales) y cuya consigna feminista por excelencia era “lo personal es político”. Estas agrupaciones confluyeron en frentes amplios como el Movimiento Nacional de Mujeres y Mujeres en Acción Solidaria. En este contexto de movilización popular (campesina, estudiantil y urbana) el presidencialismo llegó a su punto máximo cuando solo se presentó un candidato en las elecciones de 1976, José López Portillo. La competencia política era nula, sin partidos políticos nacionales que pudieran enfrentarse al PRI. A partir de este momento se fortalece la movilización popular, incrementada por las crisis económicas de los últimos sexenios, y el Partido Acción Nacional se va perfilando como una alternativa de gobierno competitiva en varias regiones del país.154 En consecuencia, en 1977 se presentó una reforma electoral que funcionó como válvula de escape para mejorar la situación sociopolítica, iniciando un proceso de liberalización del país rumbo a la transición democrática. Esta reforma implicó el reconocimiento del principio de representación proporcional para la elección de diputados, que se unirían a las personas electas por el principio de mayoría relativa, así 153 Gisela Espinosa, “Feminismo popular, tensiones e intersecciones entre el género y la clase”, en Gisela Espinosa y Ana Lau (coords.), Un fantasma recorre…, op. cit., p. 89. 154 Ricardo Becerra, Pedro Salazar y José Woldenberg, op. cit., p. 19. 96 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México como la aprobación del financiamiento público de los partidos políticos y la posibilidad de que participaran también aquellos que tuvieran registro nacional en las elecciones locales. A partir de este momento se presentaron continuas reformas que transformaron radicalmente el sistema electoral y político del país. Otro momento crítico e importante para la participación de las mujeres fue el terremoto de 1985 en la Ciudad de México, detonante del resurgimiento de la sociedad civil en el país. La sociedad realizó una evaluación negativa de la intervención gubernamental del presidente Miguel de la Madrid en el desastre, por lo que prefirió autoorganizarse para realizar las tareas de rescate y construcción.155 Las mujeres tuvieron una importante participación instaurando comedores populares, instancias de cuidado de niñas y niños, atención a personas enfermas, la toma de terrenos para la construcción de viviendas para las y los damnificados, y también surgieron importantes sindicatos, como el Sindicato Nacional de Trabajadoras de la Industria de la Costura, Confección, Vestido, Similares y Conexos 19 de Septiembre. A finales de los años ochenta del siglo XX, México se había transformado radicalmente. Había desarrollo económico pero con grandes brechas de desigualdad social; mejoró la calidad de vida urbana en detrimento de las zonas marginadas de las ciudades y de la vida rural: “Con la modernización social, la industrialización, la escolarización de la población y la mundialización de la cultura se multiplicó también la pluralidad política de la nación”.156 El PRI sufrió una fractura interna con el surgimiento del Frente Democrático Nacional que encabezaron sus exmilitantes Cuauhtémoc Cárdenas y Porfirio Muñoz Ledo. Por otro lado, adquirió una notoria relevancia el liderazgo de Manuel Clouthier del Partido Acción Nacional (PAN). De esta manera, el candidato oficial del PRI en las elecciones de 1988, Carlos Salinas de 155 Reynaldo Yunen Ortega, “Las elecciones de 1988”, en Luis Medina Peña (coord.), El siglo del sufragio..., op. cit., pp. 209-235, p. 210. 156 Ricardo Becerra, Pedro Salazar y José Woldenberg, op. cit., p. 34. 97 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Gortari, tuvo real competencia política, como no se había tenido hasta ese momento. Sin embargo, la percepción social de un fraude electoral el día de las elecciones provocó una movilización ciudadana inaudita. Gisela Espinosa narra que días posteriores a la elección, “mujeres de más de treinta agrupaciones feministas, estudiantiles, sindicales, representantes de colonias populares, organismos de la sociedad civil y de organizaciones políticas, se manifestaron contra el fraude electoral del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y acordaron formar el Frente de Mujeres en Defensa del Voto Popular”.157 Gran parte de la ciudadanía, incluyendo las organizaciones populares y civiles de mujeres y feministas, redirigieron su esfuerzo y activismo hacia la política formal, a la lucha por la democracia representativa. Derivado de un clima de desconfianza ciudadana en la organización de las elecciones a manos del gobierno, se creó en 1989 el Instituto Federal Electoral y con ello inició la “ciudadanización” de los procesos electorales. En este mismo año inició el periodo de alternancia política con la primera victoria de un partido de oposición en elecciones de gubernatura (el PAN en Baja California), desencadenando una serie de triunfos a nivel municipal y estatal, tanto de Acción Nacional como del recién creado Partido de la Revolución Democrática (PRD). Rumbo a las elecciones de 1994 se manifestaron diversos movimientos, frentes y organizaciones ciudadanas para cuidar las elecciones, como la Alianza Cívica. A pesar de la fortaleza de preferencia electoral del panista Diego Fernández de Cevallos y de Cuauhtémoc Cárdenas del PRD, el candidato del PRI, Ernesto Zedillo Ponce de León ganó la elección presidencial, en gran parte porque logró ligar su campaña 157 Gisela Espinosa, “Feminismo popular, tensiones e intersecciones entre el género y la clase”, en Gisela Espinosa y Ana Lau (coords.), Un fantasma recorre…, op. cit., p. 302. 98 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México a la de Luis Donaldo Colosio, el candidato oficial asesinado en Lomas Taurinas, Tijuana, en marzo de 1994. Carlos Salinas en su último año de gobierno y Ernesto Zedillo durante su sexenio enfrentaron la emergencia del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN). En palabras de Gisela Espinosa, este movimiento armado se había incubado en la conmemoración de los 500 años de resistencia indígena (colonización española) y emergió de la crudeza de las políticas neoliberales salinistas en las comunidades campesinas indígenas. El movimiento zapatista se caracterizó no solo por visibilizar la desigualdad e injusticia social en la que habían vivido las poblaciones indígenas, sino también por denunciar la violencia contra las mujeres indígenas y su marginación. Las comandantas del EZLN se volvieron protagonistas del movimiento al lado de sus compañeros varones. La Ley Revolucionaria de Mujeres (1993) es una declaración histórica y trascendental en el país, ya que reivindica los derechos civiles, sociales y políticos desde la experiencia situada de las mujeres indígenas: […] Primero. Las mujeres, sin importar su raza, credo, color o filiación política, tienen derecho a participar en la lucha revolucionaria en el lugar y grado que su voluntad y capacidad determinen. Segundo. Las mujeres tienen derecho a trabajar y recibir un salario justo. Tercero. Las mujeres tienen derecho a decidir el número de hijos que pueden tener y cuidar. Cuarto. Las mujeres tienen derecho a participar en los asuntos de la comunidad y tener cargo si son elegidas libre y democráticamente. 99 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Quinto. Las mujeres y sus hijos tienen derecho a atención primaria en su salud y alimentación. Sexto. Las mujeres tienen derecho a la educación. Séptimo. Las mujeres tienen derecho a elegir su pareja y a no ser obligadas por la fuerza a contraer matrimonio. Octavo. Ninguna mujer podrá ser golpeada o maltratada físicamente ni por familiares ni por extraños. Los delitos de intento de violación o violación serán castigados severamente. Noveno. Las mujeres podrán ocupar cargos de dirección en la organización y tener grados militares en las fuerzas armadas revolucionarias. Décimo. Las mujeres tendrán todos los derechos y obligaciones que señalan las leyes y reglamentos revolucionarios.158 La presencia en el espacio público de las mujeres del movimiento zapatista provocó la irrupción de un gran número de organizaciones indígenas, encuentros y redes de mujeres. Uno de los debates centrales era la divergencia entre la defensa de los usos y costumbres de las comunidades indígenas para la elección de sus representantes, y la crítica a estos mecanismos que discriminaban a las mujeres tanto para participar como para ser electas. En 1997 se realizó el Encuentro Nacional de Mujeres Indígenas y, posteriormente, se creó la Coordinadora Nacional de Mujeres Indígenas. La negativa de Ernesto Zedillo a hacer uso de la facultad metaconstitucional de nombrar a su sucesor vaticinó la transformación del 158 Enlace zapatista, El despertador mexicano, órgano informativo del EZLN, México, núm. 1, diciembre de 1993, disponible en https://enlacezapatista.ezln.org.mx/1993/12/31/ley-revolucionaria-de-mujeres/ 100 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México sistema político del país. Con el nuevo siglo llegó la alternancia y transición hacia la democracia. En las elecciones del año 2000, Vicente Fox se convirtió en el nuevo presidente de la República por el Partido Acción Nacional, dando fin a 70 años de gobierno del partido revolucionario. 2.6. Reflexiones sobre el comportamiento político de las mujeres Para finalizar este capítulo sobre la lucha de las mujeres por el voto es importante reflexionar sobre las creencias sociales que se sostuvieron históricamente para negarles este derecho político. Los argumentos de los detractores del sufragio femenino –y también muchas mujeres en el marco de un orden de género sumamente restrictivo– giraron en torno a la incapacidad o al desinterés “natural” de las mujeres en la política, el posible abandono de las labores domésticas y de cuidado por desempeñar las actividades cívicas, la falta de preparación de estas en el ámbito público y, sobre todo, el supuesto carácter conservador que tienen debido a su vínculo histórico con la Iglesia católica. Se han realizado interesantes estudios en el país sobre el comportamiento electoral de las mujeres, partiendo de la hipótesis de que estas constituyen un grupo con una orientación ideológica y preferencia electoral diferenciada respecto a los varones, por ejemplo, más conservadora. Alejandra Massolo recurrió a las encuestas de preferencia electoral que realizaron diferentes casas encuestadoras y periódicos en el proceso de 1994 (Covarrubias y Asociados, Gabinete de Estudios de Opinión, GEO, y el Departamento de Investigación del periódico Reforma). Observó, a partir del análisis de la población total sin cruces de variables, que había una ligera inclinación de las mujeres por el PRI y menor preferencia electoral por el PAN y PRD, sin embargo, no todas las encuestas concordaban con estos datos. Una pregunta interesante del estudio fue si “consideraban conveniente 101 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales o inconveniente para México tener un presidente surgido de la oposición” y encontraron que las mujeres tendieron más que los hombres a percibirlo como inconveniente. De igual forma, hubo un mayor porcentaje de mujeres que manifestaron “defender el orden político actual” y no apoyar la alternancia política; no obstante, la diferencia entre las respuestas de mujeres y hombres no rebasó los cinco puntos porcentuales. Alejandra Massolo concluyó que los resultados de las encuestas de opinión de 1994 podrían sugerir que las mujeres formaban parte del voto duro del PRI −junto con el voto del sector campesino− no así del PAN, que ha sido identificado como un partido conservador y vinculado a la Iglesia católica. Con todo, la autora considera que los resultados globales no permiten visibilizar la diversidad del comportamiento electoral femenino. Si bien las amas de casa podrían considerarse una importante clientela priista, no se podía hacer la misma aseveración con otros subgrupos femeninos como las jóvenes, estudiantes, profesionistas, etcétera.159 La ligera preferencia de las mujeres por el PRI también se observó en el estudio de Anna Fernández Poncela.160 Esta investigadora publicó un interesante artículo retomando los resultados de una encuesta que levantó en 1996 sobre la simpatía partidaria, la preferencia electoral de 1994 y la orientación del voto para las elecciones intermedias de 1997. La investigadora llegó a la conclusión de que no había diferencias significativas entre los datos de los hombres y de las mujeres y que, en todo caso, para que pudiera observarse un comportamiento electoral diferenciado se tendría que cruzar el sexo con otras variables como la edad, ocupación, ingreso, escolaridad, etcétera. 159 Alejandra Massolo, “El género en las encuestas de opinión pública: una exploración”, en Revista de estudios de género, La ventana, núm. 5, 1997, pp. 105-132. 160 Anna M. Fernández Poncela, “Edad, sexo y política. Preferencias electorales en México”, en Revista de estudios de género, La ventana, núm. 5, 1997, pp. 133-152. 102 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México En la tabla 1 recuperamos los resultados de la Encuesta Nacional sobre Cultura Política y Prácticas Ciudadanas (ENCUP) de 2003, 2005 y 2012,161 y también de la Encuesta Nacional de Cultura Cívica (ENCUCI) de 2020, en relación con la simpatía partidista de hombres y mujeres. Como se puede observar, se mantienen las observaciones de las investigaciones referidas de Alejandra Massolo y Anna Fernández Poncela. En las gráficas 1 y 2 se puede apreciar que las tendencias de las preferencias partidistas son similares entre mujeres y hombres para los cuatro partidos con más seguidores. GRÁFICA 1 TENDENCIA DE LA SIMPATÍA PARTIDISTA DE LAS MUJERES 2003-2020 50.0% 45.0% 40.0% 35.0% 30.0% 25.0% 20.0% 15.0% 10.0% 5.0% 0.0% PAN PRI PRD MORENA NINGUNO 2003 2005 2012 2020 Fuente: Elaboración propia con datos de las ENCUP 2003-2012 y de la ENCUCI 2020. 161 Se omitieron los levantamientos de la ENCUP 2001 y de la de 2008, porque en la primera no se preguntó por la preferencia partidista y, en la segunda, la base de datos, en las respuestas a la pregunta ¿por cuál partido se inclina usted?, 62.71% de los registros aparece como ¡NULO!, imposibilitando la comparativa. 103 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales GRÁFICA 2 TENDENCIA DE LA SIMPATÍA PARTIDISTA DE LOS HOMBRES 2003-2020 50.0% 45.0% 40.0% 35.0% 30.0% 25.0% 20.0% 15.0% 10.0% 5.0% 0.0% PAN PRI PRD MORENA NINGUNO 2003 2005 2012 2020 Fuente: Elaboración propia con datos de las ENCUP 2003-2012 y de la ENCUCI 2020. Aunque hay variaciones en los valores entre mujeres y hombres, en su mayoría, estos no distan más de 3%, salvo el caso del PRD en 2003 cuando hubo una diferencia de 3.7% entre la simpatía partidista de mujeres y hombres, y el caso de Morena, cuya diferencia entre preferencias alcanza 6.8% con carga para los hombres. En términos generales hay una mayor cantidad de mujeres simpatizantes del PRI que simpatizantes hombres, y respecto al resto de los partidos políticos, ellas manifiestan tener menor simpatía que los varones. Sin embargo, llama bastante la atención el resultado de la última encuesta en 2020, previo a las elecciones de 2021, dado que 18.4% de las mujeres manifestaron tener una inclinación partidista por el Movimiento de Regeneración Nacional, frente a 25.2% de hombres, lo cual constituye una de las diferencias porcentuales más significativas registradas por la ENCUCI por razón de sexo. Asimismo, es importante resaltar que en promedio para 2020, la mitad del electorado compuesto por hombres y mujeres manifiestan no tener preferencia por ningún partido, este porcentaje ha aumentado considerablemente desde 2003 a la fecha, pues en aquel 104 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México momento solo 37.3% manifestaba no identificarse con ninguna opción política, lo cual es indicativo de la creciente decepción ciudadana y la crisis de representación e identificación de las y los mexicanos con las propuestas partidistas existentes. En la tabla 1 se pueden apreciar los porcentajes, tanto de hombres como de mujeres, para todos los partidos mencionados en las encuestas, aunque cabe mencionar que no en todos los años aparecen todos los partidos políticos. TABLA 1 PORCENTAJE DE SIMPATIZANTES, POR SEXO % de simpatizantes Mujeres Partido político/Año Hombres 2003 2005 2012 2020 2003 2005 2012 2020 PAN 20.9 19.6 15.5 11.0 23.5 20.8 16.0 9.6 PRI 27.4 25.6 33.7 11.5 26.4 25.0 33.7 10.3 PRD 8.0 14.5 12.5 2.8 11.7 16.0 14.6 2.3 PT 0.2 0.4 0.9 0.5 0.4 0.3 1.2 0.5 PVEM 0.4 0.8 1.1 0.6 0.6 0.7 1.9 0.7 Convergencia 0.1 Nueva Alianza 0.5 Movimiento Ciudadano 0.9 Morena 0.4 0.9 0.6 18.4 Ninguno 39.9 Otro 0.2 No sabe No contestó 3.0 25.2 14.0 32.7 2.3 25.2 50.1 34.7 0.9 0.4 3.2 2.3 23.0 29.4 47.4 0.6 14.2 2.4 Fuente: Elaboración propia con datos de las ENCUP 2003-2012 y de la ENCUCI 2020. 105 0.8 2.6 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales El hecho de no encontrar una diferencia sustantiva en razón de género contradice las creencias liberales y revolucionarias que plantearon que las mujeres tenían una orientación ideológica conservadora, casi inherente a su naturaleza y debido a su vínculo con el clero. El voto conservador femenino no se puede sostener frente a los datos anteriores que muestran cómo la preferencia electoral de las mujeres se distribuye de manera muy similar a la de los hombres. En todo caso, como sostienen las investigadoras que referimos, las mujeres son sumamente diversas y el análisis se debe profundizar desde una perspectiva interseccional. El avance de la participación política de las mujeres, impulsado por las reformas electorales de paridad de género, está cerrando brechas entre hombres y mujeres que también refutan el argumento sobre la incapacidad de las mujeres de desempeñarse en el espacio político. Entre los retos más importantes está el compromiso de los partidos políticos de fortalecer el capital político y económico de sus militantes para garantizar una competencia equitativa. 106 3. MUJERES COMO MILITANTES La libertad de asociación y la libertad de expresar las preferencias políticas e ideológicas forma parte de los derechos políticos fundamentales de hombres y mujeres. Los partidos políticos han tenido un papel protagónico en las democracias para el ejercicio de estos derechos, pues son las figuras institucionales que intervienen en el control y distribución del poder político, orientan ideológicamente y organizan la acción política, se encargan de la formación de cuadros políticos para promover candidaturas de hombres y mujeres, con el objetivo último de tener una participación en el ejercicio del poder. Los partidos políticos son facilitadores en el acceso a los cargos públicos y de liderazgos en sus estructuras. Sin embargo, en el caso de las mujeres, más que facilitadores, durante un largo periodo histórico constituyeron una barrera para su plena participación y posicionamiento político. Como hemos señalado reiteradamente en los capítulos anteriores, históricamente las mujeres han estado presentes en todas las luchas políticas, mas su reconocimiento en las estructuras partidistas se 107 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales remonta al siglo pasado. Los cargos partidistas han sido un recurso político de género y esta dinámica sigue profundamente arraigada en dichos espacios. Como resultado de la insurrección de las mujeres que inició con la reivindicación del sufragio y continuó hasta la instauración del principio de paridad de género en la representación política, actualmente, todos los partidos con presencia nacional hacen mención en sus estatutos de la necesidad de la presencia de las mujeres en cargos de representación y dentro de su estructura; sin embargo, la realidad es que pocas mujeres han accedido a cargos de poder dentro de las cúpulas más altas de los partidos.162 Existen múltiples factores que disminuyen la velocidad del avance de las mujeres en las estructuras partidistas, Flavia Freidenberg163 identifica los siguientes como los más significativos: los problemas de democracia interna de los partidos basados más en la complacencia de élites que en la meritocracia; la falta de transparencia y mecanismos eficaces en los procesos internos de selección de candidaturas, aunado a la falta de recursos personales, financieros o políticos; o bien la colocación de liderazgos en candidaturas no competitivas. Otras investigaciones sobre los partidos políticos en Latinoamérica y México muestran que estas organizaciones han evitado y limitado el acceso de las mujeres a las candidaturas y también a cargos como dirigentes dentro de sus estructuras,164 otros trabajos se han encargado de indagar sobre diversos aspectos de la vida de las mujeres al interior de los partidos, mediante el estudio de sus trayectorias, 162 Vanessa Góngora y Cinthia Plascencia, “Derrotero de la paridad de género en la representación política en México”, en Oniel Díaz, Vanessa Góngora y Miguel Vilches (coords.), Las elecciones críticas de 2018. Un balance de los procesos electorales federales y locales en México, Guanajuato, Universidad de Guanajuato, Grañén Porrúa, 2019, p. 152. 163 Flavia Freidenberg, “¿Qué han hecho los partidos por las mujeres? Una propuesta para medir la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en los partidos políticos”, en Flavia Freidenberg (ed.), La representación política de las mujeres en México, México, Instituto Nacional Electoral, UNAM-Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2017. 164 Véase Vivian Roza et al., Partidos y paridad: la ecuación pendiente, Nueva York, Banco Interamericano de Desarrollo, IDEA Internacional, 2010. 108 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México y la evaluación de los patrones de ascenso al interior de estas instituciones, para conocer la contribución de los mismos en la asignación de los cargos que ocupan las mujeres en los órganos directivos, así como en la obtención de candidaturas, particularmente las ganadoras. Dentro de los principales hallazgos se encuentra que persisten los estereotipos de género al interior de las estructuras partidistas, que hay desigualdad en el capital político y económico de hombres y mujeres, y continúa el reto de conciliar la vida familiar y política, esto es, que las mujeres puedan militar en los partidos sin la carga de la responsabilidad exclusiva de lo doméstico, y que los hombres se integren activamente a esa esfera.165 En este capítulo se hará un recuento de la evolución histórica de la participación de las mujeres como militantes, para después dar el salto y abordar su nivel de inclusión en los partidos políticos: cuántas son, quiénes ocupan los cargos importantes, cómo es su liderazgo y qué hacen los partidos para incentivar su participación. Para ello se realiza un análisis de los cambios estatutarios y legales, de las modificaciones en el diseño institucional, de los resultados de diagnósticos nacionales y estatales en torno al tema y la percepción de las mujeres que forman parte de los partidos políticos. 3.1. Antecedentes históricos Algunos de los argumentos más socorridos en el pasado para justificar la falta de mujeres en los espacios políticos y posiciones de poder era que no tenían interés por participar, que no tenían aptitudes para 165 Ana Joaquina Ruiz, Aída Bustos y Ana Laura Flores, Análisis de las trayectorias de las mujeres en los partidos políticos: obstáculos y prospectiva para su desarrollo, México, Instituto Nacional Electoral, Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir, 2020; Erika González y Vanessa Góngora, “Competencias de liderazgo de mujeres dirigentes nacionales de partido en México: Amalia García, Cecilia Romero y Beatriz Mojica”, en Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, núm. 240, México, 2020, pp. 397-430. 109 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales desarrollarse en el ámbito público, o bien que no estaban capacitadas y podrían sentirse incómodas en estas organizaciones predominantemente masculinas, incluso después de lograr el sufragio femenino. Mas esto ha sido ampliamente refutado. Como lo hemos descrito hasta el momento, las mujeres han sido pieza clave en la obtención y el ejercicio de los derechos civiles, políticos y sociales, además de haber estado presentes en los principales movimientos y transformaciones sociales y políticas, aun cuando han sido excluidas de los confines de la ciudadanía misma. Por ello, resaltamos que los partidos políticos mexicanos, desde su génesis, han contado con la presencia de mujeres, organizadas en las llamadas ligas femeniles. Los principios básicos del Partido Nacional Revolucionario (PNR), creado en 1929, indicaban el compromiso del partido para integrar “paulatinamente el acceso de la mujer mexicana en las actividades de la vida cívica”.166 Derivado de la movilización por el sufragio femenino, en 1934 las mujeres fueron incluidas como sector del partido, el denominado Sector Femenil, integrando a campesinas, obreras y estudiantes. Posteriormente cambió su nombre por el de Acción Femenina, modificación que trajo consigo la incorporación del Comité Ejecutivo de la Secretaría de Acción Femenina y la creación de secretarías de acción femenina en cada subcomité del partido. El PNR promovió también la creación de Frentes Femeniles de Lucha Social a nivel estatal.167 En el capítulo anterior explicamos la decisiva participación de las mujeres de este partido para lograr la reforma constitucional que permitió el voto femenino. En su proceso de transformación al Partido Revolucionario Mexicano (1938) y Partido Revolucionario Institucional (1946), las militantes continuaron siendo parte fundamental de la movilización territorial y fortalecimiento del partido hegemónico. 166 Antonieta Hidalgo Ramírez, “Mujeres priistas destacadas. Algunas estrategias de ascenso y legitimación política”, en Dalia Barrera Bassols (coord.), Mujeres, ciudadanía y poder, México, El Colegio de México, PIEM, 2000, p. 299. 167 Gisela Espinosa y Ana Lau (coords.), Un fantasma recorre…, op. cit. 110 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México En 1946 los estatutos del recién formado PRI hablaban sobre las indicaciones y ubicación de las llamadas secretarías femeniles en la estructura partidaria. Incluso se especificaba en el artículo 17 del estatuto que el Comité Central Ejecutivo debía estar compuesto por ocho miembros, entre los cuales figuraba una secretaria de acción femenil. Asimismo, se preveía en el estatuto que se eligieran dos mujeres y dos jóvenes entre los 32 delegados electos por cada sector para conformar el Consejo Nacional del partido.168 En 1953 −con la extensión del derecho al sufragio a las mujeres a nivel nacional− el PRI profundizó sus acciones con respecto a los espacios de organización destinados a las mujeres y la afiliación de estas, pues vio la oportunidad de atraer el voto de este sector de la población. Así, de acuerdo con información compilada por Gisela Zaremberg,169 en la II Asamblea Nacional Ordinaria del PRI y con Amalia Castillo Ledón como invitada de honor se modificaron los estatutos relativos a la Acción Femenil. La reforma prestó especial atención a la organización del PRI en las bases para que la estructura llegara a nuevas electoras. El punto III del capítulo 7 mencionaba que la Dirección de Acción Femenil dependería del Comité Central Ejecutivo, es decir, que sus dirigentes serían designadas por el Comité. La Dirección de Acción Femenil debía “realizar una campaña nacional, sistemática, intensa y permanente para elevar la preparación política y cívica de la mujer mexicana”. Asimismo, el punto IV establecía que esta dirección debía “realizar por sí misma o secundar empeñosamente toda actividad tendiente a acrecentar el número y la militancia activa de las mujeres afiliadas al Partido […]”. En 1960 se volvieron a reformar los estatutos para introducir un Consejo Nacional Femenil que, junto a la Dirección Nacional de Acción Femenil, estaría compuesto por las delegadas femeniles de diversos sectores (obrero, popular, campesino), 168 Gisela Zaremberg, Derechos y monopolios: las mujeres priistas y peronistas a partir de la expansión del derecho de voto, tesis de doctorado en Ciencias Políticas Argentina y por FLACSO-Sede Académica de México, 2003, p. 259 169 Ibid. p. 263. 111 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales quienes podrían ser removidas por los directores del sector. Con la finalidad de acrecentar el número de afiliadas, la Dirección Femenil buscó mejorar la estructura partidaria al nivel de las bases mediante la creación de distintas instancias en los comités y subcomités municipales y distritales. La afiliación de las mujeres en el partido se veía de manera pragmática, no se requería de una incorporación extensa de ellas, sino que se buscaba una incorporación disciplinada en el tiempo, que se manifestara cuando el partido necesitara confirmar su permanencia en el poder. El resto del tiempo las mujeres podían seguir en sus hogares. De este modo se formó un grupo selectivo de dirigentes femeniles que derivó en una élite dirigente reducida.170 En 1972 se instituyó la Agrupación Nacional Femenil Revolucionaria (ANFER), que posteriormente se convirtió en el Consejo para la Integración de la Mujer, que coincidió temporalmente con el Congreso de Mujeres por el Cambio, y a nivel nivel estatutario se estableció como un órgano que agrupaba a las mujeres del PRI. Después se transformó en el Organismo Nacional de Mujeres Priistas, que era colegiado, y en 2001 tendría dirigencia única. El órgano pasó de ser una asociación agrupando el movimiento de mujeres, a una organización que conjunta las acciones por las mujeres dentro del Comité Ejecutivo Nacional.171 A través de todas las etapas de organización y consolidación del partido, las priistas se han enfrentado a prácticas arraigadas de discriminación y falta de oportunidades para el acceso a candidaturas y cargos internos de dirección, pues el PRI constituyó un poder androcéntrico que correspondía con el proyecto nacionalista en el cual las mujeres no fueron parte de la bandera política del partido,172 no 170 Idem, p. 267. 171 Ana Joaquina Ruiz, Aída Bustos y Ana Laura Flores, op. cit. 172 Véase el estudio de Alicia Girón, “Obstáculos y limitaciones en el empoderamiento de las mujeres: la experiencia del PRI”, en Alicia Girón, María Luisa González y Patricia Rodríguez (coords.), Límites y desigualdades en el empoderamiento…, op. cit. 112 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México obstante, las brechas se han reducido gracias a las reformas electorales en materia de igualdad de género. En el Partido Acción Nacional la participación femenina se dio desde su origen en 1939 (en la Asamblea Constitutiva participaron 11 mujeres).173 Dalia Barrera expone que, en congruencia con el proyecto de nación y el orden de género de ese contexto histórico, el partido convocó a las mujeres a la participación política dentro de los límites de la “feminidad”. La autora recupera parte del mensaje de Carlos Septién García, uno de los más prominentes militantes, en 1941: Acción Nacional no sólo no las olvida, sino que las llama, urgentemente, para que se entreguen a la obra de reconstrucción de la patria. Y no le pide el Partido a las mujeres de México actitudes fuera de su carácter que lesionaran su feminidad y su natural proceder y situación. Les pide simplemente, que actúen como madres, como hermanas, como hijas, como novias, como amigas, pero encaminando su esfuerzo, su generosidad y su amor, no solamente hacia los fines meramente individuales sino al fin supremo de la felicidad de este grande hogar que es la patria, y en el cual ella, la mujer mexicana, debe ser como en el seno del hogar pequeño, reina, y por la dignidad, por el amor.174 Desde 1958 el PAN ya realizaba actividades relacionadas con la formación de mujeres dirigentes, algunas provenientes de las filas de Acción Católica. Una de ellas fue María del Rosario Alcalá, quien formaba parte de la Sección Femenina del PAN y se convirtió en la primera candidata 173 Es preciso mencionar los nombres de las más importantes mujeres del partido en sus inicios: Concepción Morín y Lidia Torres (madre y esposa del fundador, respectivamente), Eugenia Mass, Elodia Delgado, Julia Gallegos, Soledad Arriaga, Elvira Montiel, entre otras que formaron la sección femenina del partido (Alejandra Arroyo Eugenia Correa, “Obstáculos y limitaciones en el empoderamiento de las mujeres: la experiencia del PAN”, en Alicia Girón, María Luisa González y Patricia Rodríguez (coords.), Límites y desigualdades en el empoderamiento…, op. cit. 174 Dalia Barrera Bassols, “Las mujeres del Partido Acción Nacional a 68 años de su fundación”, en Revista Géneros, núm. 2, México, 2008, p. 11. 113 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales del partido en contender por una gubernatura (Aguascalientes) en 1962.175 A partir de 1982 el PAN daría un paso importante en relación con los derechos de las mujeres, cuando integró en su plataforma el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer y la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Otra institución política de gran relevancia en el país surgió tras la escisión en el PRI que provocó la salida de la Corriente Democrática liderada por Cuauhtémoc Cárdenas y Porfirio Muñoz Ledo. Muchas mujeres retomaron la vía democrática y se integraron a las filas del Partido de la Revolución Democrática (PRD) desde su fundación en 1989. Muchas de ellas fueron y son activistas, intelectuales, integran sindicatos, son participantes del movimiento urbano popular, etcétera. Graciela González considera que el feminismo ha influido en el partido y que “’gracias al ’efecto ósmosis’, ha facilitado la permeabilidad de esta lucha entre mujeres de varios partidos (sobre todo del PRI y del PAN), por medio de las Cámaras y las reuniones”.176 Esta institución política se caracterizó por promover liderazgos femeninos dentro de sus filas, alcanzando cargos de elección popular relevantes. Entre los liderazgos femeninos más prominentes se encuentran: Rosario Ibarra de Piedra (fundadora, diputada, senadora de la República); Ifigenia Martínez (fundadora y miembro del Comité Ejecutivo Nacional del PRD, diputada por el PRI y el PRD, senadora de la República y directora del Instituto de Estudios de la Revolución Democrática); Rosa Albina Garavito (fundadora del PRD, diputada y senadora de la República); Rosario Robles (fundadora y presidenta del CEN del PRD, diputada y primera jefa de gobierno del Distrito Federal, secretaria de Estado); Amalia García (fundadora y presidenta del CEN del PRD, senadora y diputada de la República y primera 175 Ibid., p. 14. 176 Graciela González, “Mujeres que participan en el Partido de la Revolución Democrática: diversidad y confluencias”, en Cuicuilco, vol. 10, núm. 27, enero-abril de 2003, p. 4. 114 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México gobernadora del estado de Zacatecas); Christina Asa Laurell (fundadora y miembro del CEN del PRD, secretaria de Salud del Distrito Federal), y muchas otras más.177 Como analizamos en el capítulo anterior, las mujeres han participado activamente en organizaciones ligadas a la izquierda ideológica, pues había una corriente importante de sufragistas y activistas que se integraron a los partidos comunistas conformados en las primeras décadas del siglo XX y, en los momentos más álgidos del presidencialismo y hegemonía del PRI, se enlistaron en la movilización campesina, urbana y popular. Benita Galeana es un ejemplo emblemático de la incursión de las mujeres en los partidos de izquierda aun antes de la aprobación del sufragio femenino. Originaria de Guerrero, la “compañera de las trenzas” como solían referirse a ella, conoció al comunista Manuel Rodríguez en la Ciudad de México y pronto se enroló en el Partido Comunista Mexicano (PCM) apoyando en los mítines y en la distribución de propaganda partidista, además de ser encarcelada una gran cantidad de veces. Sin embargo, a pesar de su activismo y profundo compromiso con su partido, su testimonio da cuenta de la reproducción de roles y estereotipos de género dentro de las filas comunistas: Veía que camaradas muy capaces e inteligentes, eran los que más mal trataban a sus compañeras, con desprecio, sin ocuparse de educarlas, engañándolas con otras mujeres como cualquier pequeño burgués y, en cambio, los primeros en decir: “Son unas putas”, cuando la mujer anda con otro […] En estos años de militar en el Partido no he tenido siquiera una frase de aliento, de simpatía, del Jefe de mi partido. Es más, y aunque parezca mentira, en estos 177 María Luisa González y Patricia Rodríguez, “Obstáculos y limitaciones en el empoderamiento de las mujeres: la experiencia del PRD”, en María Luisa González y Patricia Rodríguez (coords.), Límites y desigualdades en el empoderamiento…, op. cit. 115 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales años de lucha ni siquiera un “Buenos días, Benita” he recibido de [Hernán] Laborde.178 Es importante señalar que, a pesar de esta exclusión y reproducción de roles de género, los partidos de izquierda fueron los primeros en postular mujeres a la Presidencia de la República. La primera contendiente fue Rosario Ibarra de Piedra, quien fue representante del Partido Revolucionario de los Trabajadores en 1982; Marcela Lombardo Otero contendió en las elecciones de 1994 por el Partido Popular Socialista; Cecilia Soto González participó también en las elecciones de 1994 con el Partido del Trabajo y Patricia Mercado Castro contendió en 2006 por el Partido Alternativa Social Demócrata Campesina. Ninguna de las mujeres mencionadas tenía muchas oportunidades de ganar, por el tamaño e incidencia a nivel nacional de sus partidos, tal vez por ello fue posible su designación para contender, con todo, su presencia en las boletas electorales sigue teniendo valor simbólico porque fueron las primeras mexicanas en contender por la Presidencia. Aun cuando no extendemos el análisis a otros partidos políticos, podemos afirmar que las mujeres han participado y participan en todos los partidos, de cualquier espectro ideológico y han sido pieza importante en su conformación y crecimiento a nivel nacional mediante la movilización del sector, atracción de votos y militancia activa. Su participación ha estado enmarcada en las secciones femeniles que se han institucionalizado posteriormente como órganos de participación política de las mujeres (tabla 2). 178 Cita en Elena Urrutia, “Benita Galeana: la compañera de las trenzas”, en Revista Fem, vol. 5, núm. 19, 1981, pp. 74-75. 116 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México TABLA 2 EVOLUCIÓN DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES DENTRO DE LOS PARTIDOS MEXICANOS 1929-2021 Partido Órganos de participación política PRI El movimiento de mujeres comenzó como Sector Femenil. En 1946 se establecen las secretarías femeniles. En 1960 se conforma el Consejo Nacional Femenil. En 1972 se convirtió en Agrupación Nacional Femenil Revolucionaria, que con posterioridad se transformó en el Consejo para la Integración de la Mujer, que coincidió temporalmente con el Congreso de Mujeres por el Cambio, a nivel estatutario se constituyó como un órgano que agrupa a las mujeres del PRI. Después se transformó en el Organismo Nacional de Mujeres Priistas, que era colegiado, y en 2001 tendría dirigencia única. El órgano pasó de ser una asociación que agrupaba el movimiento de mujeres a ser una organización que conjunta las acciones por las mujeres dentro del Comité Ejecutivo Nacional. PAN Tiene una secretaría llamada Promoción Política de la Mujer, que también forma parte de los comités a nivel nacional y estatal. Su historia se remonta a 1939 en la primera asamblea de mujeres denominada Sección Femenina de Acción Nacional, que tenía como propósito atraer simpatizantes para afiliarse al partido, organizar a las mujeres en los comités regionales y llevar a cabo acciones de asistencia social. En 1980 la Sección Femenina cambió el nombre a Secretaría de Promoción Femenina y en 1987 se instituyó el nombre actual: Secretaría de Promoción Política de la Mujer. PRD Cuenta con la Organización Nacional de Mujeres, la cual, de acuerdo con sus estatutos, es una organización sectorial cuyo objetivo es acercar a ciudadanas con pensamiento libre y progresista para fortalecer la visión ideológica y programática del partido. Existe también la Secretaría de Igualdad de los Géneros, sin embargo, no se especifica en sus reglamentos o estatutos cómo funciona dicha secretaría. PVEM Tiene una Secretaría de la Mujer que forma parte del Comité Ejecutivo Nacional y existe también en los comités estatales; pero no se establece en sus estatutos ni en el reglamento cómo debe funcionar ni cuáles son sus atribuciones. Morena Cuenta con una Secretaría de Mujeres que forma parte del Comité Ejecutivo Nacional, cuya función es promover el conocimiento y la lucha por los derechos de las mujeres afiliadas al partido. Movimiento Ciudadano Mujeres en Movimiento es el nombre del órgano instituido al interior, forma parte de la Coordinadora Nacional. Desde que el partido se denominaba Convergencia, antes del año 2011, se establecía en sus estatutos que Mujeres en Movimiento es el órgano permanente donde se promueve la participación de las mujeres. Fuente: Elaboración propia con información de Ana Joaquina Ruiz, Aída Bustos y Ana Laura Flores, Análisis de las trayectorias de las mujeres en los partidos políticos: obstáculos y prospectiva para su desarrollo, op. cit. 117 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales 3.2. Grupos de mujeres, organización y acciones rumbo a la paridad de género En 1977 se dieron los primeros cambios normativos en las leyes electorales que abrieron la puerta a la participación de un mayor número de actores en la política mexicana, permitiendo la representación acotada de partidos que estaban excluidos hasta ese momento de la acción parlamentaria. Además, en este periodo, se gestó una fuerte movilización de grupos feministas de diversas tendencias. En 1973 se constituye el Movimiento Nacional de Mujeres (MNM), que luchaba por erradicar los prejuicios existentes en la educación y las costumbres discriminatorias hacia las mujeres. Asimismo, reclamaban el respeto de las leyes laborales que reconocían la igualdad de los derechos de las y los trabajadores. Pugnaban por el reconocimiento de la maternidad como una función social necesaria para el crecimiento y desarrollo del país, por lo que las mujeres que asumieran dicha responsabilidad debían contar con las facilidades para realizar esta doble función de trabajadora y madre. Dentro de sus demandas estaba también la equitativa representación de las mujeres en todos los niveles de gobierno.179 Entre las principales organizaciones de mujeres se encontraba la Unión Nacional de Mujeres Mexicanas (UNMM), la Alianza de Mujeres de México, las secciones femeniles de los sindicatos y de los partidos políticos.180 En marzo de 1979 se constituye el Frente Nacional por la Liberación y Derechos de las Mujeres (Fnalidm). La plataforma del Frente planteaba que las mujeres eran un grupo identitario al compartir una serie de opresiones que tienen origen en la definición social de madres y amas de casa. Utilizando esa perspectiva las mujeres construyeron una identidad común desde la cual luchar conjuntamente. 179 Alicia Girón, María Luisa González y Ana Victoria Jiménez,“Breve historia de la participación política de las mujeres en México”, en María Luisa González y Patricia Rodríguez (coords.), Límites y desigualdades en el empoderamiento…, op. cit. 180 Ibid. 118 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Sus demandas estaban divididas en diversos rubros: igualdad política y legal para las mujeres; el derecho al trabajo y a la plena independencia económica de las mujeres; el derecho a controlar sus propios cuerpos y por el libre ejercicio de la sexualidad.181 En 1982, con la aparición en la escena política de actores diversos, se aviva el debate por el fracaso de las políticas económicas; en el panorama nacional inestable de la época influyen también otros sucesos como la organización y movilización de diversos sectores, derivado del sismo de 1985. La crisis económica y la conmoción social ocasionada por los hechos enunciados provocó un alza en la integración de mujeres al mercado de trabajo, pero también las impulsó a movilizarse para conseguir mejoras en las colonias, servicios básicos, viviendas dignas, configurando así a principios de los ochenta el denominado Movimiento Urbano Popular.182 Otro momento clave fue la elección federal de 1988, en la que no quedó claro el resultado de la elección presidencial y de muchas diputaciones y senadurías que se adjudicaron al partido oficial. Ante la presunción de fraude electoral, se formaron grupos como Mujeres en Lucha por la Democracia (MLD) y la Coordinadora de Mujeres Benita Galeana, la cual se constituyó como una instancia política de confluencia de grupos diversos, entre los que se encontraban algunos con experiencia de trabajo entre mujeres. El MLD publicó el 8 de agosto de 1988 un manifiesto en el que exigía a los responsables de calificar la elección el “estricto respeto a la voluntad popular”. En 1988 también se llevó a cabo el foro “Mujeres y la democracia en México”, allí se abordaron temas como la democracia y las mujeres, la violencia, la defensa del Estado laico y la distribución equitativa de responsabilidades familiares.183 181 Ibid. 182 Ibid. 183 Ibid., p. 50. 119 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales A partir de los sucesos mencionados, la demanda democrática se concentra en el sistema electoral y se fortalece el sistema de partidos, permitiendo así en 1997 un cambio en la composición del Legislativo, resultado del largo proceso de transición democrática y la reforma electoral.184 Durante ese periodo, en el contexto de la celebración en 1995 de la IV Conferencia Internacional de la Mujer realizada en Beijing, China, comenzaron a implementarse medidas afirmativas para incluir a las mujeres en la vida pública, derivadas de la adhesión del país a tratados internacionales para promover la participación política femenina. El primer partido en introducir un porcentaje de mujeres en sus órganos de liderazgo fue el Partido de la Revolución Democrática que aprobó una cuota de 20% de mujeres en su dirección y en sus listas electorales en 1990; en 1993 el porcentaje aumentó a 30 por ciento. Por su parte, el Partido Revolucionario Institucional aprobó en 1996 la recomendación de no presentar más de 70% de candidatos del mismo sexo. Sin embargo, al ser solo recomendaciones no tuvieron efectos en términos del número de mujeres que efectivamente ocupaban las candidaturas y los cargos públicos. Aun así, el impulso de los grupos femeninos se dio paulatinamente, de acuerdo con María Antonia Martínez y Antonio Garrido;185 un factor que fue de gran importancia para lograrlo fue el acceso de determinadas mujeres a cargos relevantes. Por ejemplo, María de los Ángeles Moreno, del PRI, se convirtió en presidenta del Senado, y en la administración de Ernesto Zedillo hubo varias mujeres en el gabinete; Beatriz Paredes fue elegida presidenta de la Mesa Directiva del Congreso. En el PRD, Amalia García (presidenta del partido entre 1999 184 María Antonia Martínez y Antonio Garrido, De la política de la presencia a la política de la diferencia. Representación de las mujeres en cuatro parlamentos nacionales (México, Chile, Argentina y Uruguay), Barcelona, CIDOB, 2010. 185 Ibid. 120 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México y 2002) y Rosario Robles (jefa de gobierno de la Ciudad de México) fueron impulsoras de la agenda de género. Posterior a las reformas electorales que incluyeron las medidas afirmativas, los partidos políticos modificaron sus lineamientos internos. En 2001 el PRI aprobó una medida de paridad de 50% en sus listas de candidatos y en los puestos de dirección del partido. Por su parte, el PAN modificó sus estatutos en 1999 para adaptarlos al mandato de la ley electoral en relación con la previsión de cuotas de género. En 2007 se dio otra reforma electoral respecto a las disposiciones relativas a la representación de los sexos, introduciendo un nuevo artículo que señalaba que “las solicitudes de registro, tanto de las candidatas a diputados como de senadores que presenten los partidos políticos o las coaliciones ante el Instituto Federal Electoral, deben integrarse con al menos 40% de candidatos propietarios de un mismo género, procurando llegar a la paridad”. A partir de la primera implementación de las cuotas, cada proceso electoral representó un ejercicio de ensayo y error, en el cual la academia y las autoridades electorales, junto con los organismos internacionales, verificaban la efectividad de las cuotas para poner candados que evitaran que los partidos políticos les dieran la vuelta a las normas electorales. Para el proceso electoral de 2012 la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación impuso a los partidos políticos y coaliciones el deber de nombrar mínimo 120 y 26 fórmulas de candidatos propietarios y suplentes de un mismo sexo para diputaciones y senadurías respectivamente. Por su parte, el entonces Instituto Federal Electoral emitió un acuerdo para establecer los criterios a los cuales los partidos políticos debían apegarse para cumplir con el mandato del tribunal. Como resultado de las medidas citadas, el porcentaje de integración femenina en la legislatura federal de 2012 alcanzó una cifra cercana a 35 por ciento. Posteriormente, derivado de la recomendación del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/MEX/CO/7-8), y tras 121 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales hondas discusiones, se aprobó en 2014 el principio de paridad de género a nivel constitucional, con lo cual se incorporó la exigencia de paridad de género en las candidaturas a la Cámara de Diputados y al Senado, en la elección de legisladores por ambos principios (representación proporcional y mayoría relativa). Con ello se modificó también la Ley General de Partidos y la Ley General de Procedimientos e Instituciones Electorales estableciendo lo siguiente: 1. El principio de paridad es exigible para los partidos políticos en las candidaturas a cargos Legislativos Locales y Federal, eso no limita que en la legislación local puedan incluirse cargos ejecutivos. 2. Las fórmulas de candidatos deberán ser siempre del mismo sexo, no importa si son de mayoría o de representación proporcional. 3. Los partidos políticos deberán hacer públicos los criterios para garantizar la paridad de género, los cuales deben ser objetivos y asegurar condiciones de igualdad entre géneros. No se admitirán criterios que tengan como resultado que alguno de los géneros le sean asignados exclusivamente a distritos en los que el partido haya perdido en el proceso electoral anterior. 4. Se incrementa a 3% el recurso que los partidos políticos deben asignar para capacitación y promoción del liderazgo político de las mujeres. 5. En las listas de candidatos a Diputados y Senadores se deberá cumplir el principio de paridad. 6. La lista de representación proporcional deberá hacerse de forma alternada entre los géneros. 7. No se admitirán, por las autoridades electorales, registros que sobrepasen la regla de paridad. La paridad es un principio constitucional que busca la igualdad entre los sexos e incluye medidas para asegurar la inclusión de las mujeres 122 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México en los espacios públicos de decisión. Cuenta con criterios horizontales, los cuales buscan asegurar la paridad en el registro de las candidaturas; y verticales para impulsar la postulación de candidaturas en los órganos de elección popular. La primera vez que fue implementada esta reglamentación fue en el Proceso Electoral de 2014-2015. Posteriormente, en 2019, se aprobó la reforma “paridad en todo”, cuyos alcances e implicaciones se discutirán con detalle en el siguiente capítulo. En los estados las reformas se han realizado también en fases. En los noventa, la recomendación federal de que los partidos incluyeran mujeres en las candidaturas hizo que algunas entidades incorporaran medidas semejantes en su legislación. Es a partir de la incorporación de la paridad de género a nivel constitucional en 2014 que se ha realizado paulatinamente la armonización estatal en la mayoría de las entidades federativas186 y, actualmente, todas las entidades presentan lineamientos en torno a la paridad. Derivado de los cambios mencionados, los partidos políticos han tenido que reformar sus estatutos para incluir a las mujeres como candidatas y en posiciones de poder dentro de sus estructuras. Actualmente todos los partidos con registro nacional cuentan con artículos dentro de sus estatutos que abordan la paridad y participación política de las mujeres, pero solo el PRI, el PT, el PRD y Movimiento Ciudadano garantizan la paridad vertical y horizontal al interior de sus direcciones en los consejos directivos. El PAN se limita a establecer una cuota de 40% en sus órganos directivos y Morena establece la búsqueda de la equidad en la representación (tabla 3). 186 Flavia Freidenberg, op. cit., p. 181. 123 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales TABLA 3 ESTATUTOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS QUE ABORDAN TEMAS DE PARIDAD Y CUOTAS Partido político Artículos de referencia Artículo 38. Los cargos de dirigencia de los comités nacionales, de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales en el caso de la Ciudad de México, no incluirán una proporción mayor al 50% de militantes de un mismo género. PRI PAN Artículo 3. […] El partido sustenta el principio de igualdad sustantiva, garantiza la paridad de género en las postulaciones a cargos de elección popular y promueve la integración de sus órganos directivos y la participación política con criterios de paridad. Artículo 28. El Consejo Nacional estará integrado por los siguientes militantes: […] o) Treinta Consejeros Electos, propuestos por la Comisión Permanente, de los cuales al menos cuarenta por ciento serán de distinto género. Artículo 53. Son facultades y deberes del Comité Ejecutivo Nacional: […] i) Impulsar permanentemente acciones afirmativas para garantizar la equidad de género en todos los ámbitos del partido. Última reforma 3 de agosto de 2020 Abril de 2016 PRD Artículo 8. Las reglas democráticas que rigen la vida interna del Partido se sujetarán a los siguientes principios básicos: […] e) El partido garantizará la paridad de género vertical y horizontal, tanto en los órganos de dirección y representación en todos los 1° de niveles, así como en los órganos previstos en el artículo 43 de la septiembre Ley General de Partidos Políticos. Dicha regla se aplicará a los de 2019 cargos de elección popular por representación proporcional, asegurando que en cada bloque de dos haya uno de género distinto y de manera alternada, respetando el orden de los géneros del primer bloque hasta completar la lista correspondiente. PT Artículo 10 Bis. El Partido del Trabajo promoverá y garantizará la paridad entre los géneros, en la postulación de candidaturas a los cargos de elección popular para la integración del Congreso de la Unión y los Congresos de las Entidades Federativas, presidencias municipales y demarcaciones territoriales. En la integración de los órganos de dirección nacional, estatal y municipal se garantizará la paridad de género. Asimismo, garantizará a las mujeres el ejercicio de sus derechos políticos y electorales libres de violencia política por razón de género, con capacitaciones constantes, promoviendo la integración de liderazgos políticos de mujeres al interior del partido en los términos de las Leyes aplicables. Agosto de 2020 Continúa... 124 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Partido político Artículos de referencia Última reforma […] El Partido Verde Ecologista de México, promoverá los valores cívicos y la cultura democrática entre niñas, niños, adolescentes y ciudadanos, garantizando la participación efectiva de ambos géneros en la integración de sus órganos, así como en la postulación de candidatos, tanto federales como locales. PVEM Artículo 42. Las disposiciones del presente capítulo norman los procedimientos relativos a los procesos internos para la elección de dirigentes y postulación en candidatos a cargos de elección popular en el ámbito nacional de las entidades federativas y del Distrito Federal, son de observancia general y nacional para todos los militantes, adherentes y dirigentes, bajo los principios democráticos de certeza, legalidad, imparcialidad y objetividad; garantizando y aplicando los principios de equidad de género. Septiembre de 2014 Artículo 5. De la participación sin Distinción de Género. Se deberá alcanzar una participación numérica paritaria de mujeres y hombres en los órganos de dirección nacional y estatales y de control nacional: Secretaría, administración, asesoramiento, comisiones y demás instancias de Movimiento Ciudadano. Septiembre de 2015 Artículo 7. Todos los órganos de dirección de MORENA se constituirán buscando garantizar la equidad de la representación, tanto en términos de género, como de edad, origen étnico, Morena actividad, condiciones económicas, sociales y de procedencia (regional, estatal, municipal, comunitaria), así como la diversidad y pluralidad que caracterizan al pueblo de México. Septiembre de 2014 MC Fuente: Elaboración propia mediante consulta de Estatutos de los Partidos Políticos en México, disponible en https://www.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos-nacionales/documentosbasicos/ (fecha de consulta: 23 de julio de 2021). 3.3. El liderazgo político de las mujeres dentro de los partidos A partir de las reformas legales y estatutarias expuestas, los partidos han debido implementar algunas medidas para incluir a más mujeres en las candidaturas y en las cúpulas de poder dentro de sus estructuras. Pippa Norris y Joni Lovenduski187 identifican tres estrategias que 187 Pippa Norris y Joni Lovenduski (eds.), Gender and Party Politics, Londres, Sage, 1993. 125 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales las instituciones políticas pueden adoptar para impulsar la igualdad de género: a) Retóricas, esto es, a través de declaraciones y discursos; b) De acción positiva, impulsando incentivos como la capacitación, financiamiento y creación de mecanismos de igualdad de género; y c) De discriminación positiva, es decir, cuotas para las estructuras internas o para listas a cargos de elección. Dentro de las medidas de acción positiva se encuentra la institucionalización de los órganos de promoción política de las mujeres, que actualmente se encargan de varios temas que incluyen, por ejemplo, atraer votos de mujeres, agrupar a las militantes e impulsar su participación. Para cumplir estos propósitos, los órganos de promoción política llevan a cabo capacitaciones de liderazgo y promoción de candidaturas, informalmente también pueden generar redes de mujeres a partir de su acompañamiento. Con excepción del Partido del Trabajo, todos los órganos directivos de los partidos políticos cuentan con secretarías o comisiones de promoción política de las mujeres, que han evolucionado desde el surgimiento de los partidos a la fecha, cambiando de nombre, función y peso dentro de las organizaciones partidistas. El peso de este órgano en el avance de la agenda de mujeres y para impulsar su participación depende de factores diversos, entre los que ha sido posible identificar: el liderazgo de la titular, el papel de quien preside el partido y un movimiento de mujeres fuerte.188 Además, en los reglamentos o estatutos se enuncia la existencia de los órganos de representación política de las mujeres, sin embargo, con excepción del PRI,189 los demás partidos no ofrecen claridad respecto a las facultades y objetivos de tales órganos. Así que no hay lineamientos públicos que delimiten su operación y su papel en la promoción del liderazgo de las mujeres. Entonces, depende de las personas al frente 188 Ana Joaquina Ruiz, Aída Bustos y Ana Laura Flores, op. cit. 189 En el artículo 37 de los estatutos del PRI se establecen las atribuciones y fines del Organismo Nacional para las mujeres. 126 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México y la coyuntura el impulso que se otorga y la transversalización de la perspectiva de género en la estructura partidista. Este es un problema que merece destacarse porque el impulso, la promoción y capacitación de las mujeres en los partidos depende meramente de la buena voluntad de las personas al mando, lo cual puede retrasar de manera contundente el posicionamiento de las mujeres sobre todo en los cargos de poder dentro de las estructuras partidistas. En los capítulos anteriores revisamos cómo se fue transformando la argumentación antisufragista: desde considerar que las mujeres no tenían aptitudes naturales intelectuales y, por tanto, el espacio público/político era eminentemente masculino a argumentar, en diversos momentos históricos, que las mujeres no estaban capacitadas para tomar decisiones relacionadas con la política, por ejemplo, para emitir su voto. Estos argumentos se reproducen al interior de los partidos políticos cuando se cuestiona la baja presencia de mujeres en posiciones de liderazgo. Es por esta razón que una solución presentada por las redes de mujeres políticas, y por las legisladoras, fue exigir a los partidos que garantizaran la formación de liderazgos de mujeres, que las capacitaran. A partir de 2014 los partidos políticos están obligados por el marco normativo a destinar “presupuesto para la formación de liderazgos”, esta medida consiste en emplear un monto mínimo de 3% del financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias (SAOP), asignado a los partidos políticos para realizar acciones que impulsen la formación de liderazgos de mujeres. Este recurso se ejerce a través del “Programa Anual de Trabajo para la Capacitación, Promoción y Desarrollo del Liderazgo Político de las Mujeres”, que los partidos presentan ante el Instituto Nacional Electoral. En la tabla 4 se muestra el porcentaje asignado en la legislación electoral por entidad. 127 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales TABLA 4 PORCENTAJE ASIGNADO PARA CAPACITACIÓN EN LA LEGISLACIÓN ELECTORAL, POR ENTIDAD FEDERATIVA 2021 % para capacitación 0 2 3 Entidad Fundamento Tlaxcala Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de Tlaxcala (ninguno) Chihuahua Ley Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, artículo 58, numeral 5 Jalisco Código Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, artículo 90 (derogado) Quintana Roo Ley Electoral de Quintana Roo, artículo 86 Veracruz de Ignacio de la Llave Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, artículo 54, fracción X Aguascalientes Código Electoral del Estado de Aguascalientes, artículo 35 Baja California Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Baja California, artículo 42, fracción V Campeche Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche, artículo 99, fracción I, inciso c) Chiapas Código Electoral y de Participación Ciudadana, artículo 91, fracción II Coahuila de Zaragoza Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza, artículo 58 Colima Código Electoral del Estado de Colima, artículo 64, fracción X Durango Ley Electoral del Estado de Durango (ninguno) Guanajuato Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato, artículo 47 Michoacán de Ocampo Código Electoral del Estado de Michoacán, artículo 112, inciso a), fracción V Morelos Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos, artículo 30 México Código Electoral del Estado de México, artículo 66 Nayarit Ley Electoral del Estado de Nayarit (ninguno) Continúa... 128 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México % para capacitación Entidad Nuevo León Ley Electoral para el Estado de Nuevo León, artículo 44, numeral I, inciso b) Puebla Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, artículo 54, fracción XIV Querétaro Ley Electoral del Estado de Querétaro, artículo 37, fracción I, inciso g) San Luis Potosí Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí, artículo 152, fracción I, inciso e) Sonora Código Electoral para el Estado de Sonora, artículo 29, fracción V Tabasco Ley Electoral y de Partidos Políticos del Estado de Tabasco, artículo 72, numeral I, inciso e) Tamaulipas Código Electoral para el Estado de Tamaulipas, artículo 101, base primera, fracción II, inciso d) Zacatecas Ley Electoral del Estado de Zacatecas, artículo 51, fracción X Baja California Sur Ley Electoral del Estado de Baja California Sur, artículo 248, fracción I, inciso e) Ciudad de México Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, artículo 221, fracción XVIII Guerrero Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, artículo 132 Hidalgo Ley Electoral del Estado de Hidalgo, artículo 38, inciso p) Oaxaca Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca, artículo 107, numeral 1, fracción III, inciso c) Sinaloa Ley Electoral del Estado, artículo 30, fracción XX 3 5 Fundamento Fuente: Elaboración propia con información del Observatorio de Participación Política de las mujeres en México, disponible en https://observatorio.inmujeres.gob.mx/mvc/view/public/index.html?v=3.0.8 (fecha de consulta: 7 de julio de 2021). Para apoyar esta actividad, el Instituto Nacional Electoral elaboró en 2018 el “Protocolo para la implementación de buenas prácticas en el ejercicio de los recursos del gasto programado: capacitación, 129 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres”. El presupuesto puede ser aplicado en diagnósticos, publicaciones o capacitaciones dirigidas a la militancia y también a mujeres fuera del partido.190 Sin embargo, a pesar de estos esfuerzos no se percibe una relación contundente entre la capacitación recibida por las mujeres y su posicionamiento en candidaturas competitivas, pues se ha detectado, gracias a los informes de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE, que algunos partidos han utilizado los recursos destinados a fomentar el liderazgo de las mujeres en actividades como la impresión de mandiles, compra de escobas, gasolina, mastografías, etcétera, que reproducen roles de género y no abonan a la formación de las mujeres. La formación de liderazgos es condición necesaria, pero no suficiente para impulsar a las mujeres; se requiere también un vínculo entre la capacitación de los partidos y la selección de las candidaturas, así como en la profesionalización de las estructuras partidistas. Además de las acciones impulsadas por los partidos políticos, las características del diseño institucional y la legislación existen otras características personales que promueven el éxito y posicionamiento de las mujeres en el ámbito político. Diversas investigaciones han indagado acerca del liderazgo de las mujeres en organizaciones políticas y su impacto en el avance de sus carreras. La literatura organizacional y politológica muestra que las mujeres con carreras políticas tienen mayores obstáculos que sus compañeros, reflejados en el llamado techo de cristal,191 suelo resbaloso,192 corderos sacrificables193 190 Ana Joaquina Ruiz, Aída Bustos y Ana Laura Flores, op. cit. 191 El techo de cristal hace referencia a las normas no escritas en las organizaciones que dificultan a las mujeres tener acceso a cargos directivos. 192 El suelo resbaloso es aquel al que las mujeres se ven adheridas al ocupar sistemáticamente puestos inferiores, de baja responsabilidad y, por tanto, de menor salario (María Elena Camarena y María Luisa Saavedra, “El techo de cristal en México”, en Revista de estudios de género, La ventana, núm. 47, 2018). 193 Este término se refiere a las prácticas discriminatorias en la asignación de candidaturas y en las prácticas de asignación de nombramientos (Lee Young, “The Leaky Pipeline and Sacrificial Lambs: Gender, Candidates Nomination, and District Assignment in South Korea’s National Legislative Elections”, en Electoral Studies, núm. 59, 2019). 130 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México o la tubería agrietada,194 estos términos hacen referencia a manifestaciones de inequidad, violencia y discriminación.195 Aun con estos obstáculos y gracias a las medidas afirmativas para el avance de las mujeres, algunas han logrado posicionarse en las esferas más altas del poder político. Estudios en países europeos muestran que un mayor número de mujeres en dirigencias partidistas se traduce en el aumento de su presencia en curules de elección popular, principalmente en asambleas.196 Otro estudio sobre 11 democracias parlamentarias que abarcó un periodo de tiempo prolongado (de 1965 hasta 2013) demostró que existe una mayor probabilidad de acceso para las mujeres a liderazgos partidistas cuando la dirigencia es menos atractiva por razones como una disminución en la influencia política, mayores conflictos y problemas de posicionamiento.197 Otra variable interesante que se ha estudiado es el nivel de religiosidad, estableciendo que, a mayor religiosidad de los partidos, menor es la posibilidad de que las mujeres ocupen las posiciones jerárquicamente superiores, esto ha sido demostrado en investigaciones como la de Kassem,198 que analizó 330 partidos en 26 países. En el caso mexicano, se han realizado estudios199 que identifican las trayectorias de las mujeres en política. Las variables más relevantes 194 El fenómeno conocido como “tubería agrietada” se refiere a que la proporción de mujeres que desempeñan cargos directivos es cada vez menor a medida que se asciende en la jerarquía de las organizaciones. 195 Erika González y Vanessa Góngora, op. cit. 196 Ibid. 197 Diana O’Brien, “Rising to the top: Gender, political performance and party leadership in Parliamentary Democracies”, en American Journal of Political Science, vol. 59, núm. 4, 2015. 198 Kassem, 2015, citado en González y Góngora, op. cit. 199 Véase Roderic A. Camp. “Women and political leadership in Mexico: A comparative study of female and male political elites”, en The Journal of Politics, vol. 41, núm. 2, 1979; Inés Castro, “La participación política de las mujeres en México. Mujeres en cargos de elección popular y toma de decisiones”, en Comisión Nacional de Derechos Humanos, Participación política de la mujer en México, México, CNDH, 2009; Antonieta Hidalgo Ramírez, “Mujeres priistas destacadas. Algunas estrategias de ascenso y legitimación política”, en Dalia Barrera Bassols (comp.), Mujeres, ciudadanía y poder, op. cit. 131 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales que se han estudiado son: los lazos familiares en la política y en el partido (sobre todo el padre), el origen de clase −media o alta, si son de áreas urbanas, profesionistas egresadas de las principales universidades públicas, su experiencia en organizaciones de mujeres y otro tipo de organizaciones de gestión social y comunitaria−. Los hallazgos mostraron que las mujeres que accedían a la política llegaban principalmente por medio de redes familiares, pero conforme la participación femenina se ha extendido el ingreso se ha modificado, propiciando que autoras como Fernández Poncela200 clasifiquen el liderazgo de las mujeres políticas en México en dos vertientes: 1) El nuevo liderazgo, aquel en el cual las mujeres llegan por méritos propios mediante educación, profesión, liderazgo, experiencia en el gobierno y partidos políticos, sentido democrático, posición económica por encima del promedio y con edades que rondan los 40 y 50 años; y 2) al que se llega mediante una vía de acceso familiar: hijas, viudas de líderes políticos con herencia y capital político y económico. Respecto a la forma de ejercer el liderazgo, se ha identificado que en las mujeres políticas se da en ocasiones la adopción de liderazgo “masculino” como impulso.201 Las investigaciones con perspectiva de género sobre lideresas suelen utilizar posiciones que se asumen como “masculinas” o “femeninas”: el estilo masculino tiende a ser más orientado a tareas de estilo transaccional, es decir, se basa en intercambios con subordinados, mientras que el estilo de liderazgo femenino se considera más democrático por su orientación a las relaciones de tipo transformacional, esto es, se basa en estimular la participación y aumentar la confianza de los colaboradores. Sin embargo, no existe un consenso en los estudios con orientación organizacional y estudios sociales sobre las diferencias, estadísticamente significativas entre ambos tipos de liderazgo.202 200 Anna M. Fernández Poncela, “La historia de la participación política de las mujeres en México en el último medio siglo”, en Boletín americanista, núm. 46, 1996. 201 Erika González y Vanessa Góngora, op. cit. 202 Ibid. 132 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México En los estudios del caso mexicano se ha hecho énfasis en las estrategias adoptadas por las mujeres para colarse en las rejillas políticas, los hallazgos apuntan a que las mujeres tienden a potenciar su masculinidad para buscar cargos de alto nivel; repiten los comportamientos de sus compañeros, sus formas de ver y resolver los asuntos, esto es, hacen las cosas como ellos acostumbran, de esta forma se adaptan mejor, pero no explotan su creatividad e intuición.203 Este estilo masculinizado puede jugar como un arma de doble filo porque en algunas ocasiones y espacios podría funcionar y evitar las prácticas de violencia política, pero en otros ámbitos podría resultar en sanciones sociales derivadas de no adecuarse a los roles de género establecidos como femeninos. Las redes son también un aspecto fundamental hablando del liderazgo de las mujeres en política. En el caso de México, las mujeres se han relacionado con figuras públicas prominentes de la política. Dalia Barrera y Blanca Suárez204 identificaron que una de las capacidades más relevantes de las mujeres para obtener el poder era la disposición de recursos políticos, como el apoyo ciudadano, sobre todo de un grupo de interés y de personajes políticos importantes, ya sean autoridades formales o líderes informales; además, es importante contar con recursos económicos (dinero o presupuesto para incidir en la agenda); administrativos (mandato legal, experiencia, capacidad organizativa); e ideológicos (ideas, valores, prestigio social, entre otros); los recursos mencionados son más sencillos de obtener cuando se cuenta con redes políticas fuertes tanto dentro como fuera del partido. Las mujeres en el Legislativo también han implementado estrategias como la formación de la llamada Red Mujeres en Plural, que tuvo un 203 Antonieta Hidalgo Ramírez, “Mujeres priistas destacadas. Algunas estrategias de ascenso y legitimación política”, en Dalia Barrera Bassols (comp.), Mujeres, ciudadanía y poder, op. cit. 204 Dalia Barrera y Blanca Suárez, “Los desafíos de llegar y de ejercer un cargo. Mujeres mexicanas en los albores del siglo XXI”, en Ra Ximhai, vol. 8, núm. 1, 2012. 133 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales papel importante en la aprobación de la paridad política como principio constitucional en 2014. La organización comenzó a gestarse en 2009 y actualmente reúne a legisladoras, funcionarias públicas y feministas. Un factor adicional vinculado a la capacidad de liderazgo de las mujeres es el efecto de sus políticas o gestión. Es decir, se busca conocer si su condición de mujeres incide en su interés por temas de igualdad de género (lo que se conoce como representación sustantiva).205 El impacto de las mujeres en política en términos de su aportación a la agenda de género es un tema de gran interés actualmente, pues se esperaría que a medida que más mujeres ocupen posiciones de liderazgo se generen más acciones relacionadas con el avance de la agenda de género, que toca temas tales como la violencia contra las mujeres, los derechos sexuales y reproductivos, los derechos laborales e igualdad de oportunidades, entre muchos otros. 3.4. Militancia y dirigencia de mujeres en los partidos políticos mexicanos Como ha quedado de manifiesto en apartados anteriores, las mujeres han participado activamente en la conformación y funcionamiento de los partidos políticos y eso se refleja en los números de su militancia: en América Latina las mujeres representan 51.5% de la militancia de los partidos políticos y ocupan 20.4% en los comités ejecutivos nacionales de los mismos; pero solo 11.6% de esas mujeres 205 Hanna Pitkin establece la representación sustantiva como "actuar por los intereses de los representados de manera responsiva para ellos" (p. 209). La interpretación más común de la representación sustantiva es que se refiere a la respuesta de políticas públicas que los representantes crean leyes o implementan políticas que son respuesta directa a las necesidades o demandas de la ciudadanía. Pitkin establece también que la representación descriptiva se refiere a la manera en que un representante individual apoya al representado en virtud de compartir características similares, como pueden ser raza, sexo, edad, clase, ocupación, género, etnicidad o área geográfica. 134 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México han ocupado el cargo de presidentas o secretarias generales de su partido.206 En México, de acuerdo con información del Instituto Nacional Electoral actualizada a 2020, se observa una participación importante de las mujeres como militantes de los partidos, con un porcentaje de 59.96% con respecto a 40.04% de los militantes hombres (tabla 5). El partido que cuenta con un mayor porcentaje de mujeres en su militancia es el PRI, con 65.71% de presencia femenina. En contraste, el partido con menos mujeres en sus filas es el Partido Acción Nacional con 51.96%, pero se observa que incluso el partido con menor porcentaje de mujeres en su militancia cuenta con más mujeres que hombres en su padrón. Esto contrasta cuando se revisa el porcentaje de mujeres que han tenido posiciones de poder dentro de las estructuras partidistas. TABLA 5 COMPOSICIÓN DE LA MILITANCIA NACIONAL DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, POR SEXO, 2020 Partido Hombres % Mujeres % Total PAN 121,126 48.04 131,014 51.96 252,140 PRI 735,957 35.64 1,329,204 64.36 2,065,161 PRD 426,066 34.29 816,345 65.71 1,242,411 PT 171,573 38.26 276,919 61.74 448,492 PVEM 241,406 36.53 419,468 63.47 660,874 Movimiento Ciudadano 154,569 40.49 227,166 59.51 381,735 Morena 219,581 47.03 247,350 52.97 466,931 Total, promedio 2,070,278 40.04 3,447,466 59.96 5,517,744 Fuente: Elaboración propia con información del Instituto Nacional Electoral, disponible en https://www.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos-nacionales/padron-afiliados/ (fecha de consulta: 7 de noviembre de 2021). 206 Erika González y Vanessa Góngora, op. cit. 135 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Información compilada por Ana Joaquina Ruiz, Aída Bustos y Ana Laura Flores207 muestra que, entre 1997 y 2018, un total de 38,630 personas han formado parte de los órganos directivos de los partidos políticos, de los cuales, 14,032 han sido mujeres y 24,598 hombres. Lo cual es equivalente a que 36.32% de las mujeres han ocupado algún cargo en órganos directivos. Es preciso resaltar que de las 14,032 mujeres que han participado en órganos de dirección de los partidos, tan solo 439 de ellas han ocupado los puestos más altos; esto es, solo 3.12% ha tenido el cargo de presidenta o de secretaria general; y de estas únicamente 218 han logrado contender por un cargo de elección popular. Los datos demuestran la poca apertura y voluntad de los partidos políticos para incluir mujeres en las cúpulas de poder. Desde el surgimiento de los primeros partidos en México hasta la actualidad solo 14 mujeres han logrado ocupar la dirigencia nacional (tabla 6), algunas de ellas por periodos muy cortos. Destacan las trayectorias de las dirigentes Amalia García, Ivonne Ortega Pacheco, Rosario Robles y Beatriz Paredes, ya que además de haber presidido su partido a nivel nacional tuvieron el cargo de gobernadoras, y jefa de gobierno, en Zacatecas, Yucatán, la Ciudad de México y Tlaxcala, respectivamente.208 En cuanto a las dirigencias de los partidos a nivel estatal, posterior a las elecciones de 2018 en México, se observa una brecha de género importante. De acuerdo con información recabada por Erika González y Vanessa Góngora,209 solo 41 mujeres ocupaban la dirigencia de 238 comités directivos estatales.210 El partido con mayor número de 207 Ana Joaquina Ruiz, Aída Bustos y Ana Laura Flores, op. cit. 208 Erika González y Vanessa Góngora, op. cit., p. 408. 209 Ibid., p. 410. 210 Los datos se recabaron en octubre de 2019. En el partido Movimiento Ciudadano, el cargo corresponde a “coordinador/a de la comisión operativa provisional”. En el Partido del Trabajo (PT), corresponde a “comisionados/as políticos/as nacionales. En el caso del PRD, en la Ciudad de México, Guanajuato, Estado de México y Puebla se nombraron direcciones extraordinarias con cuatro o cinco personas como dirigentes. 136 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México mujeres a la cabeza de su organización partidista es el PRD con 10 posiciones; en contraste, el partido con menor presencia de mujeres al mando en las entidades es el Partido Verde Ecologista de México, con solo tres dirigentes. La información revisada muestra el gran avance en términos de la presencia de mujeres en la militancia partidista. Sin embargo, persisten brechas de género en los cargos de poder al interior de esos institutos políticos. TABLA 6 MUJERES DIRIGENTES NACIONALES DE PARTIDO POLÍTICO Nombre Partido Periodo PARM211 1993-1996 María de los Ángeles Moreno Uriegas PRI 1994-1995 Amalia Dolores García Medina PRD 1999-2002 Dulce María Sauri Riancho PRI 1999-2002 María del Rosario Robles Berlanga PRD 2002-2003 Beatriz Paredes Rangel PRI 2007-2011 María Cristina Díaz Salazar PRI 2011-2012 María Guadalupe Cecilia Romero Castillo PAN 2014 Beatriz Mojica Morga PRD 2016 Carolina Monroy del Mazo PRI 2016 María Alejandra Barrales Magdaleno PRD 2016-2017 Claudia Ruiz Massieu PRI 2018-2019 Morena 2017-2019 PVEM 2020-a la fecha Rosa María Martínez Denegri Yeidckol Polevnsky Karen Castrejón Trujillo Fuente: Elaboración propia con información de los portales electrónicos de los siete partidos políticos nacionales, consultados en junio de 2021. 211 Partido Auténtico de la Revolución Mexicana. 137 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales 3.5. Diagnósticos sobre paridad política y participación de las mujeres en partidos políticos a nivel nacional y estatal Para contar con información periódica y certera acerca de la participación de las mujeres y la efectividad de las medidas de paridad en Latinoamérica y a nivel nacional, se han puesto en marcha diversos diagnósticos que generan metodologías que permiten medir el impacto y avance en torno a la inclusión de mujeres en espacios de toma de decisión. Uno de esos proyectos es Atenea, que en México inició su implementación en 2016 bajo el liderazgo de las oficinas nacionales de la Organización de las Naciones Unidas Mujeres y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Con esto, se generó el Diagnóstico Atenea. La Democracia Paritaria en México: Avances y Desafíos,212 publicado en 2017. Para este proyecto se elaboró un índice con ocho dimensiones y 40 indicadores estandarizados que permitieron la comparación a nivel regional. Las dimensiones son las siguientes: 1. Compromisos nacionales con la igualdad en la Constitución y el marco legal; 2. Ejercicio de las mujeres en el derecho al sufragio; 3. Existencia de mecanismo de cuota o paridad; 4. Presencia de mujeres en el poder ejecutivo y la administración pública federal; 5. Presencia de mujeres en el poder legislativo federal; 6. Presencia de mujeres en el poder judicial y el poder judicial electoral; 7. Presencia de mujeres en los partidos políticos; y 8. Presencia de mujeres en el gobierno municipal. 212 Ana Güezmes et al., Atenea: Mecanismo de aceleración de la participación política de las mujeres en América Latina y el Caribe. La Democracia Paritaria en México: Avances y desafíos, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), ONU Mujeres, IDEA Internacional, 2017, disponible en https://mexico.unwomen.org/es/digiteca/publicaciones/2017/10/diagnostico-atenea-la-democraciaparitaria-en-mexico 138 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Para cada una de las dimensiones se otorgó una puntuación que va de cero a 100 por indicador, así se obtuvo el promedio por cada dimensión y el promedio general para el país. México obtuvo un puntaje global promedio de 66.2 en el Índice de Paridad Política, sobre un total de 100 puntos posibles. En dos de las dimensiones el país obtuvo puntuaciones en torno a los 80 puntos (la dimensión de “compromisos nacionales con la igualdad y la Constitución en el marco legal” y la dimensión de “existencia de mecanismo de cuota o paridad”). De igual manera, se observan resultados favorables en el Poder Legislativo donde el país obtuvo 70.4 puntos. En otras tres dimensiones se sitúa en torno a los 60 puntos (“ejercicio de las mujeres en el derecho al sufragio”, “presencia de mujeres en el Poder Judicial y el Poder Judicial Electoral” y la dimensión “presencia de mujeres en el gobierno municipal”), en estos indicadores aún hay desafíos importantes. Finalmente, las dos dimensiones más críticas son la de “presencia de las mujeres en los partidos políticos” y “presencia de las mujeres en el Poder Ejecutivo y administración pública federal”, en donde se aprecia un rezago importante, pues la puntuación está por debajo de los 60 puntos. El puntaje de la dimensión “presencia de mujeres en partidos políticos” fue de 57.4%, siendo el indicador más bajo el de “habilitación normativa de la unidad de la mujer/igualdad de los partidos como participante en la definición de candidaturas”. Estos resultados muestran que los partidos políticos siguen siendo espacios renuentes para incluir mujeres en las posiciones de poder, ellas pueden participar en las bases y como movilizadoras, como se refleja en los números de militantes, pero las posiciones importantes están reservadas a las cúpulas masculinas. Con estos antecedentes y en consecuencia con la reforma constitucional de “paridad en todo” aprobada en junio de 2019, el Instituto Nacional de las Mujeres, a través del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, presentó en 2020 la metodología para generar 139 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales el Índice de Paridad Política en el Ámbito Local,213 que retoma las dimensiones propuestas por el Diagnóstico Atenea (aplicadas a nivel local) y cuyo objetivo es monitorear el avance en las entidades federativas respecto a su obligación de armonizar la legislación local con los ordenamientos generales en materia de paridad, así como visibilizar el impacto de las reformas en el número de mujeres que efectivamente acceden a cargos de poder y toma de decisiones. El resultado de este ejercicio arrojó los siguientes porcentajes en relación con las diferentes dimensiones calificadas: TABLA 7 DIMENSIONES DEL ÍNDICE NACIONAL DE PARIDAD POLÍTICA A NIVEL LOCAL Dimensiones % de resultados Compromisos con la igualdad 55.70 Ejercicio de las mujeres al derecho al sufragio 95 Cuota o paridad en la legislación local 75.60 Mujeres en el Poder Ejecutivo y la administración pública local 30.60 Mujeres en el Poder Legislativo local 75 Mujeres en el Poder Judicial y órganos autónomos 69.70 Mujeres en los partidos políticos 36.90 Mujeres en el gobierno municipal 63.20 Total, promedio 64.29 Fuente: Elaboración propia con información de la Base de Datos del Índice Nacional de Paridad Política a nivel local, Inmujeres, 2020. Tal como los resultados reportados en 2017 por el Diagnóstico Atenea, el Índice Nacional de Paridad Política a nivel local 2020 muestra que 213 Instituto Nacional de las Mujeres, Informe del Índice Nacional de Paridad Política a nivel local. Cuarto encuentro de observatorios Locales de Participación Política de las Mujeres, México, Inmujeres, 2020. 140 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México las dimensiones con mayores retos son la de “mujeres en el Poder Ejecutivo y la administración pública local” y la de “presencia de las mujeres en los partidos políticos”, lo cual es indicativo de que falta mucho por hacer en estos rubros. En la dimensión “presencia de mujeres en los partidos políticos locales”, que es la que interesa particularmente para los propósitos de este capítulo, se midieron los siguientes indicadores: 1. El nivel de compromiso estatutario con los principios de igualdad de género y no discriminación por sexo; 2. El porcentaje de mujeres en el Comité Ejecutivo Estatal o equivalente, y 3. El porcentaje de mujeres que presiden el Comité Ejecutivo Estatal de los partidos políticos de la entidad. El indicador de “nivel de compromiso estatutario con los principios de igualdad de género y no discriminación por sexo” es el que obtuvo mejores resultados respecto de los tres indicadores analizados. Se observa que siete estados obtuvieron un porcentaje de 100% en el indicador y 13 lograron entre 70 y 89% de cumplimiento; destaca que, en los estados de Oaxaca, Nuevo León, Puebla, Veracruz y Yucatán el resultado en el indicador fue de cero, por lo que no hay avance en términos de compromiso estatutario en los partidos de dichos estados (gráfica 3). El indicador número dos, “porcentaje de mujeres en el Comité Ejecutivo Estatal o equivalente”, que mide el número de mujeres que integran las estructuras estatales, muestra que los estados con mayor avance en este rubro son Campeche, Sonora, Colima, Hidalgo y Coahuila. En contraste, las entidades con menores puntuaciones son Veracruz, Querétaro, Chihuahua y Oaxaca. Con estos resultados se observa una clara tendencia de los partidos a atender formalmente los mandatos de paridad, es decir, en sus estatutos se establece que deben alcanzar la igualdad, pero en la práctica no se ha logrado un cambio significativo que permita modificar las estructuras patriarcales que imperan en la formación de las instituciones políticas (gráfica 4). 141 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% GRÁFICA 3 NIVEL DE COMPROMISO ESTATUTARIO CON LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN A NIVEL ESTATAL, POR SEXO CHIHUAHUA CIUDAD DE MÉXICO DURANGO GUERRERO HIDALGO TLAXCALA MICHOACÁN COAHUILA AGUASCALIENTES ESTADO DE MÉXICO QUINTANA ROO TAMAULIPAS BAJA CALIFORNIA TABASCO QUERÉTARO SONORA BAJA CALIFORNIA SUR GUANAJUATO SAN LUIS POTOSÍ CAMPECHE SINALOA CHIAPAS COLIMA ZACATECAS MORELOS JALISCO NAYARIT VERACRUZ NUEVO LEÓN PUEBLA YUCATÁN OAXACA 142 Fuente: Elaboración propia con información de la Base de Datos del Informe del Índice Nacional de Paridad Política a nivel local, Inmujeres, 2020. Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Porcentaje de mujeres en el Comité Ejecutivo Estatal o equivalente. 57 80 12.5 92.5 0 75 51.5 143 30 43.5 28 48 53 38.5 55 28 60.5 67 77 0 42.5 92.5 25 52.5 60 22 50 Fuente: Elaboración propia con información de la Base de Datos del Informe del Índice Nacional de Paridad Política a nivel local, Inmujeres, 2020. Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México GRÁFICA 4 PORCENTAJE DE MUJERES EN EL COMITÉ EJECUTIVO ESTATAL O EQUIVALENTE EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% GRÁFICA 5 PORCENTAJE DE MUJERES QUE PRESIDEN EL COMITÉ EJECUTIVO ESTATAL DE SUS PARTIDOS POLÍTICOS, POR ENTIDAD FEDERATIVA ZACATECAS TLAXCALA QUINTANA ROO PUEBLA ESTADO DE MÉXICO DURANGO CIUDAD DE MÉXICO CHIHUAHUA CHIAPAS CAMPECHE YUCATÁN TABASCO SONORA SAN LUIS POTOSÍ OAXACA NAYARIT MORELOS HIDALGO GUERRERO GUANAJUATO COLIMA COAHUILA BAJA CALIFORNIA SUR VERACRUZ TAMAULIPAS SINALOA QUERÉTARO NUEVO LEÓN MICHOACÁN JALISCO BAJA CALIFORNIA AGUASCALIENTES 144 Fuente: Elaboración propia con información de la Base de Datos del Informe del Índice Nacional de Paridad Política a nivel local, Inmujeres, 2020. Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México En cuanto al indicador del “porcentaje de mujeres que presiden el Comité Ejecutivo Estatal de los partidos políticos de la entidad” se observan porcentajes muy bajos, que rondan 25% en los casos de mayor puntuación abarcando solo 10 entidades, a ninguno en nueve estados (gráfica 5), no es casualidad que este sea el indicador con menor puntuación, ya que como se ha mencionado en este capítulo hay una resistencia constante en torno a colocar mujeres en posiciones de poder y toma de decisiones. Los partidos políticos siguen renuentes a incorporar liderazgos femeninos y a nivel local es más evidente la cooptación de poder por parte de cúpulas masculinas cerradas. Sumando los puntajes anteriores, el promedio general de la dimensión “presencia de las mujeres en los partidos políticos” fue de 1.84 puntos, de cinco posibles, lo cual equivale a 36.8 sobre 100 por ciento. La entidad federativa con mayor puntuación fue Campeche con 3.1 puntos, lo que equivale a 62% de cumplimiento, seguido de la Ciudad de México, mientras que las entidades con menor avance son Veracruz, Oaxaca y Jalisco. Cabe señalar que si bien lo reportado por este diagnóstico es muy valioso para conocer el estado de la participación femenina en los partidos políticos a nivel local, los resultados deben tomarse con reservas, pues es necesario mejorar la metodología de evaluación de los indicadores y los vínculos entre los observatorios locales de participación política de las mujeres y los partidos políticos, ya que de acuerdo con Inmujeres214 se reportaron dificultades para obtener la información y se considera necesario reforzar la metodología de evaluación del indicador (gráfica 6). 214 Instituto Nacional de las Mujeres, Informe del Índice Nacional de Paridad Política a nivel local…, op. cit. 145 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% GRÁFICA 6 RESULTADOS DE LA DIMENSIÓN 7: PRESENCIA DE LAS MUJERES EN LOS PARTIDOS POLÍTICOS LOCALES CAMPECHE CIUDAD DE MÉXICO HIDALGO SONORA COAHUILA GUERRERO TLAXCALA COLIMA QUINTANA ROO TABASCO GUANAJUATO ESTADO DE MÉXICO ZACATECAS DURANGO BAJA CALIFORNIA SUR CHIAPAS BAJA CALIFORNIA MICHOACÁN AGUASCALIENTES SAN LUIS POTOSÍ CHIHUAHUA TAMAULIPAS NAYARIT YUCATÁN MORELOS SINALOA PUEBLA QUERÉTARO NUEVO LEÓN JALISCO OAXACA VERACRUZ 146 Fuente: Elaboración propia con información de la Base de Datos del Informe del Índice Nacional de Paridad Política a nivel local, Inmujeres, 2020. Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México En términos generales, con los resultados del diagnóstico, podemos inferir que se ha mejorado en torno a la armonización de los estatutos de los partidos, para establecer como necesaria la participación de las mujeres dentro de sus estructuras, sin embargo, no se han implementado acciones que permitan la incorporación de mujeres en las posiciones de mayor jerarquía dentro de las estructuras partidistas. 3.6. Retos y pendientes. La participación en los partidos políticos de las mujeres indígenas y afromexicanas La representación de mujeres indígenas y afromexicanas en México es todavía una asignatura pendiente. En el Congreso federal solo 1% de las mujeres son indígenas, a pesar de que en México 21.5% de la población lo es.215 Con la finalidad de subsanar esta falta de representación, en 2004 se realizó una redistritación electoral y se crearon 28 distritos con población mayoritariamente indígena. La medida resultó poco eficiente para representar a las y los indígenas porque no se especificaba que quienes tuvieran los cargos debían serlo. En 2018 el INE ordenó a los partidos políticos presentar candidaturas de personas indígenas por el principio de mayoría relativa en al menos 12 diputaciones, dejando la carga de la prueba en el candidato o candidata. Entonces el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó esta determinación al resolver que serían 13 los distritos en los cuales debían presentar candidaturas indígenas, repartidas de manera paritaria.216 A pesar de estos esfuerzos, es oportuno destacar que persiste la invisibilización de las mujeres indígenas y afromexicanas, ya que se ha 215 Ana Joaquina Ruiz, Aída Bustos y Ana Laura Flores, op. cit. 216 Boletín del TEPJF, disponible en https://www.te.gob.mx/front/bulletins/detail/3075/0 (fecha de consulta: 8 de julio de 2021). 147 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales reconocido la importancia de darles voz e impulsar su participación, pero no hay estrategias puntuales articuladas para posicionarlas y otorgarles candidaturas. Al no contar con estrategias, la inclusión de las mujeres indígenas depende de los liderazgos en los partidos y de las coyunturas, además no se cuenta con información actualizada con respecto al número de mujeres indígenas que integran los partidos políticos y su papel dentro de estas organizaciones. En resumen, persisten diversos desafíos en relación con la participación en términos de igualdad entre hombres y mujeres en los partidos políticos. Ha sido posible identificar en el desarrollo de este capítulo las barreras estructurales que impiden el acceso de las mujeres a la vida política y pública y, especialmente, que ocupen cargos, tanto por nombramiento como en los partidos políticos, con funciones decisorias;217 la necesidad de mejora de los órganos de participación política de la mujer dentro de los partidos y los mecanismos de capacitación; y la discriminación racial y por razón de género en los partidos políticos, que siguen menoscabando la capacidad de las mujeres de presentarse como candidatas en elecciones estatales y municipales.218 Esta discriminación en la asignación de candidaturas se refuerza con el hecho de que ningún partido, a excepción del PRI y el PRD, cuenta con reglas escritas que definan cómo deben asignarse sus candidaturas. Entonces, a pesar de que existen reglas de paridad hacia el exterior y de que los partidos políticos estipulan en sus estatutos que buscan promover la igualdad, no existen reglas fijas al interior de los partidos que aseguren la inclusión de las mujeres en las listas. 217 Comité CEDAW, Observaciones finales sobre el Noveno Informe Periódico de México, julio de 2018, disponible en https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbol no=CEDAW%2fC%2fMEX%2fCO%2f9&L ang=en (fecha de consulta: 10 de julio de 2020). 218 Ibid. 148 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Al no haber reglas formales en la asignación de candidaturas, los núcleos de poder y/o líderes del partido se comportan frecuentemente de manera discrecional en la distribución de las candidaturas entre los militantes. Otro factor de peso para que las mujeres no accedan a candidaturas es la dificultad de conseguir dinero para sus campañas. Esta falta de financiamiento puede deberse a que las mujeres suelen tener menos redes de contactos corporativos, de donantes y cuentan con menos tiempo para invertir en eventos o actividades proselitistas.219 Así que quienes logran ser candidatas lo son porque conocen las reglas informales que juegan un papel fundamental en la asignación de candidaturas.220 Lograr un cambio de paradigma en las organizaciones partidistas no es tarea sencilla, sin embargo, es posible llevar a cabo acciones que permitan modificar paulatinamente la situación de las mujeres al interior de los partidos. Para ello será necesario establecer objetivos y plazos precisos que aceleren la participación de las mujeres en todos los planos de la vida pública, para lo cual deben crearse mecanismos específicos, dependiendo el ámbito de que se trate. También es oportuno adoptar medidas para combatir las prácticas discriminatorias en los partidos políticos que desalientan a las mujeres, en particular a las indígenas y las afromexicanas, a presentarse como candidatas en las elecciones estatales, federales o municipales.221 219 Flavia Freidenberg, op. cit., p. 171. 220 Ibid. 221 Comité CEDAW, op. cit. 149 4. MUJERES COMO REPRESENTANTES La lucha de las mexicanas por ver materializados sus derechos políticos a través de su presencia y participación en el ámbito público ha sido ardua y sostenida. Como se analizó en los capítulos anteriores, desde finales del siglo XIX se encuentran manifestaciones de mujeres que buscaron la reivindicación de sus derechos políticos: votar, expresarse y organizarse para participar en política y ser electas para cargos públicos. Antes del reconocimiento constitucional del sufragio de las mujeres, en 1918, Hermila Galindo lanzó su candidatura para diputada por el V distrito electoral de la Ciudad de México, aludiendo que, en la redacción del artículo 34 de la Constitución de 1917, cuando se refería a “los ciudadanos mexicanos”, las mujeres también estaban incluidas considerando el uso del masculino como incluyente universal. Sin embargo, su candidatura no fue reconocida. Después del asalto político y asesinato del gobernador de Yucatán, Felipe Carrillo Puerto, se desconocieron las diputaciones que habían ganado Elvia Carrillo Puerto, 150 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Beatriz Peniche de Ponce y Raquel Dzib Cicero, quienes se habían convertido en las primeras diputadas del país entre 1922 y 1923. Tampoco prosperaron las postulaciones de Soledad Orozco y María del Refugio García para las diputaciones federales de Guanajuato y Michoacán, respectivamente, candidaturas impulsadas por el Frente Único Pro Derechos de la Mujer en 1937 (véase el capítulo “Mujeres como votantes”). Por otro lado, Aurora Mesa Andraca se convirtió en la primera presidenta del Consejo Municipal de Chilpancingo, Guerrero, en 1937, esto es, ocho años antes de la reforma a la Constitución que permitió a las mujeres votar y ser electas en comicios locales. Después de esta primera reforma, en 1947, María del Carmen Martín del Campo ganó las elecciones municipales de Aguascalientes, y Aurora Fernández y Guadalupe Ramírez se convirtieron en delegadas de Milpa Alta y Xochimilco, respectivamente. A partir de 1953 no hay impedimentos legales para la participación política de las mujeres. Sin embargo, en la práctica ha habido (y hay) numerosos obstáculos para ejercer estos derechos, de modo que la participación política se ha dado de manera muy lenta y progresiva. Las primeras representantes fueron las diputadas que participaron en el Poder Legislativo y pertenecían a las filas del partido oficial. Aurora Jiménez Palacios fue la primera diputada federal, por el distrito del estado de Baja California en la XLII Legislatura (1952-1955); en el siguiente periodo legislativo (XLIII) resultaron electas: Remedios Albertina Ezeta, por el Estado de México; Margarita García Flores, por Nuevo León; Guadalupe Ursúa Flores, por Jalisco y Marcelina Galindo Arce, por Chiapas; Margarita Flores ocupó el cargo de regidora en Monterrey, Nuevo León, antes de ser diputada y posteriormente fue senadora suplente en 1960. La primera diputada propietaria de oposición fue Macriba Rabadán, por el Partido Popular Socialista (PPS), para la XLIV Legislatura (1958-1961). Las dos primeras senadoras de la República también fueron del partido oficial, Alicia Arellano Tapia y María Lavalle, representaron a Sonora y a Campeche, respectivamente en la XLVI (1967 y 1970) y XLVII (1970-1973) legislaturas; Lavalle 151 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales llegó a ser presidenta del Senado. La primera senadora de oposición fue Ifigenia Martínez, por el Frente Democrático Nacional, en el trienio de 1989 a 1991. Su participación se dio en un contexto de lucha política que se avivó con la denuncia del fraude electoral de 1988 y culminó con el triunfo de Vicente Fox en el año 2000, logrando así la alternancia partidista en la Presidencia.222 En este capítulo abordaremos la lucha colectiva feminista y de mujeres por ser partícipes en la toma de decisiones públicas a través del ejercicio del cargo público, así como los esfuerzos por posicionar la agenda de mujeres, de género y feminista en las leyes y políticas públicas del país. 4.1. De las cuotas de género a la paridad política Desde las primeras manifestaciones sufragistas hasta la actualidad se ha avanzado mucho, sin embargo, el camino para lograr la paridad en términos descriptivos223 sigue construyéndose. Ha sido necesario el debate a nivel internacional y el impulso de mecanismos que disminuyan las brechas de desigualdad en torno a la participación política de las mujeres. Como ya lo hemos mencionado, ha sido un factor determinante en el logro de los derechos políticos, la conformación de redes con organizaciones de mujeres y feministas de otros países, así como la participación de las connacionales en los organismos internacionales. Una de las primeras manifestaciones internacionales en este tema fue la Convención Interamericana sobre la Concesión de los Derechos Políticos de la Mujer en 1948 y la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer en 1954, en las que se reconoció el derecho al voto de las mujeres, así como su derecho a ser 222 Alicia Girón et al., op. cit., p. 46. 223 La representación descriptiva hace alusión al hecho de compartir determinadas características entre representado y representante, que justifica el que este actúe en nombre de aquel. 152 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México electas y ocupar cargos públicos. Posteriormente, en 1975, se celebró la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación hacia la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), considerada la declaración de los derechos humanos de las mujeres, instó a los países miembros a generar mecanismos para garantizar las condiciones de igualdad política entre hombres y mujeres. En la CEDAW se propusieron estrategias para crear mecanismos especiales o acciones afirmativas que aceleraran la transformación social y disminuyeran la discriminación y violencia ejercida contra las mujeres. Una de las acciones afirmativas propuestas fue la cuota de género, estas cuotas buscan incluir más mujeres como representantes mediante el establecimiento de un porcentaje mínimo de candidatas y un máximo de candidatos que pueden ser postulados por los partidos políticos. Además, tienen el objetivo de posicionar a un mayor número de mujeres en los espacios de toma de decisión en la administración pública y los partidos políticos.224 Como resultado de la Primera Cumbre Europea Mujeres en el Poder, llevada a cabo en 1992, la Declaración de Atenas destacó la desigualdad de la participación de las mujeres en espacios de poder político y exigió la implementación de mecanismos para aplanar el terreno y alcanzar la equidad en la representación. En 1995, durante la IV Conferencia Internacional de la Mujer realizada en Beijing, China, se manifestó la necesidad de aplicar medidas afirmativas para promover un trato preferencial temporal a favor de las mujeres, quienes han sido históricamente marginadas en participar en todos los ámbitos de la vida pública, especialmente el político. Los compromisos asumidos por los Estados dieron como resultado la aplicación de cuotas de género, sobre todo en el Poder Legislativo. Un estudio realizado en 2013 por Drude Dahlerup et al.,225 muestra que, de los 118 diseños 224 Vanessa Góngora y Cinthia Plascencia, op. cit., p. 152. 225 Véase Drude Dahlerup et al., Atlas of Electoral Gender Quotas, Estocolmo, International Institute of Democracy and Electoral Assistance, Inter-Parliamentary Union, Universidad de Estocolmo, 2013. 153 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales electorales analizados, más de la mitad incorporaba algún tipo de cuota de género. En América Latina, en la actualidad, prácticamente todos los países han adoptado algún tipo de medida afirmativa que promueva la participación de las mujeres, o bien han instituido las cuotas de género y realizado considerables revisiones y ajustes para hacerlas efectivas. Incluso se ha declarado en varios países de la región el principio de paridad, de acuerdo con información de la Inter-Parliamentary Union, se ha instaurado este mecanismo en los siguientes países, en Bolivia (2008); Ecuador (2008); Costa Rica (2009); Nicaragua (2012); Panamá (2012); Honduras (2012); México (2014); Venezuela (2015) y Argentina (2017). De este modo América se posiciona como la región en el mundo con mayores avances respecto a la paridad de género, por lo menos en la representación legislativa, con un promedio de 32.3% de diputadas y 33% de senadoras en los congresos de la región.226 En el caso particular de México, el avance ha sido significativo, puesto que con las cuotas de género y posteriormente el principio de paridad, aprobado en 2014, para el año 2018 se logró la conformación de un Congreso federal paritario, en términos numéricos, lo mismo para la mayoría de los congresos estatales. Con estos cambios en la conformación de los cuerpos legislativos creció el interés por parte de la academia para estudiar la evolución y efectividad de las cuotas de género, y posteriormente surgen investigaciones que analizan también los efectos de las cuotas de género en términos sustantivos, es decir, cómo se modifica la agenda legislativa y si las mujeres tienen temas o intereses particulares dentro de su desempeño legislativo. Consideramos pionero en este tipo de estudios el realizado por Drude Dahlerup227 en 1988, ya que 226 Datos obtenidos de la Inter-Parliamentary Union, disponibles en https://data.ipu.org/womenaverages (fecha de consulta: julio de 2021). 227 Drude Dahlerup, “From a small to a large minority: women in Scandinavian politics”, en Scandinavian Political Studies, vol. 11, núm. 4, 1988. 154 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México sus observaciones sobre representación simbólica, pequeña minoría y masa crítica establecieron el parámetro mínimo de 30% como umbral necesario para que las legisladoras desarrollen una identidad de género y adquieran fortaleza en la arena parlamentaria. De este modo, desde finales de los ochenta y principios de los noventa del siglo XX, con cada reforma electoral en materia de igualdad de género a nivel nacional o subnacional, se han generado trabajos de investigación que analizan la efectividad de las cuotas y su impacto en el número efectivo de mujeres candidatas y electas, se reflexiona también acerca de las ventajas y desventajas del diseño electoral para promover la participación de las mujeres. Estas investigaciones han permitido que organizaciones de mujeres políticas pluripartidistas, organizaciones feministas, legisladoras y órganos jurisprudenciales cuenten con instrumentos sólidos para llevar a tribuna las reformas que mejoren y blinden las cuotas electorales a nivel constitucional y en las leyes electorales.228 Estudios a nivel internacional,229 en América Latina230 y en México231 han analizado la efectividad de las cuotas electorales de género en el aumento de mujeres electas en los cuerpos legislativos, y se han desarrollado propuestas como el Índice de fortaleza de la cuota o del diseño electoral de género, de Flavia Freidenberg y Mariana Caminotti.232 Este índice ha vinculado el impacto positivo o negativo de las cuotas con los factores siguientes: 228 Vanessa Góngora y Cinthia Plascencia, op. cit., p. 152. 229 Georgina Waylen, “Constitutional Engineering: What Opportunities for the Enhancement of Gender Rights”, en Third World Quarterly, vol. 27 núm. 7, 2006, pp. 1209-1221. 230 Jutta Marx, Jutta Borner y Mariana Caminotti, “Cuotas de género y acceso femenino al parlamento: los casos de Argentina y Brasil en perspectiva comparada”, en Política, núm. 46, 2006. 231 Lisa Baldez, “The Gender Quota Law for Legislative Candidates in Mexico”, en Legislative Studies Quarterly, vol. 29, núm. 2, 2004. 232 Mariana Caminotti y Flavia Freidenberg, “Federalismo electoral, la fortaleza de las cuotas de género y representación política de las mujeres en los ámbitos subnacionales en Argentina y México”, en Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, núm. 228, 2016. 155 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Las características de la acción afirmativa: a) El tamaño de la cuota electoral que parte de la propuesta de Dahlerup de un porcentaje mínimo de 30% del grupo marginado (mujeres en este caso) para que pueda formarse una masa crítica y tener un impacto cualitativo en la representación. b) En qué clase de cargos será aplicada la norma: propiedad, propiedad y suplencia, fórmulas. c) El mandato de posición que refiere dónde serán colocadas las mujeres candidatas para darle eficacia a la cuota: por ejemplo, se ha buscado impedir que se envíen exclusivamente a distritos uninominales en donde su partido político no tiene oportunidad de ganar, formar bloques de competitividad o intercalar las listas con hombres y mujeres para los cargos de representación proporcional y promover que estas encabecen listas de partidos que logran uno o dos curules en las elecciones. Las características del sistema electoral: a) Se mide la eficacia de la implementación e impacto de las cuotas en los cargos de representación proporcional, frente a los de mayoría relativa, a menos que estas últimas consideren la paridad horizontal en los distritos ganadores para la designación de candidaturas. b) Se ha constatado mayor fortaleza de la cuota en listas de distritos plurinominales cerradas, a diferencia de listas abiertas en las que el electorado podría seleccionar candidaturas, independientemente del orden de prelación (en México las listas plurinominales son cerradas, es decir, postulación y orden de candidaturas están en manos de los partidos políticos). 156 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México c) El tamaño del distrito plurinominal es importante “cuanto mayor sea el número de escaños que un partido gana en un distrito electoral (es decir, la magnitud partidaria), mayor es la proporción de esos escaños que serán ocupados por mujeres”,233 aún más si se establecen los bloques u orden alternado por sexo del candidato/a, pues existe una mayor probabilidad de elección de mujeres en las grandes circunscripciones que en las pequeñas. La resistencia cultural ha sido la constante desde que se implementaron las primeras medidas de acción afirmativa. En México, las primeras reformas se referían a que los partidos debían “promover” la inclusión de las mujeres, mas esto no se entendía como obligación sino como mera sugerencia, de modo que, en cada elección, ha sido necesario eliminar cualquier rastro de ambigüedad jurídica para evitar su evasión. Los primeros cambios en materia electoral para alcanzar la igualdad en la participación de hombres y mujeres comenzaron a gestarse a principios de la década de los noventa, en 1993 se modificó el artículo 175 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), estableciendo que los partidos debían “promover” una mayor participación de las mujeres a partir de su postulación a cargos de elección popular. En 1996 se reforma nuevamente el artículo 175 del COFIPE para que las candidaturas a diputaciones y senadurías no excedieran 70% para un mismo sexo, “procurando llegar a la paridad”. Empero, no se indica si corresponde a candidaturas propietarias o suplentes. Estas primeras reformas, al ser consideradas una sugerencia, y no ir acompañadas de una sanción, no tuvieron los efectos esperados. 233 Mark Jones et al., “Cuotas de género, leyes electorales y elección de legisladoras en América Latina”, en Revista de Ciencia Política, vol. 32, núm. 2, 2012, p. 334. 157 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales La siguiente reforma se dio en 2002 con la modificación del artículo 175 del COFIPE para establecer la obligación de los partidos de cumplir con el 70% máximo de representación de un sexo para las candidaturas propietarias en las senadurías y diputaciones, garantizando un mandato de posición en las circunscripciones plurinominales (se exigía la segmentación de bloques de tres candidaturas de las listas de representación proporcional para que una de esas candidaturas correspondiera a un sexo distinto al de las otras dos, en los tres primeros bloques de la circunscripción). A pesar de que esta reforma trajo algunos cambios favorables al establecer la obligatoriedad de las medidas afirmativas, Anna Fernández234 advirtió que algunos partidos políticos apelaron a los procesos democráticos de selección interna para eludir la cuota de género. Posteriormente, en 2008, se reformó el artículo 219 del COFIPE para elevar la cuota en un porcentaje de 60/40 de candidaturas por sexo, pero dejaron exentas las cuotas en las candidaturas de mayoría relativa elegidas por los partidos políticos. En 2009 se dio el caso de las llamadas Juanitas, mujeres que, tras haber asumido el cargo como diputadas, renunciaron para “ceder” sus espacios a los hombres suplentes. A raíz de esto, en 2011, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación estableció una sanción a los partidos políticos y coaliciones que no estaban cumpliendo con la cuota electoral, les impuso el deber de nombrar al menos 120 fórmulas de candidatos propietarios y suplentes de un mismo sexo para diputadas y diputados, y 26 para senadoras y senadores (sentencia SUP-12624 TEPJF); de incumplirse esta sanción no se les permitiría el registro del resto de sus candidaturas. El resultado de estas medidas fue que la integración de mujeres en 2012 para la Cámara de Diputados alcanzó 37%, mientras que la Cámara Alta contó con 34.8% de senadoras, cifras sin precedentes para ambas 234 Anna Fernández Poncela, “Leyes, elecciones, cámaras y mujeres”, en Revista de estudios de género, La ventana, núm. 19, 2004. 158 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México cámaras. Con esto se destaca la importancia de la intervención de los órganos jurisdiccionales (tribunales a nivel local, regional y la Sala Superior), para interpretar, dar sentido y garantizar las reformas electorales en materia de cuotas y paridad de género.235 El siguiente paso se dio en 2014 con la reforma político-electoral de alcance constitucional que incorporó al artículo 41 el principio de paridad, que busca la eliminación de la desigualdad, discriminación y violencia hacia las mujeres, como grupo históricamente subordinado y excluido de la vida pública. El principio de paridad de género se ha configurado en tres dimensiones: la vertical, la horizontal y la transversal. La dimensión vertical obliga a: 1) la postulación de igual número de candidaturas de hombres y mujeres para diputaciones (federales y locales) y senadurías en las listas de representación proporcional presentadas por cada partido político, alternando por sexo el orden de prelación en las listas; 2) postular un igual número de candidaturas de hombres y mujeres en las planillas para la integración de ayuntamientos por cada partido político, alternando por sexo el orden de prelación de las listas; y 3) la nominación alternada por sexo de las fórmulas para la presidencia y la sindicatura municipal postuladas por cada partido político. La dimensión horizontal obliga a los partidos políticos a: 1) la postulación paritaria de candidaturas para diputaciones por el principio de mayoría relativa (federales y locales) y senadurías por cada partido político, en relación con la totalidad de distritos uninominales de una entidad federativa; y 2) a igual número de candidaturas de mujeres y hombres en alcaldías postuladas por cada partido político o coalición, en relación con la totalidad del ayuntamiento de una entidad federativa. Por último, la dimensión transversal se refiere a la restricción contenida en el artículo 3, fracción 5, de 235 Véase Patricia Macías, “La igualdad de género en las resoluciones jurisdiccionales dentro del sistema electoral en México”, en Cuestiones Jurídicas, vol. 8, núm. 1, 2014, y Vanessa Góngora, “A golpe de sentencias: la interpretación jurisprudencial de la paridad de género en las elecciones de 2015”, en Héctor Tejera et al., El momento que vivimos en la democracia mexicana. Procesos locales y nacionales a partir de las elecciones de 2015, México, Universidad Autónoma Metropolitana, 2016. 159 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales la Ley General de Partidos Políticos, que establece que, en relación con los cargos de mayoría relativa, no se admitirán criterios que asignen exclusivamente a algún sexo las circunscripciones con los porcentajes de votación más bajos obtenidos en la elección anterior, es decir, distritos o municipios “perdedores”.236 También en el plano subnacional se han armonizado las leyes en materia electoral que tocan la paridad política y se han analizado los efectos de las cuotas de género, tanto en los congresos estatales como en la asamblea capitalina. Diversas autoras237 coinciden en que la implementación y sofisticación de la normativa electoral juega un papel fundamental para impulsar la presencia y participación de las mujeres en los congresos locales. La modificación en la normativa federal ha obligado a las entidades a adoptar medidas de acción afirmativa, lo cual se refleja con el aumento de mujeres en los congresos estatales. Actualmente todas las entidades federativas cuentan con normas respecto a la paridad en diputaciones y ayuntamientos establecidas en la Constitución y códigos electorales (tabla 8), aunque destaca que en entidades como Tabasco, Tamaulipas y Tlaxcala no se estipula en la Constitución ni en las leyes o códigos electorales la obligatoriedad de la paridad horizontal en ayuntamientos. 236 Véase César Vladimir Martínez y Vanessa Góngora, “Bastiones masculinos y guetos femeninos: análisis de la dimensión transversal de la paridad de género en las elecciones de alcaldías en México 2018”, en Oniel Díaz, Vanessa Góngora y Miguel Vilches (coords.), Las elecciones críticas de 2018..., op. cit. 237 Véase Magdalena Huerta y Eric Magar, Mujeres legisladoras en México, avances, obstáculos, consecuencias y propuestas, México, Inmujeres, ITAM, Friedrich Evert Stiftung, 2006, y Céline González Schont, De la representación descriptiva a la representación sustantiva. Análisis de las cuotas de género en los Congresos estatales en México, México, CIDE, 2016. 160 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México TABLA 8 PARIDAD EN ORDENAMIENTOS LEGALES ESTATALES Paridad en: Entidad federativa Ayuntamientos (vertical) Diputaciones Ayuntamientos (horizontal) CPL* Ley o código electoral CPL Ley o código electoral CPL Ley o código electoral Aguascalientes Sí Sí Sí Sí Sí Sí Baja California Sí Sí Sí Sí No Sí Baja California Sur Sí Sí Sí Sí No Sí Campeche Sí Sí Sí Sí No No Chiapas Sí Sí Sí Sí Sí Sí Chihuahua Sí Sí No Sí No Sí Ciudad de México Sí Sí Sí Sí No Sí Coahuila Sí Sí Sí Sí Sí Sí Colima Sí Sí Sí Sí No No Durango Sí Sí Sí Sí No No Guanajuato Sí Sí Sí Sí No Sí Guerrero Sí Sí Sí Sí No Sí Hidalgo Sí Sí Sí Sí Sí Sí Jalisco Sí Sí Sí Sí Sí Sí México Sí Sí Sí Sí No No Michoacán Sí Sí Sí Sí No Sí Morelos Sí Sí Sí Sí Sí Sí Nayarit Sí Sí Sí Sí Sí Sí Nuevo León Sí Sí No Sí No No Oaxaca Sí Sí Sí Sí No Sí Continúa... 161 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Paridad en: Entidad federativa Ayuntamientos (vertical) Diputaciones Ayuntamientos (horizontal) CPL* Ley o código electoral CPL Ley o código electoral CPL Ley o código electoral Puebla Sí Sí No Sí No No Querétaro Sí Sí Sí Sí No Sí Quintana Roo Sí Sí Sí Sí No No San Luis Potosí Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sinaloa Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sonora Sí Sí Sí Sí Sí Sí Tabasco Sí Sí Sí Sí No No Tamaulipas Sí Sí Sí Sí No No Tlaxcala Sí Sí Sí Sí No No Veracruz No Sí No Sí No Sí Yucatán Sí Sí Sí Sí Sí Sí Zacatecas Sí Sí Sí Sí No Sí *Constitución política local. Fuente: Observatorio de Participación Política de las Mujeres en México, disponible en https:// observatorio.inmujeres.gob.mx/mvc/view/public/index.html?v=3.0.8 (fecha de consulta: 7 de julio de 2021). 4.2. La representación descriptiva de las mujeres El perfeccionamiento de las normas electorales a través de los diversos ejercicios de prueba y error han permitido posicionar a México como un país en el cual se han registrado avances muy importantes 162 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México en la representación descriptiva de las mujeres. En el proceso electoral de 2015 se alcanzó la representación histórica de 42.4% de mujeres en la Cámara de Diputados; en 2018 las mujeres ocuparon 48.2% de las curules en la Cámara de Diputados y representaron 49.2% en la composición de la Cámara de Senadores (gráficas 7 y 8). GRÁFICA 7 EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL PORCENTAJE DE MUJERES EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS 1952-2021 Hombres 17.4 82.6 1997 16.8 83.2 2000 24.9 75.1 2003 23.2 76.8 2006 33.6 66.4 2009 Mujeres 41.4 42.6 48.2 49.2 58.6 57.4 51.8 50.8 2012 2015 2018 2021 Fuente: Elaboración propia con información del H. Congreso de la Unión y resultados electorales del Instituto Nacional Electoral de 2021. Más recientemente se ha buscado impulsar la presencia de las mujeres en otros ámbitos de la vida pública como gubernaturas, alcaldías y cargos estratégicos en la administración pública a nivel local, estatal y federal, con la aprobación de la reforma de 2019 denominada “paridad en todo”. 163 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales GRÁFICA 8 EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL PORCENTAJE DE MUJERES EN LA CÁMARA DE SENADORES 1997-2018 Hombres Mujeres 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% 1997 2000 2003 2006 2009 2015 2018 Fuente: Elaboración propia con información del H. Congreso de la Unión. La paulatina adopción y armonización de las leyes en materia electoral ha permitido que actualmente, también en los estados que componen la Federación, los congresos se conformen de manera prácticamente paritaria. Diversas investigaciones238 han dado cuenta de la evolución y eficacia de las cuotas a nivel subnacional. Flavia Freidenberg y Mariana Caminotti239 clasificaron las reformas electorales de las entidades federativas en varias fases. La primera etapa se dio en la década de los noventa, con la recomendación federal de que los partidos 238 Véase Magdalena Huerta y Eric Magar, op. cit. y Céline González Schont, op. cit.; Ninfa Hernández, “¡Las mujeres (también) ganan elecciones! La representación descriptiva de las mujeres en las entidades federativas en México”, en Flavia Freidenberg (ed.), La representación política de las mujeres en México, México, Instituto Nacional Electoral, Universidad Nacional Autónoma de México, 2017; Erika García, “Paridad de género en Congresos Locales y en ayuntamientos, 2004-2015”, en Luis Carlos Ugalde y Said Hernández (coords.), Fortalezas y debilidades del sistema electoral mexicano, México, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2017; Erika García, “Representación Política de las mujeres en los Congresos subnacionales en México. Modelo de evaluación”, en Estudios políticos, núm. 46, 2019, entre otras. 239 Mariana Caminotti y Flavia Freidenberg, “Federalismo electoral, la fortaleza de las cuotas de género y representación política de las mujeres en los ámbitos subnacionales en Argentina y México”, en Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, núm. 228, 2016. 164 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México debían integrar mujeres en las candidaturas; dicha recomendación motivó a algunos estados a implementar medidas similares en su legislación. Una segunda fase transcurrió posterior a la reforma federal de 2002, cuando un número importante de estados incorporó cuotas de género en sus códigos electorales, entre ellos Aguascalientes, Campeche, Quintana Roo, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas, dichas entidades introdujeron un porcentaje de 30% de candidaturas de mujeres. La tercera fase, en 2010 y 2011, implicó que 11 estados realizaran reformas para lograr el “horizonte paritario”, incorporando cuotas de 40 por ciento. Podríamos agregar una cuarta fase posterior a la aprobación de la ley de paridad en todo en 2019, pues actualmente todas las entidades cuentan con leyes que estipulan la paridad en los congresos locales. Lo cual sin duda ha tenido efectos muy importantes numéricamente, registrando en 2020 números muy cercanos a la paridad de hombres y mujeres en los legislativos (gráfica 9). El panorama cambia cuando revisamos la participación en cargos ejecutivos a nivel local. Hasta 2020 solo ocho mujeres habían ocupado el cargo de gobernadora en México (seis por elección popular y dos por interinato). En los comicios de 2018, de las nueve entidades que disputaron la gubernatura, solo dos mujeres fueron electas: Claudia Sheinbaum en la Ciudad de México y Martha Erika Alonso240 en Puebla. Así que, hasta mediados de 2021 solo dos entidades de las 32 que componen el país eran gobernadas por mujeres (tabla 9). 240 La gobernadora electa falleció en un incidente aéreo el 25 de diciembre de 2018. 165 GRÁFICA 9 EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL PORCENTAJE DE LEGISLADORAS Y LEGISLADORES POR AMBOS PRINCIPIOS DE REPRESENTACIÓN EN CONGRESOS ESTATALES 2004-2020 1000% 903 900% 871 901 904 888 890 885 836 880 876 866 700% 657 600% 564 527 572 554 577 543 470 500% 409 166 400% 300% 200% 221 232 238 237 249 247 255 261 297 306 181 100% 0% H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2017 2018 2019 2020 Fuente. Elaboración propia con información del Sistema de Indicadores de Género del Instituto Nacional de las Mujeres, disponible en www.inmujeres.gob.mx (fecha de consulta: 12 de julio de 2021). Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales 773 800% Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México TABLA 9 GOBERNADORAS/JEFAS DE GOBIERNO 1979-2021 Año Entidad Nombre 1979-1985 Colima Griselda Álvarez Ponce de León 1987-1992 Tlaxcala Beatriz Paredes Rangel 1991-1993 Yucatán Dulce María Sauri Riacho (interina) 1999-2000 Distrito Federal Rosario Robles Berlanga (interina) 2004-2010 Zacatecas Amalia García Medina 2007-2013 Yucatán Ivonne Ortega Pacheco 2015-2021 Sonora Claudia Pavlovich 2018-2024 Ciudad de México Claudia Sheinbaum Pardo 2021-2027 Chihuahua María Eugenia Campos Galván 2021-2027 Guerrero Evelyn Cecia Salgado Pineda 2021-2027 Colima Indira Vizcaíno Silva 2021-2027 Tlaxcala Lorena Cuéllar Cisneros 2021-2027 Campeche Layda Elena Sansores San Román 2021-2027 Baja California Marina del Pilar Ávila Olmeda Fuente: Elaboración propia. De 1979 a 2015, con base en información de Erika García, “Paridad de género en Congresos Locales y en ayuntamientos, 2004-2015, en Luis Carlos Ugalde y Said Hernández (coords.), Fortalezas y debilidades…, op. cit., y de 2018-2021, con información del Instituto Nacional Electoral. Gracias a las medidas afirmativas, y los cambios implementados por las autoridades electorales, las elecciones de 2021 presentaron un cambio destacable, ya que la mitad de las candidaturas fueron encabezadas por mujeres y de 15 gubernaturas que se renovaron, seis mujeres ocupan el cargo. El país tiene el mayor número de gobernadoras de manera simultánea en ocho entidades: Baja California, Campeche, Chihuahua, Colima, Guerrero y Tlaxcala sumando también las dos gobernadoras en funciones, Sheinbaum y Pavlovich. Las gobernadoras electas son: María Eugenia Campos en Chihuahua; Evelyn Salgado en 167 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Guerrero; Indira Vizcaíno en Colima; Lorena Cuéllar en Tlaxcala; Layda Sansores en Campeche; y Marina del Pilar Ávila en Baja California.241 Estas elecciones intermedias fueron relevantes en términos de paridad política porque todos los partidos cumplieron con la obligación de reservar al menos 50% de sus candidaturas a mujeres, incluso siete partidos rebasaron la paridad en más de un punto porcentual. Asimismo, en el Consejo General del INE (integrado por cinco mujeres y seis hombres) se habló de paridad de género y se ampliaron las acciones afirmativas en favor de grupos históricamente discriminados, creando el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.242 Pasando al análisis de la presencia de mujeres en las alcaldías se observa que persisten brechas importantes, prueba de ello es que entre 1995 y 2000 de los 2,454 municipios y las 16 alcaldías de la Ciudad de México únicamente 3% estaban encabezados por una mujer,243 a partir de 2001 comenzó un aumento paulatino que alcanzó 14% en 2017, este porcentaje ha seguido creciendo, y en los datos reportados hasta 2020 se observa que 22.91% de los municipios mexicanos cuentan con una mujer como titular del Poder Ejecutivo. 241 El Financiero, “¡Histórico! Habrá 7 mujeres gobernadoras y hasta 91 diputaciones para indígenas, afromexicanos y LGBT+”, disponible en https://www.elfinanciero.com.mx/elecciones-2021/2021/06/13/ historico-habra-7-mujeres-gobernadoras-y-hasta-91-diputaciones-para-indigenas-afromexicanosy-lgbt/ (fecha de consulta: 15 de julio de 2021). 242 Anayeli García, “Mujeres a menos de un punto porcentual de la paridad en la Cámara de Diputados”, en Cimac Noticias, disponible en https://cimacnoticias.com.mx/2021/06/15/mujeres-a-menos-de-unpunto-porcentual-de-la-paridad-en-la-camara-de-diputados (fecha de consulta: 12 de julio de 2021). 243 Información del Sistema de Indicadores de Género del Instituto Nacional de las Mujeres 2020, disponible en http://estadistica.inmujeres.gob.mx/formas/index.php (fecha de consulta: 13 de julio de 2021). 168 100% 95.11 95.87 95.43 95.56 95.97 94.7 94.06 94.7 94.1 93.2 93.1 92.7 90.57 90% 85.82 84.03 78.2 80% 77.09 72.60 70% 60% 169 50% 40% 30% 27.40 21.8 20% 10% 14.18 3.52 3.48 3.71 3.55 3.91 4.56 5.21 5.3 5.9 6.8 6.9 7.3 22.91 15.97 9.43 0% H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M H M 1995 2000 2003 2005 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 Fuente: Elaboración propia con información del Sistema de Indicadores de Género del Instituto Nacional de las Mujeres 2020, disponible en http://estadistica. inmujeres.gob.mx/formas/index.php (fecha de consulta: 15 de julio de 2021). Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México GRÁFICA 10 EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DE MUJERES Y HOMBRES COMO ALCALDES 1995-2020 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Uno de los factores que explica la baja representación de mujeres en los ejecutivos a nivel local hasta 2020 es la manera en la que se implementó la paridad de género en la integración de las planillas de mayoría relativa. La fórmula presentada por los partidos políticos debía proponer candidaturas de mujeres y hombres de manera alternada. Es decir, si se presentaba una candidatura de hombre para la presidencia municipal, la candidatura para la sindicatura debía ser asignada a una mujer. Por ello se observa un bajo número de presidentas municipales, pero se observa también un aumento drástico de mujeres electas en sindicaturas y primeras regidurías. Carmen Castañeda, Céline González e Hilda Melgoza244 han identificado además otros factores que influyen en el avance tan lento que ha presentado la representación a nivel municipal: primero, los retos a los que se enfrentan para ser electas y reelectas; los que derivan de las características particulares de las elecciones en el ámbito municipal y, por último, la violencia política. Estudios como el de “Participación política de las mujeres a nivel municipal: Proceso Electoral 2017-2018”245 dan cuenta de este fenómeno. Entre los principales hallazgos de la investigación las autoras reportan que es durante la precampaña cuando las mujeres experimentan mayor violencia de género y enfrentan más barreras para conseguir la candidatura. Los partidos políticos son la principal fuente de esa violencia, pues condicionan las candidaturas a cambio de favores sexuales, se señala a las mujeres por “no poder conseguir candidaturas por méritos propios” y las cúpulas de los partidos (integradas en su mayoría por hombres) promueven las candidaturas de hombres cercanos a su círculo y apoyan precandidaturas de mujeres que pueden manipular. El periodo de campaña tampoco es sencillo, en este lapso las agresiones vienen de otros candidatos políticos y, a diferencia 244 Carmen Castañeda, Céline González e Hilda Melgoza, Participación política de las mujeres a nivel municipal: proceso electoral 2017-2018, México, ONU Mujeres, 2018. 245 Ibid. 170 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México de los candidatos, ellas reciben ataques sexistas que promueven la discriminación; además se negocia en espacios fuera del horario laboral y en espacios no institucionales como bares o burdeles. Finalmente, muchas mujeres manifestaron en la investigación referida no denunciar la violencia sexual que sufren en sus partidos políticos porque temen repercusiones negativas en su carrera política y asumen que es el precio de participar en el ámbito político. La ONU Mujeres realizó un segundo estudio titulado “Consolidar la Paridad y Transformar las Democracias”246 con el propósito de comprender los retos y obstáculos que enfrentan las mujeres una vez que son titulares de los gobiernos a nivel municipal. Este trabajo destacó las barreras que enfrentan las mujeres y la discriminación y violencia de género contra las mujeres que son manifestación de desigualdades estructurales. Entre los principales hallazgos se encuentra que, en relación con el tamaño del municipio, 70% de las presidentas gobiernan en municipios pequeños y se sienten relegadas a la periferia. La mayoría de las mujeres entrevistadas manifestaron sentirse doblemente discriminadas, primero por ser mujeres y segundo por presidir un municipio percibido como poco importante. Además, se manifiesta un sentimiento generalizado de ser evaluadas y juzgadas con un doble estándar,247 lo que deriva en una mayor autoexigencia, pues se asume que las mujeres deben demostrar constantemente su capacidad para gobernar. No extraña, pues, que algunas de ellas adopten estrategias 246 Carmen Castañeda et al., Consolidar la paridad y transformar las democracias, México, ONU Mujeres, 2020. 247 Autoras como Virginia García Beaudoux denominan “el doble estándar” en política al hecho de que, además de la apariencia física atractiva, las mujeres también deben estar más capacitadas que los demás (en este caso, que los hombres). Las políticas deben ser más guapas que las demás mujeres y además ser más capaces que los hombres. Por capacidad se entienden muchas cosas: habilidades de negociación y conciliación, formación académica superior al promedio, autocontrol emocional, conocimiento del ámbito político y de la administración pública, entre otras habilidades que generalmente no se les piden a sus pares varones (Virginia García, Estereotipos de género y liderazgo femenino” en el “VI Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología. XXI Jornadas de Investigación. Décimo Encuentro de Investigadores en Psicología del Mercosur”, Facultad de Psicología-Universidad de Buenos Aires, 2014). 171 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales para que se respete su autoridad, evitar hostigamiento sexual y aumentar su poder de negociación. El estudio concluye que, no obstante los avances en la representación política de las mujeres en los municipios, persisten actos de discriminación y violencia contra ellas. Es oportuno señalar que no todas las dificultades que enfrentan las presidentas municipales se deben exclusivamente a discriminación y violencia de género, pero sí suele existir un impacto diferenciado entre hombres y mujeres, resultado de las diferencias estructurales.248 Atendiendo lo anterior y como consecuencia de la aprobación de la reforma “paridad en todo” en 2019, en el proceso electoral de 20202021 se estableció en la Constitución que los ayuntamientos de elección popular directa se integrarán de conformidad con el principio de paridad (por un presidente o presidenta, y las regidurías y sindicaturas que determine la ley) [DOF, 2019, artículos 41 y 105]. Asimismo, se reconoce el derecho de los pueblos con población indígena a elegir representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad (DOF, 2019, artículo 2). Derivado de estas modificaciones, en el nivel municipal la integración total de los ayuntamientos de elección popular directa deberá cumplir los criterios de paridad horizontal y vertical, es decir, los partidos deberán garantizar la paridad en las candidaturas a los distintos cargos de elección popular y las autoridades electorales garantizarán que la integración final de los ayuntamientos sea paritaria (DOF, 2019, artículos 41 y 105).249 Adicionalmente se define y regula por primera vez la violencia de género contra las mujeres en el ámbito político, estableciendo las competencias de diferentes autoridades en los distintos niveles de gobierno. Estas reformas buscan garantizar la igualdad de condiciones para la participación de las mujeres, pues su participación a nivel municipal 248 Ibid. 249 Lorena Vázquez, “Reforma Constitucional de Paridad de Género: Rutas para su Implementación”, en Cuaderno de investigación, núm. 58, México, Senado de la República-Instituto Belisario Domínguez, 2019. 172 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México no se detiene y estas acciones permitirán un avance significativo, sin embargo, persisten retos importantes en otros ámbitos, como se verá en los siguientes apartados, su presencia es limitada en los órganos ejecutivos, sobre todo en el ámbito local. 4.3. Mujeres en el espacio público y la representación sustantiva La discusión sobre la importancia de la presencia de las mujeres en el espacio público y en los cargos de toma de decisión ha llevado al debate y análisis minucioso del concepto de representación, el cual es complejo. Es útil entonces abordar las dimensiones del concepto que han surgido desde la academia. Elena García250 rescata la clasificación propuesta por Pitkin en 1967 y la desarrolla al identificar cinco diferentes dimensiones de la representación (p. 391): 1. Representación como autorización: Desde esta dimensión, la representación es vista como actuar en nombre de otro que así lo ha autorizado y asume las consecuencias de esa actuación. 2. Representación como responsabilidad o rendición de cuentas: Representar equivale a ser responsable de los actos realizados en nombre de otros. 3. Representación descriptiva: Hace alusión al hecho de compartir determinadas características entre representado y representante, que justifica el que este actúe en nombre de aquel. 4. Representación simbólica: Se basa en la relación emocional entre representante y representado, sin otro contenido. 250 Elena García, “Problemas de la representación política”, en Aurelio Arteta, Elena García Guitián y Ramón Máiz (coords.), Teoría política, poder, moral y democracia, Madrid, Alianza Editorial, 2003. 173 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales 5. Representación sustantiva: Se refiere al contenido de la actividad de representar, que se definiría como actuar en beneficio del representado, atendiendo sus necesidades y demandas. Diversas investigaciones251 realizadas en países industrializados de Occidente ligan la representación descriptiva con la sustantiva y sostienen que, con la participación de más mujeres en el proceso de legislar, se pueden generar cambios positivos respecto a los resultados legislativos en términos de atender la agenda de género y actuar en favor de otras mujeres. La presencia de las mujeres en los congresos aumentó considerablemente, al igual que los estudios políticos de género, poniendo particular interés en el tema de la representación descriptiva y sustantiva. Los llamados estudios de primera generación son aquellos que analizaron la representación descriptiva a través de la medición de la efectividad e impacto de las cuotas de género.252 Una vez que las medidas afirmativas comenzaron a tener el impacto deseado con la integración de mujeres en los parlamentos, surgen los estudios sobre la representación sustantiva que se preguntan principalmente cómo actúan las legisladoras una vez que alcanzan los cargos políticos, es decir, si legislan en favor de las mujeres. Dichas investigaciones a nivel internacional han concluido, basadas en las experiencias de varios países europeos, que las mujeres en cargos públicos pueden 251 Véase Jeffrey Kurebwa, “A Review of Hanna Pitkin’s (1967) Conception of Women’s Political Representation”, en International Journal of Scientific and Research Publications, núm. 2, 2015. 252 Magdalena Huerta y Eric Magar, op. cit. y Céline González Schont, op. cit.; Ninfa Hernández, “¡Las mujeres (también) ganan elecciones! La representación descriptiva de las mujeres en las entidades federativas en México”, en Flavia Freidenberg (ed.), La representación política…, op. cit.; Erika García, “Paridad de género en Congresos Locales y en ayuntamientos, 2004-2015”, en Luis Carlos Ugalde y Said Hernández (coords.), Fortalezas y debilidades…, op. cit.; Freidenberg, Flavia y Raymundo Alva, “¡Las reglas importan! Impulsando la representación política de las mujeres desde las leyes electorales en perspectiva multinivel”, en Flavia Freidenberg (ed.), La representación política…, op. cit. 174 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México actuar en favor de otras mujeres para mejorar las condiciones generales de este sector de la población.253 En Latinoamérica también se ha observado una producción importante de estudios en la materia a partir de la década de los noventa. Se ha encontrado evidencia de que las legisladoras en países como Argentina, Colombia, Costa Rica, Honduras (por mencionar algunos), presentan con mayor frecuencia proyectos de ley que favorecen los derechos de las mujeres, los niños y las familias, además de abordar en mayor medida que sus compañeros cuestiones de violencia contra las mujeres, acoso sexual, acción afirmativa y derechos reproductivos.254 En el plano nacional, en México se han producido también valiosas aportaciones en torno al estudio de la representación sustantiva de las mujeres.255 Estas investigaciones se han centrado principalmente en conocer cómo cambia la agenda legislativa con la llegada de más mujeres al Congreso. Entre los principales hallazgos se encuentra que existen notorias diferencias en las agendas legislativas de las diputadas de acuerdo con el grupo parlamentario al que pertenecen (los partidos identificados como de izquierda defienden de forma más pronunciada temáticas de género) y se observa un mayor número de iniciativas sensibles al género presentadas por las legisladoras. Es posible inferir, entonces, que hay una mayor probabilidad de que las legisladoras aborden temas de mujeres e incorporen políticas 253 Jeffrey Kurebwa, op. cit. 254 Sarah Franceschet y Jennifer Piscopo, “Gender Quotas and Women's Substantive Representation: Lessons from Argentina”, en Politics and Gender, 2008. 255 Gisela Zaremberg, “¿Cuánto y para qué?: los derechos de las mujeres desde la óptica de la representación descriptiva y sustantiva”, en Género y derechos políticos. La protección jurisdiccional de los derechos político-electorales de las mujeres en México, México, 2009; Sarah Cerna, “La representación sustantiva de las mujeres en las agendas legislativas de las diputadas mexicanas”, en Política, Globalidad y Ciudadanía, núm. 35, 2015; Sarah Cerna, La representación sustantiva de las mujeres. Un análisis de la legislación sensible al género en México y Paraguay, tesis doctoral, México, Universidad Nacional Autónoma de México, 2017. 175 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales sensibles al género. Sin embargo, de acuerdo con Jennifer Piscopo,256 el contenido específico de las iniciativas y la forma en que las mujeres abordan los intereses considerados de las mujeres, “varía dependiendo del nivel de desarrollo de los países, el grado de democratización y el grado de igualdad de género preexistente”. En palabras de esta autora, dichas diferencias resaltan cómo la representación de las mujeres “puede depender no solo de una visión ‘esencialista’ en la que las identidades de las mujeres son las mismas, sino en factores contextuales como las instituciones nacionales, las normas políticas y la importancia de los problemas”. De este modo, se pone especial atención en la influencia de factores institucionales, motivaciones personales, la intervención de movimientos feministas y agencias de mujeres y la importancia del contexto internacional y económico, para promover agendas. Resalta cómo las motivaciones personales, instituciones legislativas y estrategias que producen, además de las acciones del Poder Ejecutivo condicionan la relación causal entre la representación de mujeres y los resultados en la producción legislativa.257 Así, la producción y aprobación legislativa en materia de género depende no solo de un mayor número de legisladoras, sino que forma parte de un proceso de institucionalización del género que puede ser explicado mediante diversos factores contextuales. Silvia López y Elizabeth Maier258 sostienen que los principales factores que han impulsado esa institucionalización son los siguientes (p. 45): 1. Compromisos internacionales de México con los organismos interestatales y supraestatales; 256 Jennifer Piscopo, Do Women Represent Women? Gender and Policy in Argentina and Mexico, tesis para obtener el grado de doctora en Ciencia y Filosofía Política, San Diego, Universidad de California, 2011, p. 17. 257 Ibid, p. 25. 258 Silvia López y Elizabeth Maier, “Algunos elementos para comprender la institucionalidad de género en México: un estudio introductorio”, en Silvia López Estrada, Elizabeth Maier, María Luisa Tarrés y Gisela Zaremberg (coords.), 15 años de Políticas de Igualdad: los alcances, los dilemas y los retos, Tijuana y México, El Colegio de la Frontera Norte, El Colegio de México, FLACSO, 2014. 176 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México 2. Los beneficios que implican para el modelo económico neoliberal globalizado la transformación y reconfiguración de la división sexual del trabajo y con ello, la posibilidad de aumentar la tasa media de ganancia, y; 3. El éxito del movimiento feminista y de mujeres para difundir un discurso que visibilizara las necesidades e intereses que fueron transformando en el siglo XX los imaginarios colectivos a nivel nacional y mundial. Como podemos observar, la literatura sobre la representación de las mujeres comienza a tomar elementos fuera de la causalidad de la representación descriptiva y sustantiva, para explicar cómo se incluyen los temas de mujeres y las demandas feministas en las agendas legislativas. En relación con el caso mexicano es posible dar seguimiento a la producción legislativa sensible al género mediante los documentos generados por el Centro de Estudios para el Logro de la Igualdad de Género (CELIG), que pertenece a la Cámara de Diputados. Dichos documentos contienen el número de iniciativas que se presentan en cada legislatura con la finalidad de mejorar la situación de las mujeres mexicanas. Cuando se hace referencia a iniciativas sensibles al género, se habla de aquellas políticas públicas, legislación o cualquier acción de gobierno que han sido enunciadas explícitamente con el fin de asegurar el bienestar, seguridad, autonomía y derechos de las mujeres. Dentro de la literatura se han identificado cuatro categorías: 1) las de acción afirmativa, 2) las políticas para las mujeres, 3) las de perspectiva de género y 4) las de transversalización de género.259 En la tabla 10 se desglosa el número de iniciativas que entraron en los rubros enlistados por legislatura. 259 Ana Rodríguez, “Las políticas sensibles al género: variedad conceptual y desafíos de intervención”, en Temas y Debates, núm. 3, 2008. 177 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales TABLA 10 NÚMERO DE INICIATIVAS SOBRE DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES 1997-2020 Legislatura Número de iniciativas LVII 31 LVIII 44 LIX 118 LX 172 LXI 330 LXII 272 LXIII 792 LXIV 839260 Total 1934 Fuente: Elaboración propia con información de la H. Cámara de Diputados. En los documentos de “Seguimiento de la base de datos de las iniciativas presentadas en la Cámara de Diputados en materia de derechos humanos de las mujeres” se clasifican las iniciativas conforme a los siguientes temas, retomados de los tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres: derecho a la salud; a la educación; derechos laborales: derechos sexuales y reproductivos; derecho al acceso a la justicia; a una vida libre de violencia; institucionalización y transversalización de la perspectiva de género; a la participación política y la toma de decisiones; derecho a la cultura; al deporte; a la alimentación; a la vivienda; a la seguridad social; al medio ambiente; a recursos económicos y a la propiedad; y derechos civiles. De 1997 a 2020 se han presentado un total de 1,934 iniciativas que abordan los temas señalados. En la gráfica 11 se observa que a partir de 1997 la producción legislativa con contenido de género ha 260 Los datos de la LXIV Legislatura contemplan las iniciativas presentadas hasta agosto de 2020. 178 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México aumentado de manera sostenida y exponencial; esto coincide con el supuesto de que la presencia de mujeres en el Congreso trae consigo un mayor número de iniciativas que abordan temas de mujeres y género y de esta manera se impulsa la agenda de género. GRÁFICA 11 HISTÓRICO DE INICIATIVAS SOBRE DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES PRESENTADAS EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS 1997-2020 LXIV 839 792 LXIII LXII 272 330 LXI LX 172 LIX 118 LVIII 44 LVII 31 0 100 200 300 400 500 600 700 800 900 Fuente: Elaboración propia con información de la H. Cámara de Diputados. La LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, llamada la “Legislatura de la Paridad”, por ser la primera en la historia con composición paritaria numéricamente, se ha destacado por discutir activamente el tema de la igualdad de género y ha logrado la aprobación de algunas reformas relevantes (tabla 11) como las reformas que integran la “paridad en todo”, o las que conforman lo que se ha llamado Ley Olimpia (la cual tipifica y sanciona la divulgación de contenido gráfico sexual sin autorización), el marco normativo sobre violencia política contra las mujeres en razón de género, la prohibición del matrimonio infantil, el derecho a guarderías para los hombres, la ley de amnistía para personas sentenciadas por aborto, la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la seguridad social para personas trabajadoras del hogar, entre otras. En el periodo del 179 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales 1° de septiembre de 2018 al 22 de marzo de 2021, la LXIV Legislatura ha aprobado en total 137 decretos, de los cuales 18 contienen elementos en materia de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, lo que posiciona a este asunto como el segundo más legislado después de los temas económicos y fiscales.261 A pesar de estos avances tan significativos quedan algunos pendientes en la agenda feminista y de mujeres que se han discutido en el pleno legislativo, pero permanecen pendientes de aprobación en alguna de las cámaras, por ejemplo, la eliminación de la brecha salarial, la reglamentación de la paridad en todo, así como las reformas en materia del nuevo sistema nacional de cuidado. Destaca que una de las agendas feministas menos favorecida para legislar ha sido la concerniente a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.262 También está latente la resistencia a aprobar iniciativas que impactan directamente temas estructurales como la diferencia salarial y la doble jornada laboral de las mujeres. TABLA 11 DECRETOS APROBADOS PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA CÁMARA DE DIPUTADOS, LXIV LEGISLATURA Temática Más mujeres en cargos de poder y el tomar decisiones Contenido y normativa que reforma Se aprobó la paridad en todo para establecer que la mitad de los cargos de decisión en los tres ámbitos de gobierno (federal, estatal y municipal), en los tres poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), así como en los organismos autónomos y partidos políticos deberán asignarse a mujeres. La reforma también reconoce el derecho de los pueblos y las comunidades con población indígena a elegir representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad de género conforme las normas aplicables (CPEUM, artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115). Continúa... 261 Lorena Vázquez, Agenda de género en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión. Reporte de decretos aprobados para la igualdad sustantiva, México, Dirección General de Análisis Legislativo, 2021. 262 Ibid. 180 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Temática Contenido y normativa que reforma Presupuestos etiquetados para programas de igualdad de género Desde 2008 los recursos y programas estratégicos federales para acelerar la eliminación de desigualdades entre mujeres y hombres se detallan en un anexo específico del Presupuesto de Egresos de la Federación, denominado Anexo 13. De 2008 a 2019 el presupuesto etiquetado en el Anexo 13 ha crecido nominalmente 333.5%. En 2020 dicho anexo incrementó 60% respecto a 2019. Con lo anterior aumenta el presupuesto para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y el Apoyo para el Bienestar de las niñas y niños, hijos de madre trabajadoras, por mencionar algunos programas. Justicia económica y desarrollo Reformas a la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social para establecer que las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a la Seguridad Social. Además, se establece la obligación de fijar, bajo un contrato, la relación laboral entre las y los trabajadores del hogar y sus empleadores, el cual deberá incluir vigencia, horas de trabajo, remuneración y prestaciones adicionales. Dicha reforma se suma a la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (2011), que tiene por objeto mejorar las condiciones de vida de las personas trabajadoras del hogar. Se aprobó en junio de 2019 la reforma a la Ley de Instituciones de Crédito para establecer que las instituciones de banca de desarrollo deberán cumplir la integración paritaria de sus consejeros independientes de manera progresiva y, cuando sea necesario nombrar un nuevo miembro de consejo directivo, deberá elegirse una persona del género que tiene menor representación. En enero de 2021 se reformó la Ley Federal del Trabajo para establecer que el teletrabajo debe observar una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y la disponibilidad de las personas trabajadoras en la jornada laboral. Acciones legislativas para el combate a las violencias contra las mujeres Se publicó en abril de 2020 el decreto en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, por el cual se conceptualiza y tipifica el delito en el ámbito penal, electoral y de responsabilidades administrativas. Además, se dan competencias a las autoridades electorales locales y federales para prevenir, sancionar, atender, emitir medidas cautelares y resarcir el daño a las víctimas. En marzo de 2021 se reformó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, precisando que las órdenes de protección para las mujeres y niñas víctimas de violencia deberán otorgarse de oficio a petición de parte, por las autoridades administrativas, el Ministerio Público o por los órganos jurisdiccionales competentes, en el momento en que tengan conocimiento del hecho de violencia presuntamente constitutivo de un delito o infracción, que ponga en riesgo la integridad, libertad o la vida de mujeres o niñas. Además, las nuevas disposiciones obligan a proporcionar refugio y manutención a la persona afectada y sus hijos. Continúa... 181 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Temática Mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer Contenido y normativa que reforma Se creó el Grupo de Trabajo Plural por la Igualdad Sustantiva con legisladoras de todos los grupos y representaciones parlamentarias, a fin de consolidar redes de colaboración en agendas comunes, más allá de ideologías partidistas. Se ha adoptado el lenguaje incluyente y no sexista en las leyes y documentos oficiales, con la finalidad de visibilizar la contribución y trabajo de las mujeres en todas las esferas de acción y eliminar cualquier tipo de discriminación hacia este sector poblacional motivada por origen étnico, género, edad, discapacidad, condiciones sociales, condiciones de salud, opiniones, preferencias sexuales, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana. Se aprobó la Ley del Seguro Social para establecer que los padres trabajadores tendrán el mismo derecho que las madres de llevar a sus hijos e hijas a las guarderías del Instituto Mexicano del Seguro Social. Acceso a la justicia Se reformó el artículo 19 de la CPEUM para incorporar los delitos de abuso o violencia sexual contra menores y feminicidio al catálogo de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa. En abril de 2020 se aprobó una nueva Ley de Amnistía para personas sentenciadas por aborto, a fin de otorgar libertad −bajo determinados criterios− a personas en condiciones vulnerables o tratadas injustamente por el sistema de justicia, como es el caso de mujeres acusadas de aborto. Aprobación de la Ley Olimpia en abril de 2020. Se reformó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Entre otros mecanismos, se imponen penas de hasta seis años de cárcel por difundir imágenes de contenido íntimo y sexual sin el consentimiento de la persona implicada. Reforma de la Ley de Migración y de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, para implementar acciones que permitan brindar una atención adecuada a los migrantes que enfrentan situaciones de vulnerabilidad. Derechos humanos de las mujeres y las niñas: prohibición del matrimonio infantil Reformas al Código Civil aprobadas en junio de 2019 para establecer como requisito al contraer matrimonio que los contrayentes tengan la mayoría de edad y eliminar cualquier disposición previa que autorice el matrimonio entre personas menores de 18 años. Fuente: Elaboración propia con información de Lorena Vázquez, Agenda de género…, op. cit. 182 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México El estancamiento, o resistencia al abordaje de la agenda feminista en torno a los derechos sexuales, reproductivos y laborales, es prueba de que en el discurso se habla mucho de agenda de género y sin duda se reflejan avances, pero se evita tocar temas que pudieran causar polémica o inconformidad en la población mexicana. Las y los legisladores no están dispuestos a asumir el costo político que podría tener la defensa de estos temas. Los temas se abordan, pero sin trastocar; por ejemplo, en el ámbito laboral, las reformas que se han aprobado hablan en su mayoría sobre derechos de maternidad; se observa una tendencia a legislar en torno al trabajo de las mujeres principalmente en términos de su función como madres y cuidadoras. Demandas como asegurar la igualdad de oportunidades para las mujeres en el lugar de trabajo, la igualdad salarial, sanciones contra la violencia laboral y discriminación, acciones afirmativas y la promoción de acciones para repartir equitativamente la responsabilidad de hombres y mujeres en la crianza y el cuidado del hogar quedaron fuera (las propuestas en torno a promover la participación de los hombres en la crianza se limitan a otorgar 10 días de permiso por paternidad al nacimiento de los hijos).263 4.4. Paridad en todo: las mujeres en la administración pública La reforma constitucional de “paridad en todo” fue publicada el 6 de junio de 2019 en el Diario Oficial de la Federación e indica que deberá asignarse a las mujeres al menos la mitad de los cargos en posiciones de toma de decisión en los tres ámbitos de gobierno y en los tres poderes, en las comunidades indígenas y en los organismos autónomos. 263 Cinthia Plascencia, La representación sustantiva de las mujeres mexicanas: Un análisis de las iniciativas de ley en materia laboral, tesis de maestría, Guanajuato, Universidad de Guanajuato, 2020. 183 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Como parte de las acciones para materializar dicha ley se aprobaron en abril de 2020 las primeras reformas para garantizar “la paridad en todo” durante el proceso electoral de 2021. Las leyes modificadas fueron la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Sin embargo, siguen sin reformarse lineamientos en torno a la designación de titulares de la administración pública federal y en órganos autónomos.264 Esta falta de reglamentación se refleja en los resultados del Índice Nacional de Paridad Política a nivel local (véase capítulo anterior), que muestra que las dimensiones con mayores retos son la de “mujeres en el Poder Ejecutivo y la administración pública local” y la de “presencia de las mujeres en los partidos políticos”. En la dimensión “mujeres en el Poder Ejecutivo y la administración pública local” se midieron cinco indicadores: Indicador 1. Porcentaje de mujeres titulares de secretarías en el gabinete del Ejecutivo local: Los resultados de este indicador muestran que nueve estados obtuvieron menos de 20% de puntuación, 13 estados obtuvieron un porcentaje de entre 20 y 29%, cinco se ubicaron entre 30 y 39% y cinco cumplieron con el indicador obteniendo los tres puntos posibles. Esto evidencia la baja participación femenina en la titularidad de alguna secretaría en los ejecutivos a nivel local y la resistencia cultural y sistémica que persiste evitando que las mujeres ocupen las posiciones de toma de decisión. 264 Marisol Vázquez y Lorena Vázquez, “Del dicho al hecho: pendientes legislativos en la reglamentación de la paridad en todo”, en Animal Político, disponible en https://www.animalpolitico.com/bloginvitado/del-dicho-al-hecho-pendientes-legislativos-en-la-reglamentacion-de-la-paridad-en-todo/ (fecha de consulta: 16 de julio de 2020). 184 185 0% 0.5% 1% 1.5% 2% 2.5% 3% 3.5% GRÁFICA 12 MUJERES TITULARES DE SECRETARÍAS EN LOS GABINETES DE EJECUTIVOS LOCALES (PUNTAJE MÁXIMO: 3) CHIAPAS PUEBLA QUINTANA ROO YUCATÁN CIUDAD DE MÉXICO SONORA VERACRUZ OAXACA COAHUILA MORELOS ZACATECAS AGUASCALIENTES CHIHUAHUA ESTADO DE MÉXICO TAMAULIPAS COLIMA TABASCO NAYARIT CAMPECHE BAJA CALIFORNIA SAN LUIS POTOSÍ GUANAJUATO JALISCO SINALOA TLAXCALA QUERÉTARO DURANGO NUEVO LEÓN GUERRERO MICHOACÁN BAJA CALIFORNIA SUR HIDALGO Fuente: Elaboración propia con información de la Base de Datos del Informe del Índice Nacional de Paridad Política a nivel local, Inmujeres, 2020. Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Indicador 2. Porcentaje de mujeres titulares de subsecretarías: El puntaje máximo de este indicador es de dos puntos, los cuales solo alcanzó el estado de Campeche; tres entidades alcanzaron 0.75; 12 reportaron resultados de 0.5; las entidades restantes quedaron en cero en este indicador. Cabe señalar que Morelos y Tlaxcala no cuentan con la figura de subsecretarías. Nuevamente se confirma la tendencia de excluir a las mujeres de los espacios de poder y toma de decisiones, pues los resultados reflejan una muy baja participación en las subsecretarías a nivel local. No es posible excusar a los estados que reflejaron este indicador en ceros, pues existe un gran número de mujeres capacitadas que podrían desempeñarse en estos espacios. ¿Por qué no hay presencia de mujeres? ¿Cómo se designan estos cargos? Un factor importante por considerar es la falta del fortalecimiento del Servicio Civil de Carrera en las entidades federativas, pues los cargos de más alta jerarquía pocas veces se concursan y las designaciones no atienden cuestiones de paridad de género. Indicador 3. Existencia y nivel jerárquico de mecanismos de mujer/ género en el Poder Ejecutivo: Este indicador constituye una medida cualitativa para describir el estatus que las entidades han conferido formalmente a estos mecanismos, leyes, decretos y otras medidas oficiales. El puntaje máximo posible es de uno. Se observa un mejor resultado en este indicador, pues 14 estados alcanzaron la calificación de 1; 16 reportaron resultados de 0.5; y dos estados, Tlaxcala y Tabasco, obtuvieron cero de calificación. Los resultados de este indicador muestran que, formalmente, se cuenta con lineamientos al respecto de la participación de las mujeres; pero en la práctica no se han visto resultados directos que impulsen el crecimiento profesional de las mujeres ocupando cargos estratégicos de toma de decisión. Estos siguen reservados a los hombres. 186 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Si bien estos mecanismos de evaluación son muy valiosos, pues permiten tener datos actualizados en torno a la participación de las mujeres en todos los ámbitos de la vida pública, persisten los retos para obtener y sistematizar la información. Prueba de ello es que en los indicadores 4 y 5 (“porcentaje de mujeres que integran los organismos autónomos de la entidad” y “porcentaje de mujeres que presiden organismos autónomos de la entidad”) no se cuenta con calificaciones derivado de la dificultad para obtener los datos y la necesidad de afinar y adecuar los instrumentos de medición. A pesar de no contar con los datos de los últimos dos indicadores, se cuenta con el promedio general de la dimensión “presencia de las mujeres en el Poder Ejecutivo y la administración pública local”. El promedio general es de 1.85 de seis puntos posibles. Las entidades con mejores resultados son Yucatán, Quintana Roo, Ciudad de México y Chiapas que alcanzaron 75% de puntuación. En contraste, los estados con resultados más bajos son Tlaxcala, Baja California Sur, Durango, Nuevo León y Tabasco. Estos resultados parecen desalentadores y hacen evidente la necesidad de reglamentar el mandato de “paridad en todo” para que en los organismos públicos locales haya representación paritaria de mujeres profesionistas. 187 GRÁFICA 13 RESULTADOS DE LA DIMENSIÓN 4: PRESENCIA DE MUJERES EN EL PODER EJECUTIVO Y LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA LOCAL 4 estados 75% 80% 67% 70% 50% 50% 42% 40% 10 estados 25% 30% 3 estados 29% 33% 188 5 estados 17% 20% 4 estados 8% 10% 0% 0% YUCATÁN QUINTANA ROO CIUDAD DE MÉXICO CHIAPAS PUEBLA CAMPECHE OAXACA ZACATECAS MORELOS MICHOACÁN HIDALGO GUERRERO VERACRUZ SONORA SAN LUIS POTOSÍ NAYARIT JALISCO ESTADO DE MÉXICO COAHUILA CHIHUAHUA BAJA CALIFORNIA AGUASCALIENTES TAMAULIPAS SINALOA QUERÉTARO GUANAJUATO COLIMA TABASCO NUEVO LEÓN DURANGO BAJA CALIFORNIA SUR TLAXCALA Fuente: Elaboración propia con información de la Base de datos del Informe del Índice Nacional de Paridad Política a nivel local, Inmujeres, 2020. Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales 60% Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México 4.5. Interseccionalidad, ¿estamos todas representadas? La interseccionalidad es una categoría de análisis que nos permite referir los diversos componentes que confluyen en un mismo caso, multiplicando la discriminación y las desventajas. Respecto a las mujeres, la Recomendación General núm. 25 de la CEDAW expone lo siguiente:265 Las mujeres pertenecientes a algunos grupos, además de sufrir discriminación por el hecho de ser mujeres, pueden ser objeto de múltiples formas de discriminación por otras razones, como la raza, el origen étnico, la religión, la incapacidad, la edad, la clase, la casta u otros factores. Esa discriminación puede afectar a estos grupos de mujeres principalmente, o en diferente medida o en distinta forma que a los hombres. Quizás sea necesario que los Estados Parte adopten determinadas medidas especiales de carácter temporal para eliminar esas formas múltiples de discriminación contra la mujer y las consecuencias negativas y complejas que tiene. Un claro ejemplo de la lucha adicional que deben librar las mujeres indígenas en México es el de Eufrosina Cruz, quien es un referente de la disputa contra los “usos y costumbres” que anulan a la mujer. Eufrosina es una mujer zapoteca de Oaxaca, que en 2007 libró una batalla contra el Estado mexicano para lograr el reconocimiento de su derecho a participar en la vida política. De los 548 municipios de Oaxaca, 428 se rigen por prácticas milenarias y en algunas comunidades la voz de las mujeres no existe en las leyes comunitarias, por lo que no pueden votar ni participar como candidatas en elecciones municipales. Aun con estos impedimentos, Eufrosina quiso ser alcaldesa de Santa María Quiegolani, un municipio en el cual el poder político 265 Instituto Nacional de las Mujeres, Glosario para la igualdad, disponible en https://campusgenero. inmujeres.gob.mx/glosario/storage/terminos_pdf/interseccionalidad.pdf (fecha de consulta: agosto de 2021). 189 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales es ejercido exclusivamente por los hombres. Participó, inscribió su candidatura al margen de la asamblea del pueblo y sus papeletas se desecharon. Eufrosina no se dio por vencida y puso en marcha el Movimiento Quiegolani por la Equidad de Género, gracias a su activismo se logró una reforma constitucional al artículo 2, apartado A, que reconoce el derecho de las mujeres indígenas de todo el país al voto activo y pasivo. Posteriormente fue diputada por el PAN y presidió la Comisión de Asuntos Indígenas en el periodo 2012-2015. Ha habido otras reformas a los lineamientos electorales para que las personas indígenas, afromexicanas, migrantes, con discapacidad y de la diversidad sexual −que enfrentan mayores desventajas para participar políticamente− puedan incidir en la vida pública. En el proceso electoral de 2017-2018 resultaron electas tres mujeres y 10 hombres indígenas, resultado de los lineamientos de registro de candidaturas, mismos que consideraron 13 de los distritos federales con mayor población indígena: los partidos políticos tuvieron la obligación de postular a siete mujeres y seis hombres. TABLA 12 MUJERES INDÍGENAS ELECTAS EN 2018 Candidata ganadora Distrito Partido o coalición Irma Juan Carlos Distrito 2 de Teotitlán de Flores Magón, Oaxaca Coalición Juntos Haremos Historia (Morena-PT-PES) Manuela del Carmen Obrador Narváez Distrito 1 de Palenque, Chiapas Coalición Juntos Haremos Historia (Morena-PT-PES) Clementina Marta Dekker Gómez Distrito 5 de San Cristóbal de las Casas, Chiapas Coalición Juntos Haremos Historia (Morena-PT-PES) Fuente: Elaboración propia con información del Instituto Nacional de las Mujeres, disponible en http://estadistica.inmujeres.gob.mx/formas/index.php (fecha de consulta: 18 de julio de 2021). También en el proceso electoral de 2018 se dio la participación de María de Jesús Patricio Martínez, Marichuy, quien fue aspirante a contender de manera independiente por la Presidencia de México, 190 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México apoyada por el Consejo Nacional Indígena, sin embargo, no logró el umbral de 1% del padrón electoral para obtener su registro. Aun así, su caso es digno de mencionar, pues 94.5% de las firmas recabadas fueron validadas y su participación fue importante en términos simbólicos por ser una mujer aspirante a la Presidencia postulada por una organización nacional indígena.266 La reforma constitucional de “paridad en todo” trajo también cambios con respecto a la inclusión de mujeres indígenas, afromexicanas y migrantes, pues se establece que la mitad de los cargos de decisión en los tres ámbitos de gobierno, en los tres poderes de la Unión, y en los organismos autónomos deberá asignarse a mujeres (CPEUM, artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115). En este tenor, la Constitución, artículo 2, establece que: Esta constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para: [...] VII. Elegir, en los municipios con población indígena, representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad de género conforme a las normas aplicables. Mientras que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece en su artículo 26: Las constituciones y leyes en las entidades federativas reconocerán y regularán el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a elegir a sus autoridades garantizando el principio de paridad de género, de manera gradual, conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Constitución. Atendiendo a estos cambios en la legislación, durante el proceso electoral de 2021 se aprobaron cinco acciones afirmativas por parte 266 Vanessa Góngora y Cinthia Plascencia, op. cit., p. 148. 191 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales del INE, con el fin de garantizar la presencia de poblaciones históricamente excluidas en la Cámara de Diputados: personas indígenas, afromexicanas, migrantes, con discapacidad y de la diversidad sexual. Como resultado, se registraron 442 candidaturas a diputaciones federales por esta cuota, de las cuales 60 obtuvieron el triunfo: 29 ganaron por votación directa y 31 mediante la vía proporcional. La Cámara de Diputados contará con 20 diputaciones indígenas; cuatro de la comunidad afromexicana; dos de la diversidad sexual; y tres de personas con discapacidad; por el principio de representación proporcional habrá 13 diputaciones indígenas; dos de afromexicanas; tres de la diversidad sexual; cuatro de personas con discapacidad y nueve de población migrante.267 Visibilizar la presencia de diputadas y diputados indígenas en la legislatura entrante, así como en la normatividad para el registro de candidaturas, constituye una acción afirmativa que abona a la consolidación de una democracia incluyente y reconoce la multiculturalidad del país. 267 Anayeli García, op. cit. 192 5. REFLEXIONES FINALES En este libro se ha analizado la evolución de la noción de ciudadanía en el marco del orden de género que configura las relaciones de jerarquía y subordinación entre hombres y mujeres, esto es, cómo las sociedades entienden la masculinidad y feminidad en determinado momento. Entendimos que los confines de la ciudadanía se han transformado, y esta transformación se ha dado gracias a que, desde la exclusión, las mujeres pelearon por constituirse como sujeto político para reivindicar sus derechos. Retomando las ideas de Étienne Balibar y Hannah Arendt explicamos que la insurrección es la modalidad activa de la ciudadanía, que trae consigo la conquista del “derecho a tener derechos”. En este sentido, los feminismos han sido fundamentales, pues se han encargado de deconstruir el proceso de objetualización de las mujeres, para convertirlas en sujeto político, constituido como grupo identitario en desventaja por su condición de género. El orden de género ha ido transformándose gracias a esas mujeres insurrectas que lucharon para obtener una ciudadanía plena y en 193 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales igualdad de condiciones con los hombres. El recorrido histórico nos permite visibilizar el cambio de la expectativa del rol de hombres y de mujeres en los diferentes arreglos institucionales y relaciones sociales de poder que quedan plasmados en las normas. La larga lucha sufragista fue permeando en la reforma de los códigos civiles para que las mujeres accedieran a algunos derechos, no solo la conquista del voto; la participación de las mujeres en la movilización estudiantil, campesina, obrera y popular de la segunda mitad del siglo XX, así como el desarrollo del feminismo académico y la corriente de perspectiva de género, fue reflejando la desigualdad estructural en el acceso a los derechos sociales y, además, visibilizando otro tipo de derechos que no habían sido considerados en la agenda política androcéntrica como la libertad de decidir sobre su propio cuerpo y el derecho a tener una vida libre de violencia. Podríamos decir que la lucha de las mujeres del nuevo siglo se enmarca en la concepción de ciudadana del “derecho a tener derechos” y que va de la mano con una noción multicultural y transnacional de la comunidad política, ya que las organizaciones feministas y de mujeres del país se vinculan con otras de diversas latitudes para clamar por justicia y por una transformación del orden de género que se refleje en nuevos proyectos de nación. El avance de la agenda de género en los instrumentos internacionales y en la normatividad nacional, así como la institucionalización de la perspectiva de género en las políticas públicas, tiene un efecto circular en la representación política de las mujeres pues impulsan la integración de más mujeres en los cargos de toma de decisiones, y desde ahí, estas proponen reformas electorales para tener una mayor presencia femenina en el espacio público. La gran transformación de la última década del siglo XX y principios del XXI es, sin duda, la revolución de las mujeres por cambiar el orden de género desde la raíz, por difuminar la delimitación del espacio público y privado, por eliminar la división sexual del trabajo, por cambiar la concepción de la maternidad como destino biológico a maternidad por libre elección, cuestionar la binariedad sexual y la heteronormatividad, etcétera. La 194 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México gran pregunta es si los grupos en el poder político, de nuestro contexto sociopolítico actual, están dispuestos a incorporar estas demandas en la construcción del nuevo proyecto político de nación. En otro espacio268 explicamos que los comicios de 2018 en México reciben el adjetivo de “críticos” porque se presentó un cambio importante en las bases de apoyo de los partidos políticos tradicionales (PRI, PAN y PRD) y por ende del sistema electoral y político del país, pero también observamos la reconfiguración del poder político que históricamente había sido exclusivo de los hombres dado que, por primera vez en la historia, había paridad de género en la composición de la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, así como en una gran mayoría de los congresos estatales. Lo anterior y la contundencia de la victoria electoral de Andrés Manuel López Obrador en el Ejecutivo federal nos obliga a reflexionar sobre el rol que juegan las mujeres en su proyecto de nación que ha denominado Cuarta Transformación. Durante su campaña electoral, López Obrador se presentó con un discurso en favor de las mujeres, con una agenda de género y feminista que quedó plasmada en un documento titulado Femsplaining elaborado por Morena Mujeres, en el que se proponían diversas acciones para combatir los retos que siguen sorteando las mujeres: corresponsabilidad en las labores de cuidado, acceso a la educación en espacios libres de acoso sexual; acciones para la autonomía económica e inclusión laboral; combatir la feminización de la pobreza; atender la salud reproductiva; acabar con la impunidad y garantizar el acceso a la justicia en materia de violencia de género y feminicidios; y una administración pública con perspectiva de género, en la que las mujeres ocupen cargos de toma de decisiones de manera paritaria. 268 Vanessa Góngora y Cinthia Plascencia, “Derrotero de la paridad de género en la representación política en México”, en Oniel Díaz, Vanessa Góngora y Miguel Vilches, Las elecciones críticas de 2018..., op. cit., p. 121. 195 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Históricamente, a las mujeres nos han relegado al segundo lugar. Nos han dicho que detrás de un gran hombre está una gran mujer. Nos han impuesto el papel de cuidadoras, musas, acompañantes, nunca de protagonistas. Si han existido siempre mujeres destacadas, ¿por qué no las vemos en los libros de historia? Ocupamos menos cargos de poder, nos pagan menos, nos matan, nos violan y encima nos culpan por ello. Es importante reconocer y visibilizar nuestros problemas; por eso escribimos este documento. Parece normal que nos hagan comentarios sobre nuestro cuerpo, que nos hagan menos, que nos cuestionen por enfrentar los piropos y acosos. Pero no, no lo es. Es tiempo de que nos traten con respeto e igualdad.269 De hecho, una de las primeras acciones del presidente al asumir el poder fue el nombramiento del primer gabinete paritario en la historia de nuestro país. Sin embargo, no pasan desapercibidos los roces con los grupos feministas, agravados durante la pandemia de COVID-19 y las políticas de confinamiento, pues las declaraciones presidenciales270 evidencian las reminiscencias del orden de género que prevaleció durante el siglo XX. La insurrección de las mujeres frente 269 Carol Arriaga y Morena Mujeres, Femsplaining: Hablemos de nosotras, México, 2018, p. 1. 270 En varias ocasiones, durante las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador (conocidas como “Mañaneras”), se han hecho declaraciones que provocan controversia con los grupos feministas. El 24 de marzo dijo: “Hago un llamado para que cuidemos de nuestras familias, a los adultos mayores, ya lo hacemos, pero ahora debemos de aplicarnos más. [No] es un hecho desconocido que, sobre todo, las hijas cuidan a los padres, los hombres podemos ser más desprendidos, pero las hijas están siempre pendientes de sus madres, de sus padres, de modo que hombres y mujeres cuidemos a nuestros adultos mayores ancianos respetables (Conferencia de prensa matutina, 24 marzo de 2020). El 17 de febrero el presidente hizo esta declaración con relación a la movilización feminista: “Le pido a las feministas, con todo respeto, que no nos pinten las puertas, las paredes. [Les digo] que estamos trabajando para que no haya feminicidios, que no somos simuladores, y que no esperen que nosotros actuemos como represores, que no nos confundan; sabemos, porque llevamos años luchando, cómo sacarle la vuelta a la provocación (Conferencia de prensa matutina, 17 de febrero de 2020). El 6 de mayo declaró en relación con las protestas por el aumento de la violencia de género derivado de la pandemia de COVID: “[...] en el caso de la violencia contra las mujeres no hemos nosotros advertido un incremento, desde luego, la forma de medirlo son las denuncias que se presentan, puede haber cifras negras, pero en las denuncias no ha habido un incremento”. 196 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México al aumento de casos de violencia y la persistencia de la impunidad de los feminicidios ha sido interpretada como violenta, condenando “las formas” de la protesta y, por ende, aludiendo a un ideal de mujer, o incluso de feminista, que debería manifestar su civismo por medio de otros mecanismos no subversivos. Por otro lado, las legisladoras y políticas de los diferentes partidos políticos parecen estar dando una batalla importante por transformar ese orden de género. En lo que corresponde a los derechos políticos, los avances han sido significativos. Los cambios destacables son la instauración del principio constitucional de paridad de género y su traducción en una presencia paritaria desde 2018 en el Congreso federal y los locales, además, cada vez es más común encontrar mujeres que ostentan cargos en todos los niveles de gobierno. Dichos cambios han traído beneficios sustantivos en términos de la representación femenina. La agenda de género se ha discutido como nunca en el Congreso de la Unión, e incluso se han aprobado reformas de gran envergadura como la ley de “paridad en todo” o la Ley Olimpia, por mencionar algunas. El reto ahora será armonizar las leyes y reglamentos para hacer valer estas reformas. Las fallas en la reglamentación electoral y su implementación están en la mirilla de académicas, mujeres políticas y asociaciones feministas que buscan garantizar la participación de las mujeres en todos los ámbitos en condiciones de igualdad. De acuerdo con los diagnósticos revisados en este libro, los mayores retos se encuentran en las administraciones locales y los partidos políticos, pues son espacios que se muestran renuentes a colocar mujeres en posiciones de toma de decisión. Sin embargo, con el seguimiento y la afinación de las normas se observa un horizonte esperanzador, en términos de ver cada vez más presencia femenina en todos los ámbitos de la vida pública. Otra reflexión importante que apuntala nuestro análisis es que la historia de la lucha de las mujeres por ser reconocidas como ciudadanas 197 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales también es una pugna por dejar de ser el grupo de las idénticas y ser reconocidas en su gran diversidad. En los dos primeros capítulos explicamos que las bases de la noción de la ciudadanía son androcentristas y, por tanto, la exclusión de las mujeres se reproducía a través de los cambios de contexto sociopolítico con algunas adaptaciones del orden de género, pero que continuaban con la condición de inferioridad de las mujeres. La argumentación de la exclusión se centraba en la naturaleza, en su destino biológico maternal y carácter moral derivado de su vínculo con la familia y lo doméstico. Esta descripción se extendía para todas las mujeres, se les consideró un grupo homogéneo de personas, y ello configuró, inconscientemente, una identidad colectiva, un sujeto político dispuesto a reclamar su acceso a la ciudadanía. Sin embargo, se encontraron en estas líneas suficientes evidencias para reconocer que esta lucha también ha sido por el reconocimiento de sus diferencias. Las primeras sufragistas tuvieron que ampliar su argumentación para integrar el reclamo de las mujeres obreras y, con ello, se manifestó la diversidad ideológica que más adelante se traduciría en diversidad partidista. A partir de la década de los sesenta el énfasis se haría en el reconocimiento de la particular problemática de las mujeres de las comunidades rurales, campesinas e indígenas, estas últimas con una importante reivindicación con el levantamiento del Ejército Zapatista de Liberación Nacional. En las últimas décadas, de mano con el concepto de interseccionalidad, ha quedado claro que estamos lejos de constituir un grupo identitario homogéneo, dadas las diferentes posiciones de privilegio y opresión que experimentamos a lo largo de nuestra vida: niñas, jóvenes, adultas o de la tercera edad; afrodescendientes e indígenas; lesbianas, bisexuales o mujeres trans; con discapacidad física o neurodiversas; desde las urbes o en las comunidades rurales; desde la organización y movilización popular por la soberanía alimentaria y la protección a la Madre Tierra, o desde la ciberprotesta en las redes sociales. Es precisamente la diversidad de las mujeres la que no nos puede reducir a una sola política pública o a una sola agenda legislativa, sino que la perspectiva de género debe 198 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México ser transversal de toda política y toda agenda y la participación de las mujeres ser reconocida en todos los espacios. Habrá que seguir en pie de lucha para que, una vez posicionadas esas mujeres, puedan ejercer los cargos sin violencia, discriminación o intimidación, lo cual presenta un desafío mayor, pues estas prácticas son resultado de las diferencias estructurales que persisten en nuestra sociedad, pero que se pueden transformar poco a poco para construir un entorno que nos incluya y represente a todas y todos. 199 REFERENCIAS Acuña, Mirtea Elizabeth y Florentina Preciado, “Colima 1920-1955”, en Ana Lau y Mercedes Zúñiga (coords.), El sufragio femenino en México: voto en los estados, 1917-1965, México, El Colegio de Sonora, 2013. Agra, María Xosé, “Ciudadanía: el debate feminista”, en Fernando Quesada (ed.), Naturaleza y sentido de la ciudadanía hoy, Madrid, Publicaciones UNED, 2002. Álvarez, Sofía, “El boom de las organizaciones feministas no gubernamentales en América Latina”, en Género, feminismo y masculinidad en América Latina, El Salvador, Ediciones Böll, 2001. 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Se ha desempeñado como profesora y lectora de tesis en la Universidad Nacional Autónoma de México, El Colegio de San Luis, la Universidad Nacional de Asunción y la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”, Paraguay. 219 Vanessa Góngora Cervantes ∕ Cinthia Noemí Plascencia Morales Ha sido consultora en temas de género y política para IDEA Internacional y ONU Mujeres México. En 2019 recibió la Beca para Mujeres en las Ciencias Sociales otorgado por la Academia Mexicana de Ciencias y el Conacyt, México. Entre sus publicaciones sobre género y política se encuentran los capítulos de libros “México: un Congreso plegado en pandemia”; “¿Liderazgo o subordinación? ¿Por qué pocas mujeres coordinan grupos parlamentarios en México?”; “Percepciones y orientaciones hacia la democracia, la igualdad política y los servicios públicos de las mujeres”, y “Desafíos de la participación y representación política de las mujeres en México”; así como un artículo en la Revista Política, Globalidad y Ciudadanía, “La representación sustantiva de las mujeres en las agendas legislativas de las diputadas mexicanas”. Vanessa Góngora Cervantes es licenciada en Ciencias Políticas y Administración Pública por la Universidad Autónoma de Aguascalientes; doctora y maestra en Estudios Sociales, Procesos Políticos por la Universidad Autónoma Metropolitana. Es profesora investigadora del Departamento de Estudios Políticos y de Gobierno de la Universidad de Guanajuato, Campus Guanajuato, institución en la que se ha desempeñado como coordinadora de la Maestría de Análisis Político, y como enlace de género. Forma parte del Cuerpo Académico Consolidado “Democracia, sociedad civil y libertades”. Ha trabajado en distintas instituciones de educación superior en Aguascalientes y Guanajuato. Ha organizado e impartido diversos diplomados, talleres, seminarios y ponencias en materia de perspectiva de género y feminismo. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores, nivel 1. Feminista, sus líneas de investigación y de docencia se relacionan con los estudios feministas y de género, participación política de las mujeres, paridad de género y políticas públicas con perspectiva de género. 220 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México Ha realizado estancias de investigación en la Universidad Federal de Rio Grande do Sul, Brasil, y en la Universidad de Almería, España. Sus publicaciones más recientes, en coautoría, son el artículo: “Competencias de liderazgo de mujeres dirigentes nacionales de partido en México”, en la Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales; y el capítulo de libro “Las elecciones críticas de 2018. Un balance de los procesos electorales federales y locales en México”, editado por la Universidad de Guanajuato y Grañén Porrúa. Cinthia Noemí Plascencia Morales es licenciada en Administración Pública y maestra en Análisis Político por la Universidad de Guanajuato. Actualmente es profesora en la División de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad de Guanajuato, Campus León. Sus líneas de investigación son estudios de género, representación política, paridad y estudios legislativos. Ha colaborado como investigadora en proyectos como el de “Democracia, Culturas Políticas y Redes Socio-Digitales en una Era de Transformación Social”. Se ha desempeñado como ponente y tallerista en diversos espacios con el tema de paridad y representación, tales como el Segundo Simposio Estatal de Estudios de Género, en el panel titulado “Representación política de las mujeres y las agendas legislativas”, organizado por el H. Congreso del Estado de Guanajuato; asimismo, participó con la ponencia Mujeres en la vida política, en el marco del Seminario Género a Debate, organizado por la Universidad de Guanajuato, y colaboró en el taller “Análisis de la lucha por los derechos políticos de las mujeres y retos de la agenda de género”, impartido a mujeres militantes de partidos políticos. Publicó en 2020 el capítulo de libro “Derrotero de la paridad de género en la representación política en México”. 221 Ciudadanía e insurrección. La lucha por los derechos políticos de las mujeres en México La edición estuvo al cuidado de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica del Instituto Nacional Electoral.