En el año 2014 la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas del Ministerio Público Fiscal de la Nación (PROTEX) y la organización no gubernamental Acciones Coordinadas contra la Trata de Personas (ACCT) publicaron de manera conjunta...
moreEn el año 2014 la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas del Ministerio Público Fiscal de la Nación (PROTEX) y la organización no gubernamental Acciones Coordinadas contra la Trata de Personas (ACCT) publicaron de manera conjunta el documento Búsquedas en democracia. Diagnóstico sobre la búsqueda de personas entre 1990 y 20131, una síntesis de la información estadística de las búsquedas realizadas en Argentina que registró por primera vez un padrón de las personas desaparecidas en democracia.
En esa investigación se advirtió que los datos registrados a nivel federal y provincial bajo la categoría “persona buscada o desaparecida” nucleaban un abanico de supuestos amplio y disímil. Se trataba de una clasificación que comprendía un gran número de casos de “comparendos judiciales”, entre los que se encontraban pedidos de localización de una persona que realiza una autoridad judicial por diferentes motivos; un testigo que no se presenta a declarar o un imputado rebelde; las “fugas de
institutos” de niños, niñas y adolescentes, y las denuncias realizadas por los familiares y las personas del entorno de la persona buscada. Muchos de estos casos que no tienen puntos en común aún conviven en los registros oficiales.
En este sentido, se destacó la relevancia de contar con bases de datos ordenadas y diferenciadas, y que la clasificación guiara la asignación de prioridades en el uso de recursos humanos y económicos orientados a la búsqueda y localización de personas.
A partir de los hallazgos del primer informe, se concluyó que resultaba necesario llevar adelante acciones para mejorar el estado institucional de las búsquedas de personas en el país:
'Estandarizar el registro de desapariciones por categorías y pautar acciones para cada una de ellas. Los motivos que disparan la búsqueda deben definirse con claridad y la información que se registra debe ser útil para la asignación de prioridades y los tipos de alertas.
' Centralizar los procesos de búsqueda a partir de la creación formal de un Registro Nacional
de Personas Buscadas.
' Pautar la información que debe tener un reporte de desaparición, integrarlo con las denuncias y conectarlos en tiempo real. Los campos deben ser completados en el momento de la denuncia, atendiendo a la urgencia propia de cada caso.
' Establecer las alertas que deben dispararse desde el registro para lograr el entrecruzamiento eficaz de los datos.
' Adaptar la regulación del Registro Nacional de las Personas (RENAPER), los registros civiles, los sistemas de salud, las morgues y los cementerios para que la actuación frente al hallazgo de cadáveres NN contemple la posibilidad de cotejos con información de personas buscadas.
' Desarrollar un sistema legal apto para la identificación, el registro y el almacenamiento de ADN de cuerpos NN que deban ser inhumados.
' Mantener permanentemente actualizado el registro de personas desaparecidas, lo que implicaría el registro de los hallazgos y la baja de las búsquedas, de manera que queden sólo las búsquedas activas y presentes.
En esta oportunidad, el nuevo informe que presentamos tiene por finalidad dar cuenta de los avances del trabajo que se desarrolla en la temática, en el marco de un escenario institucional y legal que continúa revelando algunas deficiencias. Sin embargo, corresponde aclarar que la problemática señalada se encuentra en proceso de análisis, revisión y superación por parte de algunos organismos públicos.
En el transcurso de 2014 y 2015 se trabajó en la actualización y depuración del padrón generado.
Para llevar adelante esta tarea se cotejaron los listados de personas buscadas con las bases de otras dependencias gubernamentales, como la Dirección Nacional de Migraciones y el Ministerio de Seguridad de la Nación, con el objetivo de detectar posibles movimientos de las personas buscadas con posterioridad a la fecha de la denuncia de desaparición. En los casos en los que se verificaron movimientos, se comunicó la información a los juzgados y fiscalías que conducen las búsquedas.
Con respecto a la información de los registros, se encuentran disponibles 4327 números de documentos de identidad de 6040 personas buscadas en el país2. Por este motivo se solicitó al RENAPER los 1713 números faltantes y, en septiembre de 2015, se recibió un reporte que permitió completar el padrón generado con datos como los números de documento, fotografías y huellas dactilares de las
personas buscadas. Además, se recibieron nuevas denuncias de diferentes organismos, lo que ha permitido que el padrón se actualice de manera permanente.
Por otro lado, se inició el relevamiento de la información de registros nacionales, provinciales y municipales de cadáveres inhumados sin identificar. La finalidad de este trabajo es conocer el perfil de los cadáveres (en adelante, NN) correspondientes a las muertes sucedidas desde el regreso de la democracia en 1983 y aportar estos registros a la Dirección Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Seguridad de la Nación para realizar cotejos que permitan identificar esos cuerpos. Esto
es, cruzar la información de los NN con la información de las personas desaparecidas en un período comparable de tiempo. Desde esta perspectiva, no se intenta simplificar y explicar la desaparición de personas sólo por su muerte (violenta o no), sino de realizar una tarea inédita y necesaria para resolver casos pendientes.
En esta misma línea, se trabajó en la identificación de cadáveres NN cruzando la información obtenida con otras bases públicas, como la base de antecedentes penales o trámites estatales, independientemente de la existencia de registros acerca de la denuncia de desaparición. Los resultados obtenidos fueron favorables, y para ello fue sumamente relevante la colaboración del Ministerio de Seguridad de la Nación.
Las medidas adoptadas en el expediente iniciado a raíz del proyecto de ACCT surgen de la necesidad de trabajar sobre dos grupos específicos que denominamos “indubitados” y “dubitados”. El primero está integrado por las personas con paradero desconocido, y el segundo por las que se encuentran en carácter de NN en hospitales, instituciones psiquiátricas, morgues policiales o cementerios.
La PROTEX solicitó información a las policías provinciales y morgues judiciales de todo el país para trabajar en los registros de los cuerpos NN. Estos pedidos incluían que se informen los listados existentes en las dependencias sobre cadáveres con identidad desconocida y, también, información acerca de los protocolos y procedimientos que se llevan a cabo ante el hallazgo de un cadáver sin
identificar.
En marzo de 2015, el equipo de investigadores de la PROTEX y ACCT se acercó a las dependencias del RENAPER para relevar por avisos de fallecimiento y las huellas dactiloscópicas de las personas NN que el organismo recibe de todo el país.
Entre abril y junio de 2015, la Dirección Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Seguridad de la Nación escaneó los avisos de fallecimiento y las huellas dactiloscópicas en una calidad de 500 dpi, lo que permitió realizar las pericias para lograr la identificación de personas buscadas e inhumadas como NN que no necesariamente tenían búsqueda de paradero. Además, se encuentra en curso la investigación y el trabajo de relevamiento de los libros de cementerios de diferentes puntos de la Argentina.
A la fecha de cierre del presente informe, el trabajo es llevado a cabo con la Unidad de Búsqueda de Personas Extraviadas del Ministerio de Seguridad de la Nación, dependiente de la Secretaría de Coordinación con los Poderes Judiciales, Ministerios Públicos y Legislaturas.