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“LA FUNA 2.0” Por JORGE AILLAPÁN QUINTEROS1 “Si no hay justicia, hay funa” parece ser el lema de todos quienes realizan denuncias a través de las redes sociales como Facebook, Twitter y otras plataformas en Internet. Sin embargo, esta funa 2.0 no se condice con aquella forma de protesta surgida en Chile a fines de los 90’ similar al escrache rioplatense; no sólo por la relevancia política de las violaciones denunciadas, sino -y fundamentalmente- porque en esos casos no hubo justicia, lo que llevó incluso al Poder Judicial a reconocer sus “omisiones” durante la dictadura. En el caso de la tendencia actual a denunciar a las personas por medio de Internet, en cambio, el ciudadano desprecia a priori la labor de los tribunales de justicia, situación del todo preocupante en una sociedad democrática pues la funa, desde una perspectiva jurídica, es una forma de autotutela y como es sabido la autotutela -hacer justicia por sí mismo- está prohibida. Paradójicamente, nuestros tribunales en varios fallos han tolerado estas conductas. La misma 1 Abogado y Doctor en Derecho. Columna publicada el 5 de mayo de 2014 en el sitio ElQuintopoder.cl, disponible online en <https://www.elquintopoder.cl/tecnologia/la-funa-2-0/> Corte Suprema justificó, hace poco, este tipo de funa respecto del vídeo “Paga Marcel Paga” subido a Youtube por una productora acusando al ex candidato presidencial Marcel Claude de adeudarles dinero. Para el máximo tribunal -ratificando el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago- el vídeo denunciado no era más que el ejercicio de la libertad de expresión por parte de la productora, de modo que no se afectaba ni el honor, imagen, ni la presunción de inocencia de Claude. Sin duda, es necesario defender la libertad de expresión y abogar por la neutralidad de la red, a fin de evitar todo control y censura en el ámbito digital. Pero, y por estas mismas razones, es indispensable sensibilizar a la población respecto del uso responsable de las redes sociales. El autocontrol es fundamental al momento de operar una cuenta en Facebook o Twitter. Que nuestros celulares tengan cámaras no nos autoriza a retratar todo lo que pasa ni mucho menos- “compartir” o “retuitear”, irreflexivamente, información que pueda perjudicar a otras personas, por sobre todo sus fotografías o imágenes. En este sentido, como propone el académico brasileño Norval Baitello Jr. urge alfabetizar a la población en el uso/abuso de las imágenes. En síntesis, debemos gobernar nuestras ansias de ser “cazanoticias” difundiendo por Internet imágenes de personas sin estar autorizados para ello. En el caso de las funas, debemos ser sumamente prudentes al realizarlas o al hacer eco de las que van surgiendo pues -aunque parezca justo y solidario difundir las denuncias sobre supuestos deudores, infieles, abusadores sexuales, maltratadores de animales, etcétera- sólo conseguimos linchar públicamente a personas que, la mayoría de las veces, no conocemos y ni siquiera sabemos si las imputaciones que se les hacen son verdaderas. Este tipo de conductas no pueden quedar amparadas en la libertad de expresión, pues con ello se afecta la presunción de inocencia de toda persona y, en un Estado de Derecho, la culpabilidad o inocencia sólo puede ser determinada por los tribunales de justicia, no por los medios de comunicación.