Location via proxy:   [ UP ]  
[Report a bug]   [Manage cookies]                
Skip to main content
This contribution offers a critical reflection on fisheries crime as described in the Spanish Penal Code. It sets out the reasons why its treatment is considered ineffective, and why the administrative offences and sanctions provided for... more
This contribution offers a critical reflection on fisheries crime as described in the Spanish Penal Code. It sets out the reasons why its treatment is considered ineffective, and why the administrative offences and sanctions provided for in Law 3/2001 on Maritime Fisheries are more effective and dissuasive. However, it also considers that a legislative policy relying on the severity of administrative sanctions for its effectiveness may be counterproductive. The most recent judgements of the ECtHR consider that a disproportionate administrative sanction is equivalent to a penalty and should therefore be imposed with the same procedural and substantive safeguards. Finally, it is concluded that in order to avoid impunity for serious crimes in the field of IUU fishing activities, often managed by transnational and organised criminal networks with links to other criminal activities, the contribution of criminal jurisdiction is essential. Therefore, a reform of the Spanish Criminal Code is required, extending the conducts punishable as fishing crimes, increasing the penalties and establishing the criminal liability of legal persons.
Sumario. 1. El protagonismo de las penas de la privación e inhabilitación de patria potestad tras la reforma penal por LO 5/2010. 2. Las penas accesorias de privación de patria potestad en la Jurisprudencia del Tribunal Europeo de... more
Sumario. 1. El protagonismo de las penas de la privación e inhabilitación de patria potestad tras la reforma penal por LO 5/2010. 2. Las penas accesorias de privación de patria potestad en la Jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) 3. El art. 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el derecho al respeto de la vida privada y familiar. 3.1 La  STEDH (Sección 2ª) Caso Sabou y Pircalab contra Rumania  de 28 de  septiembre 2004.3.2. La STEDH (Sección 4ª) Caso M.D. y otros contra Malta de 17 de julio de 2012 4.  La perceptiva imposición de la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de patria potestad en el CP español y su posible contradicción con la doctrina del TEDH en relación al art. 8 del CEDH. 5. El delito de sustracción de menores (art. 225 bis del CP) y la preceptiva  inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad: El Caso Juana Rivas
Sumario: 1. Introducción; 2 Cuestiones problemáticas sobre la responsabilidad penal de las sociedades mercantiles públicas; 3. Entidades jurídicas colectivas excluidas de responsabilidad penal (art. 31 quinquies CP); 4. Sobre las... more
Sumario: 1. Introducción; 2 Cuestiones problemáticas sobre la responsabilidad penal de las sociedades mercantiles públicas; 3. Entidades jurídicas colectivas excluidas de responsabilidad penal (art. 31 quinquies CP); 4. Sobre las entidades empresariales públicas excluidas y las sociedades mercantiles públicas incluidas en la responsabilidad penal de las personas jurídicas; 5. La dicotomía Entes públicos empresariales/Sociedades mercantiles públicas; 6. Los criterios de individualización del Ente Público empresarial en el Derecho público español; 7. Los criterios de individualización de las sociedades mercantiles públicas en los art. 111 y ss. de la LRJSP; 8. Sobre la condición pública de los altos cargos y representantes legales de la sociedad mercantil pública; 9. Sobre el catálogo de delitos de los que puede ser responsable una sociedad mercantil pública; 10. Sobre las penas y consecuencias jurídicas que pueden imponerse a las sociedades mercantiles públicas.
Análisis del concepto penal de funcionario público en el Código penal español. Su aplicación en lo delitos contra la Administración Pública (corrupción). Reflexiones sobre las consecuencias penales derivadas del ejercicio de funciones... more
Análisis del concepto penal de funcionario público en el Código penal español. Su aplicación en lo delitos contra la Administración Pública (corrupción). Reflexiones sobre las consecuencias penales derivadas del ejercicio de funciones públicas por parte de sujetos privados de la condición de funcionarios. Criterios identificativos de lo que debe considerarse función pública a efectos penales. Reflexiones sobre las consecuencias penales derivadas de la privatización del ejercicio de funciones públicas.
Objetivos jurídico-penales del concepto penal de funcionario público en el art. 24 del Código Penal español. El concepto penal de funcionario en la doctrina y jurisprudencia penal española. La noción de función pública en la doctrina y... more
Objetivos jurídico-penales del concepto penal de funcionario público en el art. 24 del Código Penal español. El concepto penal de funcionario en la doctrina y jurisprudencia penal española. La noción de función pública en la doctrina y jurisprudencia española. La noción de personas que participan en el ejercicio de funciones públicas. Ámbito subjetivo de aplicación de los delitos de funcionarios públicos en el Código penal español.
This contribution offers a critical reflection on fisheries crime as described in the Spanish Penal Code. It sets out the reasons why its treatment is considered ineffective, and why the administrative offences and sanctions provided for... more
This contribution offers a critical reflection on fisheries crime as described in the Spanish Penal Code. It sets out the reasons why its treatment is considered ineffective, and why the administrative offences and sanctions provided for in Law 3/2001 on Maritime Fisheries are more effective and dissuasive. However, it also considers that a legislative policy relying on the severity of administrative sanctions for its effectiveness may be counterproductive. The most recent judgements of the ECtHR consider that a disproportionate administrative sanction is equivalent to a penalty and should therefore be imposed with the same procedural and substantive safeguards. Finally, it is concluded that in order to avoid impunity for serious crimes in the field of IUU fishing activities, often managed by transnational and organised criminal networks with links to other criminal activities, the contribution of criminal jurisdiction is essential. Therefore, a reform of the Spanish Criminal Code is required, extending the conducts punishable as fishing crimes, increasing the penalties and establishing the criminal liability of legal persons.
Es sabido que las penas accesorias reguladas concisamente en la Sección 5ª del Capítulo I, Titulo III, Libro I (arts. 54 al 57), ya sea en una u otra modalidad, están presentes en todos los fallos condenatorios. Sin embargo, hasta el... more
Es sabido que las penas accesorias reguladas concisamente en la Sección 5ª del Capítulo I, Titulo III, Libro I (arts. 54 al 57), ya sea en una u otra modalidad, están presentes en todos los fallos condenatorios. Sin embargo, hasta el presente nunca han sido objeto de un tratamiento monográfico que analice su fundamento, sus finalidades, y,  lo que es más importante, su compatibilidad con el resto de las categorías descritas en el Libro I del Código penal, y, en definitiva, con los principios fundamentales que deben inspirar la interpretación y aplicación de las penas. Al contrario, aunque también son castigos, siempre han sido tratadas con desinterés, siendo comúnmente percibidas como simples apéndices de la condena. Sin embargo, como se apunta con detalle a lo largo del texto, hay importantes contenidos constitucionales, sin ir más lejos del principio de legalidad, que están en juego en la aplicación de las accesorias.  De ahí que con la publicación del libro “De las penas accesorias a las penas complementarias. La descripción de un proceso legislativo inacabado” se persiguen varios objetivos: visibilizar esta clase de penas, para arrancarlas del limbo histórico donde parece que prácticos y teóricos coinciden en seguir confinándolas, intentar dar respuesta a cuantos problemas ha ido sugiriendo la práctica, cuestionado su aplicación en muchas ocasiones por ambigua, otras por ser claramente contradictoria y frecuentemente extensiva en sus efectos. Y, por último, apuntar algunas pautas para la deseable reforma del régimen de la accesoriedad, y de este modo aproximarlas a otros modelos comparados, donde desempeñan el papel de auténticas penas complementarias y a veces sustitutivas de la pena de prisión, pero no en los mismos términos aflictivos en los que la “sustituyen” con la actual legislación.
Breve exposición de la reforma de Código penal por LO 1/2015 en algunos delitos contra el patrimonio y socioeconómicos: Administración desleal genérica. Diferencias delito de administración societaria del art. 295 y delito de... more
Breve exposición de la reforma de Código penal por LO 1/2015 en algunos delitos contra el patrimonio y socioeconómicos:
Administración desleal genérica.
Diferencias delito de administración societaria del art. 295 y delito de apropiación indebida del art. 252. 2.
Frustración de la ejecución y la protección penal del crédito:
Delito de ocultación de bienes en un procedimiento ejecutivo judicial o administrativo.
Delito de uso no consentido de bienes en depósito embargados por la Autoridad.
Responsabilidad penal de personas jurídicas.
Insolvencias punibles.
Quinta mesa redonda: Las víctimas y las tensiones que genera su intervención. Publicación de Materiales en El Código Penal de 1995: diez años después. Jornadas de la Asociación Internacional de Derecho Penal.Sección española.... more
Quinta mesa redonda: Las víctimas y las tensiones que genera su intervención.
Publicación  de Materiales en El Código Penal de 1995: diez años después. 
Jornadas de la Asociación Internacional de Derecho Penal.Sección española.
Facultad de Derecho de Cáceres Universidad de Extremadura 10 y 11 de Junio de 2005
Objetivos jurídico-penales del concepto penal de funcionario público en el art. 24 del Código Penal español. El concepto penal de funcionario en la doctrina y jurisprudencia penal española. La noción de función pública en la doctrina y... more
Objetivos jurídico-penales del concepto penal de funcionario público en el art. 24 del Código Penal español.
El concepto penal de funcionario en la doctrina y jurisprudencia penal española.
La noción de función pública en la doctrina y jurisprudencia española.
La noción de personas que participan en el ejercicio de funciones públicas
Ámbito subjetivo de aplicación de los delitos de funcionarios públicos en el Código penal español.
Objetivos jurídico-penales del concepto penal de funcionario público en el art. 24 del Código Penal español. El concepto penal de funcionario en la doctrina y jurisprudencia penal española. La noción de función pública en la doctrina y... more
Objetivos jurídico-penales del concepto penal de funcionario público en el art. 24 del Código Penal español.
El concepto penal de funcionario en la doctrina y jurisprudencia penal española.
La noción de función pública en la doctrina y jurisprudencia española.
La noción de personas que participan en el ejercicio de funciones públicas.
Ámbito subjetivo de aplicación de los delitos de funcionarios públicos en el Código penal español.
This contribution offers a critical reflection on fisheries crime as described in the Spanish Penal Code. It sets out the reasons why its treatment is considered ineffective, and why the administrative offences and sanctions provided for... more
This contribution offers a critical reflection on fisheries crime as described in the Spanish Penal Code. It sets out the reasons why its treatment is considered ineffective, and why the administrative offences and sanctions provided for in Law 3/2001 on Maritime Fisheries are more effective and dissuasive. However, it also considers that a legislative policy relying on the severity of administrative sanctions for its effectiveness may be counterproductive. The most recent judgements of the ECtHR consider that a disproportionate administrative sanction is equivalent to a penalty and should therefore be imposed with the same procedural and substantive safeguards. Finally, it is concluded that in order to avoid impunity for serious crimes in the field of IUU fishing activities, often managed by transnational and organised criminal networks with links to other criminal activities, the contribution of criminal jurisdiction is essential. Therefore, a reform of the Spanish Criminal Code is required, extending the conducts punishable as fishing crimes, increasing the penalties and establishing the criminal liability of legal persons.
Este trabajo aborda del perfil ofensivo del delito de cohecho desde concretas bases axiológicas sobre las cuales pronunciarse respecto al contenido material y límites del mismo. Al hilo de ello y partiendo de la base de que una definición... more
Este trabajo aborda del perfil ofensivo del delito de cohecho desde concretas bases axiológicas sobre las cuales pronunciarse respecto al contenido material y límites del mismo. Al hilo de ello y partiendo de la base de que una definición de bien jurídico debe, sino desprenderse directamente sí, al menos, estar apoyada en las prescripciones del texto constitucional, se ha tratado de relacionar el perfil ofensivo del delito de cohecho pasivo propio con lo que la doctrina publicista califica como "eficacia indiferente" o imparcialidad y objetividad en el ejercicio de la Función Pública. Ambos principios operan como un limite externo al "buen funcionamiento" de la Administración, garantizando que el principio de eficacia que debe presidir la actuación pública no derive en arbitrariedad creando graves desigualdades de tratamiento entre los sujetos destinatarios.
Sumario: 1. Introducción. 2. De la opresión a la victimización. 3. De la indefensión a la protección total 4. Legislación penal y delincuencia sexual. 5. La interpretación de los tipos penales desde el punto de vista victimológico 6.... more
Sumario: 1. Introducción. 2. De la opresión a la victimización. 3. De la indefensión a la protección total 4. Legislación penal  y  delincuencia sexual.  5. La interpretación de los tipos penales desde el punto de vista victimológico 6. Los Programas de prevención asistencia, reparación y tratamiento. 7. ¿Concienciación de la víctima de su propia vulnerabilidad?. 8. Las Oficinas de asistencia a la víctima. 9. Conclusiones.
Presentación número 1 del volumen 15 (1er semestre de 2020) “Sistemas de integridad institucional en las administraciones públicas”. El objetivo es tener en cuenta los aspectos de dos sistemas de integridad del sector no público... more
Presentación número 1 del volumen 15 (1er semestre de 2020) “Sistemas de integridad institucional en las administraciones públicas”. El objetivo es tener en cuenta los aspectos de dos sistemas de integridad del sector no público (corrupción, políticas de integridad, modelos de prevención de la corrupción y sistemas de aplicación de incumplimientos), junto con otros aspectos más técnicos superados por la gestión de riesgos.
RESUMEN: En las líneas que siguen, trataré de esbozar la tortuosa relación que, durante siglos, han mantenido el Derecho Penal y la mujer, estructurando para ello el texto en tres bloques.
Sobre la necesidad y merecimiento de las nuevas penas en la seguridad vial.. La Pena privativa de libertad en los delitos contra la seguridad vial. Formas sustitutivas de la pena privativa de libertad en los delitos de seguridad vial. Los... more
Sobre la necesidad y merecimiento de las nuevas penas en la seguridad vial.. La Pena privativa de libertad en los delitos contra la seguridad vial.
Formas sustitutivas de la pena privativa de libertad en los delitos de seguridad vial. Los Trabajos a favor de la comunidad y la prohibición de conducir vehículos a motor o ciclomotor en los delitos contra la
seguridad vial. El cumplimiento fraccionado de la pena privativa de conducir vehículos a motor y ciclomotor. La consecuencia accesoria de comiso en los delitos contra la seguridad vial.
Es posible que el mundo de la denominada corrupción urbanística –que es corrupción vinculada a la regulación y uso del suelo- sea un ejemplo de la dificultad de separar lo corrupto de lo ilegal, o lo corrupto de lo irresponsable. Algunas... more
Es posible que el mundo de la denominada corrupción urbanística –que es corrupción vinculada a la regulación y uso del suelo- sea un ejemplo de la dificultad de separar lo corrupto de lo ilegal, o lo corrupto de lo irresponsable. Algunas cuestiones sobre la corrupción y la especulación del suelo. Sumario: I. Introducción; II. La eficacia del  Derecho Pena en materia de corrupción urbanística; III. Conflicto de intereses y transparencia; IV. De los fraudes  en la contratación pública; V. Negociaciones prohibidas a funcionarios públicos; VI. Quebrantamiento del régimen de incompatibilidades.
Comentario de la película “El paso suspendido de la cigüeña (To meteoro vima tou pelargou). Director: Theo Agelopoulos Coproducción Grecia · Francia · Suiza · Italia, 1991 . Reflexión sobre Politica migratoria y derechos humanos en el... more
Comentario de la película  “El paso suspendido de la cigüeña  (To meteoro vima tou pelargou).  Director: Theo Agelopoulos Coproducción Grecia · Francia · Suiza · Italia, 1991 . Reflexión sobre Politica migratoria y derechos humanos  en el Mediterráneo español. El impacto del control migratorio en los tránsitos de la migración hacia Europa
Comentario Reforma del Código penal español por Ley Orgánica 1/2015
Comentarios a la Reforma del Código Penal  español por Ley Orgánica 1/2015
SUMARIO: 1. Introducción; 2. La armonización de las infracciones y sanciones comunitarias en la Política Pesquera Común; 3. El régimen administrativo sancionador en la Ley 3/2001 de Pesca Marítima; 4. ¿Es factible suspender las sanciones... more
SUMARIO: 1. Introducción; 2. La armonización de las infracciones y sanciones comunitarias en la Política Pesquera Común; 3. El régimen administrativo sancionador en la Ley 3/2001 de Pesca Marítima; 4. ¿Es factible suspender las sanciones interdictivas en el derecho administrativo sancionador de la pesca por la adopción de un sistema de cumplimiento normativo?
El Trabajo supone una reflexión sobre la insuficiencia y lagunas del art. 197 del CP español en orden a sancionar la divulgación de imágenes que afectan gravemente a la intimidad. El trabajo se divide en los siguientes apartados. 1º... more
El Trabajo supone una reflexión sobre la insuficiencia y lagunas del art. 197 del CP español en orden a sancionar la divulgación de imágenes que afectan gravemente a la intimidad. El trabajo se divide en los siguientes apartados. 1º Análisis de distintos supuestos de reproducción y difusión de grabaciones o fotografías obtenidas sin consentimientos. Se analizan un conjunto de sentencias a fin de esclarecer los criterios de los Tribunales y su evolución: a) Supuestos de divulgación, en medios periodísticos, de fotografías captadas por teleobjetivo a gran distancia y sin que medie consentimiento (ni conocimiento) de personajes públicos o con notoriedad pública;. b) Difusión de grabaciones o captaciones de imagen con cámara oculta; c) Difusión y revelación de imágenes sin consentimiento pero grabadas con la aquiescencia de las dos partes (difusión indiscriminada que permiten determinados portales de Internet o los mismos teléfonos móviles de los usuarios); d) Difusión de grabaciones captadas en la vía pública y en establecimientos privados abiertos al público. El 2º apartado se dedica a la delimitación y encuadre jurídico penal del derecho a la imagen y la relación entre imagen e
intimidad (estudio de la jurisprudencia constitucional). El apartado 3º se dedica a la tutela penal de la intimidad con especial referencia a su delimitación frente a la tutela civil. Cierra el trabajo un apartado dedicado a las conclusiones en las que se pone de manifiesto la necesidad de repensar la normativa vigente en materia de tutela del derecho a la intimidad ante el desafío para aquel derecho fundamental debido al exponencial desarrollo de la comunicación e información tecnológica..  Debe protegerse la dimensión institucional del derecho a la intimidad como garantía del libre desarrollo de la personalidad que requiere de espacios reservados en los que el individuo puede expresar autónomamente sin miedo a ser vigilado y comunicar confiadamente sus opiniones y sentimientos personales.
Este trabajo aborda del perfil ofensivo del delito de cohecho desde concretas bases axiológicas sobre las cuales pronunciarse respecto al contenido material y límites del mismo. Al hilo de ello y partiendo de la base de que una... more
Este trabajo aborda del perfil ofensivo del delito de cohecho desde concretas bases axiológicas sobre las cuales pronunciarse respecto al contenido material y límites del mismo.  Al hilo de ello y partiendo de la base de que una definición de bien jurídico debe, sino desprenderse directamente sí, al menos, estar apoyada en las prescripciones del texto constitucional, se ha tratado de relacionar el perfil ofensivo del delito de cohecho pasivo propio con lo que la doctrina publicista califica como "eficacia indiferente" o imparcialidad y objetividad en el ejercicio de la Función Pública. Ambos principios operan como un limite externo al "buen funcionamiento" de la Administración, garantizando que el principio de eficacia que debe presidir la actuación pública  no derive en arbitrariedad creando graves desigualdades de tratamiento entre los sujetos destinatarios.
El art. 424.3 del Código Penal español establece que se impondrá al particular y, en su caso, a la sociedad, asociación u organización que representara “la prohibición de contratar con  el sector público cuando el soborno tuviere lugar en... more
El art. 424.3 del Código Penal español establece que se impondrá al particular y, en su caso, a la sociedad, asociación u organización que representara “la prohibición de contratar con  el sector público cuando el soborno tuviere lugar en procedimientos de contratación, subvenciones o subastas convocadas por entes, organismos o entidades que formen parte del sector público. En el trabajo, se  sostiene que la prohibición de contratar con el Sector Público prevista en el art. 423.3 del CP, se revela como una “tercera” vía sancionatoria entre los modelos establecidos respectivamente en los art. 31 bis y art. 129. Dos modelos, que en la opinión de la doctrina mayoritaria responden a presupuestos de imputación nítidamente diferenciados y excluyentes,  por la razón de sus diferentes destinatarios 

L’art. 424.3 del codice penale spagnolo stabilisce che venga imposto alla persona fisica ed eventualmente alla società, associazione o organizzazione che essa rappresenta «il divieto di contrattare con il settore pubblico quando una dazione illecita abbia luogo in occasione di appalti, sovvenzioni o aste pubbliche convocate da enti, organismi o entità facenti parte del settore pubblico. Tuttavia, il divieto di contrattare non è espressamente contenuto nel catalogo delle pene previste per le persone fisiche. Nel codice penale spagnolo esso costituisce o una delle possibili pene riservate alle persone giuridiche o una conseguenza accessoria prevista dall’art. 129 per gli enti collettivi che, essendo carenti di personalità giuridica, non possono essere ricondotti al regime dell’art. 31 bis. In questo lavoro, si sostiene la sua natura di pena accessoria e si affermache esso si rivela come una «terza via» sanzionatoria ulteriore rispetto ai modelli rappresentati dagli artt. 31 bis e 129.

According to Article 424.3 of the Spanish Criminal Code, the person convicted or the company, association or organisation he/she represents shall be banned from contracting with Public Authorities whenever an illicit dation be related to contracting proceedings, subsidies or auctions called by public administrations or entities of the public sector. However, such a ban is not expressly listed under the sanctions applicable to physical persons under the Criminal Code; it is instead qualified either as a sanction applicable to legal persons or as an ancillary legal consequence which, in pursuance of Article 120, applies to the organisations that lack a legal personality and therefore do not fall within the scope of Article 31-bis. The Author holds that the ban from contracting with Public Authorities is indeed an ancillary sanction and it represents a distinct sanctioning paradigm, which differs from those provided for by Articles 13-bis and 129 of the Criminal Code.
SUMARIO: 1. Las razones alegadas para la reforma de la LORPM por la Ley Orgánica 8/2006 de 4 de diciembre 2. Principales rasgos de la reforma introducida por la LO 8/2006. 3. Las medidas de internamiento en régimen cerrado. 4. Supuestos... more
SUMARIO: 1. Las razones alegadas para la  reforma de la LORPM por la Ley Orgánica 8/2006 de 4 de diciembre  2. Principales rasgos de la reforma introducida por la LO 8/2006. 3. Las medidas de internamiento en régimen cerrado. 4. Supuestos en que se aplican las medidas de internamiento en régimen cerrado. 5. Duración de las medidas de internamiento en régimen cerrado. 6. El régimen  de excepción: previsiones para los delitos de los arts. 571 a 580 del CP. 7. Concurso de medidas  en caso de pluralidad de infracciones. 8. Refundición de medidas impuestas (los supuestos de pluralidad de infracciones no conexas) 9. Suspensión de la ejecución del fallo. 10. Modificación de las medidas. 11. Modificación agravatoria. 12. Quebrantamiento. 13. Mayoría de edad del menor infractor. Problemática general.
El trabajo tiene como objetivo abrir el debate sobre el régimen de la accesoriedad y sobre la posibilidad de reformular este sistema de penas para aproximarlas al sistema punitivo de algunos ordenamientos europeos en el que desempeñan... more
El trabajo tiene como objetivo abrir el debate sobre  el régimen de la accesoriedad  y sobre la posibilidad de reformular este sistema de penas para aproximarlas al sistema punitivo de algunos ordenamientos europeos en el que desempeñan el papel de penas complementarias y sustituvas de la pena de prisión.
El presente trabajo constituye una reflexión sobre la imperatividad del art. 57.2 del CP su naturaleza de pena accesoria, las prohibiciones recogidas en el art. 48 del CP, y el subtipo agravado del delito de quebrantamiento de condena... more
El presente trabajo  constituye una reflexión sobre la imperatividad del art.  57.2  del CP su naturaleza de pena accesoria, las prohibiciones recogidas en el art. 48 del CP,  y el subtipo agravado del delito de quebrantamiento de condena del art. 468.2 del CP. La hipótesis del trabajo parte de la premisa de que la imposición forzosa por parte de jueces y tribunales de las prohibiciones reguladas en el art. 48.2  del CP a la que obliga el art. 57.2 del mismo texto legal resulta perturbadora  para al correcta individualización de las penas y resulta carente de proporcionalidad en algunos supuestos.  La reflexión se hace al hilo de numerosas sentencias que se plantean  cómo responder penalmente a las conductas de quebrantamiento de una medida cautelar o una pena de alejamiento incitada o provocada  o con el concurso de la propia victima. Las sentencias analizadas planteaban una interesante cuestión y de viva actualidad como es la relevancia del consentimiento  de la victima en el delito quebrantamiento de una medida cautelar.
Este trabajo representa una de las primeras investigaciones en el ámbito penal sobre el derecho a la salud en el ámbito penitenciario en relación a los presos drogodependientes con enfermedades asociadas. El trabajo tiene como objetivo... more
Este trabajo representa una de las primeras investigaciones en el ámbito penal sobre el derecho a la salud en el ámbito penitenciario en relación a los presos drogodependientes con enfermedades  asociadas. El trabajo tiene como objetivo esbozar las bases sobre las que construir  el reconocimiento pleno del derecho fundamental a la salud y a la integridad física en el ámbito penitenciario y su compatibilidad con el modelo regimental. La primera parte se dedica al estudio de la relación jurídica penitenciaria como una  relación  de sujeción especial, las limitaciones constitucionales  que esta clase de relación impone a los derechos fundamentales de los reclusos, el deber asistencial de la administración penitenciaria de velar por la vida y salud de los reclusos, y la responsabilidad administrativa, patrimonial  de la administración penitenciaria en caso de incumplimiento de aquel deber.(muertes por sobredosis, suicidios, contagios de enfermedades hepáticas) La segunda parte se dedica al reconocimiento normativo en la LOGP y su reglamento de este derecho, contrastando este reconocimiento formal la situación  situación de la asistencia sanitaria en  los centros penitenciario españoles anterior al año 2004..Se pasa revista a aspectos claves tales como la confidencialidad de los datos clínicos, a las investigaciones medicas sobre personas,  a la excarcelación por enfermedad grave e incurable, a la prestación farmacéutica. Especial referencia a casos concretos de retrovirales (art. 209 RP). La tercera parte va  dedicada a la intervención y tratamiento de los reclusos drogodependientes  y la incongruencia de la yuxtaposición del modelo penal (tratamiento de las toxicomanías como parte  del tratamiento  penitenciario)  y del modelo médico (recuperación de la salud).  Conclusiones del trabajo son: La salud de las personas sin distinción es un derecho fundamental de contenido universal, es  indiscutible que el disfrute del derecho a la salud en condiciones no discriminatorias para nadie es una demanda prácticamente universal. Su reconocimento incluye :el : derecho a la atención sanitaria personalizada, a un sistema integrado de atención socio-sanitaria, y a recibir atención especial en casos límite (dependencias graves, enfermedades psiquiátricas, Alzheimer, drogodependencias, enfermedades  terminales, sida, etc.). El recluso tiene reconocido normativamente su derecho a la prestación sanitaria y farmacéutica en  los mismos términos que un ciudadano libre. Para que la protección del derecho a la salud del recluso sea equivalente a la del resto de los  ciudadanos es preciso plantearse seria y rigurosamente la integración de la sanidad penitenciaria en el Sistema Nacional de Salud o en el sistema autonómico correspondiente. Es preciso la separación en el cuerpo médico y sanitario de las funciones regimentales y sanitarias. No se puede utilizar las políticas de reducción de daños con finalidades disciplinarias .Una política de reducción de daños coherente y compatible con el derecho a la salud debe revisar su objetivo final -abandono del consumo- y considerar objetivos intermedios, disminución de la mortalidad, limitación del riesgo por contagio de VIH u otros agentes  infeccioso, reducir la marginalidad etc.
Estudio sobre  si  “el transfuguismo retribuido” debe castigarse  como una modalidad de  delito cohecho pasivo
Artículo en    FECHA DE PUBLICACIÓN:
La penas accesorias gozan de una larga tradición en el sistema penal español. Históricamente nacen con un fin: castigo suplementario e imprimir una marca de infamia al autor del delito. Tras las últimas reformas del CP español se... more
La penas accesorias gozan de una larga tradición en el sistema penal español.  Históricamente nacen con un fin: castigo suplementario e imprimir una marca de infamia al autor del delito. Tras las últimas reformas del CP español se incrementa el catálogo de las modalidades  de penas accesorias ( inhabilitaciones y demás prohibciones ), se persiguen  funciones especial preventivas que no han recibido la adecuada  traducción a nivel normativo, por lo que las penas accesorias de inhabilitación permanecen estructuralmente ligadas a su función originaria y, sobre todo,  está  especialmente privilegiado su aspecto infamante. En el presente trabajo se analizará el concepto, naturaleza jurídica, clases y presupuestos de aplicación  de las denominadas  penas accesoria en el Derecho penal español ( art.  54, art. 55, art. 56 y art. 57 del Código Penal español P. Tiene por finalidad poner de manifiesto  las deficiencias en su regulación y reflexionar los criterios que deberían guiar su aplicación desde una óptica preventiva, evitando cualquier imperatividad en su imposición.
Reformas CP español por LO5/2010 y LO 1/2015 de Cohecho pasivo propio. Cohecho de facilitación o en consideración a su función. Sujetos asimilados al funcionario o autoridad por participar en el ejercicio de funciones públicas . Delito de... more
Reformas CP español por LO5/2010 y LO 1/2015 de Cohecho pasivo propio. Cohecho de facilitación o en consideración a su función. Sujetos asimilados al funcionario o autoridad por participar en el ejercicio de funciones públicas . Delito de cohecho activo (Art. 424).  La cláusula personal de levantamiento de la pena en el delito de cohecho activo .. Extensión de la punibilidad de los delitos de cohecho pasivo a los funcionarios o agentes de la Unión Europea o de cualquier otro país extranjero o de otra organización internacional pública. Art. 427.
Este trabajo analiza las diferentes normativas en relación a la prohibición de contratar con el Sector Público (debarment): en la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación... more
Este trabajo analiza las diferentes normativas en relación a la prohibición de contratar con el Sector Público (debarment): en la Directiva 2014/24/UE  del Parlamento Europeo y del  Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública, en la Ley de Contratos del Sector Público y en especial su previsión como pena en el Código Penal español. Desde esta última perspectiva, se estudia su ámbito de aplicación, su naturaleza, las consecuencias que  se derivan de su imposición en relación a los delitos de corrupción y la posibilidad de que la empresa sancionada eluda la prohibición de contratar cumpliendo las condiciones legalmente exigidas o adoptando un programa de prevención de delitos
Las consecuencias jurídicas en materia de delitos sexuales antes de la reforma del Código penal por Ley Orgánica 5/2010. Modalidades de cumplimiento de penas de privativa de libertad. 6. La medida de seguridad de libertad vigilada y... more
Las consecuencias jurídicas en materia de delitos sexuales antes de la reforma del Código penal por Ley Orgánica 5/2010.  Modalidades de cumplimiento de penas de privativa de libertad. 6. La medida de seguridad de libertad vigilada y  obligaciones y prohibiciones de conducta del art. 106.1 del CP. Procedimiento de imposición. El Anteproyecto de reforma de Ley Orgánica de reforma del Código penal de 2012.
La normativa internacional obliga a los Estados a instaurar en sus legislaciones nacionales medidas anticorrupción: se estudia el proceso de implantación en el Código penal español. Exposición sistemática de las normas penales... more
La normativa  internacional  obliga a los Estados a instaurar en sus legislaciones nacionales medidas anticorrupción: se estudia el proceso de implantación en el Código penal español. Exposición sistemática de las normas penales relacionadas  con el delito de cohecho en sus diversas vertientes: el delito de cohecho en el ámbito público , el cohecho  en el ámbito de los negocios internacionales y el cohecho entre particulares y otras cuestiones sobre la  exigencia de responsabilidad penal de  las personas jurídicas ( art. 31 bis del CP español  en la versión dada por la Ley Orgánica 5/2010
Introducción sobre la pesca INDNR y normativa comunitaria en materia de Política Pesquera Común. Por último, analizamos el vinculo entre pesca ilegal y explotación laboral. Reflexión sobre el art. 311.2 del CP que castiga la... more
Introducción sobre la pesca INDNR  y normativa comunitaria en materia de Política Pesquera Común. Por último,  analizamos  el  vinculo  entre pesca ilegal y explotación laboral. Reflexión sobre el art. 311.2 del CP que castiga la contratación  simultánea de varios trabajadores extranjeros, sin haber obtenido la correspondiente autorización de trabajo
Este trabajo tiene por objeto analizar la nueva consecuencia accesoria descrita en el art. 129 bis del CP, que fue incorporada al Cp español por LO 1/2010 destinada a regular la cesión obligatoria de toma de muestras biológicas para... more
Este trabajo tiene por objeto analizar la nueva consecuencia accesoria descrita en el art. 129 bis del CP, que fue incorporada al Cp español por LO 1/2010 destinada a regular la cesión obligatoria de toma de muestras biológicas  para obtención de perfiles ADN con destino a las bases de datos policiales. Se analiza el contenido,  de la  medida accesoria del art. 129 bis y su relación con el Registro  Central de delincuentes  sexuales