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En este trabajo se analiza la lucha del movimiento adolescente contra el cambio climático y, más en concreto, la puesta en cuestión del modelo político actualmente vigente que comporta. Al respecto se contraponen la figura de Greta... more
En este trabajo se analiza la lucha del movimiento adolescente contra el cambio climático y, más en concreto, la puesta en cuestión del modelo político actualmente vigente que comporta. Al respecto se contraponen la figura de Greta Thunberg, la adolescente sueca que con el movimiento “Fridays for Future” se ha convertido en el icono de dicho movimiento, con el Leviatán hobbesiano, la metáfora que resume de forma paradigmática la modernidad política dominante
En un trabajo anterior habríamos demostrado que la aplicación de un prejuicio no percibido (en el sentido de Gadamer) de carácter individualista habría llevado a tergiversar conceptos clave de la filosofía política aristotélica como... more
En un trabajo anterior habríamos demostrado que la aplicación de un prejuicio no percibido (en el sentido de Gadamer) de carácter individualista habría llevado a tergiversar conceptos clave de la filosofía política aristotélica como ἕκαστος ἡμῶν (cada uno de nosotros equiparado a cada individuo), así como nuestra visión de la Grecia
antigua. Como prueba adicional adujimos el caso de algunas instituciones de la Atenas clásica que serían mucho más comprensibles desde el uno de nosotros aristotélico que desde nuestro individuo. Ahora bien, dada la importancia de esas conclusiones, esa demostración quedó pendiente de más pruebas adicionales que la corroboraran definitivamente. Con ese propósito defenderemos aquí que la aplicación de ese prejuicio individualista habría afectado no solo a lo recién señalado, sino también a la «historia efectual» (por decirlo de nuevo con Gadamer) de la filosofía política aristotélica; i. e., habría afectado a la comprensión de teorías políticas posteriores y, singularmente, a Du Contrat Social de Rousseau. Un texto considerado como una de las obras más importantes del pensamiento político, pero que ha sido objeto de interpretaciones contradictorias e, incluso, tenido por oscuro y enigmático, cuando resultaría diáfano ya que propone, precisamente, la transformación del individuo en un uno de nosotros.
Democracy is one of the West's most important contributions to universal human heritage. Still it presents some drawbacks in the ways it relates to certain global problems, especially climate change. In this paper we claim that these... more
Democracy is one of the West's most important contributions to universal human heritage. Still it presents some drawbacks in the ways it relates to certain global problems, especially climate change. In this paper we claim that these drawbacks can be ameliorated by turning to a non-Western tradition, specifically to Confucianism. A tradition that, first of all, we will have to analyze in its proper terms – i.e. in ideographical ones –, in order to relate it, afterwards, to democracy in what concerns climate change. Finally, we will propose a synthesis – what we call 君人, individual and king –, introducing in the concept of democracy the idea of harmony between nature and society. In other terms, we will defend a royal/real democracy, in which the political subject would be individual 人and king 君at the same time.
En un trabajo anterior defendimos que no se había prestado suficiente atención al procedimiento utilizado en el juicio contra Sócrates, sin que examináramos las causas de esa desatención. Ahora, tras analizarlas, llegamos a la conclusión... more
En un trabajo anterior defendimos que no se había prestado suficiente atención al procedimiento utilizado en el juicio contra Sócrates, sin que examináramos las causas de esa desatención. Ahora, tras analizarlas, llegamos a la conclusión de que ese procedimiento se habría malentendido completamente al haberse implementado un prejuicio no percibido. Habríamos extrapolado a ese procedimiento los presupuestos individualistas de los procedimientos vigentes hoy en día y, en consecuencia, habríamos estado sordos a lo que nos dice la tradición. Un ejemplo de sordera que podría ser muy útil para detectar otros casos semejantes de implementación de prejuicios no percibidos.
Resumen El llamado efecto Rashomon es bien conocido en el campo de las ciencias sociales y hace referencia a la inevitable subjetividad que afecta a todo testimonio, de manera que los diversos relatos de unos mismos hechos constituyen... more
Resumen El llamado efecto Rashomon es bien conocido en el campo de las ciencias sociales y hace referencia a la inevitable subjetividad que afecta a todo testimonio, de manera que los diversos relatos de unos mismos hechos constituyen hechos distintos, pudiendo ser todos igualmente plausibles. Dicho efecto no afectaría en principio a los jueces quienes, como es bien sabido, aplican el derecho a unos "hechos probados" que, por ello mismo, no son susceptibles de di-versos relatos. En las páginas siguientes, sin embargo, analizaremos un caso en el que, al parecer, el efecto Rashomon sí sería de aplica-ción también a los jueces, derivando las conclusiones pertinentes.
espanolEn este articulo analizamos la filosofia, politica, religion… que esta en la base misma de la cultura china: el confucianismo. A tal efecto, comenzamos enfrentado algunos problemas metodologicos que obligan a realizar tal analisis... more
espanolEn este articulo analizamos la filosofia, politica, religion… que esta en la base misma de la cultura china: el confucianismo. A tal efecto, comenzamos enfrentado algunos problemas metodologicos que obligan a realizar tal analisis en chino y no en castellano. Teniendo en cuenta dichos problemas, analizamos a continuacion el marco previo de pensamiento en el que el Confucianismo se mueve para finalmente analizar las principales aportaciones que Confucio hizo a tal marco y que se resumen en las ideas de humanidad y armonia. EnglishIn this article we analyze religion-philosophy-politics… that is at the very core of Chinese culture: Confucianism. Firstly, we face some methodological problems that oblige us to work not only in Spanish but in Chinese as well. Then, we analyze the previous frame in which Confucianism is included. Finally, we analyze the main inputs Confucius made to that previous frame, which can be summarized in the ideas of mankind and Harmony.
En este articulo se investiga cual de los dos sentidos que tiene el termino “real” en castellano, ─“autentico” y “realeza”─, es el que subyace a las actuales demandas de “democracia real”, presentes en movimientos como el del 15-M. La... more
En este articulo se investiga cual de los dos sentidos que tiene el termino “real” en castellano, ─“autentico” y “realeza”─, es el que subyace a las actuales demandas de “democracia real”, presentes en movimientos como el del 15-M. La conclusion del analisis es que tales demandas engloban ambos sentidos: para que la democracia sea real, “autentica”, ha de ser tambien real en el sentido de “realeza”. Palabras clave: Democracia, realizacion, individuo, rey, confucianismo. Abstract: This article focuses on which one of the meanings the Spanish word “real” has, ─“true” and “royal”─ underlies the current demands for a “real democracy”, as can be seen in movements like 15-M. The conclusion of the analysis is that those petitions include both senses: for democracy to be true, “real”, it has to be “royal” as well. Keywords: Democracy, to make real, individual, king, Confucianism.
RESUMEN En este artículo se defiende la tesis de que la concepción aún hoy dominante de la justicia,-la justicia estatal-, se hallaría en una crisis terminal, tanto en teoría como en la práctica, y que estaría siendo sustituida por una... more
RESUMEN En este artículo se defiende la tesis de que la concepción aún hoy dominante de la justicia,-la justicia estatal-, se hallaría en una crisis terminal, tanto en teoría como en la práctica, y que estaría siendo sustituida por una nueva concepción: la justicia glocal. Se argumenta que la crisis de la concepción de la justicia estatal no sería sino parte de los estadios finales de la crisis del Estado nacional, el Estado que ha sido dominante hasta hoy. Esta-ría emergiendo un nuevo paradigma político global/local, glocal en términos espacio temporales, con un nuevo paradigma de justicia. Una justicia referida no sólo a los nacionales de un país determinado, sino a toda la humanidad, considerando las generaciones presentes, pasadas y futuras e incluso a los animales y las plantas.
Resumen : En el presente trabajo se analiza el reto que para los derechos humanos, uno de los mayores logros de la civilizacion occidental, supone la declaracion/reconocimiento de los derechos de la naturaleza, la Pachamama, presente en... more
Resumen : En el presente trabajo se analiza el reto que para los derechos humanos, uno de los mayores logros de la civilizacion occidental, supone la declaracion/reconocimiento de los derechos de la naturaleza, la Pachamama, presente en las constituciones latinoamericanas que recogen la llamada “filosofia andina”. Algo que, si bien parece entrar sin mayores problemas en la logica del proceso de desarrollo de los derechos humanos, en ultimo termino viene a cuestionar los fundamentos mismos de tal proceso. El trabajo analiza asimismo la necesidad de una sintesis entre derechos humanos y derechos de la naturaleza habida cuenta de amenazas como las del cambio climatico y concluye con una propuesta de “naturalizacion del individuo” en la que se incluyen aportaciones confucianas. Abstract : In this paper we focus on the challenge for Human Rights – one of the greatest inventions of Western culture – that supposes the declaration/recognition of the Rights of Nature, Pachamama, present in t...
En un trabajo anterior defendimos que no se había prestado suficiente atención al procedimiento utilizado en el juicio contra Sócrates, sin que examináramos las causas de esa desatención. Ahora, tras analizarlas, llegamos a la conclusión... more
En un trabajo anterior defendimos que no se había prestado suficiente atención al procedimiento utilizado en el juicio contra Sócrates, sin que examináramos las causas de esa desatención. Ahora, tras analizarlas, llegamos a la conclusión de que ese procedimiento se habría malentendido completamente al haberse implementado un prejuicio no percibido. Habríamos extrapolado a ese procedimiento los presupuestos individualistas de los procedimientos vigentes hoy en día y, en consecuencia, habríamos estado sordos a lo que nos dice la tradición. Un ejemplo de sordera que podría ser muy útil para detectar otros casos semejantes de implementación de prejuicios no percibidos.
Afirmar, como hacemos aquí, que la filosofía política de Aristóteles habría sido tergiversada en puntos cruciales es sólo posible si se conoce lo que Aris-tóteles –cualquier autor– “dice” verdaderamente. Al respecto, nos remitimos... more
Afirmar, como hacemos aquí, que la filosofía política de Aristóteles habría sido tergiversada en puntos cruciales es sólo posible si se conoce lo que Aris-tóteles –cualquier autor– “dice” verdaderamente. Al respecto, nos remitimos expresamente a la hermenéutica de Gadamer y a su pretensión de que cabe escuchar lo que la tradición nos dice, desde nuestro horizonte de praxis y siendo conscientes de los prejuicios no percibidos que nos vuelven sordos a la tradición. Como trataremos de demostrar, la aplicación de un prejuicio individualista no percibido sería la causa de que se “oiga” decir a Aristóteles “individuo”, introduciendo, así, en su filosofía el individualismo, el liberalis-mo y el constitucionalismo consiguientes. Por el contrario, escuchar lo que verdaderamente dice: “uno de nosotros”, explicaría perfectamente algunas “peculiaridades” de la Atenas clásica como la antitímesis, la ausencia de fis-calía o el ostracismo, tergiversadas también por ese prejuicio no percibido individualista
Resumen El llamado efecto Rashomon es bien conocido en el campo de las ciencias sociales y hace referencia a la inevitable subjetividad que afecta a todo testimonio, de manera que los diversos relatos de unos mismos hechos constituyen... more
Resumen El llamado efecto Rashomon es bien conocido en el campo de las ciencias sociales y hace referencia a la inevitable subjetividad que afecta a todo testimonio, de manera que los diversos relatos de unos mismos hechos constituyen hechos distintos, pudiendo ser todos igualmente plausibles. Dicho efecto no afectaría en principio a los jueces quienes, como es bien sabido, aplican el derecho a unos "hechos probados" que, por ello mismo, no son susceptibles de di-versos relatos. En las páginas siguientes, sin embargo, analizaremos un caso en el que, al parecer, el efecto Rashomon sí sería de aplica-ción también a los jueces, derivando las conclusiones pertinentes.
RESUMEN: En este artículo analizamos la filosofía, política, religión… que está en la base misma de la cul-tura china: el confucianismo. A tal efecto, comenzamos enfrentado algunos problemas meto-dológicos que obligan a realizar tal... more
RESUMEN: En este artículo analizamos la filosofía, política, religión… que está en la base misma de la cul-tura china: el confucianismo. A tal efecto, comenzamos enfrentado algunos problemas meto-dológicos que obligan a realizar tal análisis en chino y no en castellano. Teniendo en cuenta di-chos problemas, analizamos a continuación el marco previo de pensamiento en el que el Con-fucianismo se mueve para finalmente analizar las principales aportaciones que Confucio hizo a tal marco y que se resumen en las ideas de humanidad y armonía. ABSTRACT: In this article we analyze religion-philosophy-politics… that is at the very core of Chinese culture: Confucianism. Firstly, we face some methodological problems that oblige us to work not only in Spanish but in Chinese as well. Then, we analyze the previous frame in which Confu-cianism is included. Finally, we analyze the main inputs Confucius made to that previous frame, which can be summarized in the ideas of mankind and Harmony. En un ciclo de conferencias en el que se examinan las principales religiones del mundo no sólo desde el punto de vista estrictamente religioso sino también des-de el filosófico y el político resulta obli-gado incluir el "confucianismo", la "es-cuela de los letrados" por, al menos, dos razones. La primera porque el "confucia-nismo" está en la base de una de las civi-lizaciones más antiguas y populosas de la tierra: la china 1. La segunda porque la "escuela de los letrados" es quizás, entre las religiones mundiales, la que más se ajusta al título propuesto para el ciclo "Entre filosofía, política y religión". 1 "We have one-fifth of mankind. We are not saying that because we are one-fifth of mankind, our views should be taken good care of, but at least we deserve a chance to express our views on how things in the world should be run." Pronunciadas por Yang Jiechi, ministro de asuntos exteriores chino, en la XXVI conferencia de seguridad celebrada en Munich en febrero de 2010: http://dm.chineseembassy.org/eng/zyxw/ t656702.htm.
Democracy is one of the West's most important contributions to universal human heritage. Still it presents some drawbacks in the ways it relates to certain global problems, especially climate change. In this paper we claim that these... more
Democracy is one of the West's most important contributions to universal human heritage. Still it presents some drawbacks in the ways it relates to certain global problems, especially climate change. In this paper we claim that these drawbacks can be ameliorated by turning to a non-Western tradition, specifically to Confucianism. A tradition that, first of all, we will have to analyze in its proper terms-i.e. in ideograph-ical ones-, in order to relate it, afterwards, to democracy in what concerns climate change. Finally, we will propose a synthesis-what we call 君 人, individual and king-, introducing in the concept of democracy the idea of harmony between nature and society. In other terms, we will defend a royal/real democracy, in which the political subject would be individual 人 and king 君 at the same time.
En este trabajo defendemos la posibilidad de una síntesis, -en el sentido hegeliano del término-, entre dos concepciones políticas presuntamente contradictorias: el comunitarismo y el liberalismo. Esa síntesis se traduciría en la llamada... more
En este trabajo defendemos la posibilidad de una síntesis, -en el sentido hegeliano del término-, entre dos concepciones políticas presuntamente contradictorias: el comunitarismo y el liberalismo. Esa síntesis se traduciría en la llamada ciudadanía glocal en la que se “superarían” las concepciones de cuerpo político y de ciudadanía que defienden esas dos concepciones en una nueva que incluye a la humanidad y a su medio ambiente.
La "reformatio in peius" de la actividad investigadora resulta difícilmente justificable por las repercusiones negativas que, desde un punto de vista científico, conlleva. Sin embargo y al parecer, estaría plenamente vigente en nuestro... more
La "reformatio in peius" de la actividad investigadora resulta difícilmente justificable por las repercusiones negativas que, desde un punto de vista científico, conlleva. Sin embargo y al parecer, estaría plenamente vigente en nuestro modelo universitario. En esta comunicación, a partir del análisis de un caso concreto, especialmente ilustrativo de esas consecuencias negativas hasta generar lo que prononemos denominar "posjusticia", se aboga expresamente por su prohibición.
La filosofía es, sin duda, una de las mayores conquistas, invenciones, descubrimientos… de la tradición occidental. Una conquista que, en esta era de la globalización, a principios del siglo XXI, tiene como uno de sus principales retos... more
La filosofía es, sin duda, una de las mayores conquistas, invenciones, descubrimientos… de la tradición occidental. Una conquista que, en esta era de la globalización, a principios del siglo XXI, tiene como uno de sus principales retos el de establecer un diálogo con invenciones de otras tradiciones culturales no estrictamente filosóficas que, sin embargo, puede ser sumamente fructífero a la hora de enfrentar problemas globales como el cambio climático, los derechos humanos o nuevas formas de organización política y social. Y ello tanto más cuanto que, a veces, son esas otras tradiciones culturales las que, más o menos implícitamente, reclaman dicho diálogo al defender concepciones que, de un modo u otro, remiten a la filosofía. Tal es el caso, por ejemplo, de la vigente Constitución del Ecuador en cuyo artículo 275 se menciona expresamente el principio del "buen vivir". Algo que remite casi inmediatamente a la "vida buena", concepto que, como es bien sabido, resulta central en la filosofía práctica aristotélica.
Con vistas a averiguar las pasiones y las virtudes de la época de El Greco, se analiza la estructura de una de sus obras maestras, El entierro del Conde de Orgaz, llegando a la conclusión de que está muy próxima a la del confucianismo y... more
Con vistas a averiguar las pasiones y las virtudes de la época de El Greco, se analiza la estructura de una de sus obras maestras, El entierro del Conde de Orgaz, llegando a la conclusión de que está muy próxima a la del confucianismo y su idea de príncipe, si bien incluye asimismo la idea moderna de individuo. Así las cosas, la época de El Greco no sería sólo su época sino también la del confucianismo y la del individuo moderno, esto es, la nuestra en cuanto condes, príncipes y/o individuos.
Últimamente se viene postulando la necesidad de reformar determinados aspectos de la vigente Constitución del 78. A la vista de dos sentencias de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional y una providencia del Tribunal... more
Últimamente se viene postulando la necesidad de reformar determinados aspectos de la vigente Constitución del 78. A la vista de dos sentencias de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional y una providencia del Tribunal Constitucional parece que también sería necesario reformar la regulación del derecho a obtener la tutela efectiva
de Jueces y Tribunales. Esto es, la del primer derecho humano procesalmente hablando, en cuanto que subyace a la garantía de cualquier otro derecho.
Resumen: La entrada en vigor de la Constitución del 78 parece haber supuesto un cambio revolucionario, en relación tanto con las llamadas "Leyes funda-mentales" del régimen inmediatamente anterior y también con toda nuestra tra-dición... more
Resumen: La entrada en vigor de la Constitución del 78 parece haber supuesto un cambio revolucionario, en relación tanto con las llamadas "Leyes funda-mentales" del régimen inmediatamente anterior y también con toda nuestra tra-dición constitucional, en lo que al valor normativo inmediato de la Constitución respecta. Y así, lejos de tener mero valor programático, las normas constitucio-nales serían auténticas normas jurídicas inmediatamente aplicables. A la luz de la sentencia aquí analizada resulta, sin embargo, que tal cambio no ha sido tan radical como pudiera parecer. Y ello no sólo porque la Constitución tiene valor normativo inmediato parcialmente y no en su totalidad, sino también porque algunos de los derechos reconocidos en los artículos que carecen de tal valor normativo inmediato-39 a 52-bien pueden considerarse desarrollo y/o con-creción constitucional de los que sí gozan de tal valor. Ante tal pervivencia parcial de la distinción "Leyes fundamentales/auténticas leyes" y semejante "inconsti-tucionalidad constitucional", por así llamarla, se concluye en la necesidad de un afirmación más rotunda del valor normativo inmediato de las normas cons-titucionales. Aunque la llamada "transición" y, más enconcreto, la Ley para la Reforma Política, impiden hablar con toda propiedad de "revo-lución", no parece haber duda de que la entrada en vigor de la Constitución de 1978 (CE) ha supuesto, en 10 que a la considera-
From the different senses of the term "anniversary " and from the commemoration of the 60'th anniversary of the Universal Declaration of Human Rights and of the 40th' anniversary of the May of 1968, this article analyses which one of... more
From the different senses of the term "anniversary " and from the commemoration of the 60'th anniversary of the Universal Declaration of Human Rights and of the 40th' anniversary of the May of 1968, this article analyses which one of those senses must be applied to these events. The investigation concludes that both are included in the same historical dynamic process, where we are the main actors. Therefore is a double and unique anniversary, which, besides, is "our" anniversary. Sumario: 1. Introducción; 2. La Declaración Universal de los Derechos Huinanos; 3. Mayo del 68; 4. A modo de conclusión. Un doble, y único, aniversario: el nuestro. 1. INTRODUCCIÓN Contra lo que pudiera pensarse el término "aniversario" no es univoco sino que tiene diferentes sentidos más o menos interrelacionados que per-miten diversos juegos semánticos. Ciertamente con él suele designarse, ante todo, el dia en que se cumplen años de algún suceso especialmente relevante y, por traslación, un periodo más amplio como el mes o incluso todo un año en el que, valga la redundancia, se cumplen años de algún *
«...a partnership... between those who are living, those who are dead, and those who are to be born...» (BuRKE, Reflections on the Revolution in France) «The rights of man are the rights of all generations of men, and cannot be... more
«...a partnership... between those who are living, those who are
dead, and those who are to be born...»
(BuRKE, Reflections on the Revolution in France)
«The rights of man are the rights of all generations of men, and
cannot be monopolized by any».
(PAINE, Rights of Man)
SUMARIO: 1. Introducción.-2. El modelo dominante de jurista.-3. Juristas, curanderos, sacerdotes.-4. Un nuevo modelo.-5. A modo de conclusión. 1. INTRODUCCIÓN No se precisaría de muchos esfuerzos para probar que el deno-minado... more
SUMARIO: 1. Introducción.-2. El modelo dominante de jurista.-3. Juristas, curanderos, sacerdotes.-4. Un nuevo modelo.-5. A modo de conclusión. 1. INTRODUCCIÓN No se precisaría de muchos esfuerzos para probar que el deno-minado Freirechtsbewegung, el movimiento del derecho libre 2, resulta ser uno de los de mayor influencia en la más reciente his-toria del pensamiento iusfilosófico. Bastaría con aducir al respec-to los testimonios expresos de algunos de los más ilustres teóricos del derecho del pasado siglo XX. Testimonios como el de Hans Kelsen, quien llegó a afirmar que la teoría pura del derecho, desde 1. Profesor Titular Interino del Departamento de Filosofía del Derecho, Moral y Política I, UCM. Profesor Tutor de Nociones Jurídicas Básicas y Dere-cho Natural del Centro Asociado a la UNED de Guadalajara. 2. Preferimos la denominación «movimiento» a la de «escuela» por las razones a las que alude LOMBARDI VALLAURI, L. en su Saggio sul Diritto giurispru-denziale. Giuffré, Milano 1975, pp. 221 y ss. 15
«La luz de las mentes humanas está en las palabras claras, pero venteadas primero mediante definiciones exactas y depuradas de ambigüedad. La razón es la SENDA; el incremento de CIENCIA, el CAMINO. Y el beneficio de la humanidad, el fin.... more
«La luz de las mentes humanas está en las palabras claras, pero venteadas primero mediante definiciones exactas y depuradas de ambigüedad. La razón es la SENDA; el incremento de CIENCIA, el CAMINO. Y el beneficio de la humanidad, el fin. Al contrario, las metáforas y las palabras ambiguas y sin sentido son como ignes fatui; y razonar sobre ellas es vagar entre innumerables absurdos. Y su fin es el litigio, la sedición o el desdén.» Hobbes, Leviatán. «La conclusión a que he llegado con estas consideraciones es que el lenguaje es ambiguo, que está bien que sea ambiguo y que cualquier tentación de fijarlo con significados precisos sería el final del pensamiento, del amor, de la acción, en resumen de la vida.» Feyerabend, Ambigüedad y armonía. SUMARIO: 1. Introducción: Problemas de identidad.-2. Las teorías del derecho.-3. Definiciones e identidades.-4. Pirámides y redes.-5. A modo de conclusión.
RESUMEN: La aparición en los últimos tiempos de nuevos derechos ha llevado a considerar que estaríamos asistiendo a la emergencia de un nuevo Derecho. No hay sin embargo, hoy por hoy, especificación de la relación entre ese nuevo Derecho... more
RESUMEN: La aparición en los últimos tiempos de nuevos derechos ha llevado a considerar que estaríamos asistiendo a la emergencia de un nuevo Derecho. No hay sin embargo, hoy por hoy, especificación de la relación entre ese nuevo Derecho (y los nuevos derechos) con el viejo Derecho (y los viejos derechos). En concreto, si ese nuevo Derecho implicaría o no la "superación", por así decirlo, del viejo Derecho. Así las cosas, en este trabajo, utilizando un caso concreto sobre el derecho a la prueba, se defiende la tesis de que la aparición de nuevos derechos y de un nuevo Derecho no implica en absoluto que el viejo Derecho y los viejos derechos estén garantizados sino más bien todo lo contrario: hay que seguir luchando para que, parafraseando a Dworkin, el nuevo y el viejo Derecho, los nuevos y los viejos derechos sean tomados en serio. PALABRAS CLAVE: Derecho, nuevos derechos, viejos derechos, derecho a la prueba, tomar en serio. SUMARIO: 1.-Introducción 2.-El derecho a la prueba. 3.-El derecho en acción. 4.-A modo de conclusión: Tomando la prueba (los viejos y los nuevos derechos) en serio. ABSTRACT: The appearance of new rights in the last number of years has led to the opinion that a new Law would be emerging. There is, however, to this day, no specification about the relationship between that new Law (and the new rights) and the old Law (and the old rights): whether that new Law would outdo, so to speak, the old Law or not. Things being so, in this work, making use of a case concerning the right to evidence, we will defend the theory that the appearance of a new Law and new rights does not at all mean that the old Law and the old rights are guaranteed. It is necessary to keep up the struggle so that, paraphrasing Dworkin, the new and old Law, new and old rights be taken seriously.
Resumen Coriolano es una de las figuras de la antigüedad clásica con mayor proyección en la posteridad. En este trabajo, remedando a Plutarco, tratamos de dilucidar si podría hablarse de vidas paralelas en relación a Coriolano y a... more
Resumen Coriolano es una de las figuras de la antigüedad clásica con mayor proyección en la posteridad. En este trabajo, remedando a Plutarco, tratamos de dilucidar si podría hablarse de vidas paralelas en relación a Coriolano y a nosotros, los ciudadanos españoles de principios del siglo XXI. La conclusión es que, si bien se trata de ámbitos políticos diferentes, nuestras vidas se asemejarían mucho más de lo que pudiera pensarse y ello hasta el punto de permitir atisbar un ámbito político común.
Resumen En este artículo se investiga cuál de los dos sentidos que tiene el término "real" en castellano, ─"auténtico" y "realeza"─, es el que subyace a las actuales demandas de "democracia real", presentes en movimientos como el del... more
Resumen En este artículo se investiga cuál de los dos sentidos que tiene el término "real" en castellano, ─"auténtico" y "realeza"─, es el que subyace a las actuales demandas de "democracia real", presentes en movimientos como el del 15-M. La conclusión del análisis es que tales demandas engloban ambos sentidos: para que la democracia sea real, "auténtica", ha de ser también real en el sentido de "realeza". Palabras clave Democracia, realización, individuo, rey, confucianismo. Abstract This article focuses on which one of the meanings the Spanish word "real" has, ─"true" and "royal"─ underlies the current demands for a "real democracy", as can be seen in movements like 15-M. The conclusion of the analysis is that those petitions include both senses: for democracy to be true, "real", it has to be "royal" as well.
En este trabajo se vuelve sobre la disputa secular sobre la naturaleza del lenguaje jurídico. ¿Debe ser un lenguaje especializado o un lenguaje común, el del hombre de a pie, por así decirlo? La conclusión es que el lenguaje jurídico debe... more
En este trabajo se vuelve sobre la disputa secular sobre la naturaleza del lenguaje jurídico. ¿Debe ser un lenguaje especializado o un lenguaje común, el del hombre de a pie, por así decirlo? La conclusión es que el lenguaje jurídico debe ser al tiempo lenguaje de los juristas y de los ciudadanos.
Resumen El recurso de amparo,-un instrumento básico para la defensa de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos-, precisaría, paradójicamente, de defensa ante las reformas que ha sufrido o que le amenazan e incluso,... more
Resumen El recurso de amparo,-un instrumento básico para la defensa de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos-, precisaría, paradójicamente, de defensa ante las reformas que ha sufrido o que le amenazan e incluso, presuntamente, ante la actuación del propio Tribunal Constitucional. En este trabajo, a partir de un caso concreto, se apuntan algunas reformas que, en nuestra opinión, harían de dicho recurso un instrumento realmente efectivo. Palabras clave Derechos y libertades fundamentales, recurso de amparo, amparo objetivo, derecho a la tutela judicial efectiva, Tribunal Constitucional. Abstract The individual appeal for protection to the Constitutional Court ,-a basic tool in order to defend the fundamental rights and liberties-, would need, paradoxically, to be defended from the amendments which has suffered or threaten it and, allegedly, even from the very action of the Constitutional Court. In this work we analyze a case and point out some amendments that, in our opinion, would make that basic tool truly effective.
Resumen La equiparación del sentido de las expresiones "ciencias jurídicas" y "derecho" no deja de suscitar algunos problemas. Entre ellos, el de que con tal equiparación se hace imposible tanto el tratamiento de temas que cualquier... more
Resumen La equiparación del sentido de las expresiones "ciencias jurídicas" y "derecho" no deja de suscitar algunos problemas. Entre ellos, el de que con tal equiparación se hace imposible tanto el tratamiento de temas que cualquier aprendiz de jurista debería tener bien presentes, como la consideración peyorativa de los juristas y del propio derecho, o cuestiones que tradicionalmente han entrado en la docencia del derecho, como la retórica o la oratoria forense. En el presente trabajo se reivindica expresamente el tratamiento de tales temas  y cuestiones en la docencia del derecho.
"El Lager es el hambre: nosotros somos el hambre, un hambre viviente". P. Levi, Si esto es un hombre "Esta Ciudad de la Vida socialista es un espacio… donde, antes de hacer lo que sea, hay que cavar hoyos, plantar RESUMEN En este artículo... more
"El Lager es el hambre: nosotros somos el hambre, un hambre viviente". P. Levi, Si esto es un hombre "Esta Ciudad de la Vida socialista es un espacio… donde, antes de hacer lo que sea, hay que cavar hoyos, plantar RESUMEN En este artículo se analiza el status histórico de la caída del muro de Berlín, conside-rado, en su momento, el suceso que marcaba el colapso del comunismo y, con él, el "fin a la Historia". Al efecto se examina tanto lo que supuso la construcción del muro cuanto su caída, dentro del proceso de deconstrucción de límites y fronteras que, al parecer, define nuestra especie. El análisis llega a la conclusión de que, si bien se trató de un suceso trascendental que, junto a otros factores, abrió paso a un mundo "glocalizado", no supuso ciertamente el "fin de la Historia".
En el presente trabajo se analiza el reto que para los derechos humanos,-uno de los mayores logros de la civilización occidental-, supone la declaración/reconocimiento de los derechos de la naturaleza,-la Pachamama-, presente en las... more
En el presente trabajo se analiza el reto que para los derechos humanos,-uno de los mayores logros de la civilización occidental-, supone la declaración/reconocimiento de los derechos de la naturaleza,-la Pachamama-, presente en las constituciones latinoamericanas que recogen la llamada "filosofía andina". Algo que, si bien parece entrar sin mayores problemas en la lógica del proceso de desarrollo de los derechos humanos, en último término viene a cuestionar los fundamentos mismos de tal proceso. El trabajo analiza asimismo la necesidad de una síntesis entre derechos humanos y derechos de la naturaleza habida cuenta de amenazas como las del cambio climático y concluye con una propuesta de "naturalización del individuo" en la que se incluyen aportaciones confucianas. PALABRAS CLAVE. Individuo, Derechos Humanos, Pachamama, Derechos de la naturaleza, Confucianismo.
RESUMEN: En este artículo se aborda la cuestión de si la democracia es o no compatible con la pers-pectiva que, según opinión generalizada, consti-tuye la base de la cultura china: el confucianismo. Una perspectiva que es analizada tanto... more
RESUMEN: En este artículo se aborda la cuestión de si la democracia es o no compatible con la pers-pectiva que, según opinión generalizada, consti-tuye la base de la cultura china: el confucianismo. Una perspectiva que es analizada tanto desde su marco contextual como en sí misma, cotejándola con el concepto de democracia. El resultado de todo ello lleva a la conclusión de que la democracia es ajena al confucianismo y por ello a la cultura china. Sin embargo, la democracia no es necesariamente incompatible con tal perspectiva hasta el punto de que cabria imaginar una síntesis entre ambas.
RESUMEN. Antígona es uno de los más grandes y conocidos personajes de la tragedia griega, y ha merecido la mayor atención por parte de la posteridad. Otros personajes de la tragedia homónima de Sófocles no han merecido, sin embargo, la... more
RESUMEN. Antígona es uno de los más grandes
y conocidos personajes de la tragedia
griega, y ha merecido la mayor atención por
parte de la posteridad. Otros personajes de la
tragedia homónima de Sófocles no han merecido,
sin embargo, la misma atención. Algo
especialmente llamativo en lo que se refiere al
de Ismena, la hermana de Antígona, quien se
enfrenta con el mismo problema que ésta, pudiendo,
por tanto, convertirse en protagonista
junto con ella (cambiando así, no sólo el título
de la obra, sino incluso también su carácter
trágico). Así las cosas, en las páginas que siguen
no analizaremos todos los personajes,
todas las concepciones de la justicia, incluidas
en la tragedia de Sófocles, sino sólo las representadas
por Antígona e Ismena, y ello
desde nuestro horizonte de praxis.
En este artículo se aborda la cuestión de China y los derechos humanos desde la perspectiva que, según opinión común, constituye la base de esa cultura: el confucianismo. Una perspectiva que es analizada tanto desde su marco contextual... more
En este artículo se aborda la cuestión de China y los derechos humanos desde la perspectiva que, según opinión común, constituye la base de esa cultura: el confucianismo. Una perspectiva que es analizada tanto desde su marco contextual como en sí misma, cotejándola con el concepto de derechos humanos. El resultado de todo ello lleva a la conclusión de que los derechos humanos son ajenos al confucianismo y por ello a la cultura china. Sin embargo, no son necesariamente incompatibles con tal perspectiva hasta el punto de que cabria imaginar una síntesis basada en lo que aquí se llamará : el individuo jün, individuo y rey. PALABRAS CLAVE. Derechos humanos, confucianismo, humanidad, humanizar, individuo jün ABSTRACT. In this article we focus on the question of China and human rights from the point of view that, according to common opinion, is at the very basis of Chinese culture: Confucianism. This point of view is analyzed in its contextual frame as well as in itself and related to the human right's concept. The conclusion is that human rights are foreign to Confucianism and, by extension, to the Chinese culture. Ultimately, however, human rights are not necessarily incompatible with that perspective. It is possible to imagine a kind of synthesis between them, what we'll call here , the jün individual, individual and king KEY WORDS. Human rights, Confucianism, mankind, to humanize, the jün individual 1 Este trabajo es una ampliación de la comunicación presentada a las XXXIII Jornadas de la Sociedad Española de Filosofía del Derecho, Jaén 2011 y se inscribe dentro del proyecto de investigación "Derechos Humanos en la era de la interculturalidad". Ministerio de Ciencia e Innovación. DER 2008-06063/JURI.
RESUMEN En este artículo se defiende la tesis de que la concepción aún hoy dominante de la justicia,-la justicia estatal-, se hallaría en una crisis terminal, tanto en teoría como en la práctica, y que estaría siendo sustituida por una... more
RESUMEN En este artículo se defiende la tesis de que la concepción aún hoy dominante de la justicia,-la justicia estatal-, se hallaría en una crisis terminal, tanto en teoría como en la práctica, y que estaría siendo sustituida por una nueva concepción: la justicia glocal. Se argumenta que la crisis de la concepción de la justicia estatal no sería sino parte de los estadios finales de la crisis del Estado nacional, el Estado que ha sido dominante hasta hoy. Esta-ría emergiendo un nuevo paradigma político global/local, glocal en términos espacio temporales, con un nuevo paradigma de justicia. Una justicia referida no sólo a los nacionales de un país determinado, sino a toda la humanidad, considerando las generaciones presentes, pasadas y futuras e incluso a los animales y las plantas.

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